POLITICA
Los millones que transfirieron los clubes a través del financista cercano a Chiqui Tapia: San Lorenzo encabeza y se sumó Argentinos

La investigación judicial contra la financiera de Ariel Vallejo, Sur Finanzas, comienza a aportar datos sobre “la billetera del fútbol”. Varios clubes de Primera y del Ascenso figuran entre las transferencias sospechosas que pasaban por la plataforma de esa firma. En el listado completo, al que tuvo acceso , figuran los detalles de los movimientos. Con $660 millones, San Lorenzo encabeza el ranking. A los nombres que habían trascendido se suma Argentinos Juniors y la Superliga Profesional del Fútbol Argentino.
Los clubes aparecen en un anexo de la denuncia que hizo esta semana la Dirección General Impositiva (DGI). Son más de 250 personas jurídicas donde hay varias cerealeras y hasta mutuales.
San Lorenzo encabeza el listado de clubes, con $660 millones. ya había revelado que Sur Finanzas le prestó al club que presidente Marcelo Moretti más de $1900 millones entre septiembre de 2024 y abril de este año. Esos préstamos generaron más de $110 millones de intereses.
El vínculo entre el club de Boedo y esa financiera comenzó a mediados del año pasado, tras una reunión entre Moretti y Vallejo. A partir de ese momento hubo varios desembolsos millonarios. Ante cada transferencia, se firmaba un acuerdo entre las dos partes. Varios integrantes de la comisión directiva (la mayoría ya renunciaron por la crisis política interna), ratificaron a este medio que recurrieron a esa financiera de la zona Sur del Conurbano por instrucción de Moretti, que luego recibió otro “salvataje” de la AFA para pagar los sueldos.
¿Quién le pedía a los clubes que recurran a Vallejo? Es una de las preguntas que podría responder la Justicia.
En el anexo también aparece Racing Club, con $100.005.990. Con la Academia, el dueño de Sur Finanzas ya tenía un vínculo comercial y hasta se ilusionó con tener alguna injerencia en la política interna del club. Durante la gestión del expresidente Víctor Blanco, Vallejo firmó un contrato para ser uno de los principales sponsors de la camiseta. La inversión inicial fue de US$ 1 millón, según un documento al que accedió .
Con Diego Milito al frente de la institución, ese contrato se extendió hasta enero de 2026 y el logo de la financiera pasó a la parte trasera de la camiseta, con menor visibilidad. Fuentes de esa institución admitieron que la dirigencia ya venía pensando en interrumpir el vínculo. “Ya veníamos con algunos problemas porque no estaban pagando las cuotas”, dijeron en la Academia. Con el escándalo, la decisión se simplificó.
Al impulsar la denuncia de la DGI, el viernes pasado, la fiscal federal Cecilia Incardona reveló que a través de la plataforma de Sur Finanzas PSP se hicieron transferencias con varios clubes. Además de San Lorenzo y Racing, mencionó a Temperley, Los Andes, Excursionistas, Deportivo Morón y Defensores de Glew.
De ese listado de clubes del Ascenso, solo aparece el monto de las transferencias de Temperley, con apenas $4.119.400, y de Morón, con otros $453.990. Del resto, no figura la cifra, según pudo constatar .
Algo similar ocurre con el Fideicomiso de Reconstrucción Banfileña. No figura el monto concreto. Ese fideicomiso tendría como partes al Club Banfield y a la firma Banfileños SA, integrada por el expresidente de esa institución Eduardo Juan Spinosa, Federico José Spinosa, Ignacio Javier Uzquiza y Oscar Fabián Tucker. Todas esas personas ya estarían siendo investigadas en otro expediente que tramita en el juzgado federal N°2 de Lomas de Zamora, a cargo de Luis Armella. Por ese motivo, Incardona pidió el viernes a la tarde que la causa pase a ese juzgado. El planteo demoró las medidas de prueba que estaban pedidas por la DGI y otras que sumó la fiscal. Hay más de 30 allanamientos y medidas cautelares sobre las cuentas bancarias.
En las próximas horas, el juez federal Federico Villena deberá responder ese pedido de incompetencia y luego avanzar con las medidas.
En el anexo de personas jurídicas que mandó la DGI también aparece Argentinos Juniors, según pudo comprobar , el club que preside Cristian Malaspina, un incondicional de Tapia. Está ubicado en el lugar 29 del listado, con $200 millones transferidos.
Otro dato que no había trascendido hasta ahora es la mención a la Superliga Profesional del Fútbol Argentino, con una cifra casi simbólica: $419.360. Aparece en el lugar 220 de la lista. Justo arriba de Sur Finanzas Group, el nombre del grupo que comanda Vallejo, con $1.085.173.849.
Más allá de formar parte de las transferencias señaladas por la DGI, ninguno de estos clubes o entidades deportivas fueron denunciadas, al menos hasta ahora. Si bien los investigadores del fisco las incluyeron en un anexo, las principales sospechas apuntan a otro tipo de transferencias.
A través de la plataforma de la firma “Sur Finanzas PSP”, según la denuncia de la DGI, se hicieron transferencias por $818.000.000.000. Entre los sujetos que movieron esa fortuna se encuentran “monotributistas sin capacidad económica”, personas incluidas en la base de emisores de facturas apócrifas, y “sujetos no categorizados”. Por este motivo, la denuncia apunta al supuesto lavado de dinero.
En la jerga, los monotributistas son los “soldaditos” que permitían poner en movimiento millones de pesos de manera ilegal. En uno de los anexos de la denuncia figuran los casos más llamativos. El ranking lo encabeza F.N.T, un joven de 30 años con movimientos en billeteras virtuales por más de $26.000 millones. Lo sigue B.G, con más de $25.000 millones. Y una mujer extranjera, con más de $17.000 millones.
A través de un comunicado, Sur Finanzas habló este fin de semana de “acusaciones infundadas”. Y agregó: “Si algún individuo o empresa que operó con nuestras plataformas hubiera obtenido dinero de manera irregular, corresponde a la Justicia determinar si es culpable de algún delito, para lo cual cuenta con nuestra absoluta colaboración”.
la denuncia que hizo esta semana la Dirección General Impositiva (DGI),se hicieron transferencias con varios clubes,Nicolás Pizzi,Ignacio Grimaldi,AFA,Claudio Chiqui Tapia,Sur Finanzas,Conforme a,AFA,,En un café popular. Vandalizaron por segunda vez una estatua de Lionel Messi en Mar Del Plata,,Ofensiva contra Tapia. Milei celebró la victoria de Estudiantes de La Plata ante Central Córdoba,,“La piña entró”. Tapia se rearma con “los anticuerpos del fútbol”, desoye el repudio de los recitales y observa su propio flanco débil
POLITICA
A quién afecta la reforma laboral: ¿es solo para las relaciones futuras o también para las preexistentes?

El proyecto de reforma laboral que aprobó la Cámara de Diputados legisla sobre temas centrales de las relaciones de trabajo y los especialistas coinciden en que no sólo alcanza a las nuevas contrataciones, sino también a las preexistentes; es decir, que afectará a todo el universo de trabajadores.
Si a un empleado lo echan, la regla es que el cálculo de la indemnización se hace con la ley vigente al momento del despido (no la que regía cuando el trabajador fue contratado), coinciden especialistas en derecho laboral consultados por , que imaginan como probable un escenario de alta litigiosidad una vez que la reforma entre en vigencia.
El tema de la indemnización es clave porque la reforma excluye expresamente de la nueva fórmula de cálculo ítems como el aguinaldo, las vacaciones y las bonificaciones. Además, habilita al empleador a pagarla en cuotas.
Para que la reforma se aplicara solo a los nuevos empleos, eso debería estar expresamente escrito.
El 11 de febrero, cuando el Senado debatió el proyecto, Mariano Recalde (PJ) pidió esa especificación. Solicitó agregar un artículo 57 bis, que dijera: “Las disposiciones del presente Título –el Título I– serán de aplicación a los contratos de trabajo que se celebren a partir de la entrada en vigencia de esta ley”. El senador Bruno Olivera Lucero, miembro informante de La Libertad Avanza, rechazó la modificación y el proyecto quedó tal cual estaba redactado.
Sucedió algo similar anoche en la Cámara de Diputados. Sergio Palazzo (PJ) hizo el mismo planteo que Recalde: pidió un agregado que especificara que la aplicación de la ley sería para los empleos que se generaran a partir de su promulgación. El diputado libertario Lisandro Almirón también rechazó la propuesta.
En el Gobierno habían sido poco claros con respecto a este punto. entrevistó al secretario de Trabajo, Julio Cordero, en diciembre pasado y le preguntó específicamente: “¿En caso de que el proyecto se convierta en ley, a partir de cuándo se aplica y quiénes están abarcados bajo el paraguas de esta legislación? Usted habló de derechos consagrados…“. Cordero contestó: ”Cuando la ley menciona especialmente que va a haber una aplicación retroactiva, entonces ahí hay una aplicación retroactiva. Por ejemplo, en los juicios pendientes. En general, cuando no dice nada, la ley por regla no tiene aplicación retroactiva».
En el Congreso, en el plenario de comisiones que analizó la reforma, Cordero fue más allá: “La ley va a aplicar a los nuevos trabajos… las normas no son de aplicación retroactiva, salvo que lo diga expresamente”.

En rigor, es cierto que no se trata de una “aplicación retroctiva” porque la nueva ley no tendrá impacto sobre situaciones agotadas (por ejemplo, despidos previos a que entrara en vigencia reforma). Pero no es cierto que se aplique sólo a los “nuevos trabajos”.
El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, sí admitió, en una entrevista con Radio Mitre, que la reforma aplicaba a todos los empleos, no solo a los nuevos. Sturzenegger sostuvo: “Aplica a cualquier relación laboral”. Y argumentó: “No estás cambiando nada. Estás simplemente dándole precisión al cálculo. Simplemente estamos clarificando temas de la nueva ley de contrato de trabajo, que aplica para todos”.

El abogado laboralista Julián De Diego dijo que es claro que “se aplica para todos”. Advirtió que para las relaciones preexistentes “hay derechos adquiridos que no se pueden vulnerar” porque “la mayoría de los principios generales del derecho del trabajo [que protegen al trabajador] están a salvo y deben ser tenidos en cuenta además los tratados internacionales, que están por encima de la ley”. Pero esto no aplica para un despido posterior a la entrada en vigencia de la nueva ley.
“A quien sea despedido dentro de seis meses se le aplicará la nueva norma. El suyo era un derecho en expectativa, no adquirido. Se le aplica la ley vigente en el momento de la causa que da origen al beneficio”, afirmó De Diego. “Esto no quiere decir que se aplique en forma retroactiva. Lo dicen la Constitución Nacional y el Código Civil”, advirtió.
De Diego explicó que los derechos aquiridos, que “son intocables”, son, por ejemplo, el premio que le da la empresa a un empleado por productvidad, el bono por objetivos, el pago de guardería, los cursos de capacitación.
En el mismo sentido, Inés Arias, abogada laboralista del estudio Aguirre Saravia y Gebhardt, y subdirectora del Instituto de Derecho del Trabajo del Colegio Público de la Abogacía de la Capital, dijo a que si la ley no afirma lo contrario, rige para el futuro desde su entrada en vigencia, y que la Constitución Nacional establece el derecho de toda persona a una sentencia basada en la ley vigente en el momento (según el principio de legalidad del art. 18). “Si el despido se produjo después de la entrada en vigencia, se aplica la nueva ley”, coincidió.
Pero, ¿puede un trabajador con décadas de antigüedad reclamar que se le aplique la ley anterior? Arias explicó que podría intentarlo invocando la “doctrina de la condición más beneficiosa subsistente”, para que el contrato de trabajo se considere junto con las normas laborales que estaban vigentes cuando se celebró. Explicó que esto “se apoya en los principios de progresividad y de no regresividad” (en términos del constitucionalista Andrés Gil Domínguez, este principio significa que si un Estado ya reconoció y garantizó un derecho en cierto nivel, no puede dar marcha atrás arbitrariamente).
“El trabajador podría plantear que integra su patrimonio el standard de derechos indemnizatorios que ya adquirió, pero quien calcula las indemnizaciones es el empleador al momento del despido pago”, advirtió Arias. Por ende, todo indica que en la práctica, si alguien pretende que le aplique la ley anterior, deberá plantearlo en los tribunales.
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POLITICA
Pese al fallo contra los aranceles de Trump, la Casa Rosada prevé enviar al Congreso los aspectos técnicos del acuerdo con Estados Unidos

La Corte Suprema de los Estados Unidos dictaminó este viernes que Donald Trump excedió su autoridad al imponer aranceles generalizados a las importaciones de diferentes socios comerciales. Se trata de uno de los fallos más determinantes en materia de política económica en las últimas décadas, con un impacto muy alto en el principal instrumento de negociación política del presidente norteamericano.
Las implicancias no se limitan a los aranceles globales que había impuesto el mandatario —quien horas después redobló la apuesta ante la Corte al volver a implementar un 10% de aranceles globales, y este sábado las incrementó 5 puntos porcentuales más—, sino que también alcanza a los acuerdos comerciales que la Casa Blanca había negociado y anunciado con diferentes socios, entre ellos la Argentina.
La decisión de la Corte tiene implicancias significativas porque podría obligar al gobierno estadounidense a deshacer acuerdos comerciales con otros países y, potencialmente, a pagar reembolsos cuantiosos a las administraciones extranjeras afectadas. A pocos meses de haber ingresado a su segundo mandato presidencial, Trump invocó la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional de 1977 para establecer aranceles a bienes importados de más de 100 países. Argentina fue una de las afectadas.
Esta decisión judicial podría dejar sin efecto el principal beneficio que Argentina obtenía en términos de acceso a mercados, dado que la reducción del arancel recíproco del 10% al 0% para 1.675 posiciones arancelarias era “la única concesión en materia de acceso a mercados que brindaba a nuestro país”, afirmaron desde la Cámara de Exportadores de la República Argentina (CERA). La ampliación de la cuota anual de importación de carne vacuna, que aumentó de 20.000 a 100.000 toneladas métricas hasta 2026, se concedió mediante un decreto específico de Trump (“Ensuring affordable beef for the American consumer”) y no está incorporada al tratado invalidado.
Infobae contactó a tres fuentes muy altas de la administración de Javier Milei. Dos de ellas reconocen que esta decisión de la Corte pone un signo de interrogación sobre la sostenibilidad del acuerdo. Aun así, existe una posición unánime de que no habrá marcha atrás en la decisión de ratificar el tratado comercial con Estados Unidos mediante un proyecto en el Congreso.
“Eso no se frena. En las próximas semanas tenemos intención de enviar las modificaciones de leyes que nos permitan aplicar los aspectos técnicos”, afirmó una fuente inobjetable. Para ejecutar varios de sus apartados, el Gobierno debe cambiar varias normas: algunas se dispondrán por Decreto, otras por Resolución Administrativa; pero las más importantes deberán aprobarse mediante un trámite legislativo.
Uno de los puntos más complejos es que, para que puedan entrar en vigencia los beneficios arancelarios, las autoridades norteamericanas exigen que el país adhiera a un conjunto de convenios internacionales, como el Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT, por sus siglas en inglés).
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, señaló en las redes sociales que la incorporación a ese régimen ya tiene media sanción por parte de Diputados desde hace 29 años. “Es decir, ocho Gobiernos le hicieron el juego a los lobbies y se hicieron los ‘dolobus’. La aprobación del PCT va a marcar un antes y un después para la ciencia en Argentina. Mucho bla bla con la comunidad científica del kirchnerismo, pero, mamita, les prohibían a los científicos patentar sus invenciones en el país”, cuestionó.
En un hilo publicado en su cuenta de X, el funcionario remarcó que también se solicita “normalizar la situación con los tratados de Bruselas sobre señales por satélite; de Budapest sobre depósito de microorganismos; acta de Ginebra sobre dibujos y modelos industriales; protocolo de Madrid de registro internacional de marcas; tratado sobre derecho de patentes; de Singapur sobre derechos de marcas y el Convenio UPOV 91”.
Todas estas cuestiones deberían ser discutidas en el ámbito parlamentario, lo que demoraría la aplicación del acuerdo comercial, independientemente de si es aprobado o no en un proyecto aparte.
El reciente fallo de la Corte Suprema de Estados Unidos que bloqueó los aranceles generales impulsados por la administración de Donald Trump modificó el panorama comercial entre Argentina y el país norteamericano, al eliminar parte del diferencial arancelario que beneficiaba a los productos argentinos. La sentencia establece que la autoridad para fijar estos impuestos reside en el Congreso de Estados Unidos, lo que quita al Ejecutivo la posibilidad de imponer tributos de amplio alcance sin control parlamentario.
Para el sector argentino, el principal efecto se percibe en la posición competitiva frente a Brasil y otros países de la región. Según fuentes con acceso a la negociación, “parte del diferencial de aranceles con Brasil se diluye”, lo que podría afectar las cadenas de valor y la dinámica de inversiones e intercambio comercial interno en el Mercosur. Además, el fallo implica la potencial devolución de 133.000 millones de dólares por pagos realizados bajo los aranceles suspendidos, lo que representa una presión adicional para el Tesoro estadounidense.
En la industria local destacan que, hasta ahora, Argentina accedía a arancel cero para 1.600 posiciones arancelarias y un máximo del 10% para el resto, mientras que empresas de Brasil afrontaban gravámenes del 50%. Esto posicionaba a la Argentina con un trato preferencial, especialmente en sectores como el acero y el aluminio. La eliminación de los aranceles generalizados obliga al sector privado a replantear estrategias para el acceso al mercado estadounidense, aunque la cuota de 80.000 toneladas métricas de carne bovina destinada a Estados Unidos permanece sin modificaciones, ya que fue negociada de forma independiente y queda fuera del alcance inmediato del fallo judicial.
Desde el punto de vista de la inversión, los mecanismos de facilitación pactados en el último acuerdo bilateral mantienen vigencia pese al cambio en los tributos, según indicó Gustavo Perego, director de Abeceb. La continuidad de la cuota cárnica y el capítulo de inversiones permite sostener parte de los beneficios comerciales, aunque la discriminación positiva que tenía la Argentina sobre otros productos pierde peso.
El sector privado advierte que la redefinición de esquemas de cuotas y aranceles será prioritaria en la agenda bilateral y que la seguridad jurídica en materia de inversiones será un factor central para proyectar el vínculo económico con Estados Unidos. En ese sentido, la Cámara de Exportadores de la República Argentina (CERA) resaltó que “el compromiso fundamental de Estados Unidos era la reducción del arancel recíproco del 10% al 0% para 1.675 posiciones arancelarias”, acuerdo que, tras la decisión judicial, pierde validez legal. CERA puntualizó además que la cuota cárnica, no incluida en el texto principal del acuerdo, debería mantenerse vigente.
El histórico fallo limita la utilización de aranceles como instrumento de presión en política exterior por parte del Ejecutivo, al definir que solo el Congreso puede establecer estos gravámenes, y marca un precedente para futuros debates sobre el alcance de la International Emergency Economic Powers Act (IEEPA) y la regulación de la política comercial de Estados Unidos. La revisión de las cuotas y eventuales nuevas medidas quedará en manos de Washington en las próximas semanas, mientras los actores económicos argentinos permanecen atentos al impacto sobre las cadenas de valor y las exportaciones.
North America
POLITICA
Tras el fallo de la Corte Suprema de EE.UU. contra los aranceles de Trump, el Gobierno espera definiciones de la Casa Blanca para avanzar con el acuerdo comercial

El Gobierno espera definiciones de Estados Unidos para avanzar con el acuerdo comercial tras el fallo de la Corte Suprema que invalidó algunos aranceles impuestos por la administración de Donald Trump.
El Tribunal Supremo desestimó las medidas respaldadas bajo Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) y reafirmó que la facultad corresponde al Congreso.
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En el Ejecutivo sostienen que el entendimiento se enviará al Congreso a partir de marzo, pero admiten que el nuevo escenario judicial en Washington condiciona el avance.
En Nación advierten que esperan detalles sobre el instrumento legal que utilizará la Casa Blanca para mantener el esquema arancelario negociado.
“Estamos esperando instrucciones. Trump quiere sostener los acuerdos”, expresan fuentes oficiales. En la Casa Rosada no descartan que el texto deba readecuarse antes de ser remitido formalmente al Congreso si Washington opta por utilizar otras herramientas, como las secciones 232 o 301 de su legislación comercial.
El ministro de Relaciones Exteriores, Pablo Quirno, negó que el acuerdo sea afectado por la decisión de la Justicia estadounidense.
El entendimiento contempla que Estados Unidos no aplique el arancel adicional previsto en la orden ejecutiva del 2 de abril de 2025 y que el adicional no será superior al 10% para el resto de los bienes argentinos, entre otros puntos.
Más allá del capítulo arancelario, el acuerdo incluye compromisos sobre eliminación de barreras no arancelarias, reconocimiento de certificaciones técnicas y sanitarias, cooperación regulatoria y reglas en materia de inversiones y propiedad intelectual. El Gobierno instrumentará algunas partes a través de decretos y resoluciones administrativas.
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Tras el fallo, Trump anunció que impondrá un arancel global del 10% bajo otra disposición de la Ley de Comercio de 1974 y que mantendrá vigentes los gravámenes aplicados por razones de seguridad nacional y por “prácticas desleales”.
En Nación analizan si ese nuevo encuadre preserva en los hechos el tratamiento diferencial previsto para la Argentina o si obliga a introducir modificaciones técnicas en el texto firmado.
En el Ejecutivo remarcan que la prioridad es evitar que el Congreso trate un acuerdo cuyo sustento normativo en Estados Unidos quede sujeto a cambios inmediatos. Es por eso que aguardan la formalización de las nuevas órdenes ejecutivas y evaluan si el arancel global anunciado reemplaza o complementa el esquema previsto en el entendimiento bilateral.
El envío del texto a la Cámara de Diputados seguirá en pie, pero el ritmo dependerá de cómo quede configurada la política comercial estadounidense en las próximas semanas.
En la Casa Rosada aseguran que buscan sostener el acuerdo y mantener la señal política hacia Washington, aunque reconocen que la definición final estará atada a la arquitectura legal que adopte la Casa Blanca tras el fallo judicial.
Gobierno, Estados Unidos, acuerdo
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