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Juicio por el atentado a Cristina Kirchner: liberaron a Nicolás Carrizo, señalado como «el jefe de los copitos»

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Tras los alegatos de la fiscal en el juicio contra “la banda de los copitos» por el intento de asesinato a Cristina Kirchner, la Justicia hizo lugar al pedido del abogado de Nicolás Carrizo y lo excarceló.

Ante el Tribunal Oral Federal N°6, la fiscal Gabriela Baigún coincidió con el pedido del abogado de liberar a quien fue indicado como el jefe de “los copitos”, ya que no se presentaron pruebas durante el debate que permitan sostener la acusación en su contra. “El propio imputado dijo que está preso por pelotudo, y yo coincido”, sostuvo la fiscal en el juicio.

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La fiscal solicitó además su absolución para librarlo de culpa y cargo, pero la decisión saldrá una vez que se emita el veredicto, que será en dos semanas. Su abogado, Gastón Marano, confirmó a TN que ya se retiró del Complejo Penitenciario Federal N°2 de Marcos Paz donde estuvo preso.

Nicolás Carrizo durante el juicio por el atentado a Cristina Kirchner. (Foto: TN /Agustina Ribó)

“El tribunal concede la excarcelación de Gabriel Nicolás Carrizo, bajo caución juratoria, y ordena su inmediata libertad, la que se hará efectiva en el día de la fecha”, dice el fallo al que accedió este medio. Además, se le impuso “fijar domicilio y no ausentarse del mismo por más de 24 horas”, situación que cambiará cuando sea absuelto.

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La decisión del tribunal llegó luego de que la representante del Ministerio Público Fiscal pidiera, durante la audiencia de este miércoles, 15 años de prisión para Fernando Sabag Montiel y 14 para Brenda Uliarte por el intento de asesinato contra la exmandataria.

En el caso de Sabag, la fiscal solicitó además unificar la pena con la condena previa que tiene por distribución de material pornográfico, que fue de 4 años de cárcel. En total, el pedido de condena asciende a 19 años.

Los abogados de Cristina Kirchner pidieron la absolución de Carrizo

La semana anterior, la querella tampoco había formulado una acusación contra Carrizo, que estaba privado de su libertad desde septiembre de 2022, cuando quedó detenido por orden de la jueza federal María Eugenia Capuchetti.

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En ese momento, Carrizo fue procesado como supuesto “partícipe secundario” del hecho. Sin embargo, durante su alegato, la fiscal aseguró que no encontró pruebas para acusarlo.

Durante la audiencia, el abogado Juan Manuel Ubeira pidió la absolución de Carrizo por el beneficio de la duda.

“Siento que los dichos de Carrizo en un chat son desagradables, pero Cristina no quiere para él lo que la Justicia federal hizo con ella, que por un chat que ella no escribió armaron una causa contra ella. No somos lo mismo”, expresó.

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La fiscal Gabriela Baigún no encontró pruebas para acusar a Carrizo. (Foto: TN)
La fiscal Gabriela Baigún no encontró pruebas para acusar a Carrizo. (Foto: TN)

La declaración de Nicolás Carrizo

A principios de julio de 2024, Carrizo pidió declarar durante la segunda audiencia del juicio. En aquel entonces remarcó su inocencia y pidió la absolución. Se desligó de cualquier tipo de responsabilidad y aseguró que se enteró del atentado por televisión. “Me metí en este quilombo por una joda y no puedo creer que esté preso”, dijo.

Al inicio de su declaración, explicó cómo empezó su vínculo con Fernando Sabag Montiel y Brenda Uliarte. “Los conocí una noche en la que estábamos de fiesta con un grupo”.

“Un día empezaron a vender copitos y volvieron sin nada. Ahí se me ocurrió que nos fuéramos a la Costa a vender. Algo que les copó a todos. Ahí hice un grupo de trabajo. Estaban Sabag, Uliarte y todos los chicos que trabajaban conmigo. Unos días después ellos dos fueron a Tigre y ahí se cruzaron con un canal de televisión y hablaron por primera vez. Ese día, Sabag en el grupo de WhatsApp mostró un link donde habían salido”, comentó.

Nicolás Carrizo durante la audiencia donde declaró en julio de 2024. (Foto: Agustina Ribó / TN).
Nicolás Carrizo durante la audiencia donde declaró en julio de 2024. (Foto: Agustina Ribó / TN).

“(El 1° de septiembre de 2022) Cuando llegó la noche, estaba con el celular y un amigo me dice que habían intentado asesinar a la vicepresidenta. En ese momento no le presté atención. Y me dice, fue un tal Sabag Montiel. Prendí la televisión y lo vi entre la multitud intentado gatillar cerca de la cabeza de Cristina Kirchner”, aseguró.

Después de eso, aclaró que llamó a Brenda Uliarte para preguntarle qué había pasado y que ella dijo que no sabía “nada”, porque incluso hacía dos días que no veía a Sabag Montiel.

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“En un momento le dijimos a Brenda que la acompañábamos a la televisión para hablar, porque ella estaba mal. Fue al día siguiente del atentado que dimos la entrevista. La noche después la llamé y me contó que en realidad ella sabía todo desde el principio, pero que por miedo no quiso decir nada. Ahí me enojé, porque siempre me mintió. Yo ni los conocía y les di trabajo. Tuve una buena intención con ellos, y al resto de los chicos también y les allanaron la casa. Después me enteré que la habían detenido”, contó.

Luego de eso, dijo que con el resto de sus amigos decidieron ir a la policía para explicar todo lo que había pasado. “Declaré ante el fiscal Rímolo, conté todo y entregué mi celular. Se había filtrado un estado que yo había subido contra Alberto Fernández. A las horas me detuvieron. Después de eso, me llevaron a Ezeiza y ahí después de unos días vi a mi abogado”, aclaró.

“Cuando pasó lo del atentado, yo empecé a abrir mi celular y aparecían muchos memes, cosas para el chiste. Yo me sumé a eso. Estábamos tomando un fernet, algo cotidiano en la casa de Sergio. Estaba entonado y empecé a mandar mensajes primero a la hija de la pareja de mi papá, le dije que éramos una organización. Quería que se comieran el verso”, explicó.

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«Me metí en este quilombo por una joda y no puedo creer que esté preso por pelotudo. Pensaba que se iba a solucionar. Nunca me dieron domiciliaria. Nunca tuve un arma en mi mano. Nunca disparé”, aseguró en aquel entonces.

Hoy, a casi tres años del atentado contra Cristina Kircner, Nicolás Carrizo recuperó su libertad.

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Fernando Sabag Montiel, cristina kirchner, juicio, Atentado

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Axel Kicillof se desligó del triple femicidio en Florencio Varela: “La banda tenía su epicentro en CABA”

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El gobernador Axel Kicillof reclamó una respuesta nacional ante el avance del narcotráfico que puso de manifiesto el triple femicidio de Florencio Varela. En ese sentido, pidió que el presidente Javier Milei convoque a los gobernadores para abordar dicha problemática.

En declaraciones a la prensa en relación al triple crimen, el mandatario transmitió su pésame por las víctimas y sus familias: “Nada explica ni justifica el nivel de violencia, el nivel del sadismo”.

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El papá de Brenda cuestionó la investigación y aseguró: “No existe el Pequeño J”

El gobernador insistió en la necesidad de implementar una estrategia federal ante lo que considera un avance del narco en todas las provincias: “Es absurdo, absolutamente absurdo pensar que se va a resolver de un lado u otro de la General Paz o sin el concurso y el trabajo conjunto con la justicia federal y con las fuerzas federales”.

Kicillof también advirtió que el avance del narcotráfico en el territorio es consecuencia del retiro del Estado: “Cuando el Estado tiene insuficiente presencia, cuando las oportunidades de los pibes y las pibas son escasas, cuando su futuro se desdibuja, crece el narco”

En la provincia de Buenos Aires la actividad delictiva creció ininterrumpidamente desde el retorno de la democracia y más allá de los gobiernos, en su mayoría peronistas.

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La madre de una de las víctimas del triple crimen apuntó contra Kicillof: “Anda paseando por Nueva York”

A su vez, el mandatario se desligó de la inseguridad en el conurbano al enfatizar que la banda identificada como autora del triple femicidio operaba en CABA.: “La banda que se identificó tenía su epicentro en la Capital Federal y las chicas frecuentaban Bajo Flores y la Capital Federal”.

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Axel Kicillof,Inseguridad,Javier Milei,triple femicidio

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El Gobierno acusó a la agencia de viajes por los cantos antisemitas de egresados contra alumnos de la ORT

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El Gobierno denunció a la agencia de viajes Baxter Viajes Express y a sus coordinadores por los cantos antisemitas que profirieron los alumnos del colegio Humanos contra estudiantes del instituto ORT durante un viaje de egresados, el 10 de septiembre pasado.

El Gobierno pidió a la justicia que haga cesar “de manera inmediata” la difusión del video con los cantos, que se viralizó en redes sociales.

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La presentación fue realizada por el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, y alcanza a los responsables del grupo y otras personas que cantando instaron a “quemar judíos”.

La denuncia, que es por los delitos de instigación a cometer delitos y discriminación, se basa en un video publicado en la red social X en el que puede verse a un grupo de alumnos de la Escuela Humanos en un micro de turismo estudiantil en el que también se encontraba personal de la empresa de turismo Baxter Viajes Express, entonando cánticos antisemitas.

Expresaban al unísono: “Hoy quemamos judíos”, arengando con las manos. En el video puede verse que ningún responsable los detiene; por el contrario, alguien que parece ser un coordinador, participa.

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La denuncia menciona que el video es “aberrante”, que constituye un “acto discriminatorio” de “contenido antisemita” y que es un hecho de “incitación al odio contra las personas de religión judía” y de “incitación a cometer graves delitos de odio contra todos aquellos que formen parte de dicha comunidad”.

El ministro Mariano Cúneo LibaronaMauro V. Rizzi

El Gobierno pidió mandar un oficio a la Escuela Humanos y otro a la agencia de viajes para que se identifique a los profesores, maestros, personal de la escuela, padres o madres y a los coordinadores del viaje y choferes.

“Una prueba irrefutable resulta la declaración inadmisible formulada a modo de comunicado por la empresa Baxter Viajes Express que reconoce los hechos y su indudable participación en ellos”, dice la denuncia.

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Se trata, explica, de una “grave lesión contra la dignidad humana y contra la integridad moral de las personas de religión judía”.

“Tanto las personas no identificadas que esbozaron los cánticos antisemitas, los tutores y coordinadores responsables de la escuela y de la empresa de turismo, los representantes legales de ambas y quienes luego difundieron ese repudiable video instigaron públicamente mediante su reproducción a un número indeterminado y masivo de personas de forma seria y relevante a cometer un delito determinado (genocidio) contra un grupo determinado de personas (la comunidad judía)”, señala el texto.

No se trata de un “juego de estudiantes”, dice la presentación, sino que “su repudiable contenido excede esas meras expresiones, constituyendo una clara instrucción de cómo llevar a cabo el delito (quemando judíos)”.

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“Teniendo en cuenta la rapidez y masividad con la que se está difundiendo el video con contenido que perjudica en forma directa a toda la comunidad judía; solicitamos se arbitren los medios necesarios para que se haga cesar de inmediato la reproducción y/o difusión de dicho material”, pide el Gobierno.


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Fentanilo contaminado: la defensa de García Furfaro apelará su procesamiento y argumentan que “no había intención de matar”

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Los abogados de los 14 procesados por el fentanilo mortal apelarán la resolución que el jueves pasado firmó el juez federal de La Plata, Ernesto Kreplak. La medida era previsible y tienen 10 días hábiles para presentarla. Ariel García Furfaro, el propietario de los establecimientos HLB Pharma y Laboratorios Ramallo, encabeza la lista de los presuntos responsables por la elaboración del medicamento contaminado con dos tipos de bacterias, una de ellas multirresistente a los antibióticos. El magistrado los vinculo, al menos, a 20 pacientes fallecidos, pero en el dictamen se mencionan 124 historias clínicas de personas internadas que habrían muerto después de ser tratadas con el fentanilo de HLB Pharma, sobre todo del lote 31202 fabricado, el 18 de diciembre de 2024 y lanzado al mercado el 4 y 6 de enero de 2025.

Al empresario, Kreplak también le trabó un embargo récord de un billón de pesos. Su procesamiento fue con prisión preventiva. Gastón Marano es su abogado defensor.

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También representa a su hermano Diego García, integrante de la dirección del laboratorio, y a Javier Martín Tchukrán, director de Manufactura de HLB Pharma Group SA. Como Ariel y Diego permanece detenidos, Marano —un abogado penalista de extensa experiencia— consiguió la libertad y falta de mérito de Damián, el tercero de los hermanos. El letrado sostiene que existen graves falencias en la fundamentación jurídica y probatoria del fallo.

“El dolo eventual está mal aplicado”

A Ariel Fernando García se lo consideró “prima facie, coautor penalmente responsable del delito de adulteración de sustancias medicinales que resultó en la muerte de al menos 20 personas, en concurso real con el delito de adulteración de sustancias medicinales de un modo peligroso para la salud, también en calidad de coautor (arts. 45, 55, 200 y 201 bis CP y 306 y 312 CPPN)”.

Consultado por Infobae, Marano hizo saber que, en efecto va a apelar la resolución de 401 carillas del juez Kreplak “en términos jurídicos porque hay una serie de categorías, como la del dolo eventual que están mal aplicadas al caso y en términos probatorios”. “Por un lado, existió un apartamiento injustificado de pruebas centrales existentes en la causa como los informes del Cuerpo Médico Forense que niegan un nexo causal directo entre las muertes y el fentanilo y tampoco se permitió, a pesar de que la defensa lo pidió numerosas veces, la producción de ciertos elementos de prueba que eran fundamentales y eso impidió realizar una defensa amplia”, explica el abogado de los hermanos García y el técnico químico Tchukrán.

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El juez federal Ernesto Kreplak procesó a 14 personas vinculadas al fentanilo contaminado

Por otro lado, Marano detalla: “La técnica elegida por el juez en torno a separar las imputaciones en bloques de casos (de historias clínicas) genera dificultades que van a tener que ser atendidas con una investigación más amplia”.

Para el penalista esto último es porque “se segmenta la prueba que puede ser útil para los primeros veinte casos, pero inútil para los siguientes 20 o viceversa, de modo que constantemente hay que estar pidiendo actualizaciones probatorias”.

Marano es un abogado que se caracteriza por llevar adelante la defensa de causas de largo aliento. El 21 de agosto pasado fue noticia porque consiguió la “absolución” antes del juicio oral de Nicolás Gabriel Carrizo, señalado como “jefe de la banda de los Copitos”, en el marco del juicio por el intento de asesinato de Cristina Fernández de Kirchner, ya que no se pudo probar su participación en el hecho y, por lo tanto, la Fiscalía y la querella decidieron retirar sus acusaciones contra él. Quedó en libertad después de dos años y once meses preso.

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Parte de las pruebas secuestradas en los allanamientos en los laboratorios de García Furfaro

En palabras de Marano, entre los puntos de la resolución judicial de Kreplak que atacarán las defensas, pero sobre todo la suya, destaca:

  • “La caracterización que el juez hace como un delito doloso. Es decir que hubo intención de dañar a alguien cuando, claramente, toda la prueba apunta a una negligencia, y no a una intención”.
  • “Cómo tendría intención Ariel García de fundir su propio laboratorio, enfermar gente y terminar como el enemigo público número uno. Lo mismo los empleados”.
  • “Quién puede predicar que los empleados del laboratorio tenían ganas de que salga todo mal y no les importaba si la gente se enfermaba o moría”.
  • “El Cuerpo Médico Forense dijo que no hay nexo causal directo entre el fentanilo y las muertes y el juez sale a imputar por veinte muertes”.
  • “Vamos a criticar la cuestión del dolo y la apreciación que hace de la prueba, o sea, la extensión del daño que el juez pretende”.

Para el abogado defensor, el magistrado también “barrió debajo de la alfombra” la responsabilidad estatal “del la propia Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) en el control.

Las razones de los procesamientos

Según la resolución del magistrado, la actuación de la ANMAT en el caso fentanilo incluyó las siguientes acciones:

  • El 11 de mayo de 2025, la ANMAT dictó la Disposición N.º 3156/2025, prohibiendo el uso, distribución y comercialización en todo el territorio nacional del Fentanilo HLB, Lote 31202, y ordenando a la firma HLB Pharma Group SA su recupero del mercado.
  • El 12 de mayo de 2025, por Disposición N.º 3158/2025, la ANMAT inhibió las actividades productivas de HLB Pharma Group SA y prohibió el uso, distribución y comercialización en el territorio nacional de todos los productos registrados a nombre de la firma.
  • Frente al incumplimiento de HLB, la ANMAT reiteró el 21 de mayo de 2025 la solicitud y notificó a la firma que debía presentar en dos días la información requerida.
  • Las tareas de retiro (recall) debieron ser suplidas por el juzgado interviniente ante la inactividad de la empresa, y la ANMAT requiriendo colaboración de los Ministerios de salud de todo el país y efectores que habían adquirido el producto.
  • La ANMAT también realizó repetidos informes, fiscalizaciones y comunicaciones a distintas jurisdicciones, laboratorios y droguerías, con el objetivo de reconstruir la cadena de comercialización y asegurar el recupero del producto adulterado.
  • La ANMAT detectó diversas deficiencias en los laboratorios involucrados, incluyendo incumplimientos a las Buenas Prácticas de Fabricación, uso de instalaciones no autorizadas y deficiencias críticas en documentación y trazabilidad de productos terminados.

En la resolución judicial, el magistrado documentó las siguientes deficiencias en la fabricación del fentanilo adulterado y de otras partidas:

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  • “Bajo rendimiento de la materia prima. Discrepancias en el rendimiento o conciliación no investigadas; Defectos respecto de los envases. Defectos críticos de cierre y tendencia progresiva de falla; Inconsistencias en la secuencia y planificación del proceso, desvío en la cronología lógica de fabricación de los lotes; Irregularidades en cuanto al personal. Ausencia de organigrama y/o descripción incompleta de puestos claves, los cuales no están ocupados por personal a tiempo completo o la función no está explícitamente delegada en personal con calificación comprobable; Controles de calidad laxos, ineficaces o directamente inexistentes. Discrepancia entre procedimiento validado y el que se ejecutaba en la realidad; Deficiencias en los valores del agua para inyectables; Antecedente de contaminación por Ralstonia; Muestreos poco representativos para control de calidad”.
  • “Las referencias citadas hablan de forma elocuente de las pésimas condiciones en que se producían los medicamentos, ya sea en cuestiones de mantenimiento, insumos, agua, controles, registros documentales, entre otras tantas. Todo ello, por suma obviedad, bajo total inobservancia de los estándares mínimos establecidos por las Buenas Prácticas de Fabricación”.
  • Según el peritaje de ANLIS-Malbrán: “Los batch record (hoja de ruta de la fabricación del medicamento) y su documental anexa no reflejaban la realidad de lo que a ciencia cierta pasaba dentro de la planta, se utilizaban datos inexistentes, inventados y/o fórmulas preexistentes de otros medicamentos. Es más, surge que muchos de esos registros se confeccionaron exclusivamente para presentarlos ante la autoridad de aplicación, ante el aviso de inminentes inspecciones por parte de aquella”.
  • “El análisis comparativo de los registros de lote de la campaña de producción de Fentanilo HLB evidencia que el área de Control de Calidad operaba bajo metodologías que comprometían la validez de los resultados y la seguridad de los productos liberados. Metodología de ensayo de esterilidad no conforme con Farmacopea Argentina 7ª Edición. El control de esterilidad de lotes del producto terminado consistía en un procedimiento combinado, utilizando, en la misma membrana de filtración, volúmenes variables y mezclando varios productos y varios lotes. El procedimiento de rutina, al ser completamente distinto al validado, introduce riesgos técnicos inaceptables que explicarían la no detección de la contaminación”.
  • Se liberaron lotes de fentanilo pese a conocer graves incumplimientos y deficiencias, y se falsearon registros para maquillar los procesos productivos”.
  • “En todas las muestras analizadas se detectó una presencia significativa de arsénico, muy por encima del límite permitido por el Código Alimentario Argentino. En efecto, los valores obtenidos superan entre seis y siete veces el nivel máximo establecido, lo que evidencia una situación por demás seria”.
  • “Desde al menos el 1º de agosto de 2024 HLB Pharma Group estaba comercializando medicamentos elaborados en áreas sin habilitación y con envases no autorizados por ANMAT”.

Giovanni Bendavídez, es el bebé de seis meses con graves secuelas por recibir tratamiento con el fentanilo contaminado de HLB Pharma

El resto de los procesados en la causa son:

José Antonio Maiorano. Director Técnico responsable de la producción y liberación de lotes contaminados.

Carolina Ansaldi. Directora Técnica de Laboratorios Ramallo SA.

Víctor Pablo Boccaccio. Director realizaba “funciones de control de gestión”.

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María Victoria García. Gerenta de Gestión de Calidad.

Wilson Daniel Pons. Jefe de Control de Calidad.

Adriana Iudica: Cumplía la función de subjefa de Control de Calidad en Laboratorios Ramallo SA. Es ingeniera química y tenía a su cargo el control microbiológico de la producción de medicamentos, incluida la producción de los lotes de fentanilo contaminados. Firmó los protocolos de análisis microbiológico y endotoxinas bacterianas de los lotes cuestionados.

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Dayana Arzolidys Astudillo Bolívar. Cumplía la función de supervisora de Control de Calidad en Laboratorios Ramallo SA.

Rocío del Cielo Garay. Se desempeñaba como supervisora de Control de Calidad en Laboratorios Ramallo SA.

Edgardo Gerardo Antonio Sclafani. Cumplía funciones en el área de Control de Calidad de Laboratorios Ramallo SA. Estaba encargado de la confección y validación de registros y hojas de control vinculados a la producción y liberación de los medicamentos.

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Eduardo Darchuk. Cumplía la función de encargado del registro documental en Laboratorios Ramallo SA.

Mientras las defensas preparan las apelaciones, en el juzgado de Ernesto Kreplak continúan produciendo pruebas y analizando los resultados que llegan sobre las historias clínicas de pacientes fallecidos después de haber sido tratados con el fentanilo de HLB Pharma Group SA, un trabajo arduo que realiza el Cuerpo Médico Forense a pedido del juzgado federal de La Plata.

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