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La Corte revocó una cautelar que mantenía funcionando a los casinos flotantes de la CABA desde el 2019 sin una nueva licencia

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por unanimidad, revocó este jueves la medida cautelar que, en la práctica, extendió la concesión de la explotación de los casinos flotantes en la Ciudad de Buenos Aires que maneja el empresario K Cristóbal López que habían caducado en 2019.

Se trata de un negocio millonario abierto durante el gobierno del ex presidente Carlos Menem y que ha provocado una pelea entre el gobierno de la CABA y el nacional por su control.

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Además, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenktrantz, Ricardo Lorenzetti y Manuel García-Mansilla, desestimó un recurso del Sindicato de Trabajadores de Juegos de Azar, Entretenimiento, Esparcimiento, Recreación y Afines de la República Argentina (ALEARA) e instó a la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal a resolver una serie de recursos extraordinarios que tiene a estudio hace más de dos años.

De la resolución de esos recursos, se decidirá en la práctica si los casinos flotantes debe ser controlados por el gobierno de la CABA o el gobierno nacional e incluso cerrar ya que la ley porteño prohíbe ese tipo de establecimientos sobre su suelo. Esto en el caso de que no consiga nuevas licencias.

Pero durante el gobierno de Carlos Menem le dio el negocio a CIRSA, del español Manuel Lao con el argumento que los casinos estaban sobre el río que son jurisdicción nacional que sí los permite . Pero a mediados del 2007, Néstor Kirchner le sacó a Lao el 50% para dárselo a Cristóbal y sus socios De Achával y Benedicto.

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El 11 de agosto de 1999, Lotería Nacional S.E. seleccionó a Casino Buenos Aires S.A. como agente operador de la sala de casino que funciona en el buque “Estrella de la Fortuna”, ubicado en el Puerto de Buenos Aires. Dicha concesión se otorgó por 15 años, prorrogables por cinco más.

Luego la Lotería Nacional le otorgó a Casino Buenos Aires S.A. la prórroga de la concesión hasta octubre de 2019 y le autorizó la instalación de una segunda sala de casino en el buque “Princess”.

En 2016, en el marco de la sanción de diversas normas sobre el tema, se firmó un acuerdo aprobado por el Poder Ejecutivo Nacional y la legislatura porteña, por el cual la CABA asumió la competencia en materia de juegos de azar. Allí se estableció que “conforme lo dispuesto en los artículos 129 de la Constitución Nacional; 50 y cláusulas transitorias segunda y decimonovena de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (…) la competencia sobre la regulación (…) de juegos de apuesta y actividades conexas en la Ciudad de Buenos Aires corresponden a esta”.

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Por su parte, la ley 5785 de la legislatura porteña creó Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E., cuyo objeto es la autorización, organización, explotación, recaudación, administración y control de los juegos de azar, destreza y apuestas mutuas existentes en la Ciudad. Esta norma prohibió instalar salas de juego concesionadas a empresas privadas y previó que diversas salas de juego (entre ellas, las de los buques casino), podían seguir operando hasta la finalización de los plazos originales y de sus eventuales prórrogas. Esa prohibición ya estaba prevista en el artículo 50 de la Constitución de la CABA.

A raíz de ello, Casino Buenos Aires S.A. demandó al Estado Nacional y a Lotería Nacional S.E. para que se le otorgue una ampliación del plazo previsto para la explotación de las salas de casino que funcionan en ambos buques. Sostuvo que, mediante distintas medidas dispuestas por las demandadas, cuya legitimidad no discute, se quebró la ecuación económica del contrato de explotación y que, por tanto, la prórroga solicitada es la forma en que puede restablecerse ese equilibrio. Asimismo, solicitó el dictado de una medida cautelar para evitar el vencimiento de la concesión.

El juez de primera instancia hizo lugar a esta medida cautelar, que fue confirmada por la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

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Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E. cuestionó la decisión mediante un recurso extraordinario federal, cuya denegación motivó la presentación de un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Durante la tramitación de esta queja se informó sobre el desistimiento de la medida cautelar por parte de Casino Buenos Aires S.A., quien había obtenido otra, de igual tenor, en primera instancia, luego de dictada la sentencia definitiva de la causa. La Corte, por unanimidad, señaló en forma previa a examinar el recurso de Lotería de la Ciudad de Buenos Aires que esa petición resulta «formalmente inadmisible».

Dicho esto, el Máximo Tribunal recordó que “la medida cautelar apelada prorroga un contrato administrativo sobre juegos de azar cuyo plazo de vigencia venció en el mes de octubre de 2019” y “esto impediría en forma absoluta el ejercicio de las prerrogativas conferidas a la recurrente por el ordenamiento aplicable a los juegos de azar, cuya validez no ha discutido la actora”.

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Además, dijo que “medidas de la naturaleza de la cautelar concedida inhiben a la demandada de ejercer poderes regulatorios propios y generan el riesgo cierto de que los jueces sustituyan a la administración en la determinación de las políticas o en la apreciación de los criterios de oportunidad, lo que como es sabido no resulta constitucionalmente admisible”.

Por otra parte, la Corte agregó que “la decisión recurrida no se ajusta al principio que exige que las sentencias sean fundadas y, por ende, no constituye una derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias comprobadas de la causa”.

En efecto, Lotería de la Ciudad realizó una serie de planteos que no fueron tenidos en cuenta por la Cámara. Así, por un lado, dijo que la medida cautelar se había adjudicado competencias que corresponden a las autoridades locales sin que exista cuestionamiento sobre la validez de las normas que confieren tales competencias. Por el otro: que si para conceder la cautelar se tuvieron en cuenta ciertas medidas que habrían afectado el equilibrio del contrato en perjuicio de Casino Buenos Aires S.A., había que considerar también aquellas que le habrían reportado beneficios a la empresa, no previstos inicialmente (como el aumento en la cantidad de máquinas electrónicas, la autorización para explotar la cuarta cubierta de uno de los buques y para la instalación del otro buque).

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La Corte agregó que “a ello se suma que en el caso no se ha explicitado el fundamento jurídico que justificaría un remedio como el adoptado cuando el daño que invoca la actora sería estrictamente patrimonial”. De allí que consideró arbitraria la sentencia de Cámara, hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada.

En cuanto al Sindicato, la Corte desestimó por unanimidad el recurso extraordinario de ALEARA contra la decisión de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que había rechazado un planteo de nulidad procesal.

En la causa principal (en la que se dictó la medida cautelar en favor de Casino Buenos Aires S.A.), el tribunal de segunda instancia confirmó la sentencia que había hecho lugar a la demanda de Casino Buenos Aires S.A.

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Contra esa decisión plantearon recursos extraordinarios el Estado Nacional, Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E. y Lotería Nacional S.E., que fueron contestados por la actora.

Cuando la Cámara iba a resolver sobre la concesión de esos recursos, se presentó ALEARA ­-citado en la causa como tercero- y planteó que no se le dio traslado de las presentaciones de las demandadas. La Sala rechazó ese cuestionamiento y el sindicato planteó la nulidad del procedimiento hasta llegar a la Corte.

La Corte, por unanimidad, desestimó el recurso extraordinario de ALEARA, con costas a su cargo. Asimismo, advirtió que “existen recursos extraordinarios contra la sentencia de fondo, que han sido interpuestos hace más de dos años y se encuentran pendientes de resolución”, por lo cual hizo saber a la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal que “deberá dar inmediato tratamiento a esas presentaciones”.

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Reforma laboral: el Gobierno anunció cambios y evalúa mantener el total del sueldo en enfermedades graves

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La senadora de La Libertad Avanza Patricia Bullrich confirmó que el oficialismo analiza introducir modificaciones en el artículo que regula las licencias por enfermedad, uno de los puntos más cuestionados del proyecto que ya obtuvo media sanción en el Senado.

La dirigente explicó que el cambio apuntará exclusivamente a situaciones médicas graves, luego del debate público que generó la reducción salarial prevista para los trabajadores que deban ausentarse por razones de salud.

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“Sobre lo que son enfermedades severas, degenerativas, irrecuperables, vamos a hacer una modificación y vamos a dejar el 100% (del salario). Lo estamos trabajando. Sólo en caso de verificación de casos fehacientes”, afirmó en declaraciones televisivas.

Reforma laboral: Milei quiere aprobarla sin cambios en Diputados, pero la oposición busca corregirla

El texto aprobado establecía un nuevo esquema de remuneraciones durante las licencias. Según la iniciativa, los empleados cobrarían el 50% del sueldo cuando la dolencia se vincule a una actividad voluntaria o recreativa ajena al trabajo, y el 75% en casos no encuadrados dentro de esa categoría.

La polémica por los certificados

La expresidenta del PRO defendió el espíritu general del proyecto y justificó la reducción salarial para determinados casos al sostener que el sistema actual presenta irregularidades.

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“Existe una mafia de certificados truchos y hay que terminar con eso”, señaló.

En esa línea, insistió en que el esquema de menor remuneración seguirá vigente para licencias injustificadas o abusivas. “Lo del 50% hay que dejarlo porque hay una cantidad de certificados truchos impresionantes. Si te querés hacer el vivo, cobrás menos”, aseguró.

El oficialismo intenta así diferenciar dos situaciones: por un lado, patologías graves o irreversibles —que mantendrían la cobertura total del salario— y, por otro, ausencias que el Gobierno considera evitables o injustificadas.

El proyecto también introduce nuevas exigencias formales para justificar las ausencias laborales, como la emisión de certificados médicos digitales y la posibilidad de controles por parte del empleador.

En el Gobierno consideran que las modificaciones permitirán reducir la litigiosidad y ordenar el sistema, mientras que sectores sindicales y legisladores opositores advierten que podría afectar la protección de los trabajadores.

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Bullrich aseguró que el Gobierno va a modificar el artículo de las licencias por enfermedad

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La senadora nacional Patricia Bullrich adelantó este domingo por la noche que el Gobierno analiza introducir cambios en el artículo 44 de la reforma laboral vinculada al régimen de licencias por enfermedad, tras las críticas que generó la reducción salarial prevista para quienes se ausenten por motivos de salud y con el objetivo de avanzar con la aprobación.

Según explicó la presidenta del bloque de LLA en diálogo con TN, los cambios apuntarían únicamente a enfermedades “severas, degenerativas” y “fehacientemente comprobables”, con el objetivo de que esos trabajadores mantengan el cobro íntegro de sus haberes. En ese sentido, sostuvo que “existe una mafia de certificados truchos y hay que terminar con eso”, al justificar la necesidad de controles más estrictos.

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La senadora nacional Patricia BullrichNoelia Guevara

La iniciativa, que cuenta con media sanción en el Senado y que resta tratarse en la Cámara de Diputados, establece recortes salariales para licencias prolongadas: 50% del sueldo en enfermedades derivadas de actividades recreativas ajenas al trabajo y 75% en casos involuntarios.

Sobre esto, Bullrich aclaró que ese esquema podría ajustarse: “Sobre lo que son enfermedades severas, degenerativas, irrecuperables, vamos a hacer una modificación y vamos a dejar un 100% (del salario). Lo estamos trabajando. Lo estamos trabajando, sólo en caso de corroboración concreta y fehaciente”.

No obstante, defendió mantener el recorte en el resto de los casos y remarcó: “Hay médicos presos por certificados falsos. Hay clínicas con denuncias. Hay mafias, nosotros vinimos a terminar con las mafias. El trabajador que se hace el vivo y no va a trabajar durante tres meses… no te hacés más el vivo. Si te querés hacer el vivo, vas a cobrar el 50% del salario“.

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Karina Milei, en los festejos por la ley laboral, con Adorni, Bullrich, Santilli y Lule Menem

En ese sentido, adelantó también que se creará una junta médica en hospitales públicos y centro de reconocida trayectoria que servirán para dirimir “controversias” que se generen entre el empleador y el empleado.

“Hoy en día, al año el trabajador tiene reserva de un año del cargo y a los dos años le aplica el 245, que es la indemnización. Esto ya estaba, lo único que cambió es un porcentaje justamente por las mentiras de las mafias. En ningún lugar la Ley de Contrato de Trabajo distinguía entre enfermedades severas y no severas, y por ahí un empleado se tomaba un año por algo que no era severo”, insistió Bullrich.

Consultada sobre cómo se hará la modificación en Diputados para evitar que se extiendan los plazos y que no vuelva la medida al Senado, Bullrich indicó: “Lo hablé con Martín Menem. Por reglamentación o un artículo de ley que se vote como otra ley; le vamos a buscar la forma, pero bien cerrado y que no sea parte de una industria que queremos desarmar”.

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Reforma Laboral: Patricia Bullrich anticipó que modificarán el artículo de las licencias por enfermedad

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La senadora Patricia Bullrich informó este domingo que el oficialismo estudia formas de modificar el artículo 44 de la Reforma Laboral, que introducía un nuevo régimen de licencias por enfermedad y reducía el salario a los trabajadores que solicitaban permiso para ausentarse del trabajo por estar enfermos. La legisladora explicó que será sólo para el caso de afecciones “severas, degenerativas”, y que sean “fehacientemente comprobables”.

“Existe una mafia de certificados truchos y hay que terminar con eso”, explicó Bullrich en declaraciones a TN.

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“Sobre lo que son enfermedades severas, degenerativas, irrecuperables, vamos a hacer una modificación y vamos a dejar el 100% (del salario). Lo estamos trabajando. Sólo en caso de verificación de casos fehacientes”, indicó Bullrich. El proyecto, que fue aprobado en el Senado y ahora deberá debatirse en la Cámara de Diputados, establecía que los trabajadores que sufran una enfermedad por cuestiones recreativas ajenas al trabajo cobrarían sólo el 50% de sus sueldos cuando la licencia supere los 3 meses, y 75% en caso de que sean afecciones causadas por una cuestión involuntaria. Ahora, la legisladora de La Libertad Avanza indicó que estudian la manera de introducir un cambio en ese punto, y que quienes se enfermen gravemente puedan seguir cobrando el 100% de sus salarios.

“Lo del 50% hay que dejarlo porque hay una cantidad de certificados truchos impresionantes. Si te querés hacer el vivo, cobrás menos”, dijo Bullrich.

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Bullrich sostuvo que la iniciativa surge como respuesta a lo que calificó como una “mafia en los certificados médicos”, fenómeno al que atribuyó un elevado nivel de ausentismo laboral en la Argentina. La funcionaria detalló que, según datos recientes, el país registra un 15% de ausencias justificadas en el ámbito laboral, cifra que consideró excesiva y vinculada a prácticas fraudulentas. “Antes de que llegue la policía, llegan los abogados a ofrecer certificados”, afirmó la senadora durante la entrevista. En este sentido, remarcó la existencia de “clínicas y médicos presos” por la emisión de documentos apócrifos, y planteó que la reforma busca terminar con ese circuito.

La propuesta de reforma prevé la creación de juntas médicas compuestas por profesionales de hospitales públicos o establecimientos privados de reconocida trayectoria para certificar los casos donde los trabajadores soliciten licencias prolongadas. Esta medida, según Bullrich, apunta a garantizar un control más estricto y evitar abusos en la emisión de certificados. “El trabajador que simula una dolencia para ausentarse no va a poder seguir haciéndolo. Si lo intenta, cobrará solo el 50% del salario”, advirtió la legisladora, en línea con el texto aprobado por la Cámara de Diputados.

En lo referido a enfermedades graves, Bullrich precisó que el oficialismo planea introducir una modificación que garantice el 100% del salario durante la licencia, siempre que se trate de casos comprobados de patologías “severas, degenerativas o irrecuperables”. La senadora explicó que este nuevo criterio se aplicará únicamente cuando exista una corroboración fehaciente por parte de especialistas, para evitar que el beneficio sea capturado por quienes incurren en prácticas fraudulentas. “Vamos a dejar el 100% solo en caso de enfermedades comprobadas”, señaló.

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La funcionaria también puso énfasis en la necesidad de “desarmar la industria del certificado trucho”, a la que responsabilizó de generar un gasto injustificado para el sistema laboral y afectar la productividad nacional. Según Bullrich, existen casos en los que “una persona se rompe un dedo y obtiene un año y medio de certificados”, situación que calificó como un abuso extendido. A su vez, consideró que la problemática alcanza un nivel estructural, con complicidad de abogados y personal médico.

Dentro del debate legislativo, Bullrich indicó que la discusión sobre la restitución del salario pleno para enfermedades graves se mantiene abierta. La parlamentaria mencionó conversaciones con Martín Menem, presidente de la Cámara de Diputados, para definir si la modificación se realizará por vía reglamentaria o mediante la incorporación de un nuevo artículo. La senadora también mencionó intercambios con la secretaria legal y técnica, María Ibarzabal, destacando la voluntad de encontrar una solución “con un certificado claro que no sea parte de una industria que queremos desarmar”.

El esquema de licencias vigente actualmente en la Argentina establece que el trabajador puede conservar su cargo durante un año en caso de enfermedad, y que transcurridos dos años se le aplica la indemnización prevista en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo. La reforma impulsada por el oficialismo introduce la diferenciación entre enfermedades leves y graves, lo que implica un cambio respecto al criterio anterior, que no contemplaba distinción alguna.

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