POLITICA
La Justicia ordenó restituir una placa en homenaje a un juez que había sido retirada durante el kirchnerismo

En un acuerdo general, la Justicia ordenó restituir la placa que recordaba al juez Jorge Vicente Quiroga, en reconocimiento a su valiosa labor como magistrado de la Cámara Federal en lo Penal, que entre 1971 y 1973 juzgó y envió a prisión a más de 2000 guerrilleros. El magistrado fue asesinado en 1974 por miembros del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP).
La rehabilitación del homenaje fue dispuesta por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal.
La placa lucía en la puerta del edificio donde había funcionado el antiguo tribunal federal penal, en Viamonte 1147, y fue retirada en 2012, en medio de la avanzada de Cristina Kirchner para reformar la Justicia, por el entonces presidente de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, Gustavo Bruzzone, pese a que la mayoría de los jueces sostenía que el homenaje al doctor Quiroga debía mantenerse.
Los magistrados que impulsaron restaurar el homenaje indicaron que el juez Bruzzone, quien hoy integra la Cámara Nacional de Casación Penal, accedió a la gestión de dirigentes sindicales de los empleados judiciales, empeñados en “una visión sesgada y unilateral” de la violencia de los años 70.
Consultado por , Bruzzone explicó que tomó la decisión de retirar la placa ante pedidos del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Unión de Empleados Judiciales y familiares de los muertos en la masacre de Trelew. Argumentó que dicha placa no había sido colocada por el Poder Judicial, sino por el Poder Ejecutivo, cuando se instaló en ese lugar la Unidad 22.
“En la misma época se propuso retirar un cuadro del juez Quiroga y la copia de una acordada que se exhibían en el Juzgado de Instrucción N° 20, donde él se había desempeñado, y en ese caso se resolvió mantener las”, dijo Bruzzone. Ante la nueva decisión de restituir la placa, lamentó que se haya resuelto en una votación tan ajustada –cinco votos a favor y cuatro en contra-, sin un consenso más amplio.
En los últimos meses, ante una presentación de la Asociación de Abogados por la Justicia y la Concordia, a la que adhirieron los representantes de la Asociación de Víctimas del Terrorismo de la Argentina, la Corte Suprema de Justicia encomendó a la Cámara evaluar el reclamo para la restitución de la placa.
Del mismo modo, el máximo tribunal trasladó a la Cámara la resolución de un pedido de la Asociación de Mujeres Jueces de la Argentina (AMJA) para la confección de una placa recordatoria en memoria de la doctora Carmen María Argibay, quien se destacó como ministra de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, además de haberse desempeñado como secretaria y jueza de la citada Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal.
En ambos casos, por mayoría, la Cámara dispuso la restitución de la placa de homenaje al doctor Quiroga y la colocación de otra placa para perpetuar la memoria de Argibay.
Compromiso con la República
La actuación del juez Quiroga, en medio del avance de las organizaciones guerrilleras que azotaban al país en los comienzos de la década del 70, fue decisiva para restablecer el orden y la vigencia de la ley. Con jurisdicción en todo el territorio nacional y como instancia única, la Cámara que él integró condenó a más de 2000 guerrilleros en procesos ajustados a derecho. Había sido creada por el gobierno de facto del general Alejandro Agustín Lanusse.
La placa en homenaje al magistrado había sido colocada en 1979 en la puerta del edificio donde había funcionado la Cámara Federal en lo Penal. Creada en mayo de 1971, esa instancia judicial había tratado los delitos cometidos por los grupos terroristas, en el marco de la ley y del debido proceso. A partir de su creación tuvo una intensa actividad, en coincidencia temporal con la intensa acción de los grupos subversivos.
Dicha Cámara fue disuelta por aclamación en una sesión del Congreso en mayo de 1973, durante el gobierno de Héctor J. Cámpora, que pocas horas después de la asunción presidencial aprobó, además, una amnistía a los guerrilleros y terroristas que volvieron a tomar las armas y producir un baño de sangre en la Argentina. La escalada de sangre y fuego marcó una época de violencia que dejó heridas que aún no han cicatrizado.
El domingo 28 de abril de 1974, casi un año después de la disolución de la Cámara Federal Penal, los guerrilleros Marino Amador Fernández y Raúl Argemi, ambos beneficiados de aquella medida de Cámpora e integrantes del movimiento ERP-22 de Agosto, asesinaron a mansalva con 14 disparos al juez Quiroga, en la esquina de Viamonte y Suipacha. El magistrado tenía 48 años y había sido uno de los símbolos de aquel tribunal que instruyó más de 3000 causas penales y dictó 600 sentencias, además de haber dispuesto más de 2000 sobreseimientos, un dato que confirma la independencia y el apego a la ley con que actuaron los nueve jueces que conformaron la cámara, dividida en tres salas. El crimen se cometió en pleno gobierno constitucional de Juan Domingo Perón.
El asesinato del juez Quiroga fue mencionado en la sentencia de la Causa XIII, que condenó a los comandantes de las Juntas Militares, tras la recuperación de la democracia, entre los “antecedentes y desarrollo del sistema general” de aquella etapa política dominada por la violencia.
“La violenta muerte de Quiroga se produjo durante un gobierno constitucional y así resultó destacado por la mencionada Cámara Federal”, fundamentó el juez Juan Esteban Cicciaro en el acuerdo general de la Cámara, al votar por la restitución de la placa.
Entre los votos por la minoría, que aconsejaban no disponer la restitución de la placa, el juez Ricardo Matías Pinto dijo que “no existe una situación de consenso social sobre la necesidad, pertinencia y razonabilidad” para avanzar en esa medida-
POLITICA
El Gobierno fusionó temporalmente dos secretarías clave del Ministerio de Economía hasta que designen un nuevo titular

En el contexto de una reconfiguración administrativa en el Ministerio de Economía, el Gobierno nacional resolvió reasignar temporalmente las competencias de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa a Pablo Lavigne, titular del área de Coordinación de Producción.
Esta decisión, que no conlleva gastos adicionales para el Estado, tiene como propósito garantizar la continuidad operativa de áreas estratégicas vinculadas al desarrollo productivo del país.
La medida fue adoptada ante la vacancia en la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, lo que obligó a buscar una solución inmediata para evitar interrupciones en la gestión de políticas industriales, comerciales y de apoyo a las pymes.
El Decreto 215/2026, publicado hoy en el Boletín Oficial y firmado por Javier Milei y Luis Andrés Caputo, especifica que la transferencia de funciones será efectiva hasta que se designe un nuevo titular para el cargo o se disponga un reemplazo específico para la firma de despacho.
Desde el Gobierno se detalló que esta reasignación no afectará el funcionamiento de otras áreas ni implicará superposiciones, ya que quedan exceptuadas aquellas materias para las que ya se haya previsto un reemplazo particular.
La Secretaría de Coordinación de Producción tiene entre sus funciones asistir al Ministro de Economía en la definición de políticas para la industria, el comercio, las pequeñas y medianas empresas, los emprendedores y la economía del conocimiento. Por este motivo, se consideró que es el área más adecuada para asumir de manera provisoria las competencias de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa.
La Secretaría de Coordinación de Producción será responsable de coordinar la gestión operativa de las áreas transferidas, garantizar la continuidad de los programas y políticas en curso, y asistir al Ministro en la toma de decisiones vinculadas a la industria y el comercio.
El puesto se encuentra vacante desde agosto del año pasado, cuando la cartera económica sufrió dos grandes salidas. Por un lado, el ex titular de la secretaría en cuestión, Marcos Ayerra, y Esteban Marzorati, quien estaba a cargo del área de Industria y Comercio.
De hecho, ya en ese momento, habían anunciado que Lavigne se haría cargo de ambas funciones hasta que se designe a un nuevo titular. De acuerdo con el comunicado emitido en agosto, “ambos decidieron dejar sus funciones motivados por temas personales y nuevos desafíos profesionales. El ministro de Economía, Luis Caputo, destaca el esfuerzo, dedicación y talento al servicio del país que tanto Marcos como Esteban demostraron durante su ejercicio del cargo”.
En el caso de la Secretaría Pyme, ya había perdido gran parte de sus programas y fondos, en el marco del plan de ajuste aplicado por el gobierno de Javier Milei.
La secretaría que manejaba Ayerra cuenta con tres subsecretarías: la de Pymes, a cargo de Christian Bauab; la de Emprendedores, que dirige Pablo Gutierrez Oyhanarte; y la de Economía del Conocimiento, cuyo titular es Santiago Pordelanne. En el caso de la Secretaría de Industria y Comercio, tiene cuatro subsecretarías: la de Política Industrial; la de Gestión Productiva; la de Comercio Exterior y la de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial.
Corporate Events,South America / Central America
POLITICA
La UIF intensifica el intercambio de información con entidades locales y del exterior

La Unidad de Información Financiera (UIF) aprobó una nueva resolución para el intercambio de información entre organismos nacionales y sus equivalentes extranjeros a los efectos de prevenir e impedir delitos económicos y complejos.
La medida, que deroga la normativa anterior, busca coordinar los mecanismos y procedimientos para garantizar la confidencialidad, seguridad y correcta utilización de los datos intercambiados en materia de Prevención del Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (PLA/FT/FP).
El nuevo régimen regula la colaboración entre el Banco Central, la Comisión Nacional de Valores, la Superintendencia de Seguros de la Nación y el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, considerados como Organismos de Contralor Específicos. Los mismos podrán intercambiar información de manera directa, así como hacerlo con entidades de funciones similares en otros países, siempre que cuenten con las “facultades a los efectos de identificar, debidamente, las operaciones sospechosas”.
En su rol de encargada del análisis, el tratamiento y la transmisión de información, la UIF estableció mediante la resolución 35/2026, que todo intercambio deberá realizarse bajo estrictos estándares de seguridad y confidencialidad, utilizando sistemas de gestión documental electrónica que garanticen el resguardo de los datos.
Los pedidos de información entre los involucrados deberán cumplir una serie de requisitos establecidos por el ente autárquico. Este además, podrá solicitar información actualizada sobre los intercambios realizados y requerir datos con fines estadísticos para análisis nacionales o regionales. La información intercambiada solo podrá utilizarse para los fines específicos para los que fue solicitada y no podrá ser transmitida a terceros sin autorización expresa del organismo que la proveyó.
Para el caso, el texto publicado en Boletín Oficial indicó que “los requerimientos de información entre los Organismos de Contralñor Específicos deberán tener por objeto información disponible en el respectivo organismo y se deberán efectuar mediante un sistema de gestión documental electrónica que cumpla con estándares de seguridad y de resguardo de información confidencial». Asimismo, deberá indicarse en cada caso el motivo de la solicitud, el detalle de la información solicitada, explicitada con la mayor precisión posible y la indicación del nivel de urgencia.
La resolución también contempla la aplicación de las Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (FATF/GAFI), tal como lo hizo en la primera resolución publicada al respecto. En este sentido, la normativa señala que se “debe tener en cuenta las 40 Recomendaciones”. A su vez, no limita a los organismos “para celebrar memorandos de entendimiento o convenios de intercambio de información en el marco de sus competencias».

En cuanto a la resolución UIF N° 233/2025, dictada en diciembre pasado cuando Paul Starc se encontraba a la cabeza del organismo, establecía también reglas para el intercambio de datos entre organismos nacionales y sus pares del exterior, aludiendo a las entidades mencionadas anteriormente. El objetivo siempre fue fortalecer la cooperación y mejorar la capacidad de detección y prevención de delitos como el lavado de activos, la financiación del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
El procedimiento exigía que los pedidos de información se tramitaran directamente entre los organismos involucrados, bajo las mismas condiciones, en donde la UIF debía ser informada sobre cada intercambio y, una vez recibida la información, el organismo responsable tenía un plazo determinado para responder.
La Unidad Financiera ejerce también un rol de coordinador en los niveles nacional, provincial y municipal, y administra los archivos y antecedentes vinculados a su actividad. Entre sus funciones, se encuentra la conformación del Registro Único de Información, que integra las bases de datos de los organismos obligados a reportar y la información que recibe en el ejercicio de sus tareas, asegurando así una gestión centralizada y eficaz en la lucha contra el crimen financiero.
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POLITICA
El Congreso busca prohibir los celulares en cárceles tras la extorsión que derivó en la muerte de un soldado en Olivos

El Congreso de la Nación pone bajo la lupa el uso de celulares en las cárceles, esta vez con un proyecto de ley impulsado por la diputada nacional Silvana Giudici, que busca prohibirlos de manera total y con rango legal, en un contexto marcado por el crecimiento de las extorsiones digitales, las bandas que operan desde el interior de los penales y el caso de una extorsión desde penales bonaerenses que derivó en el suicidio de Rodrigo Andrés Gómez, un soldado voluntario de 21 años del Ejército Argentino, destinado a la custodia de la Quinta Presidencial de Olivos.
La iniciativa propone modificar la Ley 24.660, que regula las condiciones de detención de las personas privadas de la libertad —incluidos sus derechos, obligaciones y el funcionamiento del régimen penitenciario—, para establecer de manera explícita la prohibición del uso de teléfonos celulares en los establecimientos carcelarios de todo el país. “Los delitos cometidos desde las cárceles deben ser erradicados”, planteó Giudici. Y agregó: “Las estructuras del crimen organizado y también las que se dedican a extorsión o estafas digitales se vieron favorecidas por decisiones que, con la excusa de la pandemia, permitieron el uso de celulares en los penales”.
El proyecto cuenta con el respaldo de más de 50 diputados y apunta a cerrar una brecha que permitió la expansión de delitos complejos con base en las cárceles.

Prohibición total y sanciones más duras
El texto legislativo propone la incorporación del artículo79 bis que establece: “Prohíbase la tenencia, uso, facilitación, comercialización o introducción por cualquier medio, de dispositivos móviles o inalámbricos de comunicación, incluyendo teléfonos celulares, tarjetas SIM, módems, routers portátiles o cualquier otro dispositivo apto para la transmisión de voz, datos o acceso a redes de comunicación, por parte de las personas privadas de la libertad en establecimientos penitenciarios”.
El mismo artículo dispone: “Queda exceptuado el equipamiento informático instalado y expresamente autorizado por la autoridad penitenciaria competente, en el marco de programas educativos, laborales o de reinserción social, bajo condiciones de uso controlado.”
Además, se incorporan nuevas faltas graves dentro del régimen penitenciario, como la posesión, ocultamiento o facilitación de dispositivos electrónicos no autorizados, así como el intento de acceder a internet por fuera de los sistemas controlados.

“Es necesario establecer con claridad que los detenidos no tienen derecho a utilizar celulares como parte de las restricciones propias de la pena”, sostuvo Giudici ante una consulta de este medio.
La única excepción prevista en el proyecto de ley que impulsará el bloque de diputados de La Libertad Avanza es el uso de equipamiento informático autorizado para fines educativos, laborales o de reinserción social, siempre bajo control de las autoridades penitenciarias.
Del control a la expansión del delito
El proyecto también repasa los antecedentes recientes. Hasta 2019, el régimen penitenciario mantenía un criterio restrictivo respecto al uso de celulares. Sin embargo, en 2020, en el marco de la pandemia, durante el gobierno de Alberto Fernández, se habilitó su utilización ante la suspensión de visitas.
Según la autora de la iniciativa, esa decisión derivó en un cambio profundo: “Se alteró el sistema de control y eso generó un crecimiento de estafas, extorsiones, amenazas y delitos organizados desde las cárceles”.
Entre los antecedentes se mencionan desde estafas telefónicas hasta la continuidad de operaciones de bandas criminales desde prisión, incluso en casos vinculados al narcotráfico.
El caso que expuso el problema
El punto de inflexión fue el caso de Rodrigo Andrés Gómez, un soldado voluntario de 21 años del Ejército Argentino destinado a la custodia de la Quinta Presidencial de Olivos.
Gómez atravesaba una etapa de vulnerabilidad emocional lejos de su familia. En ese contexto, inició una conversación a través de una aplicación de citas con un perfil femenino que se identificaba como “Julieta”, de 19 años. Durante varios días intercambió mensajes, audios y fotos sin advertir señales de peligro.

Detrás de ese perfil no había una persona real, sino una organización delictiva que operaba desde los penales bonaerenses de Magdalena y Olmos.
Según se informó oficialmente, la extorsión se inició con la creación de un perfil falso en la aplicación de citas Evermatch, bajo el nombre de “Julieta Ayelén Cardozo”. A partir de allí, se estableció un contacto destinado a generar confianza con la víctima, mediante mensajes y el envío de imágenes genéricas que no mostraban rostros.
Una vez consolidado ese vínculo, se activaba el mecanismo central de la estafa: la aparición de una supuesta “madre alterada” y la difusión del denominado “audio del terror”, en el que se acusaba a la víctima de haber mantenido una relación virtual con una menor de 17 años y se la increpaba con insultos y amenazas.
El siguiente paso incluía un llamado telefónico de un presunto policía de la Ciudad de Buenos Aires, quien aseguraba que existía una denuncia penal en curso y que era necesario realizar pagos urgentes para evitar consecuencias judiciales graves. Para dotar de verosimilitud al engaño, los estafadores usurparon la identidad de un agente real de la Policía de la Ciudad, identificado como M. N. C., cuya documentación fue utilizada sin su conocimiento.

La escena era completamente falsa, pero estaba diseñada para generar pánico inmediato. Las transferencias de dinero exigidas se realizaban a cuentas bancarias a nombre de mujeres vinculadas a la organización, que actuaban como intermediarias. El dinero era luego fragmentado y redistribuido mediante distintas operaciones para dificultar su rastreo.
Lejos de concluir tras los primeros pagos, la presión continuaba. Las víctimas eran sometidas a nuevas exigencias económicas bajo amenazas reiteradas, con el argumento de que la causa judicial seguía avanzando o que había nuevos costos para “cerrar el problema”.
Según la investigación encabezada por la jueza Sandra Arroyo Salgado, se trató de una maniobra de extorsión sexual organizada desde el interior de las cárceles, replicada con distintas víctimas.
En el caso de Gómez, la acumulación de deudas y la sensación de no tener salida quedaron reflejadas en la carta que dejó antes de morir, documento que fue central para comprender el alcance del daño provocado por la banda.
La magistrada dispuso peritajes digitales, análisis de cuentas bancarias, rastreo de líneas telefónicas e intervenciones simultáneas en cárceles y domicilios de la provincia de Buenos Aires. Así, se estableció que el núcleo de la organización funcionaba desde las unidades penitenciarias de Magdalena y Olmos, donde internos utilizaban celulares ingresados ilegalmente para coordinar perfiles falsos, grabar audios, realizar llamadas y administrar el dinero.
Para la diputada Giudici, el episodio marca un límite: “Lo que pasó con Rodrigo Gómez demuestra hasta dónde puede llegar el delito organizado desde las cárceles cuando no hay controles efectivos”.
En ese marco, la ex presidenta del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) insiste en la necesidad de una solución estructural: “Es necesario acompañar desde el Congreso con una ley nacional que establezca con claridad y jerarquía que los detenidos no tienen derecho a utilizar celulares”.
Silvana Giudici
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