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Partidos arreglados: cómo Tapia y Toviggino coparon los sindicatos de árbitros

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Beacon propone cómo vaciar SADRA

Tuis de Beacon contra Marconi
Guillermo Marconi, secretario general de SADRDA. Foto: Luciano Thieberger.

“Somos Hijitus al lado de Barracas Central”

Pablo Toviggino declara ante el juez por la causa por la retención ilegal de aportes jubilatorios.

Los K avalan un sindicato apoyado por Toviggino

Lijo sobreseyó a Toviggino

El juez Lijo sobreseyó a Toviggino
Toviggino contra Del Gaiso en X.
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El canciller Quirno ratificó la posición del país en el conflicto en Medio Oriente: “Argentina no va a ser neutral ante el terrorismo internacional”

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El cánciller Pablo Quirno destacó la posición adoptada por Argentina frente al conflicto bélico que Estados Unidos e Israel mantienen con el régimen de Irán y desestimo las advertencias sobre posibles atentados contra nuestro país por esa decisión política. “Argentina apoya lo que está haciendo Estados Unidos e Israel. Irán es un régimen terrorista de hace 47 años que ha atacado argentinos en dos oportunidades”, remarcó, en diálogo con el periodista Luis Majul por LN+.

Luego añadió: “Argentina no va a ser neutral ante el terrorismo internacional. Es una posición muy clara de esta gobierno y del presidente Milei”.

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“Es incierto especular con cómo terminan estos conflictos, lo importante es impedir que Irán exporte terrorismo al mundo, porque generan incertidumbre global”, agregó Quirno.

A modo de ejemplo, sostuvo: “La semana pasada tiraron un misil a la isla Diego García que implica que Irán podría tener la capacidad de tirar misiles que lleguen a Europa. Uno no puede permanecer indiferente a eso porque hace 47 años que están haciendo lo mismo”.

En la entrevista que tuvo lugar este domingo, el ministro de Relaciones Exteriores también se refirió al fallo favorable que obtuvo la Argentina en el conflicto por la expropiación de YPF. Allí Quirno destacó la gestión del litigio realizada por el gobierno de Milei. “EEUU tiene un sistema de justicia independiente. Lo que sí logramos es poder alertar con la credibilidad que teníamos decir señores esto es lo que está pasando. Un proceso que tiene repercusiones internacionales”.

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“Ahí logramos interesar al departamento de Estado, y a partir de ahí en el departamento de Justicia. Que se interesen en el caso. Y ese interés es porque afectaba también intereses de Estados Unidos. La relación se construye a través de credibilidad, no de favores”, añadió el canciller Quirno.

Noticia en desarrollo…

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La Corte interviene para eliminar los viejos vicios en la selección de los jueces

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha redactado un proyecto mediante el cual propone al Consejo de la Magistratura la sanción de un nuevo reglamento para la designación de jueces en la justicia federal. El alto tribunal retoma así la iniciativa sobre un tema clave hoy, tan importante como cuando en 1863 propició un proyecto fundacional de lo que luego serían las leyes que delimitaron la competencia y organización de la justicia federal del país. Ese origen reconoce también la Judges’ bill de 1925 en los Estados Unidos, relativa a la justicia federal de ese país, que fue proyectada por la Corte Suprema norteamericana.

El texto es breve, claro y avanza sobre los puntos más importantes del proceso de selección de jueces. Procura que en ese proceso se respete, entre otros valores, la legalidad, igualdad, idoneidad, transparencia, imparcialidad, celeridad, y la no discrecionalidad. El proyecto es irreprochable y muestra cuál es el camino correcto.

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La Corte, volviendo su mirada sobre la realidad, expresa que “a partir de la experiencia recogida en los últimos años… se considera conveniente proponer mejoras orientadas a garantizar que el mérito y la idoneidad sean el vector determinante de la selección de magistrados, se advierte la necesidad de perfeccionar determinados procedimientos con el objetivo de reforzar la objetividad, la transparencia y la previsibilidad del sistema, y de reducir aún más potenciales ámbitos de discrecionalidad, en resguardo de la eficiencia y legitimidad del funcionamiento del Poder Judicial.”

Así es como el Tribunal procura la implementación definitiva de un procedimiento que permita elegir jueces con anticipación a que se produzca una vacante, lo que agilizaría enormemente el proceso de selección y evitaría tener que estar corriendo detrás de los hechos, como ocurre en el presente. Este simple recurso, de haberse implementado antes, hubiera evitado llegar a la situación actual donde, desde hace años, existen centenas de vacantes por cubrir.

Algunos otros puntos considerados por este proyecto merecen la atención. Por un lado, en lo que hace a la evaluación de antecedentes, se incorpora el rendimiento que en la carrera de grado haya observado el o la postulante, exigencia que sorprende que no exista. Por el otro, con relación al examen, se propone la indagación sobre los conocimientos del Derecho del candidato y cuál es su desempeño práctico, ante la solución de un caso concreto. Asimismo, para evitar filtraciones de consignas -cosa que ha ocurrido en el pasado-, se propone que quienes elaboren esos exámenes sean personas diferentes de quienes los corrigen.

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Finalmente, en el proyecto se regula más minuciosamente lo que se conoce como la entrevista personal, que es uno de los últimos escalones que se debe superar antes de elaborarse la terna de candidatos que el Consejo someterá al Poder ejecutivo. El procedimiento, brevemente expuesto, es el siguiente. Una vez que se han evaluado los antecedentes y la prueba escrita, se determina un orden de mérito según el puntaje provisional obtenido. Seguidamente, se convoca a los mejores seis candidatos a una entrevista personal. A esa entrevista se le asigna un puntaje que se suma al obtenido anteriormente y que puede alterar el puntaje provisional. En el proyecto, ese puntaje ha sido reducido considerablemente.

Al mismo tiempo, la entrevista misma ha sido regulada más minuciosamente “a fin de evitar que la valoración de los postulantes se haga de modo disfuncional para el objetivo de lograr identificar a los más meritorios e idóneos y que se altere de manera significativa el orden de mérito construido en las instancias técnicas previas.” Aquí la Corte identifica un clamor del foro y del mundo académico. En el pasado, esa entrevista ha sido empleada por mayorías circunstanciales que beneficiaron por razones ajenas al mérito y a la idoneidad, a postulantes cuyos antecedentes y su desempeño en el examen escrito merecieron un puntaje alejado del obtenido por los primeros concursantes. Decenas de artículos y ensayos académicos han reclamado la modificación del contenido de la entrevista y de su puntaje, advirtiendo las inconveniencias e injusticias a que daba lugar. La Corte también conoce esas deficiencias de primera mano. Son muchas las sentencias revocadas por ella por la arbitrariedad que las preside. Urge, entonces, limitar esa discrecionalidad como propone la Corte, si lo que se persigue es la designación de buenos jueces y juezas.

La experiencia nos enseña que en numerosas ocasiones nuestros representantes no han sido sabios al momento de la elección de muchos jueces. El proceso de elección anterior daba total preeminencia al poder político o, más bien, a quien tuviera la mayoría del Senado, que es el cuerpo que convalida las propuestas del Presidente. Se alzaron críticas vehementes contra muchas designaciones. Para zanjar ese déficit se creó el Consejo de la Magistratura. Pero, si bien no se conocen estadísticas, el panorama no mejoró en lo que hace a la prevalencia política de la mayoría, conformada por los representantes del Congreso y del Poder ejecutivo o a los acuerdos espurios entre ese estamento y el de alguno de los otros sectores que puedan inclinar el resultado.

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En 2023 la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de la ley que regulaba la composición del Consejo pues, entre otras cosas, mantenía la prevalencia del sector de la política en las decisiones importantes. Pero ello no alcanzó. Una de las razones por las cuales hemos contado con malos jueces estriba en el proceso de su elección. Allí es donde hoy la Corte Suprema, una vez más, interviene, para tratar de eliminar los errores de diseño y los viejos vicios.

Sin duda, este proyecto es servicial al primero y puede contribuir a morigerar los segundos. Hasta el día de hoy, los representantes de los abogados de la Ciudad de Buenos Aires ya han expresado orgánicamente su beneplácito. No se ha escuchado todavía a los partidos políticos ni a la Asociación de Magistrados de la Justicia Nacional. Ya conoceremos su posición cuando deban manifestarse en el Consejo de la Magistratura donde, es de esperar, este proyecto reciba pronto tratamiento.

Todos anhelamos buenos jueces y juezas. Pues, sin jueces probos e idóneos, el Poder Judicial se transforma en un cuerpo errático en manos de oportunistas privilegiados que actúan en beneficio propio, de amigos o al mejor postor, destruyendo los cimientos del edificio que debe custodiar, haciendo del litigio una burla y arrastrando en su camino la confianza pública en el Poder Judicial, última valla de toda sociedad civilizada contra la arbitrariedad.

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Alberto F. Garay es abogado constitucionalista


Alberto F. Garay,Corte Suprema de Justicia,Justicia Federal,Consejo de la Magistratura,Conforme a,Corte Suprema de Justicia,,Análisis. Si quiere, Milei puede mejorar la Justicia,,»Muy decepcionante». Fallo por YPF: Burford dijo que analiza acudir a la Corte y reclamar un arbitraje internacional,,“Objetividad y transparencia”. Respaldo del Colegio de Abogados de la Ciudad a la propuesta de la Corte para la selección de los jueces

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La Corte Suprema cierra filas y se muestra unida en la presentación del nuevo reglamento para elegir jueces

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La Corte Suprema de Justicia cerró filas en torno a la propuesta del nuevo reglamento para la selección de jueces y convocó para este lunes a un acto público donde estarán los tres jueces supremos −y no solo los dos que lo firmaron− para hacer una presentación formal de la iniciativa.

La propuesta del nuevo sistema para seleccionar magistrados surgió de los jueces de la Corte Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Pero inicialmente, Rosatti no lo firmó.

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Rosenkrantz y Lorenzetti firmaron el miércoles pasado una acordada en la que plantearon que los jueces deben ser elegidos por concursos anticipados, antes de que se produzcan las vacantes, mediante un sistema de banco de preguntas con multiple choise y restando discrecionalidad a los consejeros para reducir las chances de que hagan ascender o descender a los candidatos en el orden de mérito a partir de la entrevista personal.

Rosatti no firmó esa acordada, lo que alimentó las versiones de diferencias internas en la Corte en torno a este tema. Lo que sería toda una novedad, pues desde que Rosatti preside la Corte, Rosenkrantz lo respaldó en las decisiones de conjunto, mientras que Lorenzetti exhibió juego propio y muchas veces quedó en minoría.

Sin embargo, con el correr de las horas lo que parecieron diferencias entre ambos magistrados fueron explicadas como “razones formales”.

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Horacio Rosatti, en la cena anual de magistrados

Fuentes de los tribunales indicaron a que Rosatti no firmó la acordada porque no podía hacerlo en su doble carácter de presidente del Consejo de la Magistratura y de la Corte Suprema de Justicia.

Las fuentes señalaron que Rosatti no estampa su firma en las cuestiones jurisdiccionales, como por ejemplo los pedidos de licencia que involucran a jueces con trámites en el Consejo.

Una manera de aventar los rumores, que desbordaron los tribunales y alcanzaron al Congreso y al Consejo de la Magistratura, será presentarse los tres jueces juntos en el acto de presentación de este reglamento, que tendrá lugar este lunes en la Sala de Audiencias del tribunal, en el Palacio de Justicia.

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La Dirección de Ceremonial y Protocolo repartió invitaciones en la que señala: “La Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene el agrado de invitar a usted al ‘Acto de Presentación del Proyecto de Reglamento para la Selección de Magistrados del Poder Judicial de la Nación’, elaborado por el Tribunal, el cual se llevará a cabo el lunes 30 de marzo, a las 16.30, en el Palacio de Justicia”.

Tras los rumores, fuentes del tribunal dijeron a que asistirán los tres jueces supremos.

Ricardo Lorenzetti, Carlos Rosenkrantz y Horacio RosattiMarcelo Manera –

El nuevo reglamento es una propuesta que será analizada por el Consejo de la Magistratura el 1° de abril, cuando Rosatti presida primero las “reuniones de labor” y luego el plenario, donde será sometido a discusión.

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Desde la Corte informaron que se les transmitió a los consejeros que la aspiración es que el reglamento sea analizado y tratado con el “respeto” que implica la propuesta que fue firmada por dos jueces del máximo tribunal.

De todos modos, en el Consejo de la Magistratura recordaron que hay otros 14 proyectos de reforma del reglamento de selección de jueces que se debaten desde hace un año y medio sin que los consejeros puedan ponerse de acuerdo.

En el Consejo se analizarán todos los proyectos, dijo un consejero a , quien advirtió que no están obligados a hacer lo que dispuso la Corte. Difícil camino le espera a esta nueva iniciativa.

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La propuesta de Rosenkrantz y Lorenzetti, que no es vinculante, fija límites al margen de acción política en el criterio de selección.

Los cambios propuestos reducen la discrecionalidad política en los concursos para jueces en momentos en que el Consejo de la Magistratura se dispone a cambiar su relación interna de fuerzas, con mayor incidencia del oficialismo de La Libertad Avanza en el organismo.

En la propuesta de la Corte, el peso de la selección pasa por el diseño de un banco de preguntas −corregido de manera automática−, la definición de evaluación y la gestión del proceso.

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El reglamento es un avance sobre la potestad de autogestión del Consejo de la Magistratura al disponer, por ejemplo, que los concursos para jueces se realizarán de ahora en más con un banco de preguntas con el formato multiple choice. También, se reduce la incidencia en el puntaje de la etapa de las entrevistas personales −el momento de mayor intervención “política” de los consejeros−: solo pueden asignar un 10% del puntaje total.

Con el argumento de reforzar la transparencia y reducir la discrecionalidad, el nuevo esquema redefine cómo se evalúa a los candidatos. Hay un fuerte giro hacia un modelo reglado, pues antes tenía peso el examen de oposición, antecedentes y la entrevista personal con una valoración subjetiva. Ahora se impone una lógica de evaluación tabulada, automatizada y con reglas preestablecidas.

Entre las innovaciones aparece como regla la instauración de concursos anticipados. Es decir que los concursos se convocan antes de que se produzcan las vacantes. La medida busca licuar la influencia del contexto político en los concursos.

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Otro cambio es la implementación de un doble examen con anonimato reforzado. El primero es el de corrección automatizada, que funciona como filtro técnico. Y el segundo, de carácter práctico, evalúa la capacidad de resolución de casos y redacción de sentencias.

La entrevista personal deja de ser el espacio donde se definían muchas ternas. En paralelo, el nuevo reglamento introduce un sistema de evaluación de antecedentes tabulado.

La formación académica, los promedios universitarios, la experiencia profesional y la trayectoria en la función judicial son ponderados mediante criterios objetivos y previamente definidos. La intención es sustituir valoraciones por métricas verificables.

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También se avanza hacia la digitalización del proceso, donde cada postulante contará con un legajo único, auditable y accesible, lo que mejora la transparencia y el control.

Eran frecuentes las quejas de candidatos que terminaban bien en los exámenes y perdían lugares en la lista definitiva. También eran frecuentes los casos de los candidatos de mitad de tabla que ascendían en la lista final, merced a la política, para convertirse en jueces a pesar de sus antecedentes.


multiple choise,Hernán Cappiello,Conforme a

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