POLITICA
Modificaron la regulación de las armas semiautomáticas de uso civil y se podrán utilizar en actividades deportivas

El Gobierno dispuso una modificación clave en el régimen de control de armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon, símil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de armas de uso militar de calibre superior al .22 LR.
La medida afecta a los legítimos usuarios de armas de fuego en todo el país y otorga a la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) la facultad exclusiva para autorizar la adquisición y tenencia de este tipo de armamento bajo un régimen especial.
El Decreto 397/2025, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y la ministra de Seguridad Patricia Bullrich, fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial y ya entró en vigencia.
La decisión se adoptó tras más de treinta años de vigencia de un sistema restrictivo impuesto por el Decreto 64/1995, que prohibía a los usuarios civiles la adquisición y tenencia de estas armas, salvo excepciones autorizadas por el Ministerio de Defensa. El nuevo decreto sustituye ese régimen de prohibición general por un sistema de control administrado por la ANMAC, organismo descentralizado dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional.
El texto oficial dispone: “Establécese un régimen de autorización especial para los actos de adquisición y tenencia de armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon símil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de armas de uso militar de calibre superior al .22 LR, peticionados por los legítimos usuarios de armas de fuego. La ANMAC tendrá a su cargo la aplicación del régimen de control especial”.

La modificación responde a la necesidad de reevaluar los mecanismos de control sobre este tipo de armas, según argumenta el decreto. El Gobierno señala que, durante más de tres décadas, tanto el ex-Registro Nacional de Armas como la ANMAC aplicaron criterios cada vez más restrictivos, lo que llevó a que muchos usuarios originales de estas armas fallecieran sin poder transferir legalmente la titularidad a sus sucesores. Esta situación generó condiciones de irregularidad en la tenencia de estos materiales.
El decreto también contempla la posibilidad de que estos materiales controlados se utilicen en actividades deportivas u otras finalidades lícitas, siempre bajo el análisis de la autoridad de aplicación.
Consultado al respecto, Juan Pablo Fioribello, abogado penalista y ex director general del Ministerio de Seguridad, expresó: “Esta norma no hace otra cosa que dar transparencia a una problemática eterna del sector. Tendrá finalidades deportivas y muy controladas. Solo beneficia a los legítimos usuarios que cumplen con todos los requisitos legales exigidos. Se trata de armas legales volcadas al deporte del tiro y reguladas al máximo. El problema son las armas ilegales en manos de la delincuencia”.
La ANMAC, creada por la Ley 27.192 y dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional, asume así la responsabilidad de aplicar, controlar y fiscalizar la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429 y sus normas complementarias. El decreto subraya que los nuevos mecanismos de control deben equilibrar la posibilidad de adquisición o transferencia de estas armas con los recaudos derivados de la seguridad pública.
.container-video {
position: relative;
width: 100%;
overflow: hidden;
padding-top: 2%;
}
.responsive-iframe-video {
position: absolute;
top: 0;
left: 0;
bottom: 0;
right: 0;
width: 100%;
height: 100%;
border: none;
}
La modificación en la reglamentación de la Ley de Armas y Explosivos
A través del Decreto 409/2025, se realizaron modificaciones sustanciales a la reglamentación de la Ley N° 20.429 de Armas y Explosivos. La medida afecta directamente a los procedimientos de tenencia y portación de armas de fuego para personal de las Fuerzas Armadas, Fuerzas de Seguridad, servicios penitenciarios, policías provinciales, asociaciones de tiro y usuarios civiles en todo el país.
La nueva normativa modifica artículos clave del Decreto 395/75, que reglamenta la ley nacional de armas. Entre los cambios más relevantes, se destacan la delegación de facultades a las autoridades de las fuerzas para autorizar la tenencia y portación de armas a su personal, la diferenciación de plazos de validez de las credenciales de legítimo usuario y la centralización de controles en la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC).
El decreto responde a la necesidad de “modernizar y adecuar la Reglamentación de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, aprobada por el Decreto N° 395/75 y sus modificatorios, frente a los desafíos actuales en materia de seguridad pública, control del material balístico y eficiencia administrativa”. Así lo expresa el texto oficial, que fundamenta la reforma en la simplificación de trámites y la reducción de cargas administrativas para el personal de las fuerzas, así como en la actualización de los controles para usuarios civiles.
La medida impacta en primer lugar sobre el personal en actividad y retiro de la Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina, Policía de Seguridad Aeroportuaria, Servicio Penitenciario Federal, Fuerzas Armadas, policías y servicios penitenciarios provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. También introduce cambios para asociaciones de tiro, sus miembros y usuarios civiles que requieran autorización para armas de “uso civil condicional”.
Entre los puntos más destacados, se establece que la autorización para la adquisición, tenencia y portación de armas para el personal de las fuerzas será concedida por el titular de la fuerza correspondiente, “fundada en el estudio de los antecedentes personales y profesionales del peticionante”. Una vez otorgada, la autorización debe ser comunicada a la ANMAC.
Para los usuarios civiles, la ANMAC mantiene la competencia exclusiva para otorgar autorizaciones, con excepción de los casos mencionados para personal de fuerzas.
En cuanto a la vigencia de las credenciales de legítimo usuario, el artículo 64 establece un plazo de cinco años para civiles, mientras que para el personal en actividad de las fuerzas, la credencial solo expirará por decisión de la ANMAC a solicitud del titular de la fuerza, previa justificación fundada.
Respecto a la portación de armas de guerra, el nuevo artículo 88 introduce un régimen más restrictivo para civiles y refuerza el control institucional para el personal de las fuerzas. Solo la ANMAC podrá otorgar autorización de portación de armas de guerra, con vigencia anual y criterios restrictivos, salvo para el personal en actividad de las fuerzas, cuya portación se mantiene mientras dure su función.
.container-video {
position: relative;
width: 100%;
overflow: hidden;
padding-top: 2%;
}
.responsive-iframe-video {
position: absolute;
top: 0;
left: 0;
bottom: 0;
right: 0;
width: 100%;
height: 100%;
border: none;
}
carabina,fabricación,fusil,fusil xiuhcóatl,fábrica de armas,ingenieros militares,piezas,sedena ejército
POLITICA
La Corte Suprema dejó firme una condena contra el sindicalista Víctor Santa María: le ordenan indemnizar a una trabajadora

La Corte Suprema de Justicia dejó firme una condena a la Obra Social del Personal de Edificios de Renta y Horizontal (Osperyh), al Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (Suterh), y a sus dirigentes Víctor Santa María y José Francisco Santa María a pagar una indemnización a una trabajadora que se dio por despedida luego de reclamar, sin éxito, que su situación laboral fuera regularizada.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron el planteo de Víctor Santa María, el secretario general del gremio de los porteros, por entender que era inadmisible, ya que la presentación incurría en una “falta de fundamentación autónoma”.
La demanda fue iniciada por Giselle Andrea Cano, quien se desempeñaba como profesora de educación física y natación en el polideportivo del gremio ubicado en la calle Venezuela 330 y en las instalaciones de la calle Humahuaca 3850 de la ciudad de Buenos Aires.
En la calle Humahuaca 3850 también se desempeñó para el gimnasio Megatlón, pero se consideró la responsabilidad solidaria del sindicato por el convenio de gerenciamiento y por servir a sus afiliados.
Además, participaba del programa “Calidad de vida” de Osperyh, dedicado a afiliados con patologías como diabetes y obesidad. La mujer aseguró que comenzó realizando suplencias y cobrando sumas “fuera de todo registro”.
Según la causa, la trabajadora se consideró “despedida” el 6 de febrero de 2017, luego de intimar a las demandadas a que regularizaran su situación laboral.
Aseguró que la relación laboral había comenzado el 1 de febrero de 1999, pero que recién fue registrada en noviembre de 2000, de manera parcial y con obligación de facturar.
La demanda afirmó que esta situación buscaba ocultar parte de la jornada y el salario, manteniendo un registro laboral deficiente y simultáneo a su trabajo “en negro” para las mismas entidades.
En abril del 2022, el juzgado laboral de primera instancia hizo lugar a la demanda y determinó la responsabilidad solidaria (conjunta) de todas las partes demandadas, basándose en el fraude a la ley laboral.
La condena recayó sobre Suterh y Osperyh por entender que mantuvieron un vínculo laboral de manera fraudulenta.
Y en forma personal y solidaria también fueron condenados Víctor Santa María (secretario general del Suterh) y José Francisco Santa María (presidente de Osperyh), en su rol de autoridades, por entender que consintieron la maniobra.
Así, la Corte condenó a las cuatro partes a pagar solidariamente $1.181.245, más intereses desde 2022.
Tanto los codemandados como la trabajadora apelaron. La Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la condena, aunque resolvió modificar parcialmente la sentencia y redujo el monto a $668.091, más intereses.
Santa María presentó un recurso extraordinario en el que aseguró que la sentencia era arbitraria, cuestionó que se le atribuyera estar a cargo de la tarea de contratación y pago a los empleados, y resaltó que la relación que unía a la actora con el sindicato y la obra social era un “contrato por prestación de servicios”. Pero el máximo tribunal rechazó el planteo.
Hernán Cappiello,Corte Suprema de Justicia,Conforme a,Corte Suprema de Justicia,,Urge cubrir vacantes en la Justicia,,Lesa humanidad. La Corte instó a justificar debidamente las prisiones preventivas de los represores,,Fallo. El homicidio de Fernando Báez Sosa: la Corte Suprema desestimó el planteo de uno de los condenados a perpetua
POLITICA
El mensaje de Esteban Bullrich por las elecciones: “No importa el resultado, importa el propósito, trabajar juntos sin soberbia”

El exsenador Esteban Bullrich compartió este viernes un mensaje de cara a las elecciones del próximo domingo, y señaló: “No importa el resultado, importa el propósito, trabajar juntos sin soberbia ni resentimiento para el bienestar de nuestra patria».
La publicación dura poco más de tres minutos y muestra a Bullrich, que padece ELA, de frente. “Se acerca una nueva elección y como cada vez que nos toca decidir, el país se llena de voces, de debates, de pasiones. Eso es bueno, significa que estamos vivos, que nos importa nuestro destino común. Pero también es un tiempo donde a veces olvidamos algo esencial, que no somos enemigos, somos hermanos”, indicó en su mensaje.
En esta línea, planteó: “Antes de que hable del pueblo en las urnas, quiero decir con claridad, no importa el resultado, importa el propósito. Y el propósito tiene que ser siempre el mismo: trabajar juntos sin soberbia ni resentimiento para el bienestar de nuestra patria. Porque la Argentina no se salva con la derrota de unos, sino con la unión de todos. Y esa unión no es una utopía”.
En otro pasaje del video, le hizo una recomendación al presidente Javier Milei. “Es obvio que tiene que mover primero, deseo profundamente que tenga la humildad de saber que no puede solo”, sostuvo.
“La historia nos enseña que cuando los argentinos nos unimos, somos capaces de lo imposible y que cuando el amor guía nuestros pasos, el miedo y el odio pierden fuerza. Hoy los invito a eso, a elegir con el corazón libre, a defender las ideas con respeto y a mirar más allá de la elección, porque la verdadera victoria no se gana en las urnas, se gana en la vida diaria, cuando actuamos con amor, con honestidad y con esperanza”, completó.
Qué se vota
El próximo domingo se votará para renovar de manera parcial ambas cámaras del Congreso. Es decir, estarán en juego 127 bancas de diputados nacionales y 24 de senadores, y por primera vez a nivel nacional se hará con la implementación de la Boleta Única de Papel (BUP) en todo el país. Esta nueva modalidad, establecida por la Ley N.º 27.781, busca sumar mayor transparencia y simplicidad al proceso electoral.
A través de la BUP, todos los candidatos de los diferentes partidos y alianzas se presentan en una única hoja oficial, lo que reemplaza al tradicional sistema de boletas partidarias múltiples y busca reducir las dificultades asociadas a la manipulación y falta de boletas en los cuartos oscuros.
Todas las provincias argentinas participan de la renovación parcial de la Cámara de Diputados de la Nación. Este proceso establece que cada dos años, la totalidad de los distritos eligen la mitad de sus representantes nacionales, conforme al sistema proporcional dispuesto por la ley.
- Jujuy: 3 Diputados/as Nacionales
- Salta: 3 Senadores/as Nacionales, 3 Diputados/as Nacionales
- Tucumán: 4 Diputados/as Nacionales
- Catamarca: 3 Diputados/as Nacionales
- La Rioja: 2 Diputados/as Nacionales
- San Juan: 3 Diputados/as Nacionales
- San Luis: 3 Diputados/as Nacionales
- Mendoza: 5 Diputados/as Nacionales
- Neuquén: 3 Senadores/as Nacionales, 3 Diputados/as Nacionales
- Río Negro: 3 Senadores/as Nacionales, 2 Diputados/as Nacionales
- Chubut: 2 Diputados/as Nacionales
- Santa Cruz: 2 Diputados/as Nacionales
- Tierra del Fuego: 3 Senadores/as Nacionales, 2 Diputados/as Nacionales
- Formosa: 2 Diputados/as Nacionales
- Chaco: 3 Senadores/as Nacionales, 4 Diputados/as Nacionales
- Santiago del Estero: 3 Senadores/as Nacionales, 3 Diputados/as Nacionales
- Misiones: 3 Diputados/as Nacionales
- Corrientes: 3 Diputados/as Nacionales
- Santa Fe: 5 Diputados/as Nacionales
- Entre Ríos: 3 Senadores/as Nacionales, 5 Diputados/as Nacionales
- Córdoba: 9 Diputados/as Nacionales
- Capital Federal: 3 Senadores/as Nacionales, 13 Diputados/as Nacionales
- Buenos Aires: 35 Diputados/as Nacionales
- La Pampa: 3 Diputados/as Nacionales
South America / Central America
POLITICA
🇨🇳 Los privilegios chinos del kirchnerismo: inversión, territorio y soberanía en oferta

Mientras algunos gritan “entrega” por un swap con Estados Unidos, pocos recuerdan la alfombra roja que el kirchnerismo le tendió a China: exenciones fiscales, territorios cedidos y acuerdos secretos. ¿Soberanía? Bien, gracias.
Durante años, los gobiernos kirchneristas —desde Néstor hasta Cristina— levantaron el discurso nacional y popular mientras firmaban acuerdos que entregaron beneficios extraordinarios a empresas chinas. En nombre de la “cooperación estratégica”, se permitió que capitales de Beijing no pagaran impuestos durante hasta 10 años, importaran libremente bienes y hasta trajeran su propia mano de obra, dejando a los trabajadores argentinos fuera del negocio.
🔍 Inversiones con sabor a entrega
Las represas de Santa Cruz, el Belgrano Cargas, y la central nuclear de Atucha III son solo algunos ejemplos donde China puso los dólares y Argentina cedió el control. Los contratos incluyeron cláusulas que impiden auditar gastos o revisar condiciones, todo bajo una oscuridad que ni el Congreso pudo romper.
En Santa Cruz, incluso se habló de zonas de operación con acceso restringido al Estado argentino, algo que para muchos expertos rozó la cesión de soberanía territorial. A eso se sumó la base espacial en Neuquén, manejada íntegramente por personal militar chino, donde ni la AFIP ni la Aduana tienen control directo.
💰 Diez años sin impuestos, el sueño chino
Mientras los pequeños comerciantes locales se ahogan en cargas impositivas, las grandes inversiones chinas disfrutaron de exenciones totales durante una década. Zonas francas, beneficios aduaneros y reducción de aranceles fueron el combo perfecto para que el “gigante asiático” hiciera pie sin costo.
Incluso los populares “supermercados chinos” —símbolo cotidiano de esta expansión— se beneficiaron de los vacíos fiscales que otros no pueden ni soñar.
🆚 El doble discurso
Paradójicamente, los mismos sectores políticos que hoy gritan “entrega de soberanía” por el swap con Estados Unidos, aplaudieron los acuerdos con China. Pero mientras el swap norteamericano busca estabilizar reservas y no implica control extranjero, el swap chino vino atado a condiciones comerciales y financieras que aún pesan sobre el Banco Central.
¿Dónde está la entrega real? ¿En pedirle a la FED una línea de crédito temporal o en permitir que una base china opere en suelo patagónico sin supervisión argentina?
⚠️ Soberanía selectiva
La “soberanía” parece volverse un concepto flexible: se la defiende cuando conviene y se la entrega cuando los billetes vienen con caracteres chinos. El kirchnerismo convirtió a China en el socio preferido a cambio de beneficios a corto plazo y control perdido a largo plazo.
Hoy, cuando algunos sectores se rasgan las vestiduras por un acuerdo con Estados Unidos, vale recordar que la verdadera entrega comenzó hace tiempo, y hablaba mandarín.
CHIMENTOS3 días agoAdabel Guerrero confesó de qué famosa está enamorada y que le encantaría tener relaciones: «La China Suárez me sorprendió con su belleza»
DEPORTE2 días agoUniversidad de Chile vs. Lanús, por la Copa Sudamericana: día, horario y cómo verlo por TV
POLITICA2 días agoDiego Luciani, sobre la condena a Cristina Kirchner: “No hay sentencia ejemplar sin recuperar lo robado”










