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POLITICA

Las sanciones recibidas por la empresa del nuevo secretario de Transporte de Javier Milei

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La empresa aseguradora de Luis Pierrini, nuevo secretario de Transporte de Javier Milei, recibió varias sanciones por su desempeño durante los últimos años. Las más recientes, sin embargo, fueron revocadas.

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La designación de Luis Pierrini como nuevo titular de la secretaría de Transporte de la Nación, tras la salida de Franco Mogetta, despierta una serie de interrogantes, no solo por la falta de experiencia de Pierrini en el sector, sino también por los antecedentes empresariales de su empresa, Triunfo Seguros. A pesar de su perfil técnico como empresario mendocino, Pierrini asumirá el cargo en un momento crucial, marcado por la posible disolución de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) y la reforma de varios organismos del sector.



La CD de Triunfo Seguros reunida en asamblea.

Este medio descubrió que Triunfo Seguros, la aseguradora dirigida por Pierrini, ha estado involucrada en múltiples sanciones y apercibimientos por parte de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN). Estas sanciones van desde llamados de atención hasta apercibimientos por incumplimientos graves con la normativa vigente.

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A lo largo de los últimos años, la empresa ha sido objeto de diversas resoluciones por parte del organismo nacional, entre las que se pueden destacar las resoluciones 418/2019, 467/2021 y 155/2023. A ellas se suman otras más recientes, durante la gestión de Guillermo Plate, como las resoluciones 362/2024 y 396/2024. Estás últimas, casualmente, resultaron revocadas por la SSN.

Caso 467/2021

En el presente caso, la SSN resolvió aplicar un apercibimiento a la empresa tras una serie de denuncias en las que se observó que la compañía emitió pólizas con sumas aseguradas superiores al valor real de los bienes, lo que generó una disparidad entre las indemnizaciones ofrecidas y las sumas originalmente aseguradas. Esto, de acuerdo con la normativa vigente, constituye un caso de sobreseguro, ya que se sobreestimó el valor de los bienes asegurados sin justificar dicha diferencia al momento de la indemnización. Además, la aseguradora omitió presentar documentos obligatorios en los procedimientos relacionados con las denuncias, lo que también fue sancionado por no cumplir con las disposiciones establecidas por el Manual Operativo y de Procedimientos para la Tramitación de Consultas y Denuncias.

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El procedimiento y los descargos presentados por la aseguradora no lograron desvirtuar las acusaciones de irregularidades en la emisión de pólizas y en el cálculo de indemnizaciones. La SSN consideró que esta práctica no solo afecta los derechos de los asegurados, sino que además desnaturaliza el funcionamiento del sector asegurador, incentivando conductas fraudulentas. Por tal motivo, se decidió imponer un apercibimiento a la cooperativa, y se recordó que la resolución puede ser recurrida, conforme lo establece la ley 20.091.

Caso 155/2023

La SSN sancionó a la Triunfo Cooperativa de Seguros Limitada con un llamado de atención, tras el incumplimiento de los requerimientos solicitados en el marco de una denuncia presentada por Gabriel Axel Furingo. La denuncia se originó por la falta de reposición de un motovehículo, y la aseguradora no respondió a las notificaciones ni a los requerimientos administrativos. Esta situación se encuadra en el artículo 69 de la ley 20.091, que establece la obligación de las aseguradoras de proporcionar información relevante al organismo de control, lo que afecta el ejercicio de sus funciones y genera costos administrativos adicionales.

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La resolución 1983/2023 subraya que el incumplimiento de la aseguradora obstruye el control estatal sobre la actividad aseguradora, cuyo propósito es garantizar la confianza pública y la estabilidad económica del sector. A pesar de la oportunidad para presentar su descargo, la empresa no justificó adecuadamente su falta de respuesta. Por ello, la SSN dispuso la sanción conforme al artículo 58 de la misma ley, advirtiendo que la resolución es recurrible ante el organismo. La medida se formalizó en el Boletín Oficial y se notificó a la aseguradora.

El artículo 58 indica: “Cuando un asegurador infrinja las disposiciones de esta ley o las reglamentaciones previstas en ella o no cumpla con las medidas dispuestas en su consecuencia por la autoridad del control, y de ello resulte el ejercicio anormal de la actividad aseguradora o una disminución de la capacidad económico-financiera del asegurador o un obstáculo real a la fiscalización, será pasible de las (…) sanciones, que se graduarán razonablemente según la conducta del asegurador, la gravedad y la reincidencia…”.

Resoluciones revocadas

A estos casos podemos agregar los más recientes, del año 2024, identificados con las resoluciones 362 y 396, que fueron desestimadas por la gestión de Plate.

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En uno de ellas, la Superintendencia de Seguros de la Nación había resuelto imponer un apercibimiento a la entidad por incumplir con normativas relacionadas con la gestión de causas judiciales. A pesar de haber sido notificada y otorgado el plazo correspondiente para su descargo, la cooperativa no respondió, lo que motivó la sanción. 

En la otra, el organismo nacional había dictado un apercibimiento por no cumplir a tiempo con los requerimientos de la gerencia de inspección. La aseguradora presentó tarde la documentación solicitada y de forma incorrecta, pero se determinó que, a pesar de la extemporaneidad, la respuesta debía ser considerada.

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El titular de la IGJ dosifica la ofensiva contra la AFA y relativiza la chance de colocar un veedor oficial

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En medio del escándalo por las sospechas en torno a la administración de los fondos de la AFA, el Gobierno de Javier Milei consideró que la documentación que presentó la entidad sobre sus estados contables y financieros desde 2017 hasta la fecha es insuficiente. Sin embargo, la Casa Rosada intenta por estas horas bajarle el tono a la pelea con Claudio “Chiqui” Tapia y el resto de las autoridades de la casa madre del fútbol argentino.

El encargado de fijar la postura oficial fue el titular de la Inspección General de Justicia (IGJ), Daniel Vítolo, quien reporta al ministro Mariano Cuneo Libarona y su vice, Sebastián Amerio, un hombre de confianza de Santiago Caputo, principal asesor del Presidente.

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“No hay ningún enfrentamiento entre el Gobierno o la IGJ y la AFA”, advirtió Vítolo a , en una señal de distensión con Tapia y Pablo Toviggino, tesorero de la AFA.

En esa línea, el funcionario remarcó que “la IGJ no participa en ninguna causa judicial y no es parte de ninguna investigación respecto de los directivos”. “Nosotros no estamos imputando a nadie ningún delito”, insistió Vítolo, después del cruce con la AFA por las irregularidades contables. A su vez, sembró dudas respecto de la posibilidad de que el Gobierno nombre un veedor oficial para controlar las cuentas de la AFA.

Claudio Tapia habló con durante sus vacaciones en Punta MogotesMauro V. Rizzi

No obstante, remarcó que la institución que conduce Tapia no explicó “nada” sobre el balance con cierre de ejercicio el 30 de junio de 2024, al que consideró como “el más importante”, por los “valores involucrados”.

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“Es muy raro porque ese lo presentaron acá [en la ciudad de Buenos Aires], nosotros les pusimos observaciones y ellos después lo presentaron en la provincia de Buenos Aires y dicen: ‘Me los aprobaron’. Pero eran de acá. Es una cosa ridícula, veremos qué encontramos”, anticipó Vítolo a . Días atrás, había denunciado el intento de la AFA para escapar del radar de la IGJ, al promover un traslado de su sede al municipio de Pilar que no fue aprobado por el organismo.

Frente al creciente escándalo por la derivación de millonarios fondos de la AFA, la IGJ había citado para este jueves y viernes a los contadores que avalaron los balances tanto de la AFA como de la Superliga entre 2017 y 2024.

En ese marco, el titular del ente regulador dependiente del Ministerio de Justicia advirtió que todavía se encuentran revisando la documentación.

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Los próximos pasos están supeditados a la verificación del informe que presentó la casa madre del fútbol argentino. Sin embargo, Vítolo relativizó hoy la posibilidad de que la IGJ le recomiende al Ministerio de Justicia que nombre a un veedor oficial para auditar sus documentos y libros contables de los últimos ocho años.

“El veedor no es ninguna decisión porque va a depender de lo que encontremos y lo que nos digan. A lo mejor no está todo correcto, pero no es que no entregaron nada. Le podemos decir: ‘Tiene cinco días para completar, o diez…’. Eso se ve de acuerdo a lo que traigan”, explicó.

La AFA había presentado los balances desde 2017 en el tiempo correspondiente. Sin embargo, la IGJ formuló vistas en cada balance, mediante las que pidió aclaraciones sobre algunas partidas. “Nunca las dieron”, señaló Vítolo.

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Como parte de sus funciones, la IGJ revisa y controla que las sociedades comerciales, las asociaciones civiles, las fundaciones y las entidades deportivas actúen su estatuto y que sus balances contables sean reales.

«No estoy imputado», dijo Tapia a Mauro V. Rizzi

Ayer, en un nuevo comunicado, titulado “La única verdad, es la realidad (bis)”, la AFA negó irregularidades contables en su administración, como una posible malversación de fondos y lavado de dinero, y apuntó contra el Gobierno.

En ese sentido, aseguró haber respondido a los requerimientos sobre sus estados financieros. Señaló que existió “una única vista debidamente notificada a la AFA [en 2017]” y remarcó que fue respondida. Alegó que el resto de las vistas a las que hace alusión el inspector general “nunca fueron notificadas, como exige la propia normativa de la IGJ” y que “el incumplidor no es la AFA, sino la propia IGJ”.

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Vítolo volvió hoy a desestimar esos argumentos. En diálogo con , dijo que el planteo de la entidad liderada por Tapia “es ridículo”, ya que “las vistas no se notifican por cédula”, sino que es el interesado del administrado el encargado de seguir el trámite.

En el mismo comunicado, la entidad liderada por Tapia sostuvo que la IGJ no tiene facultades para aprobar ni desaprobar balances, sino que esa es una función que “corresponde exclusivamente a los socios”.

Vítolo también marcó diferencias con la cúpula de la AFA en ese punto. Según el funcionario, los socios aprueban los balances a los efectos de la sociedad, pero la IGJ los revisa y está habilitada a realizar observaciones.

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El titular del ente regulador profundizó la desescalada de la disputa con la AFA. Aclaró que desde la IGJ no están enfrentados a la conducción de la entidad. “Aparece ahora porque antes nadie le pedía [aclaraciones sobre los números en los balances]. Cuando llegamos nosotros encontramos que estaba pendiente esto”, agregó.

Apenas estalló el escándalo en la AFA, el gobierno de Milei salió a confrontar con Tapia y activó una denuncia penal de la DGI por apropiación indebida de tributos por $7500 millones. Pero en las últimas semanas el Gobierno ensaya gestos orientados a dosificar su ofensiva.

Tanto la casa del fútbol argentino como Vítolo reconocen que la asamblea en la que se aprobó el cambio de jurisdicción de la AFA de la Ciudad a la provincia de Buenos Aires fue fiscalizada por veedores del organismo. La entidad alega que la IGJ nunca cuestionó el cambio de jurisdicción y que la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires (DPPJ) lo aprobó, inscribió y notificó formalmente a la IGJ.

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Javier MileiOle Berg-Rusten – NTB Scanpix Pool

Sin embargo, Vítolo aclaró que los veedores no aprueban ni convalidan las decisiones, sino que solo registran lo que pasa y confeccionan un informe. La AFA, entonces, debería haber elevado la reforma de estatutos a escritura pública, detalló. Respecto de la supuesta notificación de la DPPJ, Vítolo indicó: “Eso es falso. No hay constancia en IGJ de ninguna notificación en ese sentido. Tampoco la AFA acompañó copia de tal notificación en su presentación”.

Por el contrario, la entidad futbolística señala que adecuó la reforma estatutaria a los “sucesivos y cambiantes requerimientos formulados por la IGJ” a lo largo del año pasado.

El inspector general deslizó que imagina que la mudanza tiene una explicación política. “Para mí es inexplicable salvo que sea evitar controles”, sugirió en TN. Allí agregó que la AFA justifica que no van a explicar el balance de 2024 porque ya lo tienen aprobado en la provincia de Buenos Aires, “pero lo habían presentado antes en la IGJ, es decir estaba bajo análisis de la IGJ”.

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El organismo inscribe y fiscaliza únicamente sociedades comerciales y entidades civiles con domicilio legal en la ciudad de Buenos Aires.


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Nacho Torres pidió sumar el delito de ecocidio al Código Penal y endurecer penas por incendios intencionales

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El gobernador de Chubut, Ignacio Torres, reclamó que el Congreso incorpore la figura de ecocidio al Código Penal y establezca penas severas para quienes provoquen incendios forestales de manera intencional. El planteo se apoya en un proyecto de ley ya presentado en el Senado por la legisladora chubutense Edith Terenzi y apunta a que las sanciones reflejen el daño ambiental causado.

Según Torres, el marco legal vigente no contempla la magnitud del perjuicio que generan los incendios deliberados y las condenas actuales resultan insuficientes como mecanismo disuasivo. El pedido se formuló en declaraciones a medios nacionales y se enmarca en el debate por la reforma del Código Penal que impulsa el Gobierno de Javier Milei.

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Además, el mandatario provincial confirmó la llegada de fondos para asistir a familias afectadas y destacó el trabajo coordinado con la Nación en la respuesta institucional, al tiempo que tomó distancia de hipótesis difundidas sobre el origen de los incendios.

Hay un acompañamiento de la Nación como pocas veces se vio, un trabajo conjunto y de infraestructura”, afirmó en Radio Rivadavia, y remarcó que en la respuesta institucional “no se distingue entre Nación y provincia”.

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El ministro del Interior, Diego Santilli y el gobernador de Chubut, Ignacio Torres. coordinan acciones entre Nación y provincia (Foto: prensa Ministerio del Interior).

Penas acordes al daño ambiental

Torres reclamó que “los autores de incendios intencionales tienen que estar presos el mismo tiempo que tarda en recuperarse el bosque nativo”. En ese sentido, respaldó la iniciativa que incorpora la figura de ecocidio, una demanda que, según indicó, se viene planteando desde hace años.

La propuesta fue elaborada como una ley de formas especiales de criminalidad ambiental y define al ecocidio como “daño irreversible o especialmente grave provocado sobre el ambiente en violación de las normas de presupuestos mínimos de protección ambiental y sus reglamentaciones nacionales y provinciales, de manera que comprometa los derechos de las generaciones actuales y futuras”.

En una entrevista con Urbana Play, Torres insistió en que la reforma del Código Penal abre una oportunidad concreta para avanzar con esta figura. “Es importante dimensionar el daño real que se hace y la figura de ecocidio tiene que existir, sea por un problema de vecinos, un pirómano o un delirante con delirio revolucionario anarquista, lo que sea”, sostuvo.

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Rechazo a versiones conspirativas

El gobernador chubutense tomó distancia de versiones que apuntaron a comunidades mapuches u otros grupos como responsables de iniciar el fuego. “Jamás dije nada de los pueblos originarios. Hay que separar entre los pueblos originarios, con los que vivimos en armonía, que son gente de bien, de trabajo; de los que tuvimos un enfrentamiento y no tienen nada que ver con pueblos originarios y la gran mayoría vienen de afuera”, afirmó.

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“Son grupos violentos que se embanderan en falsas banderas originarias para cometer delitos, tomar tierras de manera ilegal, no quieren turismo y son personajes que no queremos en la provincia, son delincuentes y tienen que estar presos”, sostuvo.

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En cuanto a las hipótesis que apuntan a los mapuches, opinó que “son teorías conspiranoides para generar ruido” y advirtió que ese tipo de versiones “angustia y asusta” en un contexto de alta sensibilidad social.

Incendios, Chubut, ignacio torres

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Con una cita a Luis Alberto Spinetta: el juez Saettone rechazó el planteo de Carrió para sacarlo del caso Yofe

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Walter Saettone, juez de garantías de San Isidro, rechazó declarar la nulidad del allanamiento al domicilio de Matías Yofe y su recusación en el caso que investiga al dirigente de la Coalición Cívica de Pilar por “extorsión”, según un acta a la que tuvo acceso . La defensa de Yofe, referente en el municipio de la fuerza que lidera Elisa Carrió, anticipó que apelará la medida.

La abogada de Yofe, Albana Zoppolo, había pedido la recusación de Saettone producto de ”manifestaciones públicas de afinidad político-partidarias”. Apuntaba a las frases de admiración que el magistrado dedicó en las redes sociales a Cristina Kirchner −“Ella, el cuadro político peronista más importante que dio la vida política argentina en democracia”, escribió en X, por ejemplo− o las fotos que compartió con el gobernador bonaerense, Axel Kicillof.

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El juez Saettone, junto a Axel Kicillof

En su rechazo a la petición, el juez defendió su derecho a manifestar su ideología públicamente. “La ideología política de quien trabaja de magistrado se encuentra protegido por el artículo 19 de la Constitución Nacional”.

Saettone citó al fiscal Germán Camafreita para justificar el rechazo a su recusación: “La simple cita periodística no encuentra asidero en la presente investigación desde que allí no surgen mencionados el denunciante ni los imputados”. Los dichos del fiscal se derivan de la nota de que reveló el perfil en redes sociales del magistrado.

Tuit del juez Walter Saettone

“Entiendo, humildemente, que la ideología política en nada puede afectar mi imparcialidad al momento de juzgar; pues ello forma parte de la construcción de mi ser”, fue uno de los argumentos que utilizó Saettone en otra parte del texto.

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Pero no fue esa la frase más llamativa del fallo. Saettone apeló a Barro tal vez, la canción de Luis Alberto Spinetta, para rechazar el planteo de la Coalición Cívica y la objeción a sus posteos políticos y los elogios hacia la expresidenta, condenada por corrupción en la causa Vialidad. “Si yo no canto lo que siento, me voy a morir por dentro”, escribió el juez en el fallo.

En cuanto al pedido de nulidad planteado por la defensa de Yofe, en el que sostuvo que el allanamiento fue “arbitrario e ilegal”, el juez Saettone concluyó que “lo actuado no le causó agravio a la defensa pues −en definitiva− no se violó ninguna garantía constitucional ni le generó perjuicio alguno”.

Matías Yofe y Lilita Carrió a la salida de una audiencia en el juzgado UFI No. 3 de Pilar.Tadeo Bourbon

Yofe había señalado “vicios e irregularidades” en el procedimiento en su domicilio del pasado 2 de enero: falta de motivación, ausencia de la exhibición de la orden judicial, abusos por parte de la policía bonaerense hacia su esposa Agustina Cambaceres y secuestros infundados. “Con el allanamiento violaron a mi familia”, lanzó Yofe antes de conocer su imputación ante el fiscal.

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Por su parte, el fiscal Camafreita, quien solicitó el operativo, indicó que “el pedido de nulidad no debe prosperar”, ya que la defensa de Yofe “no ha fundado el agravio”. Agregó que la orden judicial tiene la firma de Cambaceres, y que se formó una causa por separado para investigar los planteos de violencia institucional por parte del personal policial.

Deviene más por cuestiones de oportunidad y conveniencia, que por los hechos concretos y objetivos”, consideró Saettone sobre las críticas de la defensa a la policía bonaerense y se refirió a los dos custodios de Yofe, pertenecientes a esa fuerza de seguridad: “Velaron por la seguridad del imputado y su familia”.

El denunciante de la AFA y la VTV bonaerense, Matías Yofe.Tadeo Bourbon

Mañana, se espera que el fiscal Camafreita abra los dispositivos secuestrados en el allanamiento. El lunes, Yofe se presentó en la fiscalía con Cambaceres y la doctora Zoppolo y dieron el consentimiento para el procedimiento. “El secuestro de los elementos detallados resulta ser plenamente válido, no advirtiéndose extralimitaciones”, precisó el juez Saettone.

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Respecto del teléfono de Matías Yofe, el cual tendría pruebas de la causa que investiga a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y fue arrojado al mar tras el allanamiento según declaró un custodio del imputado, está “entorpeciendo la investigación”, consideró el magistrado.

El titular de la Coalición Cívica de Pilar, Matías Yofe, cobró relevancia pública en las últimas semanas dado su rol como denunciante de la fastuosa mansión de Villa Rosa, atribuida a Pablo Toviggino, tesorero de la AFA. Además, había realizado denuncias por irregularidades en la VTV bonaerense, que derivaron en la renuncia del exministro de Transporte provincial, Jorge D’Onofrio.

En diciembre, Atilio Ormeño, chofer de D’Onofrio, denunció que Yofe se presentó en su domicilio en agosto pasado junto a un custodio y su colaborador Diego Escobar para amenazarlo. Según consta en su declaración, Yofe le habría mostrado en su celular el nombre de Martín Marinucci, actual titular de Transporte bonaerense, diciéndole que lo haría echar de su puesto.

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“Como yo nunca supe la orden de allanamiento, le dije a Matías: ‘tirá el celular al mar’, porque lo que están buscando es retener las pruebas de la estafa de la AFA”, había dicho Carrió a la prensa. Ese día, Yofe declaró ante el fiscal no tener su celular. El imputado aclaró en redes sociales: “‘Lilita’ dijo que hay información sensible de la AFA y no hay elementos para que lo necesiten. ¿Sabés que querían ver? Si había una foto de Marinucci”.


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