POLITICA
Pese al fallo de la Justicia, el Gobierno no dispondrá partidas por la Ley de Emergencia en Discapacidad

El Gobierno no dispondrá los fondos de la Ley de Emergencia en Discapacidad que la Justicia federal le solicitó que aplique de manera inmediata. “No tenemos los fondos para hacerlo. Nos encantaría cumplir, pero nos faltan las partidas para poder hacerlo”, indicó a Infobae una altísima fuente del Poder Ejecutivo.
Así, el Gobierno se dispone a apelar el fallo dictado por el Juzgado Federal de Campana a cargo del juez Adrián González Charvay, que declaró la invalidez del Artículo 2° del Decreto 681/2025, que había suspendido la ejecución de la norma.
En la parte resolutiva, el juzgado hizo lugar a la acción colectiva, ordenando la aplicación inmediata de la Ley 27.793 y declarando inválido el artículo que había frenado su vigencia.
Además, impuso las costas al Estado Nacional y dispuso la notificación a todas las partes, así como la publicación del fallo en el Registro Público de Procesos Colectivos. El juez subrayó la gravedad de la situación para las personas con discapacidad, en especial para niños y adultos mayores, y citó la reciente opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el derecho autónomo al cuidado y la obligación estatal de garantizarlo.
En el Gobierno marcan que esta reforma se produce bajo la misma lógica por la cual se impulsa en extraordinarias el proyecto de Ley de Estabilidad Fiscal, que tiene como objetivo establecer reformas en el Código Penal, nuevas reglas fiscales y modificaciones en la Ley 24.156 y el Decreto 1399/01.
En su artículo 4 buscan establecer que “toda ley que establezca o autorice gastos no contemplados en el presupuesto general comenzará a regir una vez que las partidas correspondientes sean incluidas expresamente en la ley de presupuesto general del ejercicio fiscal siguiente al de su sanción”. Aun así, esta norma ni siquiera comenzó a ser tratada en la Cámara de Diputados.

El conflicto se originó cuando el Poder Ejecutivo Nacional promulgó la Ley de Emergencia en Discapacidad, sancionada por el Congreso en septiembre de 2025, pero suspendió su ejecución mediante el Decreto 681/2025. El Ejecutivo argumentó que el Congreso no había especificado el origen de los fondos para financiar la ley, por lo que, según su interpretación, no podía ponerla en marcha. El Ministerio de Salud de la Nación defendió esta postura, advirtiendo que la ejecución de la ley sin financiamiento específico pondría en riesgo la sustentabilidad fiscal y otros servicios esenciales del Estado. Sostuvo que el Jefe de Gabinete de Ministros no podía reasignar partidas presupuestarias para una ley suspendida y que la decisión de incluir los fondos correspondía al Congreso.
La causa fue impulsada por O.G.J. y D.R.N., en representación de sus hijos menores de edad titulares de Certificado Único de Discapacidad, y sumó rápidamente la adhesión de numerosas asociaciones civiles, prestadores y familiares de personas con discapacidad de todo el país. Entre las entidades que participaron figuran la Asociación Civil Red de Asistencia por los Derechos y la Integración Social, la Federación Argentina de Instituciones de Ciegos y Ambliopes (FAICA), el Consejo Argentino para la Inclusión de Personas con Discapacidad (CAIDIS) y la Asociación de Institutos Educativos Privados Especiales Argentinos (AIEPESA), entre otras.
Los informes de amicus curiae y las presentaciones de prestadores y familiares coincidieron en describir una crisis estructural: entre diciembre de 2023 y mayo de 2025, la inflación acumulada fue del 114,6%, mientras que los aranceles de prestaciones solo aumentaron un 42,6%, lo que generó una pérdida del poder adquisitivo del 51,5%. Se documentó el cierre de instituciones, la interrupción de tratamientos, la pérdida de empleos y la imposibilidad de sostener servicios esenciales como el transporte adaptado.
El reclamo central de la demanda colectiva apuntaba a que la suspensión de la ley privaba a miles de personas de las medidas de emergencia diseñadas para garantizar la continuidad de tratamientos, la calidad de los servicios y la protección de derechos fundamentales como la salud, la educación y la inclusión social. La demanda sostuvo que la suspensión constituía una “invasión flagrante” de las competencias del Congreso y una violación del principio de supremacía constitucional, ya que el Poder Ejecutivo Nacional no puede condicionar la vigencia de una ley sancionada por insistencia parlamentaria ni subordinarla a normas de rango inferior.
El fallo del Juzgado Federal de Campana analizó la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre derechos de incidencia colectiva y la obligación estatal de adoptar medidas de acción positiva para grupos vulnerables. El juez recordó que la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos, con jerarquía constitucional, imponen al Estado la obligación de garantizar la igualdad real de oportunidades y la no regresividad en materia de derechos sociales. En uno de los pasajes centrales, la sentencia afirmó: “La cláusula del Art. 2 del Decreto 681/2025 resulta ser inválida a todos sus efectos, ya que violenta de manera objetiva y directa el mandato constitucional de promulgación establecido por el Art. 83 de la Constitución Nacional. Ello, pues al pretender suspender la ejecución de una ley que por imperativo legal debe aplicar, el PEN excede en forma manifiesta las facultades que la norma constitucional le confiere en el marco de dicho procedimiento, en clara transgresión al principio de legalidad al cual se halla sujeto su actuar, contraviniendo además el principio de supremacía constitucional mediante la subordinación de tal disposición a las prerrogativas de una norma de jerarquía inferior”.
El juez también desestimó el argumento fiscal del Ejecutivo, señalando que el propio Congreso había facultado al Jefe de Gabinete a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para financiar la ley, y que el gobierno había realizado más de diecinueve modificaciones presupuestarias para otros fines desde diciembre de 2023. La sentencia remarcó: “Nada impide a la Jefatura de Gabinete hacer uso de la herramienta de financiación que la Ley 27.793 le ha otorgado y, como en tantas otras oportunidades, reconducir las partidas como considere oportuno y adecuado en pos del cumplimiento del mandato de la promulgada ley. Lo contrario, concurriría a configurar un uso parcializado y discriminado de recursos por parte del PEN, cuya característica central estaría determinada por un doble estándar que violentaría en forma cabal las obligaciones constitucionales y convencionales asumidas por el Estado argentino ya reseñadas.”
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POLITICA
El Gobierno suspendió por irregularidades a 25 cooperativas que funcionaban en La Matanza

El Ministerio de Capital Humano informó la suspensión preventiva de la operatoria de 25 cooperativas de trabajo con sede en el partido de La Matanza, provincia de Buenos Aires, tras detectar “serias irregularidades” en su funcionamiento. Todas las entidades tenían domicilio en Entre Ríos 3269, San Justo, una oficina perteneciente al gobierno municipal. La medida fue adoptada por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) y marca un nuevo capítulo en la fiscalización estatal sobre el cumplimiento de los derechos laborales en el sector cooperativo creadas en gestiones anteriores.
Según el comunicado difundido por la cartera, la decisión se fundamenta en el resultado de un muestreo realizado sobre los asociados de estas cooperativas, en el cual se detectó que 119 trabajadores contratados no contaban con los beneficios de seguridad social obligatorios. La investigación determinó que las entidades, bajo la figura jurídica cooperativa, podrían haber desvirtuado los principios legales previstos en el artículo 2 de la Ley N° 20.337, así como la normativa vigente sobre aportes previsionales.
La suspensión de las actividades y la apertura del sumario administrativo fueron adoptadas como medidas preventivas, mientras se profundiza la investigación sobre la presunta utilización irregular de la estructura formal cooperativa. El Ministerio de Capital Humano remarcó que existen indicios de que estas organizaciones habrían sido empleadas para “eludir normativa vigente y con prácticas que vulneran derechos laborales”.
La ministra, Sandra Petovello, informó la decisión a través de su cuenta de X, replicando el comunicado oficial y arrobando al presidente Javier Milei.

La decisión se tomó luego de descubrir que 119 trabajadores no percibían aportes jubilatorios ni cobertura de seguridad social.
De acuerdo a lo establecido por la Resolución 4664/13 del INAES, las cooperativas deben realizar los aportes correspondientes al régimen previsional de trabajadores autónomos, o bien cumplir con otro sistema legalmente habilitado. Sin embargo, el relevamiento realizado por el organismo reveló que los beneficios sociales no eran otorgados a los contratados, en franca contradicción con las disposiciones vigentes.
Las entidades intervenidas comparten domicilio en una oficina de la Unidad Ejecutora Operativa Matanza, lo que ha llevado a las autoridades a investigar la posible implicancia de la Municipalidad de La Matanza y de sus funcionarios en el funcionamiento de las cooperativas suspendidas. El sumario administrativo deberá dilucidar el grado de injerencia de la administración local en la operatoria de las entidades.
El Ministerio de Capital Humano sostuvo que las irregularidades detectadas podrían haber desnaturalizado los fines cooperativos, apartándose de los principios de ayuda mutua y esfuerzo propio, y aprovechando la estructura formal para eludir obligaciones legales. El comunicado advierte que, de comprobarse las acusaciones, las cooperativas habrían incurrido en prácticas que vulneran derechos laborales, utilizando la figura jurídica con fines ajenos a los establecidos por la normativa.
La decisión del INAES implica la suspensión de toda operatoria de las cooperativas alcanzadas hasta que se determine la existencia o no de responsabilidades administrativas, civiles o penales. El procedimiento se mantendrá vigente mientras avanza el sumario y se recolectan pruebas sobre la operatoria real de las entidades y la eventual participación de funcionarios municipales.
El comunicado oficial incluye la nómina completa de las entidades suspendidas, que abarca organizaciones con denominaciones correlativas y diferentes números de CUIT, como Coop. de Trabajo La Matanza 12 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 49 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 51 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 56 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 61 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 72 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 77 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 105 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 112 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 116 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 123 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 135 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 142 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 171 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 205 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 206 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 229 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 236 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 311 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 329 Ltda. y Coop. de Trabajo Fortalecer Ltda.
POLITICA
Axel Kicillof: “Javier Milei nos está robando recursos, pero no aceptaremos ninguna extorsión”

LA PLATA.− El gobernador Axel Kicillof citó en esta ciudad a los 135 intendentes bonaerenses para advertirles de la frágil situación financiera que atraviesa el territorio. “Estamos ante una verdadera catástrofe. El gobierno de Javier Milei tiene en la mira a la provincia de Buenos Aires”, aseguró.
El mandatario estuvo acompañado por intendentes de diversos partidos políticos, la vicegobernadora Verónica Magario, y los ministros de Economía, Pablo López, y de Gobierno, Carlos Bianco.
Ante ellos, anunció que la provincia presentará una nueva demanda judicial ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para que se restituyan fondos por 1,3 billones de pesos por incumplimientos en la ley de consenso fiscal.
“Nos están robando recursos, pero no aceptamos ninguna extorsión para aceptar leyes dañinas”, denunció Kicillof. Ningún referente de La Libertad Avanza acudió a la Casa de Gobierno.
Recordó que hay siete causas en litigio ante al Corte Suprema de Justicia de la Nación para recuperar los fondos retenidos de Seguridad, de Compensación de transporte público de pasajeros, de Incentivo Docente, de Bosques Nativos, el Compensador para la caja previsional, Boleto Integrado y reclamos por tributos locales en la facturación de gas.
“Vamos a realizar una nueva denuncia en la Corte por incumplimiento consenso fiscal por convenios que ascienden a 1,3 billones de pesos”, afirmó.
El ministro de Economía sostuvo que existe una marcada caída de la actividad en el país y en la provincia. Y fue el encargado de explicar a los municipios la merma de transferencias. “Queremos que vean por qué tienen una caída en los recursos que reciben. Tiene que ver con caída de recaudación y de las transferencias del gobierno nacional. Vemos una situación extremadamente compleja, de riesgo. No estamos viendo perspectiva de que esto vaya a cambiar”, afirmó Pablo López.
El ministro hizo hincapié en la caída de la recaudación nacional por séptimo mes consecutivo –cercano al 10 por ciento interanual–. Y dijo que eso luego se traduce en la coparticipación provincial.
Agregó que la provincia perdió 6,6 billones pesos en coparticipación desde 2023 y que las deudas de la Nación por las obras públicas suman más de 15 billones de pesos. “Llegamos así a más de 22 billones de pesos acumulados en dos años. Esto es una pérdida de recursos equivalente a la mitad del presupuesto anual de la provincia, que este año es de 44 billones de pesos”, dijo.
Entre los intendentes presentes se destacaron Julián Alvarez, de Lanús, y Juan Ustarroz, de Mercedes, alineados con La Cámpora. Entre los radicales se dejaron ver Maximiliano Suescun, de Rauch, y Diego Reyes, de Púan. También asistieron alcaldes del Frente Renovador como Javier Gastón, de Chascomús.
El gobernador les prometió que distribuirá 250 millones de pesos a los municipios en abril, correspondientes al fondo de Emergencia a la Inversión Municipal.
María José Lucesole,Conforme a
POLITICA
La Corte Suprema aprobó un proyecto para limitar la influencia política en la selección de jueces

La Corte Suprema de Justicia aprobó un nuevo esquema de reglas para el proceso de selección de jueces. La decisión se tomó con el voto favorable de Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, mientras que Horacio Rosatti no acompañó el acuerdo.
El resultado (dos votos contra uno) aparece como la primera señal visible de una nueva división interna dentro del máximo tribunal y, al mismo tiempo, como un movimiento que llamó la atención en el ámbito judicial porque se interpreta como una reacción frente a la avanzada de los Menem en la Justicia.
La iniciativa establece modificaciones en el modo en que se desarrollan los concursos para cubrir vacantes judiciales. Hasta ahora, el Consejo de la Magistratura llevaba adelante ese proceso con amplia autonomía. Con el nuevo acuerdo, la Corte asume un papel de supervisión y corrección sobre ese mecanismo, con la intención de reducir la influencia política en la elección de magistrados.
En tribunales se leyó la decisión como un intento de ordenar el sistema de concursos y fijar pautas más estrictas. El proyecto aprobado por Rosenkrantz y Lorenzetti consiste en un reglamento para la selección de magistrados que será enviado al Consejo de la Magistratura para su análisis. Ese organismo, que es el encargado constitucional de organizar los concursos y proponer ternas de candidatos, deberá debatirlo en su plenario.
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Desde la Corte se señaló que el objetivo es limitar los márgenes de discrecionalidad y reforzar la centralidad del mérito y la idoneidad en el proceso de selección. En ese sentido, el nuevo esquema propone que la evaluación de los candidatos dé mayor relevancia a la formación académica y a los méritos profesionales concretos, por encima de trayectorias vinculadas a tareas administrativas dentro del Poder Judicial.
En términos prácticos, el acuerdo introduce varios cambios en la estructura de los concursos. Entre ellos, el anonimato total en los exámenes de oposición, reglas más definidas para las entrevistas personales, la digitalización del proceso de inscripción y presentación de antecedentes, y una ponderación mayor de la formación académica a la hora de evaluar a los postulantes.
La idea central que atraviesa la reforma es que los jueces sean elegidos por su capacidad y no por su cercanía con el poder político de turno.
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Uno de los puntos más sensibles del proceso actual es la etapa de la entrevista personal, que históricamente recibió críticas dentro del ámbito judicial y político. En el nuevo esquema se busca establecer criterios más claros y previsibles para esa instancia, que puede incidir de manera significativa en la posición final de los candidatos dentro del orden de mérito.
Además, el proyecto reorganiza la estructura general de los concursos. Entre otras medidas, prevé distintos tipos de procesos para cubrir cargos vacantes o anticiparse a futuras vacantes, con el objetivo de ordenar la planificación de las designaciones judiciales.
El nuevo reglamento también incorpora herramientas tecnológicas. La digitalización del sistema de inscripción permitirá que los antecedentes de los candidatos se presenten y evalúen a través de plataformas informáticas, mientras que los exámenes contarán con mecanismos diseñados para garantizar el anonimato y reducir la posibilidad de interferencias externas.
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En paralelo, el esquema plantea criterios más objetivos para calificar los antecedentes personales, con la intención de disminuir la arbitrariedad en la evaluación. A partir de esas pautas se elaborará un orden de mérito provisorio, que luego dará paso a las entrevistas personales de los candidatos mejor posicionados.
De todos modos, la reforma todavía debe atravesar una instancia clave. Para que el nuevo reglamento entre en vigencia, el Consejo de la Magistratura deberá aprobarlo con las mayorías necesarias durante su votación final. Recién entonces podrá aplicarse a los concursos para cubrir cargos judiciales.
En Tribunales, la decisión también es interpretada en el contexto político actual. La Corte resolvió avanzar con estas modificaciones mientras el Gobierno anunció el envío al Congreso de pliegos de jueces para cubrir una gran cantidad de vacantes existentes en el sistema judicial. Al mismo tiempo, dentro del Consejo de la Magistratura se registra una reconfiguración de fuerzas con un protagonismo creciente de La Libertad Avanza.
Corte Suprema, Corte Suprema de Justicia, Consejo de la Magistratura, Poder Judicial
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