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POLITICA

Modificaron la estructura y las funciones del Ministerio de Desregulación del Estado

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A partir de la publicación del Decreto 302/2025, el Gobierno estableció una serie de cambios dentro del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, que conduce Federico Sturzenegger, las cuales apuntan a redefinir objetivos y niveles operativos dentro de las unidades que conforman la cartera.

La formalización se hizo a través de Boletín Oficial y lleva la firma del titular del área —encargado de ejecutar las diferentes reformas en materia de achicamiento— y del presidente Javier Milei. En el documento se detallan las adecuaciones estructurales y funcionales como la regulación del acceso a la información pública y la validación de las responsabilidades institucionales del área.

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Como parte de las tareas incorporadas a la Subsecretaría de Gestión Administrativa, el Gobierno determinó la intervención del Ministerio “en la normativa que regula el acceso a la información pública, establecida por la Ley N° 27.275”, para fortalecer el marco institucional vinculado a la transparencia de la gestión.

En cuanto a la estructura organizativa, el decreto aprobó el primer y segundo nivel operativo del Ministerio, lo cual implicó la validación de los respectivos organigramas y responsabilidades institucionales mediante los anexos que acompañan a la medida. En esta misma línea, se derogaron, incorporaron y homologaron cargos dentro del Nomenclador de Funciones Ejecutivas previsto por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), que corresponden al personal activo.

Además, se habilitó al funcionario titular del área a realizar modificaciones adicionales en el segundo nivel aprobado, siempre que no se altere el número de unidades organizativas ni las partidas presupuestarias asignadas. Tales modificaciones deberán contar previamente con la intervención de la Dirección Nacional de Diseño Organizacional del mismo ministerio. “Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes”, señala la publicación oficial.

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El texto aclara que el financiamiento de tales transformaciones será cubierto con fondos asignados a la Jurisdicción 89, correspondiente al Ministerio en cuestión.

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Días atrás, Sturzenegger estuvo presente en el JFK Jr. Forum de la Universidad de Harvard. Durante su disertación, delineó los principales ejes de la política económica del actual Gobierno, en donde sostuvo que la única vía sostenible hacia el superávit fiscal es la marcada reducción del tamaño del Estado y la eliminación de normativas que, según su diagnóstico, asfixian la competitividad de la economía argentina.

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“El camino hacia el superávit fiscal no pasa por aumentar los impuestos, sino por una drástica reducción en el gasto del gobierno”, afirmó ante el auditorio. En su paso también hizo mención de las resistencias que enfrentan sus reformas, adjudicando el freno al progreso económico a intereses enquistados en el sistema actual. “Los grupos de poder que se benefician de este sistema no se van a quedar tranquilos. Siempre van a tratar de revertir lo que estamos haciendo”, advirtió. Sin embargo, destacó que su área recibió más de 12.000 reclamos de la ciudadanía, lo cual les permitió “orientar nuestra agenda de desregulación”.

Hacia el final de su intervención, el ministro anticipó el próximo paquete de medidas que planea el Gobierno una vez estabilizado el frente macroeconómico. Las futuras reformas estructurales incluirán una reconfiguración del mercado laboral, modificaciones en el sistema tributario y una apertura más profunda de la economía con el objetivo de incrementar las exportaciones y mejorar la competitividad externa. “Necesitamos ajustar el sistema tributario” deslizó. Y remarcó: “La Argentina está en medio de un boom de exportaciones, especialmente en sectores como la energía y la minería. Este aumento de las exportaciones podría generar una mayor oferta de dólares en el mercado, lo que permitiría una apreciación del peso”.

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POLITICA

La Cámara de Casación confirmó la integración del tribunal que decidirá qué juez investigará a la AFA

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La Cámara Federal de Casación confirmó la integración del tribunal que debe decidir qué juez investiga al presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFAR), Claudio “Chiqui” Tapia, por los delitos de fraude y eventual lavado de dinero.

El tribunal quedó integrado por los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Ángela Ledesma, quienes deberán resolver sobre la competencia en la causa.

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Una decisión de mero trámite procesal, casi formal, como resolver qué juez es competente para investigar el caso, provocó en este expediente el apartamiento o recusación de varios magistrados, sin que a lo largo de cuatro meses se tome una decisión.

La pelea por la competencia es entre el juez federal de Campana Adrián Gonzalez Charbay y el juzgado en lo penal económico que subroga Marcelo Aguinsky, o en su defecto el juzgado federal de Daniel Rafecas.

Gonzalez Charbay es el magistrado que prefiere la AFA para que siga adelante con sus causas, en la creencia de que será favorecida.

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Cualquiera de esos tres magistrados deberá investigar a la AFA por todas las denuncias en su contra, excepto la de evasión. Deberán decidir en el caso de supuestos fraudes por el desvío de unos 400 millones de dólares de las cuentas del organismo en Estados Unidos a cuentas de empresas fantasma.

Allanamiento en la quinta de Villa Rosa, Pilar, que estaría vinculada de dirigentes de AFARicardo Pristupluk

Y el juez designado deberá además investigar si ese dinero supuestamente ilícito fue lavado mediante la compra de una mansión en Pilar, valuada en 20 millones de dólares, que figura a nombre de una jubilada y su hijo monotributista, exdirigente de fútbol, supuestos testaferros.

La disputa por la competencia llegó a la Sala I de la Cámara de Casación. El juez Carlos Mahiques, que integra la sala como suplente, renunció a ese ereemplazo. Fue señalado porque supuestamente festejó su cumpleaños en la quinta de Pilar.

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En simultáneo, el juez de la Sala I Daniel Petrone se apartó del caso porque tenía vínculos sociales con los investigados.

Finalmente quedaron incorporados a la Sala I para este caso los jueces Ángela Ledesma y Mariano Borinsky, junto a Javier Carbajo.

Pero la líder de la Coalición Cívica, Elisa Carrió recusó a Ledesma y pidió que no vote en el caso, pues le asigna vínculos con el gobernador de Santiago del Estero, Gerardo Zamora, al frente de un distrito en el que el tesorero de la AFA, Pablo Toviggino, tiene influencia con el poder y negocios.

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Ahora la Sala I de la Cámara de Casación, con la firma de los jueces Borinsky y Carbajo, rechazó la solicitud de inhibición y recusación de la jueza Ledesma.

Borinsky y Carbajo afirmaron que el instituto de la recusación con causa es un mecanismo de excepción, de interpretación restrictiva, con supuestos taxativamente establecidos.

Señalaron que su uso es para casos extraordinarios, teniendo en cuenta que su aplicación provoca el desplazamiento de la legal y normal competencia de los jueces y la consecuente alteración del principio constitucional de juez natural.

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Consideraron que el planteo de inhibición o recusación dirigido a Ledesma fue realizado por la denunciante, que no es parte en el proceso, por lo que no se encuentra legitimada: eso constituye un primer obstáculo para que progrese la pretensión.

Además, explicaron que los motivos por los que Carrió pidió apartar a Ledesma “están basados en hipótesis conjeturales, sin anclaje en circunstancias objetivas y verificables que permitan entender plausible el temor de parcialidad meramente alegado”.

La Cámara de Casación rechazó la recusación contra la jueza Ángela LedesmaCIJ

Y concluyeron que “las afirmaciones abstractas esbozadas como causal para pretender el apartamiento de quien reviste el carácter de juez natural en el caso debían ser rechazadas”, a la luz de la doctrina sentada por la Corte Suprema en materia de independencia del Poder Judicial.

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También destacaron que “la integridad de espíritu, la elevada conciencia de su misión, el sentido de la responsabilidad que es dable exigirles y el deber de cumplir con la función encomendada deben colocar a los magistrados por encima de las insinuaciones” y conducirlos a no aceptar sospechas no probadas de parcialidad.

En tanto, ante el pedido de recusación del fiscal Mario Villar formulado por la defensa del monotributista Luciano Pantano, supuesto dueño de la mansión de Pilar, el tribunal corrió vista para que opine.


Hernán Cappiello,Conforme a

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Guiño para el Gobierno: el juez que suspendió la reforma laboral perdió la causa y otro fuero definirá la apelación

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La jueza federal Macarena Marra Giménez resolvió un conflicto de competencia entre la Justicia Nacional del Trabajo y el fuero Contencioso Administrativo Federal tras la demanda presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra el Estado Nacional por la constitucionalidad de varios artículos de la Ley N°27.802 de Modernización Laboral. El fallo determina que debe ser la justicia federal la que trate la acción de la CGT, desplazando a los tribunales laborales nacionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La demanda de la CGT solicita que se declare la inconstitucionalidad de artículos de la Ley N°27.802 que, según el sindicato, alteran derechos individuales y colectivos de los trabajadores reconocidos en los artículos 14 bis, 16, 17, 18, 28, 43 y 75 de la Constitución Nacional y en tratados internacionales de derechos humanos. Entre los principios que la organización considera vulnerados están la progresividad, la tutela judicial efectiva, la no discriminación, la libertad sindical y el debido proceso.

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Competencia judicial y fundamentos legales

El Ministerio de Capital Humano, en representación del Estado Nacional, pidió la inhibitoria del Juzgado Nacional del Trabajo Nº63 argumentando que la controversia debía tramitarse en el fuero contencioso administrativo federal, ya que involucra cuestiones de derecho público con el Estado como parte demandada. El tribunal analizó el marco legal, destacando el artículo 79 de la Ley N°27.802, que modificó la competencia laboral cuando el Estado es parte, y las disposiciones de la Constitución Nacional y leyes conexas que asignan estos casos a la justicia federal.

La votación de la reforma laboral (AFP)

El fallo remarcó que la pretensión de la CGT se dirige directamente contra la legalidad de actos estatales y reformas estructurales, no sobre relaciones laborales individuales. Según la resolución, permitir que la Justicia Nacional del Trabajo de la CABA decida sobre la constitucionalidad de políticas nacionales alteraría el sistema federal y el control de los actos del Estado.

Alcance de la decisión y consecuencias procesales

La resolución establece que el fuero Contencioso Administrativo Federal tiene competencia exclusiva para conocer la demanda de la CGT contra el Estado Nacional sobre la Ley N°27.802. Se ordenó al Juzgado Nacional del Trabajo Nº63 remitir el expediente; en caso de negativa, la causa deberá ser elevada a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

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El fallo formaliza la exclusión de la Justicia Nacional del Trabajo para causas de impugnación de políticas públicas estatales o normas generales dictadas por el Estado Nacional. A partir de esta decisión, se consolida el criterio restrictivo sobre la competencia laboral en demandas de alcance general contra el Estado, mientras que los reclamos individuales de trabajadores seguirán en el fuero laboral.

La jueza Marra Giménez dictó el fallo en línea con el dictamen fiscal y la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, reforzando el papel de la jurisdicción federal en la revisión de la legalidad de políticas públicas y reformas a la legislación laboral.

El fallo

A fines de marzo, el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63 resolvió suspender de manera provisoria 83 artículos de la Ley 27.802 de Modernización laboral tras el pedido de la CGT, con el objetivo de evitar posibles daños irreversibles en los derechos de los trabajadores hasta que la justicia determine la validez constitucional de la norma. El fallo, firmado por el juez Raúl Horacio Ojeda, establece que la medida afecta a todas las relaciones laborales alcanzadas por la Ley de Contrato de Trabajo y sus normas complementarias, en respuesta a los riesgos de vulneración de garantías fundamentales protegidas por la Constitución Nacional y tratados internacionales ratificados por la Argentina.

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Julio Cordero, secretario de Trabajo

El sindicato, representado por Jorge Sola, Octavio Argüello y Cristian Jerónimo como cotitulares de la CGT, solicitó la declaración de inconstitucionalidad de una amplia franja de la reforma aprobada y publicada en el Boletín Oficial el 6 de marzo de 2026. Entre los puntos cuestionados por la demanda figuran: la reducción del alcance de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, cambios en jornadas, vacaciones, representación sindical, negociación colectiva, la derogación de la ley de teletrabajo (N° 27.555), la flexibilización de condiciones salariales y de protección ante despidos, la restricción de la tutela judicial y la limitación de la responsabilidad solidaria de empleadores.

En el análisis judicial, el tribunal consideró que la CGT acredita legitimación colectiva para promover este tipo de acciones de intereses difusos, habilitando la vía de la “acción declarativa” conforme al artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. El juez Ojeda subrayó que la medida cautelar resulta necesaria porque “la posible aplicación de las normas atacadas, antes de que una sentencia definitiva determine su validez constitucional, podría causar daños irreparables a los derechos individuales y colectivos protegidos por la norma anterior”. El texto también aclara que esta suspensión es de carácter provisorio y “no afecta el debate de fondo”; ofrece, en palabras del tribunal, “mayor seguridad jurídica para todas las personas e instituciones involucradas”.

El fallo alcanzó múltiples aspectos de la reforma, entre ellos la exclusión de trabajadores de plataformas tecnológicas de la protección general, la eliminación de la presunción de relación laboral por servicios prestados, la reducción de garantías para trabajadores tercerizados, la flexibilización de la jornada, la alteración de las vacaciones, la restricción de atribuciones sindicales, la modificación de mecanismos indemnizatorios y la creación de nuevos fondos laborales que, según la CGT, afectan la financiación de la seguridad social. La suspensión aplica a las modificaciones del ámbito de aplicación, condiciones salariales, la derogación de la ley de teletrabajo y la reforma de diversos estatutos sectoriales.

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El portazo de un veedor de la AFA profundiza la interna en el Gobierno

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La renuncia de uno de los dos veedores designados por el Ministerio de Justicia para intervenir en la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) abrió un nuevo capítulo en la interna libertaria entre los sectores que responden a Karina Milei y a Santiago Caputo.

El veedor Agustín Ortiz de Marco había sido elegido en marzo pasado. En aquel momento, el Gobierno se mostraba públicamente convencido de avanzar en la revisión de los fondos de la AFA.

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Luego, Juan Bautista Mahiques, que tuvo contactos con la AFA, desembarcó al frente del Ministerio de Justicia. El jueves, Ortiz de Marco renunció a la veeduría.

El paso al costado renovó las diferencias entre ambos grupos internos del Gobierno y multiplicó las dudas sobre la decisión de la Casa Rosada de seguir adelante con la inspección de los manejos de dinero de la AFA, que también son motivos de una investigación judicial en el fuero Penal Económico.

Allegados a Ortiz de Marco aseguraron que “no llegó a asumir” y renunció antes de poder definir las condiciones de su tarea como veedor de la Inspección General de Justicia en la AFA.

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En el Ministerio de Justicia, que ahora manejan Mahiques y su segundo, Santiago Viola, dijeron que buscaron contactarlo a Ortiz de Marco sin éxito.

La designación del veedor se había concretado cuando todavía era ministro Mariano Cuneo Libarona y como segundo estaba Sebastián Amerio, hombre del asesor presidencial, Santiago Caputo.

En aquel momento, al frente de la Inspección General de Justicia (IGJ), estaba Daniel Vitolo, quien ratificaba en público y en privado la decisión de pedir explicaciones a la AFA sobre los números que no cierran.

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En los últimos meses, viene revelando cómo empresas fantasma desviaban millones de dólares de la AFA.

Con la salida de Cúneo Libarona, el sector encabezado por la secretaria general Karina Milei, avanzó sobre el Ministerio de Justicia. Sacó la cartera del área de influencia de Santiago Caputo y puso como titular a Mahiques, y como segundo, a Viola.

Santiago Viola y Juan Bautista Mahiques, a cargo del Ministerio de Justicia

La avanzada generó aún más sorpresa porque la designación de Viola dejó a Amerio, alfil de Caputo, fuera del Ministerio de Justicia.

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En la IGJ, Vitolo fue reemplazado por Alejandro Ramírez.

Ante sus vínculos con la AFA, Mahiques había asegurado que iba a mantener a los veedores para alejar sospechas.

El portazo ahora renovó las dudas. En el ámbito judicial se recordó la relación de Mahiques con el tesorero de la AFA, Pablo Toviggino, investigado por la justicia en diferentes frentes y a quien se le atribuye una mansión en Pilar, en la que el camarista Carlos Mahiques, padre del actual ministro, festejó su cumpleaños.

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Juan Bautista Mahiques siempre negó que tuviera un pacto con Tapia y Toviggino y que hubiera llegado a “tapar ninguna investigación”.

Consultados por , en el Ministerio de Justicia negaron que su renuncia fuera un síntoma de la falta de apoyo político para inspeccionar la AFA. Explicaron que Ortiz de Marco presentó su dimisión en las últimas horas luego de haber sido citado en dos oportunidades para empezar la veeduría. Y que, tras varios intentos de ser contactado, envió un audio de Whatsapp en el que declinó de participar alegando que “tenía mucho trabajo“.

accedió a los registros de los contactos.

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Sin embargo, allegados a Ortiz de Marco dieron otra versión. Aseguraron que “lo designaron hace un mes y en ese período nadie se comunicó con él”, que en ese tiempo buscó ”hablar» para ver el trabajo que se haría, pero sin suerte.

“Lo entendió como un desinterés”, dijeron fuentes cercanas al exveedor.

También detallaron que, al margen de los contactos del Ministerio de Justicia, “no tuvo una reunión previa para resolver si aceptaba o no”.

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“Esos contactos siempre se hacen antes de tomar un cargo de esta envergadura”, agregaron.

Daniel Vítolo, extitular de la IGJ

Todo fue interpretado como señales de falta de decisión para avanzar.

Desde el Ministerio de Justicia rechazaron esa explicación e insistieron en las notificaciones que se dieron a lo largo de los últimos días. Además de la documentación oficial hay correos en los que Ortiz de Marco fue contactado y aludió a una situación de salud por la que habría sido intervenido y que debió guardar reposo.

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Ortiz de Marco fue señalado por dos fuentes como un funcionario que respondía a Amerio, el desplazado referente de Santiago Caputo en el Ministerio de Justicia y actual Procurador del Tesoro.

Incluso una de las fuentes precisó que Ortíz de Marco “es muy cercano y de la confianza de quien se desempeñaba como jefe de asesores de Amerio” y que “la propuesta de su designación salió directamente del actual Procurador”, quien afirmaron que la habría hecho llegar en su momento a través del subsecretario de Asuntos Registrales Carlos Medina.

Ante la consulta de , cerca del actual Procurador del Tesoro negaron el vínculo con Ortiz de Marco. Apuntaron que “lo designó Vitolo” y dijeron desconocer si había renunciado o no. Cerca de Ortiz de Marco también buscaron relativizar el vínculo con Amerio y apuntaron a que Vitolo lo conocía de su paso por la intervención en la Confederación Argentina de Transporte Automotor de Cargas (Catac).

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Agustín Ortiz de MarcoEstudio Pearson

Ahora Mahiques deberá elegir un nuevo letrado para el lugar que deja la salida del abogado.

Por 180 días

El Gobierno dispuso en marzo pasado una “intervención en grado de veeduría” en la AFA por 180 días, con el objetivo de investigar las cuentas de la entidad deportiva, sus transferencias y el rol de la frustrada universidad que no llegó a ver la luz.

La designación de Ortiz de Marco databa de ese momento y se dio junto a la del contador Miguel Pappacena que, por ahora, sigue en el cargo. Ambos tenían como misión elaborar un informe sin intervenir la gestión de la cabeza del fútbol local.

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La veeduría se dio a partir de una solicitud formulada por la IGJ, el organismo encargado del control estatal de ese tipo de asociaciones. La medida se fundamentó en una serie de irregularidades detectadas en el funcionamiento institucional y registral de la entidad, dice la resolución ministerial.

Las irregularidades motivaron la apertura de actuaciones administrativas y la necesidad de reforzar el control de legalidad previsto por la normativa vigente.

Por eso, el Gobierno designó dos veedores en la AFA, uno de los cuales renunció este jueves.

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