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La Corte revocó una cautelar que mantenía funcionando a los casinos flotantes de la CABA desde el 2019 sin una nueva licencia

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por unanimidad, revocó este jueves la medida cautelar que, en la práctica, extendió la concesión de la explotación de los casinos flotantes en la Ciudad de Buenos Aires que maneja el empresario K Cristóbal López que habían caducado en 2019.

Se trata de un negocio millonario abierto durante el gobierno del ex presidente Carlos Menem y que ha provocado una pelea entre el gobierno de la CABA y el nacional por su control.

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Además, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenktrantz, Ricardo Lorenzetti y Manuel García-Mansilla, desestimó un recurso del Sindicato de Trabajadores de Juegos de Azar, Entretenimiento, Esparcimiento, Recreación y Afines de la República Argentina (ALEARA) e instó a la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal a resolver una serie de recursos extraordinarios que tiene a estudio hace más de dos años.

De la resolución de esos recursos, se decidirá en la práctica si los casinos flotantes debe ser controlados por el gobierno de la CABA o el gobierno nacional e incluso cerrar ya que la ley porteño prohíbe ese tipo de establecimientos sobre su suelo. Esto en el caso de que no consiga nuevas licencias.

Pero durante el gobierno de Carlos Menem le dio el negocio a CIRSA, del español Manuel Lao con el argumento que los casinos estaban sobre el río que son jurisdicción nacional que sí los permite . Pero a mediados del 2007, Néstor Kirchner le sacó a Lao el 50% para dárselo a Cristóbal y sus socios De Achával y Benedicto.

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El 11 de agosto de 1999, Lotería Nacional S.E. seleccionó a Casino Buenos Aires S.A. como agente operador de la sala de casino que funciona en el buque “Estrella de la Fortuna”, ubicado en el Puerto de Buenos Aires. Dicha concesión se otorgó por 15 años, prorrogables por cinco más.

Luego la Lotería Nacional le otorgó a Casino Buenos Aires S.A. la prórroga de la concesión hasta octubre de 2019 y le autorizó la instalación de una segunda sala de casino en el buque “Princess”.

En 2016, en el marco de la sanción de diversas normas sobre el tema, se firmó un acuerdo aprobado por el Poder Ejecutivo Nacional y la legislatura porteña, por el cual la CABA asumió la competencia en materia de juegos de azar. Allí se estableció que “conforme lo dispuesto en los artículos 129 de la Constitución Nacional; 50 y cláusulas transitorias segunda y decimonovena de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (…) la competencia sobre la regulación (…) de juegos de apuesta y actividades conexas en la Ciudad de Buenos Aires corresponden a esta”.

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Por su parte, la ley 5785 de la legislatura porteña creó Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E., cuyo objeto es la autorización, organización, explotación, recaudación, administración y control de los juegos de azar, destreza y apuestas mutuas existentes en la Ciudad. Esta norma prohibió instalar salas de juego concesionadas a empresas privadas y previó que diversas salas de juego (entre ellas, las de los buques casino), podían seguir operando hasta la finalización de los plazos originales y de sus eventuales prórrogas. Esa prohibición ya estaba prevista en el artículo 50 de la Constitución de la CABA.

A raíz de ello, Casino Buenos Aires S.A. demandó al Estado Nacional y a Lotería Nacional S.E. para que se le otorgue una ampliación del plazo previsto para la explotación de las salas de casino que funcionan en ambos buques. Sostuvo que, mediante distintas medidas dispuestas por las demandadas, cuya legitimidad no discute, se quebró la ecuación económica del contrato de explotación y que, por tanto, la prórroga solicitada es la forma en que puede restablecerse ese equilibrio. Asimismo, solicitó el dictado de una medida cautelar para evitar el vencimiento de la concesión.

El juez de primera instancia hizo lugar a esta medida cautelar, que fue confirmada por la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

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Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E. cuestionó la decisión mediante un recurso extraordinario federal, cuya denegación motivó la presentación de un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Durante la tramitación de esta queja se informó sobre el desistimiento de la medida cautelar por parte de Casino Buenos Aires S.A., quien había obtenido otra, de igual tenor, en primera instancia, luego de dictada la sentencia definitiva de la causa. La Corte, por unanimidad, señaló en forma previa a examinar el recurso de Lotería de la Ciudad de Buenos Aires que esa petición resulta «formalmente inadmisible».

Dicho esto, el Máximo Tribunal recordó que “la medida cautelar apelada prorroga un contrato administrativo sobre juegos de azar cuyo plazo de vigencia venció en el mes de octubre de 2019” y “esto impediría en forma absoluta el ejercicio de las prerrogativas conferidas a la recurrente por el ordenamiento aplicable a los juegos de azar, cuya validez no ha discutido la actora”.

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Además, dijo que “medidas de la naturaleza de la cautelar concedida inhiben a la demandada de ejercer poderes regulatorios propios y generan el riesgo cierto de que los jueces sustituyan a la administración en la determinación de las políticas o en la apreciación de los criterios de oportunidad, lo que como es sabido no resulta constitucionalmente admisible”.

Por otra parte, la Corte agregó que “la decisión recurrida no se ajusta al principio que exige que las sentencias sean fundadas y, por ende, no constituye una derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias comprobadas de la causa”.

En efecto, Lotería de la Ciudad realizó una serie de planteos que no fueron tenidos en cuenta por la Cámara. Así, por un lado, dijo que la medida cautelar se había adjudicado competencias que corresponden a las autoridades locales sin que exista cuestionamiento sobre la validez de las normas que confieren tales competencias. Por el otro: que si para conceder la cautelar se tuvieron en cuenta ciertas medidas que habrían afectado el equilibrio del contrato en perjuicio de Casino Buenos Aires S.A., había que considerar también aquellas que le habrían reportado beneficios a la empresa, no previstos inicialmente (como el aumento en la cantidad de máquinas electrónicas, la autorización para explotar la cuarta cubierta de uno de los buques y para la instalación del otro buque).

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La Corte agregó que “a ello se suma que en el caso no se ha explicitado el fundamento jurídico que justificaría un remedio como el adoptado cuando el daño que invoca la actora sería estrictamente patrimonial”. De allí que consideró arbitraria la sentencia de Cámara, hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada.

En cuanto al Sindicato, la Corte desestimó por unanimidad el recurso extraordinario de ALEARA contra la decisión de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que había rechazado un planteo de nulidad procesal.

En la causa principal (en la que se dictó la medida cautelar en favor de Casino Buenos Aires S.A.), el tribunal de segunda instancia confirmó la sentencia que había hecho lugar a la demanda de Casino Buenos Aires S.A.

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Contra esa decisión plantearon recursos extraordinarios el Estado Nacional, Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E. y Lotería Nacional S.E., que fueron contestados por la actora.

Cuando la Cámara iba a resolver sobre la concesión de esos recursos, se presentó ALEARA ­-citado en la causa como tercero- y planteó que no se le dio traslado de las presentaciones de las demandadas. La Sala rechazó ese cuestionamiento y el sindicato planteó la nulidad del procedimiento hasta llegar a la Corte.

La Corte, por unanimidad, desestimó el recurso extraordinario de ALEARA, con costas a su cargo. Asimismo, advirtió que “existen recursos extraordinarios contra la sentencia de fondo, que han sido interpuestos hace más de dos años y se encuentran pendientes de resolución”, por lo cual hizo saber a la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal que “deberá dar inmediato tratamiento a esas presentaciones”.

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Elecciones 2025: cómo pueden votar los argentinos en el exterior en los comicios del 26 de octubre

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El próximo 26 de octubre, los argentinos eligen a sus representantes legislativos nacionales. En esta oportunidad, se renovarán 127 bancas en la Cámara de Diputados y 24 en el Senado de la Nación. El proceso incluirá votación presencial y, por primera vez, ofrecerá la posibilidad de sufragar mediante correo postal para quienes residen fuera del país.

La convocatoria abarca a todos los ciudadanos que figuran en el padrón electoral dentro y fuera del territorio argentino. Las elecciones legislativas definirán la integración del Congreso y afectarán el equilibrio político. Cabe destacar que la votación se efectuará con Boleta Única Papel, que unifica todas las opciones electorales disponibles para cada cargo.

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De acuerdo con la Cámara Nacional Electoral, el voto es optativo para argentinos que viven en el extranjero, por lo que ejercer este derecho no resulta obligatorio.

El voto para residentes en el extranjero es optativo y requiere inscripción previa en el padrón electoral (Crédito: Roberto Almeida)

Cómo pueden votar los argentinos en el exterior

La normativa permite que las personas con domicilio registrado fuera del país antes del 19 de abril de 2025 participen en la elección. Según información oficial del Ministerio del Interior, los residentes en el exterior podrán votar de manera presencial en el consulado o embajada asignada según el lugar de residencia o pueden optar por la modalidad postal.

De forma presencial

Para votar en persona, los electores deben tener domicilio exterior asentado en el DNI argentino. La votación presencial se realizará el 26 de octubre entre las 8:00 y las 18:00 horas en la representación consular o embajada que corresponda a la circunscripción de residencia. Se debe consultar previamente el padrón en www.padron.gob.ar para conocer el lugar exacto. El voto que se contabiliza se asigna al último distrito donde el votante residió en el país y, en caso de ausencia de registro, se utiliza el lugar de nacimiento.

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La Boleta Única Papel será el instrumento de votación tanto en Argentina como en el exterior (Crédito: Roberto Almeida)

Por código postal

Según datos oficiales de la Cámara Nacional Electoral, para acceder a esta modalidad el ciudadano debe estar empadronado Residentes en el Exterior. El mismo se encontraba disponible entre el 29 de mayo y el 28 de junio de 2025.

Una vez registrado, la representación diplomática enviará la documentación y la Boleta Única Papel, junto con un sobre especial y una declaración jurada de identidad. El voto se remite sin costo, y debe llegar a la representación correspondiente antes del último día hábil local previo a la jornada electoral en Argentina.

Para votar presencialmente, el domicilio debe estar asentado en el DNI y se debe consultar el padrón consular (Crédito: Télam)

Cabe destscar que no se permite el doble voto. Es decir, quienes optan por la modalidad postal se excluyen automáticamente del padrón para la votación presencial. De acuerdo con la Cámara Electoral, resulta indispensable que los datos personales del votante estén actualizados en el sistema.

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Los documentos válidos para votar en el exterior

El día de la elección se utiliza el mismo documento que figura en el padrón electoral o una versión más reciente. Se admite el DNI en formato tarjeta, la libreta cívica, la libreta de enrolamiento, el DNI libreta verde y la libreta celeste.

La autoridad electoral insiste en que contar con el documento correcto es una condición excluyente. Si el elector no lleva el documento válido, no podrá emitir su voto. Es importante verificar la validez del DNI antes de la fecha del comicio para evitar inconvenientes. Según disposiciones de la Cancillería, cualquier error o falta de actualización en el domicilio podría impedir la participación.

El voto postal exige registro previo y envío de la documentación antes del último día hábil previo a la elección (Crédito: Télam)

Estoy en el exterior y no puedo votar: qué tengo que hacer

En el caso de no poder cumplir con el voto, el argentino que resida en el exterior debe justificar la ausencia. La justificación se realiza luego de la elección y dentro de los 60 días siguientes. Se requiere presentar documentación que acredite que durante la jornada electoral la persona no se encontraba en el territorio argentino.

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Para realizar el trámite, es posible acceder al Registro de Infractores al Deber de Votar y adjuntar una imagen del pasaporte u otro documento que acredite la presencia en el exterior. También se puede acudir a la embajada o consulado argentino más cercano o, al regresar al país, dirigirse a la Secretaría Electoral correspondiente en Argentina. La constancia de estar fuera del país debe presentarse ante la autoridad electoral según la provincia de residencia.

Las embajadas y consulados no emiten justificaciones por no haber votado en elecciones provinciales. Si se tramita la certificación consular otro día distinto al comicio, se deberá acompañar pasaporte con sellos migratorios, boletos o documentos que demuestren la permanencia fuera del país.

El voto postal exige registro previo y envío de la documentación antes del último día hábil previo a la elección (Crédito: Télam)

La Cámara Nacional Electoral y el Ministerio del Interior publican regularmente guías y actualizaciones sobre el proceso, con el objetivo de que los ciudadanos en el exterior puedan ejercer su derecho al voto con información clara. El sitio oficial de las elecciones, junto con los portales de las embajadas y consulados, detalla los pasos, requisitos y plazos para registrar el domicilio, emplear la Boleta Única, seleccionar la modalidad y efectuar las justificaciones necesarias.

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El proceso incorpora, por primera vez, el voto postal, que requiere planificación, inscripción y seguimiento estricto de plazos y condiciones. De esta manera, la elección de 2025 busca facilitar el acceso y la participación de la comunidad argentina en el extranjero. Esto garantiza transparencia, seguridad y respeto a los derechos políticos en todo el territorio y fuera de él.

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Causa Spagnuolo: la Justicia rechazó los pedidos de nulidad de los dueños de la droguería Suizo Argentina

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El juez federal Sebastián Casanello rechazó los pedidos de nulidad presentado por los hermanos Emmanuel y Jonathan Kovalivker, dueños de la droguería Suizo Argentina, en el marco de la causa que investiga presuntas compras irregulares de medicamentos por parte de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS).

Los planteos habían sido formulados por su abogado, Martín Magram, quien cuestionó el origen de la causa por el uso de grabaciones no autorizadas y sostuvo que los hechos ya habían sido juzgados en una investigación anterior que terminó archivada.

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La decisión de Casanello va en línea con la postura que había manifestado días atrás el fiscal Franco Picardi, quien se opuso a la nulidad. Ahora, la defensa podrá apelar ante la Cámara Federal.

El expediente se inició a fines de agosto a partir de una denuncia presentada por Alejandro Díaz Pascual, miembro de la asociación civil Arco Social. Allí se señalaban compras millonarias realizadas por la ANDIS a la droguería Suizo Argentina por unos $30.000 millones, sin licitación pública.

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La denuncia involucró también al entonces titular de la agencia, Diego Spagnuolo, quien fue desplazado del cargo tras la filtración de audios en los que hablaba de supuestos pedidos de coimas. El material fue difundido por medios de comunicación y motivó la apertura del expediente.

Entre los argumentos de la defensa, Magram había advertido que el caso no podía avanzar porque ya existía una investigación previa cerrada por hechos similares, lo que a su criterio configuraba una situación de “cosa juzgada”. Esa causa fue archivada en febrero de este año.

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Este es el interior de la caja fuerte de Jonathan Kovalivker, uno de los dueños de la droguería Suizo Argentina. (Foto: TN)

También cuestionó con dureza los procedimientos ordenados por el juez. “La orden contenía muchísima información. Lo que se llevaron pone en jaque el funcionamiento de la firma”, había dicho el abogado tras los allanamientos realizados en la sede de la droguería.

Además, justificó la negativa de los Kovalivker a entregar las claves de sus teléfonos celulares, aludiendo a cuestiones de privacidad. “Un celular tiene información sensible. No es que no las entregan porque tengan algo que esconder. Están expuestos a un escarnio público con fotos de sus hijos o videos íntimos, como uno donde Eduardo Kovalivker lee poesía”, declaró.

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Por ahora, la investigación se mantiene en una etapa preliminar. El análisis de los contratos continúa y no hay definiciones judiciales sobre la eventual existencia de irregularidades ni sobre el origen de los fondos involucrados.

En su presentación, Díaz Pascual también había vinculado a la droguería con el presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, y con su primo Eduardo “Lule” Menem, funcionario cercano a Karina Milei.

Hasta el momento, el análisis de los contratos y la documentación secuestrada se encuentra en una etapa preliminar y no existen conclusiones definitivas sobre la existencia de irregularidades ni sobre la procedencia de los fondos involucrados. Desde la droguería Suizo Argentina, en tanto, aseguran que ninguno de los contratos presenta irregularidades y que la firma jamás ofertó con sobreprecios.

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Agencia Nacional de Discapacidad, coimas, Sebastián Casanello

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Maturano rechazó la conciliación obligatoria y justificó la reducción de velocidad en los trenes: “Cuidamos la vida de la gente”

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El titular de La Fraternidad, Omar Maturano, advirtió que no acata la conciliación obligatoria dispuesta por el Gobierno ante la reducción de velocidad que aplicaron durante dos días los maquinistas en los trenes y que causaron demoras y trastornos a miles de usuarios.

“Rechazamos la conciliación obligatoria”, dijo el sindicalista a Infobae al referirse a la medida dictada por la Secretaría de Trabajo para que los conductores de locomotoras hagan circular los trenes a la velocidad normal y no a 30 km/h como lo hicieron de manera sorpresiva durante dos días en las líneas Roca, Mitre, San Martín, Sarmiento, Urquiza y Belgrano.

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Para Maturano, no corresponde aplicar la conciliación obligatoria porque la reducción de velocidad en los trenes no constituye una medida de fuerza, sino una acción preventiva. “Si es para cuidar a las personas, no es una protesta; los trenes no están en condiciones”, advirtió.

Omar Maturano, titular de La Fraternidad

El dirigente justificó esa medida porque, a su juicio, la crisis en el sistema ferroviario alcanzó un punto crítico: en ese sentido, denunció la falta de inversión, el deterioro de la infraestructura y la imposición de condiciones laborales que, según alertó, ponen en riesgo tanto al personal de los trenes como a los pasajeros.

¿Cómo se solucionaría este conflicto? Para Maturano, la fórmula sería: “Que nos den las herramientas de trabajo, es decir, trenes y vías en buenas condiciones. Es como si a un tornero se le rompe el torno martillo. Si lo puede arreglar, lo arregla. Pero si no, pide otro torno martillo. Si no hay, ¿cómo va a trabajar ese día?“.

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Además, el líder de La Fraternidad detalló que “faltan conductores porque se están yendo al retiro voluntario, de la misma forma que falta personal en los talleres”. Y dijo que a los pasajeros que se quejan por la velocidad tan lenta en los trenes les daría un mensaje: “Le estamos cuidando la vida a ellos y a nosotros mismos para que no haya accidentes mortales en los trenes”.

El secretario de Trabajo, Julio Cordero, y su subsecretaria, Claudia Testa

El dirigente gremial relató su diálogo de este jueves con la subsecretaria de Trabajo, Claudia Testa, para tratar de solucionar el conflicto. “Si me das una orden de que tenemos que funcionar a la velocidad que dispone la Secretaría de Transporte, lo hacemos, pero si sucede un accidente, quedás como responsable porque me estás obligando a eso, le dije. Y me contestó: No, ni loca”.

Maturano dijo que propuso que “la policía laboral inspeccione las formaciones y las vías para verificar que estén en buenas condiciones”, pero señaló que quedaron en responderle porque no sabían si podían hacerlo.

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Luego de que en la reunión los funcionarios le aseguraron que los repuestos para poner en condiciones los trenes y las vías iban a llegar al país recién en marzo de 2026, Maturano dijo que abandonó el encuentro.

El gremio de los maquinistas denunció que los trenes y las vías están en malas condiciones

El sindicalista sostuvo que su reclamo no es salarial sino vinculado con las condiciones de seguridad de los trenes. “¿Qué salario? Ya nos impusieron la pauta», dijo en relación con el aumento otorgado a los ferroviarios en sintonía con el tope salarial puesto por el Gobierno. Y agregó: “Estoy concentrado en las condiciones mínimas de seguridad en las que deberíamos trabajar”.

Detalló que el número de alertas sobre problemas en las vías que reciben los conductores de locomotoras se incrementó de manera alarmante: “En el itinerario que tenemos escrito desde enero de este año hay 40 precauciones más que antes para que vayamos a 30 kilómetros por hora, a 12 o a 20, y es porque no arreglan las vías y los coches no tienen repuestos”, denunció.

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“En vez de tener 20 formaciones para salir, ahora tenés 18, y de las 18 hay 6 en malas condiciones porque no tienen frenos o le faltan motores de tracción -precisó-, así que al final ya te quedaron sólo 12 formaciones”.

Omar Maturano dijo que los respuestos para arreglar los trenes y las vías llegarán al país en marzo de 2026 (Foto: Shutterstock)

El deterioro afecta a todas las líneas, según el dirigente: “Es en todas. En el Mesopotámico Carga, por ejemplo, hay 10 descarrilamientos por día. Cuesta más traer una empresa encarriladora privada que arreglar la vía”.

Ante la consulta sobre qué le responden las autoridades sobre esta situación crítica, Maturano indicó: “Nada, ¿qué te van a decir? Que no pueden y que en marzo de 2026 lo van a arreglar porque vienen los repuestos de China. Hasta marzo del 26 vamos a seguir trabajando así, pero tenemos todos los trenes desguazados”.

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Por eso insistió: “Vamos a sacar las formaciones que estén en condiciones porque no podemos sacar una formación que no tenga frenos. Si de 20 formaciones hay 18 en condiciones, sacamos las 18. Vamos a correr a velocidad itineraria. ¿Qué quiere decir velocidad itineraria? Lo que me marque el itinerario, que a tal hora tengo que estar en tal estación. Vamos a hacer lo que dice la empresa. Ahora, si hay precaución, freno, paso a la velocidad que me dicen y continúo el viaje así“.

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