POLITICA
Javier Milei ordenó el retiro de la Argentina del Consejo de Derechos Humanos de la ONU

El gobierno de Javier Milei retirará a la Argentina del Consejo de Derechos Humanos de la ONU. Lo confirmaron a TN fuentes de la Casa Rosada.
La decisión responde a la política oficial de reducir la presencia del país en las distintas agencias de Naciones Unidas, como sucedió con la Organización Mundial de la Salud (OMS) en febrero.
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En concreto, el país no presentará este año su candidatura para integrar el organismo, donde la Argentina tuvo una actuación dilatada tras la recuperación de la democracia.
La decisión oficial ya fue girada al representante argentino ante la ONU, Francisco Tropepi. La orden debe llegar finalmente al representante en Ginebra, Carlos Foradori, informó Clarín.
El gobierno de Javier Milei se acopla a las decisiones de Donald Trump
La medida adoptada por la Casa Rosada se acopla a las decisiones que en este sentido viene adoptando el presidente estadounidense, Donald Trump.
De hecho, Washington se retiró del mismo organismo dedicado a promover los derechos humanos en el mundo en febrero pasado. Lo mismo hizo Israel poco después. El primer ministro israelí, Benjamin Netanyahu, acusó a la agencia de la ONU de “propagar antisemitismo”.
El Consejo de Derechos Humanos, cuya sede se encuentra en Ginebra, está formado por 47 Estados miembros elegidos directa e individualmente por la mayoría de los 193 Estados de la Asamblea General de Naciones Unidas.
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Los comicios se celebran todos los años a través de una elección en que los escaños se distribuyen entre los cinco grupos regionales del organismo. Cada año se renueva un tercio de sus integrantes. La duración de cada mandato es de tres años y solo pueden tener dos consecutivos.
Argentina no presentará su candidatura este año.
En febrero pasado, el gobierno de Milei había anunciado el retiro del país de la Organización Mundial de la Salud (OMS), tras una medida similar adoptada por Estados Unidos.
ONU, Derechos humanos
POLITICA
Rechazaron un pedido de sobreseimiento de Cristina Kirchner en la causa de los Cuadernos

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 7 resolvió rechazar el pedido de sobreseimiento y la excepción de cosa juzgada presentado por la defensa de Cristina Elisabet Fernández en la causa conocida como “Cuadernos”, en la que se investiga una presunta asociación ilícita y otros delitos vinculados a hechos de corrupción durante su gestión como presidenta de la Nación.
La decisión, firmada este jueves por los jueces Enrique Méndez Signori, Germán Andrés Castelli y Fernando Canero, mantiene a la exmandataria como imputada y habilita la realización del juicio oral, previsto para el 6 de noviembre.
Los argumentos de la defensa
El planteo de la defensa, encabezada por los abogados Carlos Alberto Beraldi y Ari Rubén Llernovoy, se apoyó en la reciente sentencia de la Corte Suprema en la causa “Vialidad”, que el 10 de junio de 2025 confirmó la absolución de Fernández de Kirchner respecto de la figura de asociación ilícita.
En base a este fallo, los abogados sostuvieron que existe una “superposición del objeto procesal” entre ambos expedientes y que, al haber sido absuelta por sentencia firme en “Vialidad”, no corresponde someterla nuevamente a juicio por el mismo hecho, invocando la garantía constitucional que prohíbe juzgar dos veces a una persona por el mismo delito.
En palabras de la defensa, “en ambos procesos Cristina Fernández de Kirchner fue acusada por la misma acción, esto es, tomar parte en una asociación o banda dedicada a cometer delitos indeterminados”.
Sin embargo, la fiscal general Estela Fabiana León, titular de la Fiscalía General n° 5 , consideró que “el planteo es formal y sustancialmente inadmisible por cuanto no demuestra, en los términos que exige la doctrina y jurisprudencia de la CSJN, un nuevo sometimiento a juicio de quien ya lo ha sufrido por el mismo hecho”.
La fiscalía remarcó que la defensa no describió un “mismo hecho histórico”, sino que “extrapola un ‘plan’ genérico para forzar una identidad que -a criterio de esta acusación, la jurisprudencia y las decisiones que se han dictado- es inexistente”. León subrayó que la garantía de no ser juzgado dos veces por el mismo hecho “sólo bloquea un nuevo proceso por el mismo hecho histórico atribuido a la misma persona, no respecto de ‘planes’ o narrativas globales”.
En la misma línea, la Unidad de Información Financiera, representada por el director de Litigios Penales Mariano Ariel Galpern, también se opuso al pedido y descartó la identidad subjetiva, es decir, la coincidencia de personas imputadas, como argumento suficiente para aplicar la garantía de cosa juzgada.
Los argumentos de los jueces
El juez Enrique Méndez Signori, al fundamentar el rechazo, recordó que la defensa ya había presentado un planteo similar en 2018, bajo la figura de litispendencia, que fue rechazado por el juez instructor, la Cámara Federal y la Cámara de Casación Penal. El magistrado explicó que “la presentación realizada por la defensa no se desprende con suficiente claridad la triple concurrencia exigida para considerar que podríamos encontrarnos ante un supuesto de doble juzgamiento: identidad de la persona perseguida, identidad de objeto de persecución y identidad de la causa de persecución”.
El juez Méndez Signori remarcó que “el planteo de la defensa se circunscribe a señalar de manera dogmática que ‘el comportamiento típico acriminado es absolutamente coincidente en uno y otro caso’, haciendo referencias a las coincidencias que existen en los expedientes, pero soslayando las circunstancias fácticas que -como lo indican las partes acusadoras- los diferencian e invitan a considerar que no se trata, prima facie, de la misma conducta”.
El tribunal también destacó la obligación internacional del Estado argentino de investigar y sancionar hechos de corrupción, en virtud de la “Convención Interamericana contra la Corrupción” y la “Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción”, ambas con jerarquía legal en el país.
Por su parte, los jueces Fernando Canero y Germán Andrés Castelli adhirieron a los fundamentos de Méndez Signori. Castelli subrayó que “el planteo constituye una reedición de lo ya resuelto ahora bajo el amparo del instituto de la cosa juzgada, habida cuenta que la firmeza de la absolución dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 2 en la causa CFP 5048/2016, no trae consecuencias en la decisión adoptada en la etapa instructoria”.
Tras estos argumentos, El tribunal resolvió: “rechazar el planteo de excepción por falta de acción y sobreseimiento formulado en este incidente por la defensa de Cristina Elisabet Fernández”.
La decisión del Tribunal Oral Federal 7 implica que la ex presidenta continuará siendo juzgada en la causa “Cuadernos”, sin que la absolución en “Vialidad” impida la continuidad del proceso.
South America / Central America
POLITICA
Javier Milei llegó a Rosario para encabezar el cierre de campaña de La Libertad Avanza

El presidente Javier Milei llegó este jueves a la ciudad santafesina de Rosario, donde La Libertad Avanza (LLA) cierra su campaña nacional con un acto en las escalinatas del Parque España. El lugar no es casual, los violetas hicieron allí sus últimos cierres electorales, previos a los comicios de 2023 y antes de las legislativas de 2021.
A partir de las 19, está previsto que Milei encabece el acto de cierre, acompañado por gran parte de su Gabinete y junto a las cabezas de listas de LLA de los 24 distritos que competirán este domingo en las urnas.
Según pudo saber , está pautado que la ministra de Seguridad y principal postulante a senadora por la Ciudad, Patricia Bullrich, tome la palabra previo al discurso final de Milei.
A lo largo del encuentro, el mandatario apuntalará la candidatura de Agustín Pellegrini, postulante libertario que encabezará la nómina de diputados en Santa Fe y que enfrentará al oficialismo provincial de Maximiliano Pullaro, encarnado por su vice Gisela Scaglia.
Sin embargo, las encuestas no son favorables para el elegido de Milei. Según pudo saber , los últimos sondes lo ubican en Rosario, detrás de Gisela Scaglia, representante de Provincias Unidas, y Caren Tepp, de Fuerza Patria.
En medio de un amplio operativo de seguridad, Milei llegó a Rosario, pasadas las 17.30, acompañado por gran parte de su Gabinete, que luego se dirigirá rumbo al Parque España.
“En 2021 nos reunimos por primera vez, cuando todo era apenas una idea, una convicción y un sueño compartido. Hoy, cuatro años después, volvemos al mismo lugar, pero con una fuerza que se hizo movimiento, y un movimiento que se convirtió en historia”, destacó Diez en la red X.
En simultáneo, Pullaro y Scaglia cerrarán la campaña de Provincias Unidas en el Bioceres Arena, de aquella ciudad.
Mientras tanto, sindicatos y movimientos convocaron hoy a una jornada de protesta en a la Plaza Guernica, a solo 200 metros del Parque de España, donde se realizará el evento libertario.
Desde los gremios del transporte nucleados en la Confederación de Trabajadores del Transporte (CATT) seccional Rosario; sindicatos locales (COAD y ATE); y organizaciones sociales (La Corriente Clasista y Combativa, el Movimiento Evita y la Unión de Trabajadores de la Economía Popular), impulsarán distintas movilizaciones en repudio a Milei, a quien días atrás declararon simbólicamente como “persona no grata”.
A fines de evitar un escenario de alta tensión, el intendente de Rosario, Pablo Javkin envió una clara advertencia. “No traigan problemas que ya superamos en Rosario”, reclamó el jefe comunal en las horas previas al desembarco de Milei.
“Me parece que todo acto de expresión democrático es bueno que suceda, por quienes manifiestan su apoyo al presidente, como quienes anunciaron una manifestación de rechazo. Pero lo único que espero es que haya respeto”, había pedido antes.
“Que no nos traigan a Rosario la violencia de Buenos Aires. Que no empiecen a organizar provocaciones, es una sociedad que respira paz, que nos costó mucho”, añadió el intendente rosarino.
Noticia en desarrollo
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POLITICA
Debate por la eutanasia: la Corte bonaerense ordenó estudiar el caso de una mujer que pide asistencia médica para morir

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires ordenó la tramitación del amparo solicitado por una mujer para acceder a asistencia médica con el fin de poner fin a su vida.
La mujer padece una enfermedad incurable y progresiva e inició la acción judicial en diciembre de 2024 contra el Ministerio de Salud bonaerense, solicitando “la provisión de asistencia médico sanitaria, así como los fármacos e insumos necesarios para morir, ello como única alternativa de alivio a la situación en la que se encuentra”.
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En el fallo, al que tuvo acceso TN, la demandante describió su padecimiento como una enfermedad “incurable, progresiva y degenerativa” con más de 20 años de evolución, que le genera “padecimientos físicos, psíquicos y espirituales (…) de una crueldad inconmensurable que se agudiza día a día”.
Manifestó que los dolores que siente le resultan intolerables y que las condiciones de avanzado deterioro en que se encuentra hacen que su “existencia sea incompatible con la dignidad mínima que cualquier persona merece”.
La mujer aseguró no poder poner fin a su vida por sus propios medios debido a impedimentos físicos y reclamó el derecho a una “muerte asistida”, “suicidio asistido o eutanasia activa”, invocando derechos constitucionales como la dignidad, la intimidad, la autonomía de la voluntad y la prohibición de tratos crueles.
En primera instancia, un Juzgado de Moreno rechazó el amparo por inadmisible, argumentando que el trámite excepcional no es apto para un debate profundo sobre la tensión entre el derecho a la vida y la muerte digna, y que implicaría ordenar a terceros cometer un delito de homicidio. El juez citó la Ley de Derechos del Paciente (26.529), la Ley de Cuidados Paliativos (27.678) y la Ley de Prevención del Suicidio (27.130), concluyendo que el ordenamiento jurídico protege “de manera casi irrestricta la protección de la vida humana”.
En la misma línea, la Cámara confirmó la decisión al sostener que existe una ausencia de base normativa para autorizar la “interrupción de la vida por la acción de un tercero”.
Con insistencia, la mujer apeló esa decisión argumentando arbitrariedad en el rechazo in limine y aseguró que no busca una “expresa autorización para interrumpir la vida”, sino “ayuda humanitaria que sea necesaria para poder morir, como única y última alternativa que hace dignificante a mi persona padeciente”.
Tras analizar el caso, la Corte bonaerense, declaró fundado el recurso de la mujer y revocó el rechazo por considerar que violó el acceso a la justicia. Para los jueces, la Cámara incurrió en “una profunda contradicción” al reconocer la sensibilidad del caso, mientras “clausura despóticamente el asunto en su instancia inaugural”.
Para los magistrados, el amparo es idóneo ante la “gravedad y flagrancia del sufrimiento” y la ausencia de otras vías que eviten daño irreparable.
“Existe una tensión entre los derechos a la vida, a la autonomía de la voluntad y a una muerte digna”, se lee en la sentencia donde los jueces reconocieron la falta de base normativa expresa para la eutanasia, pero entendieron que el rechazo preliminar impide un control de constitucionalidad difuso.
“La ponderación constitucional que reclama de la judicatura es aquella dirigida a resolver la tensión que puede existir entre su derecho a la vida y su dignidad como persona humana”, explicaron.
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Es por eso que los jueces ordenaron darle curso al amparo a través de un nuevo juzgado de primera instancia. Al respecto, el fallo aclaró que esta decisión invita a un debate profundo, pero no garantiza que la práctica sea autorizada.
En ese marco, se remarcó que es el Congreso el que debe avanzar con una nueva normativa para este tipo de caso: “La satisfacción del interés de la demandante requeriría una modificación legislativa profunda, necesariamente precedida de un amplio debate social y de profesionales especializados”.
En otro pasaje de la sentencia, los jueces remarcaron que la mujer cuenta con cobertura del PAMI y, en todo el devenir de la causa, “no media ni una constancia de la efectiva prestación ni de un “servicio social” ni de “asistencia médica” y mucho menos “integral”. “Esta ausencia o silencio resulta casi tan cruel como la enfermedad misma y no puedo dejar de sorprenderme —no sé si por la veleidad o por la irresponsabilidad— de quien debe velar por el bienestar y la atención de nuestros adultos mayores».
Eutanasia, Justicia, muerte digna.
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