POLITICA
La Corte Suprema aprobó un proyecto para limitar la influencia política en la selección de jueces

La Corte Suprema de Justicia aprobó un nuevo esquema de reglas para el proceso de selección de jueces. La decisión se tomó con el voto favorable de Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, mientras que Horacio Rosatti no acompañó el acuerdo.
El resultado (dos votos contra uno) aparece como la primera señal visible de una nueva división interna dentro del máximo tribunal y, al mismo tiempo, como un movimiento que llamó la atención en el ámbito judicial porque se interpreta como una reacción frente a la avanzada de los Menem en la Justicia.
La iniciativa establece modificaciones en el modo en que se desarrollan los concursos para cubrir vacantes judiciales. Hasta ahora, el Consejo de la Magistratura llevaba adelante ese proceso con amplia autonomía. Con el nuevo acuerdo, la Corte asume un papel de supervisión y corrección sobre ese mecanismo, con la intención de reducir la influencia política en la elección de magistrados.
En tribunales se leyó la decisión como un intento de ordenar el sistema de concursos y fijar pautas más estrictas. El proyecto aprobado por Rosenkrantz y Lorenzetti consiste en un reglamento para la selección de magistrados que será enviado al Consejo de la Magistratura para su análisis. Ese organismo, que es el encargado constitucional de organizar los concursos y proponer ternas de candidatos, deberá debatirlo en su plenario.
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Desde la Corte se señaló que el objetivo es limitar los márgenes de discrecionalidad y reforzar la centralidad del mérito y la idoneidad en el proceso de selección. En ese sentido, el nuevo esquema propone que la evaluación de los candidatos dé mayor relevancia a la formación académica y a los méritos profesionales concretos, por encima de trayectorias vinculadas a tareas administrativas dentro del Poder Judicial.
En términos prácticos, el acuerdo introduce varios cambios en la estructura de los concursos. Entre ellos, el anonimato total en los exámenes de oposición, reglas más definidas para las entrevistas personales, la digitalización del proceso de inscripción y presentación de antecedentes, y una ponderación mayor de la formación académica a la hora de evaluar a los postulantes.
La idea central que atraviesa la reforma es que los jueces sean elegidos por su capacidad y no por su cercanía con el poder político de turno.
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Uno de los puntos más sensibles del proceso actual es la etapa de la entrevista personal, que históricamente recibió críticas dentro del ámbito judicial y político. En el nuevo esquema se busca establecer criterios más claros y previsibles para esa instancia, que puede incidir de manera significativa en la posición final de los candidatos dentro del orden de mérito.
Además, el proyecto reorganiza la estructura general de los concursos. Entre otras medidas, prevé distintos tipos de procesos para cubrir cargos vacantes o anticiparse a futuras vacantes, con el objetivo de ordenar la planificación de las designaciones judiciales.
El nuevo reglamento también incorpora herramientas tecnológicas. La digitalización del sistema de inscripción permitirá que los antecedentes de los candidatos se presenten y evalúen a través de plataformas informáticas, mientras que los exámenes contarán con mecanismos diseñados para garantizar el anonimato y reducir la posibilidad de interferencias externas.
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En paralelo, el esquema plantea criterios más objetivos para calificar los antecedentes personales, con la intención de disminuir la arbitrariedad en la evaluación. A partir de esas pautas se elaborará un orden de mérito provisorio, que luego dará paso a las entrevistas personales de los candidatos mejor posicionados.
De todos modos, la reforma todavía debe atravesar una instancia clave. Para que el nuevo reglamento entre en vigencia, el Consejo de la Magistratura deberá aprobarlo con las mayorías necesarias durante su votación final. Recién entonces podrá aplicarse a los concursos para cubrir cargos judiciales.
En Tribunales, la decisión también es interpretada en el contexto político actual. La Corte resolvió avanzar con estas modificaciones mientras el Gobierno anunció el envío al Congreso de pliegos de jueces para cubrir una gran cantidad de vacantes existentes en el sistema judicial. Al mismo tiempo, dentro del Consejo de la Magistratura se registra una reconfiguración de fuerzas con un protagonismo creciente de La Libertad Avanza.
Corte Suprema, Corte Suprema de Justicia, Consejo de la Magistratura, Poder Judicial
POLITICA
Cuadernos de las Coimas: la Justicia rechazó un recurso de Cristina Kirchner que buscaba anular la causa

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos extraordinarios presentados por la expresidenta Cristina Kirchner y el exministro Julio De Vido en la causa conocida como Cuadernos de las Coimas.
Los jueces Daniel Petrone y Javier Carbajo declararon inadmisibles las apelaciones que buscaban desestimar las declaraciones de los imputados “arrepentidos” y el pedido de archivar el caso por “falta de acción por cosa juzgada”.
Julio De Vido y Cristina Kirchner
Por su parte, la jueza Ángela Ledesma votó en disidencia a favor de conceder los recursos, al considerar que los planteos introducían un debate válido sobre “el alcance del derecho de defensa en juicio, los principios de publicidad, oralidad y contradicción”.
Ledesma sostuvo que la resolución atacada “resulta equiparable a una sentencia definitiva en tanto le ocasionaría a su defendida un perjuicio de imposible o tardía reparación ulterior”, advirtiendo además sobre la vigencia de garantías como el ne bis in idem, que impide que una persona sea juzgada dos veces por el mismo hecho.

Cristina Kirchner, Néstor Kirchner y Julio De Vido
La defensa de la expresidenta cuestionó la resolución que “incorporó los legajos de arrepentidos” al expediente principal, mientras que De Vido buscaba revertir el “rechazo de nulidad y recusación” del Tribunal Oral Federal.
La mayoría del tribunal resolvió que no se demostraron defectos graves que descalifiquen la decisión como acto jurisdiccional válido, señalando que “la parte recurrente basó su impugnación en juicios discrepantes con el criterio adoptado”. Tras este fallo, a los imputados solo les resta el camino de plantear un recurso de queja directamente ante la Corte Suprema.
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Nuevo revés para Cristina Kirchner y De Vido en el caso de los Cuadernos de las Coimas

La expresidenta Cristina Kirchner y el exministro de Julio de Vido recibieron un nuevo revés de la Cámara Federal de Casación Penal en la causa de los Cuadernos de las Coimas. El tribunal rechazó sus recursos para desestimar las declaraciones de los imputados “arrepentidos” en el caso y la pretensión de la expresidenta de cerrar la causa por ser cosa juzgada.
La decisión fue tomada por los jueces de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, que bloquearon el acceso la Corte Suprema de los recursos planteados por la expresidenta y De Vido.
El fallo lleva la firma de los jueces Daniel Petrone, Javier Carbajo y Ángela Ledesma.
Los magistrados declararon inadmisibles los recursos extraordinarios federales presentados por las defensas de Cristina Kirchner y Julio De Vido.
Petrone y Carbajo dispusieron el rechazo de las apelaciones, mientras que la jueza Ledesma votó en disidencia, a favor de conceder los recursos para que las quejas llegaran al máximo tribunal.
La defensa de Cristina Kirchner cuestionó la resolución que “incorporó los legajos de arrepentidos” al expediente principal del caso de los cuadernos de las coimas, que está actualmente en pleno juicio oral.
Hoy, en esas audiencias prestaron declaración indagatoria Oscar Thomas, extitular del Ente Binacional Yacyretá, y los funcionarios Walter Faggias, Germán Nivello, Ramón García y Camilo Gómez.
El juez Petrone, al liderar el voto de la mayoría al que adhirió Carbajo, desestimó la vía extraordinaria. Argumentó que “la resolución que se pretende impugnar no constituye sentencia definitiva ni es equiparable a tal categoría”.
Además, remarcó que la defensa solo demostró una discrepancia de criterios, señalando que “la parte recurrente basó su impugnación en juicios discrepantes con el criterio adoptado, lo que no implica de suyo acreditar relación directa e inmediata entre la materia del pleito y la cuestión federal invocada”.
Por su parte, la jueza Ledesma votó en soledad para habilitar la apelación, al considerar que el planteo de la expresidenta introducía un debate válido sobre “el alcance del derecho de defensa en juicio, los principios de publicidad, oralidad y contradicción y la garantía de doble conforme”.
Asimismo, la expresidenta apeló el rechazo a su pedido de considerar que el caso debía archivarse por “falta de acción por cosa juzgada”.
Nuevamente, los jueces Petrone y Carbajo rechazaron su recurso con el mismo argumento sobre la falta de una sentencia definitiva.
A la hora de fundamentar por qué no se aplicaba la doctrina de la arbitrariedad, la mayoría resolvió que “para que prospere la impugnación con ese respaldo, es menester que se demuestren defectos graves en la decisión recurrida que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido, lo cual el impugnante no consiguió probar en autos”.
Ledesma, en cambio, sostuvo que la apelación debía prosperar porque se encontraba en juego el “alcance de las garantías de doble conforme y ne bis in idem”, que se refiere a que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo hecho. Y destacó además “la exigencia en el caso de una tutela judicial inmediata”.
De Vido, por su parte, había acudido a Casación buscando revertir el “rechazo de nulidad y recusación” del Tribunal Oral Federal que lleva adelante el juicio.
Petrone y Carbajo declararon “inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto, con costas”.
La magistrada Ledesma volvió a diferenciarse y argumentó a favor de los imputados, al señalar que los planteos de la defensa introducían cuestiones de gravedad institucional vinculadas al “alcance de los derechos a la doble instancia, debido proceso, defensa en juicio, garantías de imparcialidad, de juez natural y de legalidad”.
Al igual que en los casos de la expresidenta, Ledesma advirtió que la resolución atacada “resulta equiparable a una sentencia definitiva en tanto le ocasionaría a su defendida un perjuicio de imposible o tardía reparación ulterior”.
De esta forma, ahora las defensas de Cristina Kirchner y De Vido les queda el camino de plantear un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Hernán Cappiello,Conforme a
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El Gobierno suspendió por irregularidades a 25 cooperativas que funcionaban en La Matanza

El Ministerio de Capital Humano informó la suspensión preventiva de la operatoria de 25 cooperativas de trabajo con sede en el partido de La Matanza, provincia de Buenos Aires, tras detectar “serias irregularidades” en su funcionamiento. Todas las entidades tenían domicilio en Entre Ríos 3269, San Justo, una oficina perteneciente al gobierno municipal. La medida fue adoptada por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) y marca un nuevo capítulo en la fiscalización estatal sobre el cumplimiento de los derechos laborales en el sector cooperativo creadas en gestiones anteriores.
Según el comunicado difundido por la cartera, la decisión se fundamenta en el resultado de un muestreo realizado sobre los asociados de estas cooperativas, en el cual se detectó que 119 trabajadores contratados no contaban con los beneficios de seguridad social obligatorios. La investigación determinó que las entidades, bajo la figura jurídica cooperativa, podrían haber desvirtuado los principios legales previstos en el artículo 2 de la Ley N° 20.337, así como la normativa vigente sobre aportes previsionales.
La suspensión de las actividades y la apertura del sumario administrativo fueron adoptadas como medidas preventivas, mientras se profundiza la investigación sobre la presunta utilización irregular de la estructura formal cooperativa. El Ministerio de Capital Humano remarcó que existen indicios de que estas organizaciones habrían sido empleadas para “eludir normativa vigente y con prácticas que vulneran derechos laborales”.
La ministra, Sandra Petovello, informó la decisión a través de su cuenta de X, replicando el comunicado oficial y arrobando al presidente Javier Milei.

La decisión se tomó luego de descubrir que 119 trabajadores no percibían aportes jubilatorios ni cobertura de seguridad social.
De acuerdo a lo establecido por la Resolución 4664/13 del INAES, las cooperativas deben realizar los aportes correspondientes al régimen previsional de trabajadores autónomos, o bien cumplir con otro sistema legalmente habilitado. Sin embargo, el relevamiento realizado por el organismo reveló que los beneficios sociales no eran otorgados a los contratados, en franca contradicción con las disposiciones vigentes.
Las entidades intervenidas comparten domicilio en una oficina de la Unidad Ejecutora Operativa Matanza, lo que ha llevado a las autoridades a investigar la posible implicancia de la Municipalidad de La Matanza y de sus funcionarios en el funcionamiento de las cooperativas suspendidas. El sumario administrativo deberá dilucidar el grado de injerencia de la administración local en la operatoria de las entidades.
El Ministerio de Capital Humano sostuvo que las irregularidades detectadas podrían haber desnaturalizado los fines cooperativos, apartándose de los principios de ayuda mutua y esfuerzo propio, y aprovechando la estructura formal para eludir obligaciones legales. El comunicado advierte que, de comprobarse las acusaciones, las cooperativas habrían incurrido en prácticas que vulneran derechos laborales, utilizando la figura jurídica con fines ajenos a los establecidos por la normativa.
La decisión del INAES implica la suspensión de toda operatoria de las cooperativas alcanzadas hasta que se determine la existencia o no de responsabilidades administrativas, civiles o penales. El procedimiento se mantendrá vigente mientras avanza el sumario y se recolectan pruebas sobre la operatoria real de las entidades y la eventual participación de funcionarios municipales.
El comunicado oficial incluye la nómina completa de las entidades suspendidas, que abarca organizaciones con denominaciones correlativas y diferentes números de CUIT, como Coop. de Trabajo La Matanza 12 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 49 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 51 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 56 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 61 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 72 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 77 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 105 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 112 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 116 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 123 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 135 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 142 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 171 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 205 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 206 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 229 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 236 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 311 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 329 Ltda. y Coop. de Trabajo Fortalecer Ltda.
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