POLITICA
La pesadilla que vivió una diputada electa de Misiones: denunció a su pareja por agresiones y violencia de género

Flores es legisladora provincial electa por el partido Principios y Valores. Fue en la lista que encabezó el ex policía Ramón Amarilla y que compitió en los comicios de junio pasado. La diputada y Jabornicky estuvieron en pareja durante tres años y medio. No tenían hijos en común, pero ella tiene una hija menor de una relación anterior.
La denuncia se presentó el viernes 5 de septiembre ante la Dirección de Asistencia a la Familia y Género de la Policía misionera. Según relató Flores, si bien los malos tratos llevaban un tiempo, el episodio definitivo ocurrió el lunes 1 por la noche.
Fue durante una cena que compartían ella y Jabornicky con Agustín Villar, Walter Ríos y Débora Mangone. Estos dos últimos son pareja y también diputados provinciales electos. La velada se desarrollaba en el restaurante El Libanés de Posadas.
Según la denuncia de Flores, en un momento Jabornicky comenzó a insultarla y amenazarla. “Te voy a matar. Sos una miserable. Van a necesitar un ADN para identificarte. Te voy a destruir. Voy a reventar tu teléfono, que encima lo compré yo. En una zanja te voy a dejar tirada”, habría dicho el dirigente, ligado al espacio libertario, según el relato de la víctima.
Flores agregó que su expareja había bebido. Y que ella intentaba calmarlo y controlarlo. Sin embargo, relató que en un momento Jabornicky se exaltó y arrojó una copa de champaña hacia el rostro de Mangone.
El encierro
“Andate de mi casa”, le habría dicho el hombre a la denunciante. Mangone, Ríos y Villar acompañaron a Flores hasta su domicilio, según el relato de la víctima. Jabornicky los siguió y trató de convencerlos de que continuaran bebiendo. Pero la pareja rechazó el convite y se marchó.
En la casa que compartían Flores y Jabornicky solo quedaron ellos y Villar. La mujer intentó juntar unas cosas para marcharse. Pero, según consta en la presentación, fue entonces que se desató un nuevo episodio de violencia. Ella narró que vio a su expareja con una botella rota en la mano. “Te voy a degollar y te voy a tirar en un zanjón. Andate de mi casa”, la increpaba según consta en el acta policial.

Ella y su hija menor quedaron encerradas en un dormitorio. Villar en una habitación contigua. Desde allí, consignó, escucharon cómo Jabornicky comenzó a realizar destrozos mientras la amenazaba: “Puta. Te voy a matar”. Además, habría cerrado la puerta de entrada a la casa, por lo que los que estaban dentro no podían salir.
La situación se extendió hasta las primeras horas de la mañana. A las 8.30, consignó Flores, llegó la empleada doméstica. El hombre se había dormido, suponían, porque desde las 6.30 no se escucharon más ruidos. Cuando salieron del encierro, puntualizó, encontraron vidrios, espejos, botellas y cristalería rotas. Además, libros tirados y destrozados.
Tras abandonar la casa, Flores, su hija y Villar se fueron a la residencia de Mangone y Ríos. La legisladora estuvo solo por unas horas en ese lugar. Luego se trasladó a un departamento.

La pesadilla no terminó allí. Según el relato que dejó en la denuncia, Jabornicky volvió a buscarla. A las 20 se acercó a la casa de la madre de ella. Obligó a la mujer de 67 años a llamarla. Cuando Flores atendió pensando que era su mamá, escuchó la voz de él. Entonces lo increpó para que dejara tranquila a su familia.
Jabornicky también habría ido al domicilio de la madre de Villar. Y además habría intentado contactar a varias amigas de Flores. Además, fue a la casa de Mangone y Ríos pasadas las 22. Adujo que quería disculparse.
Antecedentes
En la presentación policial, la legisladora consignó que en el mes de julio viajó con su expareja a Buenos Aires. Se juntaron a cenar con otros dos hombres. Durante la comida, comenzó a agredirla. Luego la llevó a un “burdel”, según dijo Flores, indicando el nombre de un conocido lugar de la noche porteña. La abandonó allí, pero antes de irse, relató la víctima, el hombre le habría dicho a uno de los encargados: “Te la dejo acá. Tratá de sacarle unos mangos”.
Flores consignó que esa noche debió regresar sola y bajo la lluvia al departamento que compartía con Jabornicky en Buenos Aires. Según indicó, él demoró horas en abrirle la puerta. Cuando al fin lo hizo, le tiró por la cabeza la cerveza que estaba tomando. Luego, precisó, le cerró la llave de agua para que no pueda bañarse.

En un tramo de la exposición, dejó sentado: “Tenía que aguantar y tolerar por mi hija”.
Jabornicky fue detenido durante el mediodía del sábado 6 por orden del juez Mateo Mattos. Permanece alojado en una celda de la Comisaría Segunda de Posadas. Está imputado por el delito de amenazas en contexto de violencia de género. Fue indagado ayer y dio su versión de los hechos. El relato que hizo no trascendió.
El dirigente también es abogado. Pero tiene su matrícula suspendida por el Superior Tribunal de Justicia luego de 14 violaciones éticas. A principios de siglo estuvo relacionado con una causa conocida en Misiones como “Megaestafa”. El desfalco sumó entre 5 y 6 millones de dólares.
POLITICA
Un fallo judicial suspendió dos artículos de la reforma laboral en los convenios del Sindicato de Comercio

El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín ordenó este viernes la suspensión provisional de los artículos 131 y 133 de la Ley 27.802 de Modernización Laboral en el ámbito de los convenios colectivos del sector de comercio y servicios, luego de una acción presentada por el Sindicato de Empleados de Comercio de San Martín.
La medida cautelar alcanza al Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75, además de otros convenios suscriptos por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), como el CCT 781/20 y el CCT 547/08. En consecuencia, el Estado Nacional deberá abstenerse de aplicar las disposiciones cuestionadas en el marco de las relaciones laborales comprendidas en estos acuerdos hasta que exista una sentencia definitiva.
El sindicato había solicitado la declaración de inconstitucionalidad —o, en su defecto, la inaplicabilidad— de esas normas, argumentando que introducen modificaciones en el régimen de ultraactividad de los convenios colectivos y establecen límites a los aportes y contribuciones sindicales.

Según la presentación judicial, el artículo 131 de la reforma laboral reemplaza el artículo 6 de la Ley 14.250, lo que restringe la vigencia de las denominadas cláusulas “obligacionales” tras el vencimiento de un convenio, mientras que sólo las cláusulas “normativas” (referidas a condiciones y beneficios individuales de los trabajadores) permanecerían activas.
El juez Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto tuvo en cuenta que la nueva ley distingue entre ambos tipos de cláusulas, pero advierte que la definición legislativa resulta imprecisa, lo que, según la documentación presentada, podría generar situaciones de inseguridad jurídica sobre la vigencia efectiva de las paritarias vencidas y los aportes gremiales establecidos en ellos.
Por otro lado, el artículo 133 de la Ley 27.802 fija un tope máximo del 2% para las cuotas solidarias, aplicables tanto a trabajadores afiliados como no afiliados. El monto dse la cota solidaria actualmente previsto en el artículo 100 del CCT 130/75 es de 2,5%, por lo que el sindicato argumenta que la reducción impactaría en los recursos destinados al financiamiento de la actividad gremial y la prestación de servicios sociales, asistenciales, culturales y sanitarios en conjunto con la obra social OSECAC.

Además, el sindicato advirtió que la entrada en vigencia de ambos artículos coincide con el vencimiento del acuerdo paritario vigente, el 31 de marzo de 2026, lo cual, según su planteo, generaría efectos inmediatos en los haberes de los trabajadores a partir del mes siguiente y afectaría el desarrollo de la próxima negociación colectiva.
En su resolución, el juez consideró que los argumentos expuestos por la parte actora —“en esta etapa liminar, presentan entidad suficiente para tener por configurado el requisito de verosimilitud del derecho”— y que la inminencia en la aplicación de las nuevas disposiciones “configura un escenario en el cual la aplicación de los arts. 131 y 133 de la Ley 27.802 podría producir efectos inmediatos sobre la vigencia de cláusulas convencionales y sobre el régimen de aportes y contribuciones sindicales”.
La vigencia de la medida cautelar fue establecida por 6 meses desde la notificación de la resolución. El fallo consigna que se trata de una suspensión “provisoria y acotada a un ámbito específico”, sujeta al resultado del proceso principal, y que no se advirtió que pueda generar una afectación al interés público impeditiva de su dictado.
Según el fallo, el Estado Nacional será notificado oficialmente y deberá cumplir con la suspensión dispuesta en el ámbito de los convenios colectivos alcanzados.
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POLITICA
Macri apuntó contra Cristina Kirchner por YPF y sostuvo que el fallo retoma argumentos de su gestión

Luego de que la Justicia estadounidense fallara a favor de la Argentina en el juicio por la expropiación de YPF, el expresidente Mauricio Macri celebró que el país no deba pagar más de US$16.100 millones ni entregar el 51% de sus acciones y apuntó contra el kirchnerismo. Criticó a Cristina Kirchner por “presumir” la resolución judicial y señaló que los argumentos de la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York son los mismos que había dado Pro.
“Comparto la gran alegría que tenemos los argentinos hoy por el fallo del Tribunal de Apelaciones de EE.UU., que dejó sin efecto la sentencia que obligaba al país a pagar casi 18 mil millones de dólares y entregar el 51% de las acciones de YPF”, expresó el exmandatario en sus redes sociales.
Asimismo, Macri afirmó que se terminó una “pesadilla” que inició bajo la gestión kirchnerista con “una expropiación ilegal que fue votada en contra por los diputados de Pro”. Además se jactó de haber advertido en su momento que traería consecuencias y cuestionó: “Es indignante ver hoy a Cristina presumiendo desde su prisión domiciliaria que este fallo le da la razón a aquel atropello”.
El expresidente sostuvo que los argumentos de la Cámara de Apelaciones de Estados Unidos son los mismos que originalmente presentó su procurador, Bernardo Saravia Frías, y dijo que lo que permitió alcanzar el éxito judicial fue la “tenacidad de la defensa de la actual Procuración”.
“Como sea, hoy es un día de alegría. El puño que hubiese significado para todos los argentinos el pago de esa condena ya quedó atrás. Es hora de dar el próximo paso para que la riqueza de la energía nacional nos ayude a reparar los daños de tantos años perdidos”, cerró.
Horas antes, el presidente Javier Milei también había apuntado contra la exmandataria y la acusó de “leer la noticia como un logro de la administración que expropió las empresas en primer lugar”. “Hablo de Cristina Fernández de Kirchner y del inefable Axel Kicillof. Nada puede estar más lejos de la verdad. Es una afrenta a los argentinos que pretenden apropiarse de este resultado. Es importante que tengamos en claro que estos personajes de nuestro pasado nos sumieron en una aventura suicida que nos podría haber costado todo”, cruzó.
Este viernes, la Cámara de Apelaciones revocó la sentencia de primera instancia del juicio, lo que evitó que la Argentina esté obligada a pagar más de US$16.100 millones, y exculpó a YPF de responsabilidad durante el proceso de estatización y evitó la entrega del 51% de sus acciones.
El conflicto inició cuando, en 2012, el gobierno de Cristina Kirchner avanzó con la expropiación del 51% de YPF, que estaba en manos de Repsol, a través de una ley del Congreso y sin cumplir con una cláusula del estatuto que obligaba a hacer una oferta pública al resto de los accionistas.
Tiempo atrás, cuando YPF fue privatizada, su estatuto incorporó una protección central para inversores que establecía que, si alguien tomaba el control de la compañía, debía realizar una oferta pública por el resto de las acciones. Además, esa obligación tenía una particularidad relevante: fijaba un umbral específico para el Estado. Si el Gobierno superaba el 49% del capital, quedaba obligado a lanzar esa oferta. Se trató de una regla escrita que garantizaba que todos los accionistas fueran tratados en igualdad de condiciones.
Sin embargo, el gobierno kirchnerista no cumplió y el entonces viceministro de Economía, Axel Kicillof, justificó que respetar esa cláusula implicaba pagar un costo mucho mayor por la compañía y que, por lo tanto, no correspondía hacerlo. Lo dijo en público en el Congreso y fue uno de los argumentos que más usaron los demandantes.
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POLITICA
La estrategia del Gobierno para llegar al fallo favorable de YPF: “Fue clave no entrar en desacato”

La secretaria legal y técnica del Gobierno, María Ibarzábal contó cómo fue el proceso para llegar al fallo favorable de la Justicia estadounidense sobre la expropiación de YPF. “Fue un equipo que trabajamos mano a mano, codo a codo durante estos dos años cuando justo antes de que llegue el presidente Javier Milei llegó este juicio tan en contra de la Argentina con una cifra sideral, que actuaba como una espada de damocles”, explicó la funcionaria en diálogo con TN.
En cuanto a la estrategia, Ibarzábal hizo hincapié en la decisión de “no entrar en desacato y cumplir frente al juzgado de Loretta Preska”. “Lo primero y más importante es la decisión de defender al pais con uñas y dientes”, aseguró.
Luego, la funcionaria explicó que se decidió seguir tratando de cambiar la reputación de la Argentina en el exterior para “mostrar que somos un país serio y que jugamos dentro de las reglas de juego”.
Además, Ibarzábal remarcó otro punto central en materia de política exterior: “Como en ningún otro gobierno, Estados Unidos ha apoyado a la Argentina”. También resaltó el respaldo de otros países durante todo el proceso.
Leé también: Los argumentos de la Justicia de EE.UU. para fallar a favor de la Argentina en el caso YPF
Asimismo, remarcó: “los grandes esfuerzos de Cancillería”. “A veces los resultados acompañan el trabajo súper profesional y otras no, y esta vez por suerte lo hizo”.
En tanto, la secretaria legal y técnica explicó: “Buford puede presentar un pedido para que el fallo sea revisado y también puede ir a la Corte Suprema”. Y aclaró: “Vamos a seguir trabajando con mucho profesionalismo y discreción”.
“El principal argumento de la Cámara es que Preska interpretó mal el derecho argentino. Esta decisión inclina la cancha a nuestro favor”, señaló. Y añadió: “La emoción es total, hubo brindis en Casa Rosada”.
Por último, Ibarzábal anticipó que estará presente en la cadena nacional del Presidente Javier Milei, donde hará hincapié en el fallo favorable de la Justicia de Estados Unidos en el caso de la expropiación de YPF.
Los argumentos del fallo de la Justicia de Estados Unidos
Los jueces Denny Chin y Sarah Merriam Robinson, que integraron la mayoría, sostuvieron que los reclamos de los accionistas minoritarios contra Argentina e YPF “no son reconocibles según la ley argentina”.
Este punto resulta fundamental, ya que reconoce que la decisión de la expropiación de la empresa fue discutida y avalada por el Congreso de la Nación. Es decir, se realizó bajo la norma legal vigente en la Argentina.
Eso deriva en que los estatutos de YPF no constituyen un contrato bilateral exigible entre el Estado y los inversores privados. En cambio, cumplen una función organizativa interna de la sociedad anónima y no generan obligaciones contractuales que permitan reclamar daños por incumplimiento.
Los magistrados enfatizaron que la Ley General de Expropiaciones regula de manera integral el proceso de estatización y desplaza cualquier reclamo de naturaleza contractual. Por esa razón, tampoco existía obligación de realizar una oferta pública de adquisición de acciones a los minoritarios una vez concretada la expropiación.
YPF, Justicia, Estados Unidos
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