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La justicia electoral considera ilegales las candidaturas testimoniales, pero no pudo detenerlas en el pasado

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La Justicia condena las candidaturas testimoniales porque las considera un fraude al electorado. Sin embargo, cuando debió resolver si oficializaba postulaciones sospechosas, las aceptó, porque entendió que no podía ejercer un “control preventivo” y adivinar si, una vez electos, los candidatos iban a asumir o no.

No obstante, los jueces advirtieron que si los postulantes “no son honestos” y no asumen luego de las elecciones, se estaría frente a una “inaceptable manipulación de las instituciones de la República”.

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Este criterio lo estableció en 2009 la Cámara Nacional Electoral y vale para las elecciones nacionales, pero el parámetro es atendible además para analizar la situación de las elecciones bonaerenses del 7 de septiembre, donde 23 intendentes del conurbano se postularon y se sospecha que la mayoría no tiene planes de asumir.

La Cámara Nacional Electoral se pronunció sobre el tema cuando analizó si oficializaba las candidaturas a diputados nacionales de Daniel Scioli, que en ese momento era gobernador bonaerense, y de Sergio Massa, que era intendente de Tigre.

En primera instancia, el juez electoral Manuel Blanco (que falleció en 2014) habilitó las candidaturas denunciadas por al UCR, el GEN y la Coalición Cívica. Los cuestionamientos incluyeron también a la postulación de Néstor Kirchner, que no tenía ningún cargo cuando se candidateó (era presidenta su mujer, Cristina Kirchner) y sí asumió como diputado.

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La Constitución Nacional le impide a un gobernador ser en simultáneo legislador, como hubiera sido el caso de Scioli. Tanto él como Massa habían sugerido que si ganaban las elecciones no iban a asumir sus cargos legislativos.

La Cámara Nacional Electoral, con el voto mayoritario de los jueces Santiago Corcuera y Rodolfo Munné (ya fallecido), admitió las postulaciones. Votó en disidencia el juez Alberto Dalla Vía, que integra hoy el tribunal, junto con Corcuera y Daniel Bejas.

La Cámara resolvió que lo que establece la Constitución es una incompatibilidad que en el caso de Scioli le impedía el desempeño simultáneo de los cargos de gobernador y diputado, pero que “no limita la participación electoral”. Si el funcionario en cuestión resultaba electo, lo que debía hacer era renunciar para asumir en el Congreso, dijeron los jueces en aquel momento.

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Scioli obtuvo una banca de diputado nacional por la provincia de Buenos Aires, pero siguió en la gobernación.

Los jueces convocaron a Scioli y a Massa. Por escrito, ambos de manera ambigua se comprometieron a asumir. Aunque luego no lo hicieron.

“Si se configurase un supuesto de lo que vulgarmente se ha dado en llamar ‘candidatura testimonial’, no podría ser oficializada”, señalaron Corcuera y Munné, porque “habría candidatos que no pretenden ser representantes y por lo tanto no podrían ser oficializados por defraudar al elector, pues se habrá quebrantado la relación representante-representado que nuestros constituyentes han plasmado en la letra y en el espíritu de la Constitución Nacional y asimismo configurará un apartamiento ético, con la consiguiente desazón que producirá en parte del electorado”.

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Los jueces afirmaron que Scioli y Massa le dijeron tres veces a la Justicia Electoral, por escrito, que iban a ocupar las bancas si eran electos. Primero, al aceptar las candidaturas; luego, con una comunicación del apoderado del partido que dijo que estaban “dispuestos a asumir los cargos, dando fe de ello” y, por último, ellos mismos lo hicieron personalmente, al “ratificar íntegramente las afirmaciones realizadas por los apoderados y manifestar, además, su disposición para la asunción del cargo al que han sido propuestos”, recordaron los camaristas.

Como Scioli y Massa se comprometieron en ese momento a asumir, los jueces oficializaron su candidatura y advirtieron que “es de toda evidencia que no puede exigírsele a la justicia desentrañar las intenciones, propósitos o planes íntimos de quienes se presentan al electorado requiriéndoles el voto. Tal especie de ‘control preventivo’ de las conductas futuras de quienes puedan resultar electos es inimaginable en un Estado de Derecho”.

Dijeron además que “si, por acciones futuras, llegase luego a comprobarse que los candidatos no fueron ‘honestos’ en sus expresiones”, ello significaría “una inaceptable manipulación de las instituciones de la República, a la vez que una grave lesión al proyecto de Nación al que todos, electores y candidatos, deben tributar”. Eso es lo que ocurrió, ganaron y no asumieron en el Congreso.

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Los jueces señalaron que aún cuando se supusiera que las postulaciones eran ficticias «escapa a las atribuciones del Poder Judicial resolver sobre la base de hipótesis, conjeturas, suspicacias o sospechas -sean estas fundadas o no-“. Advirtieron: ”Pese a que nuestra tarea resulte antipática e ingrata”.

El juez Dalla Vía, en su disidencia, entendió que bastaban las sospechas. En cuanto a Scioli dijo que el artículo 73 de la Constitución Nacional “es un límite de elegibilidad para los gobernadores de provincia mientras estén en ejercicio de sus mandatos”, consideró que les prohíbe “postularse como candidatos a cargos legislativos en los distritos que los eligió previamente para ejercer la más alta función ejecutiva provincial”.

Citó “copiosa doctrina constitucional” y el debate de la Convención Constituyente. Así, en su voto en minoría, sostuvo que Scioli no estaba habilitado para ser candidato a diputado en 2009.

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En cuanto a las candidaturas “testimoniales”, “eventuales” o “condicionales”, Dalla Vía señaló que son manifiestamente inadmisibles.

Dijo que “quiebran” el sistema representativo instituido en la Constitución Nacional. Agregó que “la oferta electoral presupone un compromiso de carácter político por parte de quien la ejerce y si bien el vínculo jurídico-político de la representación se perfecciona con el sufragio, no pueden desconocerle las consecuencias que de la oferta electoral derivan en cuanto a los derechos y expectativas de los ciudadanos”.

Destacó que así como es reprochable no cumplir con la plataforma electoral, “tanto más reprochable resulta la postulación a una candidatura que no se esta dispuesto asumir” y afirmó que “ese compromiso forma parte de los procesos políticos cuya legitimidad el fuero electoral está llamado a proteger y preservar”.

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Dalla Vía dijo, en 2009 que había, como lo hay ahora, “un estado de incertidumbre en el seno de la opinión pública”, con respecto a si los candidatos estaban dispuestos a asumir en caso de resultar electos, y que esa duda no había sido despejada por los postulantes “en virtud de la ambigüedad de las manifestaciones realizadas” por ellos. Manifestó que no se podía entonces “extraer una clara convicción” sobre la voluntad de los candidatos de “asumir los cargos” y que “tanto menos” permitía interpretar que iban a hacerlo.

Dalla Vía insistió en que las candidaturas testimoniales son admitidas ni toleradas “por resultar contrarias a la Constitución Nacional”.

La Cámara Nacional Electoral es el máximo tribunal de los comicios por debajo de la Corte Suprema de Justicia. Si bien no decide en estas elecciones bonaerenses, porque su competencia son las nacionales, sus criterios fijan el estándar constitucional mas reconocido sobre cómo interpretar las reglas en los procesos electorales.

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Las candidaturas testimoniales no están prohibidas en la provincia y si bien despiertan polémica, los intendentes buscan convertirse en candidatos para territorializar la elección y no perder el control local. Sólo unos pocos intendentes anticiparon que sus candidaturas no serán testimoniales y que, efectivamente, asumirán su nuevo cargo de resultar electos.

La alianza Fuerza Patria –que aglutina al kirchnerismo, al kicillofismo y al Frente Renovador de Sergio Massa– postula a 17 intendentes. Somos Buenos Aires –que reúne a sectores de la UCR, del peronismo no kirchnerista, de la Coalición Cívica y del Pro disidente–, a cuatro, y Frente La Libertad Avanza, a dos.

Cristina Kirchner ya le dijo a sus candidatos que no iba a tolerar testimoniales y que si se postulan, deben asumir. Lo propio le dijo Karina Milei a los suyos, aunque desde la Casa Rosada advierten que un pedido del Presidente al candidato electo –para designarlo en un cargo ejecutivo– podría ser una excepción justificada de la regla.

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Hernán Cappiello,Elecciones 2025,Justicia,Conforme a,Elecciones 2025,,Elecciones. Bianco defendió las candidaturas testimoniales: “Lo que hemos hecho es poner a los candidatos más competitivos”,,Modalidad de votación. ¿Hay boleta única en la provincia de Buenos Aires?,,Consulta previa. Cómo saber dónde voto en la provincia de Buenos Aires en las Elecciones 2025

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Estos son los documentos son para votar en las elecciones 2025

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Las elecciones 2025 son este domingo 26 de octubre. Durante la jornada, los argentinos se deben acercar a las mesas electorales a emitir su voto. Para hacerlo, hay que entregar documentación válida que las autoridades presentes puedan utilizar para confirmar los datos personales y la identidad.

Este domingo se vota con Boleta Única de PapelIgnacio Amiconi

Tal como informa el Gobierno a través de su sitio oficial, los siguientes tipos de documentos, expedidos por el Estado nacional a lo largo de los años, son válidos para emitir el sufragio en las elecciones legislativas del 26 de octubre:

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Desde la cartera confirman que los documentos que contienen la leyenda “No válido para votar” sí son válidos para sufragar, aunque estas tarjetas no informan de qué tipo de ejemplar de DNI se trata. También se recuerda a los electores que el documento a presentar en la mesa de votación debe ser el mismo que figura en el padrón o uno posterior.

Asimismo, desde la cartera oficial advirtieron que no se puede votar con un certificado de DNI en trámite, ni tampoco si el DNI está en el celular.

Qué documentos necesito para ir a votarMartín Zabala – XinHua

Para conocer el establecimiento, la mesa y el número de orden asignado para votar, los electores pueden consultar el padrón electoral online siguiendo estos pasos:

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El padrón electoral se encuentra disponible a través de la plataforma oficial de la CNE.

El consultante deberá completar un formulario con su número de Documento Nacional de Identidad (DNI), su género y el distrito electoral al que pertenece.

Antes de enviar el formulario, el sistema solicitará la introducción de un código de validación captcha. Una vez completado, se debe hacer click en el botón “Consultar”.

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Instantáneamente, el sistema proporcionará de manera precisa la dirección del establecimiento donde se debe votar, el número de mesa asignado y el número de orden dentro del padrón.

Cómo se vota con la boleta única para las elecciones de este domingo 26 de octubre de 2025

La Boleta Única de Papel (BUP) es un modelo de votación que reúne a todos los candidatos en una sola boleta. De esa forma, se garantiza la presencia de la totalidad de la oferta electoral el día de los comicios en cada centro de votación y se elimina la posibilidad de que falten boletas de algún partido.

El elector debe entregar su DNI para que se verifique su identidad y si puede votar. Una vez chequeado esto, el votante recibirá la boleta, firmada por la autoridad de mesa, y una lapicera.

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En la cabina de votación, se debe marcar el casillero correspondiente al candidato o lista elegida. Es importante recordar que se debe realizar una sola marca por categoría.

Luego de marcar la preferencia, se dobla la boleta por la línea punteada y se deposita en la urna. Al finalizar, el elector debe firmar el padrón y recibirá la constancia de voto junto con su DNI.

emitir su voto,a través de su sitio oficial,Agenda,Elecciones 2025,Agenda,,NASA. Cómo ver el nuevo canal HD que transmite la Tierra desde el espacio,,Uno por uno. Quiénes subió al balcón en MasterChef Celebrity ayer,,Prohibiciones. ¿Qué no se puede hacer al momento de votar?

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El Gobierno dará de baja los 80 nombramientos que Werthein firmó antes de renunciar como canciller

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El Gobierno de Javier Milei dará de baja la lista de traslados al exterior de funcionarios que firmó el saliente canciller Gerardo Werthein antes de renunciar de forma anticipada. Su salida se hará efectiva después de las elecciones de este domingo 26 de octubre.

De esta manera, en Balcarce 50 no avalaron las firmas del ministro y confeccionarán una nueva lista de designaciones una vez se nombre al reemplazante de Werthein.

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Gerardo Werthein renunció como canciller y dejará su cargo luego de las elecciones legislativas

La medida firmada por Gerardo Werthein (enmarcada en la resolución 2025-193) incluía más de 80 designaciones y movimientos de funcionarios del Servicio Exterior hacia embajadas y consulados argentinos en diferentes países como Estados Unidos, China, Rusia, Francia y el Reino Unido.

El Ejecutivo tomó la decisión de revisar dichos nombramientos dispuestos en los últimos días por el saliente ministro, en aras de garantizar que respondan o no a la nueva orientación política que se le dará a la cartera con quien lo reemplace.

Guillermo Francos lamentó la salida de Werthein del Gabinete: “Fue un funcionario valioso”

Entre los nombramientos de Gerardo Werthein figuran traslados a los consulados argentinos en Nueva York, Miami, Shanghái, Beijing, Londres y Moscú, además de nuevas asignaciones a África, Medio Oriente y el Caribe.

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A su vez, desde el Gobierno sostienen que la renuncia de Werthein puesta a disposición este miércoles, no será convalidada por el presidente hasta el 27 de octubre, el día después de las elecciones legislativas, y el momento en el que se confirme, eventualmente, la nueva conformación del gabinete libertario.

La entrada El Gobierno dará de baja los 80 nombramientos que Werthein firmó antes de renunciar como canciller se publicó primero en Nexofin.

Cancillería,Firma,GERARDO WERTHEIN,Gobierno,NOMBRAMIENTOS,Renuncia,Servicio Exterior,Traslados

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La Justicia cerró la denuncia de Alberto Fernández contra Fabiola Yañez por la filtración del video de Tamara Pettinato

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Fabiola Yañez finalmente pudo festejar una victoria en el plano judicial. La Justicia la sobreseyó en la causa que le había iniciado el expresidente Alberto Fernández por la filtración de los videos de Tamara Pettinato en la Casa Rosada. Fue una victoria fortuita. Un tribunal consideró que la acción penal estaba extinguida por el paso del tiempo.

La causa penal comenzó en agosto de 2024, en pleno escándalo por la demuncia de violencia de género. Fernández contratacó contra su ex pareja cuando se conocieron los videos de Tamara Pettinato que habían quedado almacenados en su teléfono. En realidad, fue una denuncia para intentar frenar otro tipo de filtraciones.

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“Dicha información está contenida en el teléfono, que era de mi propiedad, que le regalé a mi hijo Francisco con aplicaciones que servían para su esparcimiento, y que contenía mi galería de fotos personal”, se quejaba por entonces el ex presidente. Se refería a los videos de Pettinato.

El video completo de la cena entre Alberto Fernández y Tamara Pettinato en Casa Rosada

Fernández también se había quejado sobre el accionar de los medios de comunicación, por la difusión de los videos, aunque nunca accionó judicialmente. “No es mi intención iniciar acciones legales respecto de todos los medios periodísticos, por lo que digan de mí, pero todo tiene un límite. Sobre todo cuando se me acusa en virtud de hechos tan graves como la violencia de género y se aprovecha ese contexto para mancillar los nombres y el honor de otras personas”, se quejaba por entonces.

La causa avanzó y llegó hasta el Tribunal Oral Criminal 4. En junio de este año, ese tribunal le ordenó a la querella que notifique a los abogados de Yañez, que en este expediente fue representada por una defensora oficial. Un mes después, según el fallo al que accedió , la querella requirió algunas medidas de prueba, pero “nunca respondió la intimación relativa a la notificación de la querellada Yáñez”.

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La defensa de la ex primera dama aprovechó la “demora” y pidió la prescripción por el plazo previsto en el artículo 422 del Código Procesal Penal. Esa norma estipula que “se tendrá por desistida la acción privada cuando: el querellante o su mandatario no instaren el procedimiento durante sesenta días”.

FILE – Argentinian President Alberto Fernandez and his wife, Fabiola Yáñez, arrive for a dinner at the Getty Villa during the Summit of the Americas in Los Angeles, June 9, 2022. (AP Photo/Jae C. Hong, File)Jae C. Hong – AP

Los abogados de Fernández cuestionaron la interpretación de ese artículo y plantearon que no debe no utilizarse “como mecanismo para frustrar el debate” o para “lesionar el derecho del querellante a obtener una respuesta jurisdiccional razonada”.

El tribunal finalmente le dio la razón a la defensa de Yañez y dictó su sobreseimiento. “Sólo para cubrir la exigencia de autosuficiencia, dado que la propia querella ya ha admitido que el plazo se encuentra cumplido si se comienza a contar a partir del 07/07/20255, advierto que, en rigor, la parte no ha instado el procedimiento debidamente desde el 25/06/2025, fecha desde la que han transcurrido más de sesenta días hábiles”, dice el fallo.

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Fabiola Yañez regresó a la Argentina hace dos semanas para intentar llegar a un acuerdo con Alberto Fernández. Esa jugada generó cortocircuitos con su abogada, Mariana Gallego, que decidió renunciar a su defensa en el expediente civil, donde la pareja discute la cuota alimentaria, y en otra causa que tramita en la ciudad de Buenos Aires por amenazas e impedimento de contacto.

Apenas unas horas después, Yañez designó a otras dos abogadas en ambas causas: Marcela De Leonardis y María Eugenia Sosa. No fue una sorpresa. “Ya habían comenzado a negociar un acuerdo por afuera del expediente civil. Por ahora ese acuerdo está totalmente descartado porque plantea condiciones ilógicas”, dijeron cerca del ex presidente.

La pelea de fondo sigue siendo la causa por violencia de género, que quedó en suspenso tras el apartamiento del juez Julián Ercolini. Esa decisión todavía está en vilo. Este miércoles, el abogado Mauricio D’Alessandro, presentó un recurso extraordinario y ahora la decisión quedó en manos de la Corte Suprema.

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El fiscal que instruyó el expediente, Ramiro González, pidió en agosto del año pasado elevar la causa a juicio oral, pero el expresidente planteó una serie de nulidades que deben resolverse. Por ahora, la causa quedó a cargo del juez Daniel Rafecas, el candidato que propuso Fernández en su momento para la Procuración.


Esa jugada generó cortocircuitos con su abogada, Mariana Gallego,,Nicolás Pizzi,Alberto Fernández,Conforme a,Alberto Fernández,,En TV. Fabiola Yañez rompió el silencio, tras su regreso al país: “Estoy acá por el bien de mi hijo”,,Causa seguros. Citan a indagatoria a un hombre de extrema confianza de Alberto Fernández,,Recuperó la custodia policial. Fabiola Yañez regresó al país y busca colegio para su hijo

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