POLITICA
La esposa de Alejandro Finocchiaro armó una consultora con su histórico secretario privado

En septiembre de 2024, a espaldas de los focos mediáticos, María Cecilia Lauletta -esposa en segundas nupcias del exministro de Educación y actual diputado nacional Alejandro Finocchiaro- constituyó una sociedad llamada Fido SRL junto a Agustín Dovichi, un joven que ha sido su secretario privado de confianza y figura clave en el círculo íntimo del legislador.
La empresa fue registrada formalmente el 12 de septiembre de 2024 ante escribana pública. Según la escritura, Fido SRL se dedica a una extensa gama de actividades: desde el diseño e implementación de políticas públicas y asesoramiento en tecnología, hasta la organización de eventos, investigaciones aplicadas y participación en licitaciones nacionales e internacionales.
El capital social inicial fue de un millón de pesos, con un reparto de acciones que dejó a Lauletta con el control mayoritario: ella suscribió el 51 por ciento de las cuotas sociales, mientras que Dovichi quedó con el 49 restante. A pesar de ese reparto, el joven Dovichi fue designado gerente de la firma, con domicilio legal en la calle Griveo 3873, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Del Pro a Milei
La militancia política de Agustín Dovichi comenzó en la adolescencia. A los 17 años, ya se presentaba como militante de Jóvenes Pro y fanático de Mauricio Macri. En una entrevista publicada por Tiempo Argentino en 2013, revelaba que su padre era un «kirchnerista muy marcado», pero que él había abrazado el ideario del Pro desde niño, con aspiraciones presidenciales propias y férrea defensa del partido.

En la actualidad, Dovichi figura como empleado del bloque Pro en el Congreso de la Nación Argentina, bajo la categoría de “agente afectado a bloque político”, en la planta temporaria del personal legislativo (ley 24.600). Además, según los registros oficiales de la Cámara Nacional Electoral (CNE), fue aportante de las campañas del Pro en varias oportunidades.
Pero su evolución ideológica no se detuvo ahí. La realidad lo ubica hoy como uno de los tantos jóvenes que saltaron del larretismo al mileismo, y que no ocultan su simpatía por Javier Milei y La Libertad Avanza (LLA) en redes sociales y círculos políticos. Todo ello, muy a pesar de su extenso historial en el estado.
Un entramado familiar con proyección política
Por su parte, María Cecilia Lauletta no es ajena al mundo político. Durante la gestión de Horacio Rodríguez Larreta en la Ciudad de Buenos Aires, se desempeñó en distintas áreas del gobierno porteño. Paradójicamente, hoy Larreta es blanco tanto del entorno libertario como del propio Finocchiaro, quien ha endurecido su discurso alineado con los sectores más duros del macrismo residual.
La aparición de Fido SRL, con su llamativo objeto social orientado al asesoramiento en políticas públicas y desarrollo tecnológico, despierta sospechas dentro y fuera del Pro. Algunos la ven como una plataforma privada desde donde se podrían vehiculizar negocios vinculados al sector público, aprovechando los contactos construidos en años de gestión.
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POLITICA
Arrancó la veda electoral: qué no se puede hacer y cuáles son las multas

Desde las 8 de la mañana de este viernes 24 de octubre rige la veda electoral en todo el país. Se trata de un período de 48 horas previo al inicio de las elecciones 2025 en los que la idea es que los ciudadanos tengan un tiempo de reflexión para decidir su voto sin recibir publicidades, propuestas políticas ni mensajes tendientes a direccionar su elección en uno u otro sentido.
En este marco es muy importante saber qué no se puede hacer y cuáles son las multas vigentes por infringir esta normativa prevista por el Código Electoral Nacional. Las reglas alcanzan tanto a candidatos y partidos políticos como a medios de comunicación y ciudadanos comunes.
Leé también: ¿Qué pasa si no voto en las elecciones? Multa por no votar el 26 de octubre
Con la veda electoral se pretende garantizar que el electorado tenga un tiempo de reflexión libre de presiones políticas y publicitarias. Por esa razón, dos días antes de la apertura de las mesas empieza a regir este impedimento que le pone freno a las campañas y, además, no permite difundir encuestas ni realizar actividades que puedan influir en la decisión de los votantes.
La veda electoral, que ya está rigiendo, se extenderá hasta el domingo a las 21, es decir tres horas después de finalizados los comicios.
¿Qué no se puede hacer durante la veda electoral?
El artículo 71 del Código Electoral Nacional es claro sobre las actividades que no se pueden realizar:
- Reuniones de electores durante las horas de la elección.
- Espectáculos populares al aire libre o en lugares cerrados, fiestas teatrales, deportivas y cualquier tipo de reunión pública.
- Venta de bebidas alcohólicas: los locales deben permanecer cerrados hasta tres horas después del cierre de los comicios.
- Portación de armas, uso de banderas, divisas o distintivos partidarios durante el día de la elección, desde 12 horas antes y hasta tres horas después de finalizada la votación.
- Actos públicos de campaña y la difusión de encuestas o sondeos preelectorales, desde 48 horas antes del inicio de la elección y hasta el cierre de las mesas.
- Tomar fotografías de la boleta durante el acto electoral.
Entre las actividades que sí se pueden hacer normalmente están las reuniones privadas, siempre que no se difundan mensajes políticos. Tampoco hay restricciones para la circulación de personas ni para la actividad comercial que no esté expresamente vedada.
El incumplimiento de la veda puede derivar en multas para ciudadanos y candidatos, así como en sanciones para medios y organizaciones políticas. En los casos más graves, la Justicia Electoral puede ordenar arrestos o suspender actos en curso para garantizar el respeto de la norma.
Elecciones 2025: las multas por romper la veda electoral
Aquellas personas que no respeten la veda en estas elecciones podrán ser denunciados por violar el Código Electoral y en caso de que se compruebe la falta quedan expuestos a sanciones económicas y hasta a penas de prisión. Esto es así porque la normativa dice que “se impondrá prisión de 15 días a 6 meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas”.
Esa norma también reprime, en el artículo 131, con la misma pena de 15 días a 6 meses de prisión al “empresario u organizador de espectáculos públicos o actos deportivos que se realicen en el lapso previsto” de prohibición por la autoridad electoral.
En el artículo 140 se penaliza con 2 meses a 2 años de prisión a quien “con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo”. Mientras que el artículo 141 determnar una pena de hasta tres años de cárcel para quien “utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio”.
Leé también: Elecciones 2025: paso a paso, cómo es el proceso para votar con la boleta única de papel
A los ciudadanos, además, se les podrá cobrar una multa entre $10.000 y $100.000 si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación. Lo mismo aquellos que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.
La ley electoral también prevé multas de entre $10 mil y $100 mil pesos “a toda persona física o jurídica” que viole la restricción de difundir sondeos durante la veda. Sin embargo, los medios pueden publicar información sobre los candidatos que no esté relacionada con encuestas, ya que la ley no lo prohíbe y todo lo que no está expresamente prohibido está permitido. La legislación tampoco hace referencia a las redes sociales.
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POLITICA
Cuándo empieza la veda electoral por las elecciones Argentina 2025

Las elecciones nacionales legislativas son este domingo 26 de octubre, jornada en que la población argentina debe elegir a sus representantes en el Congreso. En los días previos a los comicios, se aplica la veda electoral, por la cual algunas actividades están prohibidas o limitadas para promover el funcionamiento pacífico de la votación.
Cuándo empieza la veda electoral por las elecciones Argentina 2025
La legislación prevé que 48 horas antes de las elecciones comience la veda electoral, período en el que algunas actividades están prohibidas o reguladas. En el caso de los comicios generales de octubre, los centros de votación abren a las 8 del domingo 26 de octubre, por lo que la veda electoral empieza a regir desde las 8 del viernes 24.
Sin embargo, algunas regulaciones de la veda electoral se aplican en otros horarios, como la prohibición de expendio para las bebidas alcohólicas, que comienza a regir a las 20 horas del sábado previo a las elecciones.
A qué hora termina la veda electoral
Todas las prohibiciones de la veda electoral concluyen tres horas después de cerrados los comicios, es decir, a las 21 del domingo 26 de octubre.
Qué actividades están prohibidas durante la veda electoral
Según el artículo 71 del Código Nacional Electoral, hay ciertas actividades que están prohibidas para los candidatos y para los votantes durante la veda:
- Admitir reuniones de electores o depósito de armas durante las horas de la elección a toda persona que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de 80 metros alrededor de la mesa receptora.
- Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado.

- Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio.
- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino;
- La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección por parte de los electores, doce horas antes y tres horas después de finalizada.
- Realizar actos públicos de proselitismo, y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde cuarenta y ocho horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo.
- La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos. La Junta Electoral Nacional o cualquiera de sus miembros podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente. No se instalarán mesas receptoras a menos de 80 metros de la sede en que se encuentre el domicilio legal de los partidos nacionales o de distrito.
- Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización de los comicios y hasta tres horas después de su cierre.
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POLITICA
El último mensaje de Milei antes de la veda electoral: “No perdamos la esperanza, vayamos a votar”

“No perdamos la esperanza. Vamos a salir adelante. Este domingo, vayamos a votar”. Con ese breve mensaje, publicado al filo de la veda electoral junto a un video de tres minutos, el presidente Javier Milei volvió a pedir que los argentinos vayan a votar el próximo domingo.
La pieza audiovisual, musicalizada con una versión de la canción “Septiembre del 88″, de Cacho Castaña, presenta un compilado de imágenes vinculadas a diferentes gobiernos kirchneristas: desde los bolsos de José López en el convento de General Rodríguez a la foto del cumpleaños de la exprimera dama Fabiola Yáñez en la quinta de Olivos y una imagen de la expresidenta Cristina Kirchner con el dictador venezolano Nicolás Maduro.
En un pasaje del video, la letra -adulterada con relación a la original- señala: “Octubre de 2025, querido amigo, te vuelvo a escribir después de dos años. El país se va encaminando, todavía falta mucho, pero de una manera u otra vamos a salir a adelante”.
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