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POLITICA

Ley Penal Juvenil: avanzar no es una opción, es una necesidad

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La media sanción en la Cámara de Diputados de la ley de Responsabilidad Penal Juvenil es un avance. Este proyecto busca saldar una deuda de nuestra democracia con las víctimas de delitos cometidos por menores de 16 años, y con la sociedad que reclama respuestas eficaces. Argentina hoy se rige por un régimen de 1980 —el Decreto-Ley 22.278—, una norma concebida durante la dictadura en un contexto histórico y social completamente distinto al actual.

Sostener ese régimen legal sin modificaciones significa persistir en una política criminal que no protege a las víctimas y ha demostrado ser incapaz de ofrecer respuestas eficaces frente a los delitos graves cometidos por adolescentes. Pero, además, implica mantener un paradigma tutelar que diluye la noción misma de responsabilidad, desplazándola hacia esquemas asistenciales que no reconocen el daño causado a la víctima ni a la sociedad.

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Una democracia necesita un sistema de justicia que funcione para todos. La clave del proyecto no es meramente simbólica: radica en adecuar la edad de imputabilidad, introducir una respuesta temprana eficaz y establecer sanciones proporcionadas a la gravedad del hecho.

El eje conceptual del cambio es claro: pasar de un sistema que presume incapacidad y sustituye responsabilidad, a un modelo que responsabiliza al joven por el delito cometido, por el daño concreto causado a la víctima y por la afectación al orden social. Responsabilizar no es estigmatizar. Es reconocer al adolescente como sujeto de derecho —tal como exige el art. 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño— pero también como persona responsable de sus actos cuando infringe la ley penal.

La baja de la edad a 14 años: un estándar razonable

El primer pilar de esta reforma es la reducción de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años.

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Esta modificación respeta los estándares admitidos por el derecho internacional de los derechos humanos. La Convención sobre los Derechos del Niño no fija una edad determinada, pero exige que los Estados establezcan un umbral razonable. La fijación en 14 años se alinea con los márgenes etarios fijados en nuestra región y no contradice las recomendaciones internacionales.

No se trata de “mano dura”. Se trata de adecuar la ley a la realidad social y a principios que permitan dar respuestas jurídicas eficaces sin perder de vista la condición especial de los adolescentes que cometen delitos.

Respuesta temprana: eficacia y medidas socioeducativas

El segundo pilar es la introducción de una respuesta temprana basada en medidas socioeducativas. Un sistema moderno debe contar con una evaluación interdisciplinaria, programas educativos y seguimiento sostenido. Pero esa intervención temprana debe inscribirse dentro de un marco de responsabilidad jurídica clara. No se trata de sustituir el proceso penal por asistencia social, sino de articular responsabilidad con herramientas socioeducativas eficaces.

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La media sanción aprobada se inscribe en esa línea al establecer que la finalidad del sistema es fomentar la responsabilidad del adolescente, y que las penas deberán orientarse a su educación y resocialización.

A tal fin, se dota a los jueces de un amplio abanico de medidas complementarias que deben acompañar a la sanción. Estas van desde el asesoramiento, orientación y supervisión de un equipo interdisciplinario hasta la finalización de estudios obligatorios, tratamientos médicos o psicológicos y programas deportivos.

Sanción proporcionada para hechos gravísimos

El tercer pilar es la sanción de privación de libertad para casos de delitos gravísimos, como homicidios y otros hechos de extrema violencia, bajo parámetros que respeten el debido proceso, la defensa en juicio, el principio de proporcionalidad y la condición especial del adolescente.

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Un sistema que no puede responder con claridad ante hechos de esta naturaleza carece de legitimidad ante la sociedad. Esto implica una respuesta ajustada a la gravedad del hecho y a la culpabilidad del autor. Cuando un adolescente comete un delito gravísimo, el Estado debe responder con proceso, garantías y una sanción específica en un instituto especializado.

El principio de especialidad como condición

Asimismo, en materia de responsabilidad penal juvenil debe regir de manera estricta el principio de especialidad. No se trata de aplicar el derecho penal de adultos con leves atenuaciones, sino de estructurar un subsistema autónomo, con justicia especializada, operadores capacitados, sanciones específicas y establecimientos diferenciados del sistema penitenciario común.

Las Reglas de Beijing y el art. 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño exigen autoridades y procedimientos especializados. Esto no es una opción política, sino una obligación jurídica internacional asumida por el Estado argentino.

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La media sanción incorpora procedimiento especializado, defensa técnica obligatoria y reconocimiento de derechos de las víctimas. Un sistema penal democrático debe integrar ambas dimensiones: garantías para el imputado, más participación y reconocimiento del daño sufrido por la víctima.

Asimismo, el proyecto prevé la reparación integral del daño ocasionado y la responsabilidad civil de los padres por los hechos ilícitos cometidos por sus hijos.

Los que se oponen: una llamada a la responsabilidad institucional

En este contexto, quienes se oponen a cambiar el sistema actual, deben reflexionar sobre la responsabilidad que están asumiendo. No se trata de una elección menor entre alternativas filosóficas, sino de decidir si continuamos sosteniendo un régimen obsoleto que no da respuesta efectiva a la sociedad ni a las víctimas, o si avanzamos hacia un sistema de responsabilidad penal juvenil que combine garantías procesales, eficacia y una visión moderna de política criminal.

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Bloquear esta reforma implica mantener un régimen de la dictadura, una norma que no ha demostrado eficacia para responder a las necesidades de seguridad, justicia y protección de la sociedad.

Responsabilidad, especialidad y Estado de Derecho

Para concluir, es preciso recordar que responsabilidad penal juvenil no es ‘mano dura’. Es Estado de Derecho. Es asumir que el adolescente es sujeto de derechos, pero también una persona responsable. Es proteger a la víctima y la sociedad sin abandonar al joven que cometió un delito.

La legislación vigente es ineficaz, no brinda respuestas adecuadas y termina generando espacios de impunidad.

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La sanción de la ley es sólo el comienzo. Es adecuar el marco normativo hacia un paradigma de responsabilidad penal juvenil. Es por ello que la verdadera discusión es si queremos un sistema que funcione o seguir mirando para otro lado. En términos institucionales, avanzar no es una opción: es una obligación democrática.

*El autor fue Subsecretario de Política Criminal de la Nación, exjefe de Gabinete del Ministerio de Justicia de la Nación. Hoy es Secretario General del CPACF.


Martín Casares,Conforme a

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El Colegio de Abogados le contestó a Chiqui Tapia: “la declaración indagatoria es un acto procesal esencial”

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Luego que Claudio “Chiqui” Tapia rechazara el pedido de veedores de la Inspección General de Justicia (IGJ) al señalar una “operación política”, el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires emitió un comunicado donde consideró “oportuno” formular algunas reflexiones de carácter institucional respecto de los dichos del titular de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA).

La citación a prestar declaración indagatoria constituye un acto procesal esencial previsto por nuestro ordenamiento, cuyo sentido no es sancionatorio ni implica adelantar juicio alguno sobre la responsabilidad de las personas convocadas”, afirmó el texto con la firma del directorio del Colegio. “Por el contrario, la declaración indagatoria es, ante todo, un acto de defensa”, agregaron.

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En esa línea, sostuvieron que “desnaturalizar el significado jurídico de la declaración indagatoria, presentándola como una forma de persecución o de sanción anticipada, no contribuye al fortalecimiento de la legalidad”.

La eventual suspensión de actividades deportivas nacionales, como reacción frente a decisiones judiciales legalmente adoptadas, no resulta compatible con el espíritu republicano que exige acatar las resoluciones de los jueces”, criticó el Colegio de letrados a la decisión de suspender la novena fecha del torneo Apertura.

El comunicado, titulado “Igualdad ante la Ley”, surge como respuesta al rechazo por parte de Tapia al pedido de la IGJ para que se designen veedores oficiales en la AFA para revisar los balances. La solicitud pretende acceder a información contable que la entidad que preside Tapia no presentó a tiempo.

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al señalar una “operación política”,suspender la novena fecha del torneo Apertura,AFAGate,AFA,Conforme a,,»El pueblo no se vende». Chiqui Tapia rechazó el pedido de veedores de la IGJ con un insólito comunicado,,Toviggino ante la Justicia. Posponen la indagatoria del tesorero de la AFA porque presentó nuevos abogados,,Gobierno vs. AFA. La IGJ detectó «graves irregularidades» y pidió que se designen veedores para revisar los balances,AFAGate,,AFAgate. Ángela Ledesma reemplazará a Mahiques en la Sala que debe decidir sobre el caso que complica a Tapia y Toviggino,,Análisis. Aplaudidores serviles de la AFA extorsiva,,»Es un tema de ellos». El Gobierno eligió el silencio ante la decisión de la AFA de parar el fútbol

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El kirchnerismo se impuso ante Kicillof y se quedó con la vicepresidencia primera en el Senado PBA: será para Mario Ishii

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El peronismo sigue en su laberinto pese a llegar a una lista de unidad para la conducción del PJ bonaerense. Este jueves y tras largas negociaciones se logró un acuerdo para definir de quién será la vicepresidencia I del Senado bonaerense que dejó vencedores y vencidos. Ante el desentendimiento existente entre el Movimiento Derecho al Futuro (MDF) y el kirchnerismo que volvió a emerger como durante todo el 2025, el sector de Cristina Kirchner logró quedarse con el cargo en disputa que además implica tener un pie en la línea sucesoria del Poder Ejecutivo.

El intendente en uso de licencia de José C. Paz, Mario Ishii, será el vicepresidente I. Contó para ello con el respaldo del kirchnerismo y se terminó imponiendo a la voluntad del gobernador, Axel Kicillof que pugnaba para que ese lugar sea para la senadora Ayelén Durán, que finalmente será la vicepresidenta II. La cuestión es política.

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El peronismo convive con una interna latente y esta vez se materializó en la Cámara alta bonaerense. El intendente licenciado de José C. Paz, Mario Ishii, ahora asumido como como senador por la Primera sección electoral, venía reclamando para sí la vicepresidencia I del cuerpo. Es un cargo de relevancia política; toda vez que es quien reemplaza la vicegobernadora Verónica Magario, tanto en la Legislatura como en la línea sucesoria del Poder Ejecutivo. Ishii mantiene una relación oscilante con el gobernador bonaerense, Axel Kicillof. El paceño cuenta con el respaldo del kirchnerismo y del Frente Renovador para hacerse de ese lugar que le corresponde al oficialismo. En los últimos días se aceleró el operativo para el desembarco que se terminó definiendo bien entrada la noche de este jueves.

Fueron seis las vicepresidencias que se designaron en el Senado provincial. Además de Ishii, la legisladora kicillofista Ayelén Durán -que era la candidata por el MDF para ir al sillón que a partir de ahora ocupará el intendente en uso de licencia de José C. Paz- será la vicepresidenta II. Pese a no haber conseguido tener el control de la sucesión directa de Magario, el MDF retuvo dos lugares que el kirchnerismo también apostaba quedarse: la secretaría legislativa y administrativa. De hecho, a fines del año pasado, algunos senadores pidieron por nota a Magario que el secretario administrativo, Roberto Feletti, se abstuviera de generar actos administrativos ya que no había sido ratificado en su cargo. Feletti es un leal de Magario.

Axel Kicillof y Verónica Magario

La vicepresidencia III será para La Libertad Avanza. El elegido es Gonzalo Cabezas, que encabezó la lista a senadores por la Cuarta sección electoral en septiembre pasado. La quinta vicepresidencia quedó para el peronismo, puntualmente el sector de Sergio Massa: la elegida es Valeria Arata. El PRO tendrá presencia en las vicepresidencias bajo la figura de Alex Campbell. Será el vicepresidente quinto. Mientras que el peronismo tendrá más representación con la sexta vicepresidencia. El elegido es un kicillofista: el senador por la Cuarta sección electoral e intendente en uso de licencia de Alberti, Germán Lago, quien finalmente no será e presidente del bloque como propuso Kicillof. El titular de la bancada ahora será el ex ministro de Seguridad, Sergio Berni; otra victoria interna de CFK.

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La Justicia electoral ordenó oficializar la lista de Zamora en Tigre y revocó la decisión del PJ bonaerense

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El juez federal con competencia en provincia de Buenos Aires Alejo Ramos Padilla revocó la decisión de la Junta Electoral del Partido Justicialista bonaerense que había excluido la lista vinculada al intendente de Tigre, Julio Zamora, y ordenó su oficialización para las elecciones internas convocadas para el 15 de marzo.

La nómina está encabezada por Mario Alberto Zamora -su hermano- como candidato a presidente del Consejo Distrital del PJ en Tigre. La Junta Electoral había resuelto no oficializarla mediante la Resolución N° 10, al considerar que la lista de congresales provinciales no incluía la totalidad de titulares exigidos al cierre del plazo. Además, en una segunda resolución (N° 46), había rechazado la apelación presentada por la lista al entender que había sido interpuesta fuera del plazo de 24 horas previsto en el reglamento.

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En sus fundamentos, Ramos Padilla declaró la “temporaneidad del recurso de apelación”. Explicó que la resolución que excluía la lista fue publicada el jueves 19 de febrero a las 23.30 en el sitio web partidario y que la mesa de entradas de la Junta Electoral funciona “de lunes a viernes de 12 a 17hs.”.

Como no existe modalidad de presentación digital, el magistrado consideró que la apelación presentada el siguiente día hábil debía considerarse válida.

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Superado ese punto, el juez analizó el fondo del conflicto. Allí sostuvo que “no se trató de la incorporación de nuevos candidatos fuera del plazo estipulado”, sino de “la adecuación formal de una nómina ya previamente presentada dentro de dicho plazo”. Según detalló, los tres nombres cuestionados ya figuraban como suplentes en la lista original y fueron reubicados para completar la cantidad de titulares requerida en el distrito.

En ese sentido, afirmó que “no resulta ajustado a derecho privar de su participación electoral a una lista” por “defectos formales que se resuelven con el solo corrimiento de los candidatos”.

En la parte resolutiva, el magistrado ordenó a la Junta Electoral proceder a la inmediata oficialización de la lista de congresales de Tigre, efectuar el corrimiento correspondiente respetando la paridad de género y oficializar también la categoría de consejeros, que no había sido objetada.

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Ramos Padilla dejó sin efecto la proclamación de la lista única realizada por la Junta en el distrito y dispuso que se garantice a ambas nóminas la asignación de número y color, así como los plazos para presentar los modelos de boleta y cumplir con los demás requisitos de participación.


había excluido la lista vinculada,Tigre,Alejo Ramos Padilla,PJ Partido Justicialista,Conforme a,,Elecciones partidarias. El PJ le bajó la lista al intendente de Tigre, avaló la de Massa y habilitó al menos 12 internas,,Debajo de la lista de unidad. En más de 30 municipios bonaerenses se preparan internas entre axelistas y kirchneristas,,Peronismo. Kicillof y Máximo Kirchner exploran una fórmula de convivencia para evitar la interna del PJ bonaerense,Tigre,,Advertencias. Alerta por una crecida del Río de la Plata: podría alcanzar más de 3 metros de altura,,Anuncio oficial. Por qué el tren Mitre ramal Tigre no llegará a Retiro a partir del 28 de febrero como estaba pautado,,Nuevo cronograma. Vuelve el tren a Tigre, pero no cumplirá su recorrido completo

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