POLITICA
¿Qué pasa si no voto en las elecciones del domingo 31 de agosto en Corrientes?

Los residentes en la provincia de Corrientes que se encuentren en el padrón electoral deberán asistir a votar en las elecciones a gobernador, pero, si por algún motivo no pueden hacerlo, es preciso conocer qué pasa si no se vota en las elecciones del domingo 31 de agosto.
El voto en Corrientes es obligatorio, por lo que existe una sanción para quienes no vayan a votar. El artículo 125 del Código Electoral provincial se refiere a este supuesto, que es castigado con una multa de 50 a 500 pesos.
Además, quedará constancia de la ausencia de la persona en los comicios dentro de su documento cívico, y el infractor no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.
Por otra parte, quien no pagara la multa no podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales provinciales ni municipales.
Es posible realizar la consulta virtual del padrón electoral 2025 a través del sitio oficial de la Junta Electoral de la provincia de Corrientes. Los ciudadanos correntinos que están habilitados para votar en las elecciones legislativas, pueden conocer los detalles exactos de su lugar de votación, realizando la consulta en el padrón definitivo:
Inmediatamente se puede ver el nombre de la escuela, con la dirección y el distrito donde debe sufragar el interesado. Además, está detallado el número de la mesa y de orden.
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POLITICA
La reforma laboral que aprobará el Senado ordena el sistema de juicios laborales y le da más poder a la Corte Suprema

El Senado de la Nación aprobará el próximo viernes, seguramente con amplio margen, el proyecto de reforma laboral que obtuvo media sanción en Diputados, pero que deberá volver a la Cámara alta tras la eliminación del artículo 44 que establecía cambios en el régimen de licencias médicas.
Entre los cambios que promueve la norma, el artículo 89 establece una modificación sustancial para todo el sistema judicial laboral. Por primera vez, la iniciativa obliga a los jueces laborales a acatar de manera expresa los fallos de la Corte Suprema y habilita la remoción de quienes omitan esa directiva por mal desempeño. Esta cláusula, que formó parte de un debate político y gremial, aparece alineada con el traspaso de la justicia laboral a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), una transferencia que implica profundas consecuencias institucionales y políticas.
La iniciativa legislativa, impulsada por la senadora Patricia Bullrich, define que los jueces laborales en todo el país estarán sujetos a la aplicación obligatoria de los criterios jurisdiccionales de la Corte Suprema en temas laborales.
La reforma busca, según interpreta el oficialismo, fortalecer la posición del Estado frente a futuras impugnaciones de la Confederación General del Trabajo (CGT) y otros sindicatos, que ya anticiparon estrategias judiciales orientadas a cuestionar la validez constitucional de la medida. El Gobierno y sectores aliados en el empresariado sostienen que esta herramienta resultará en el combate contra la llamada “industria del juicio”, que consideran distorsiva para la actividad económica.

El artículo 89 sustituye el artículo 124 de la Ley 18.345, que regulaba la organización y procedimientos del fuero laboral. Deja de lado el esquema anterior, que remitía a las disposiciones del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para regir la validez y aplicación de fallos plenarios. El nuevo texto establece una obligación categórica: “Los jueces que resuelvan causas de índole laboral deberán, de forma obligatoria, adecuar sus decisiones a los precedentes establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la materia”. El artículo 90, complementario, advierte explícitamente que el apartamiento infundado por parte de los magistrados “configurará una causal de mal desempeño en sus funciones”.
Fuentes de la Justicia laboral le explicaron a Infobae que la norma viene a fijar algo que ya ocurría en los hechos. “Es un refuerzo de lo que es hoy el criterio mayoritario de la doctrina del derecho constitucional, porque pone en una ley lo que la mayoría de la doctrina considera que es así, el valor obligatorio de los precedentes de la Corte. Esto lo tiene dicho la propia Corte en su jurisprudencia, de que cuando fija un criterio debe ser seguido por los tribunales inferiores y por la Corte misma. La jurisprudencia de la Corte está casi consolidada. Viene a poner en una ley lo que hoy es jurisprudencia”, explicaron.
Otro de los que se expresó respecto a ese cambio puntual en cuanto al ordenamiento de los juicios laborales fue Daniel Funes de Rioja, abogado laboralista y ex titular de Copal y de la UIA. En diálogo con Infobae aseguró que la aplicación mandatoria de los fallos de la Corte “es absolutamente razonable”.
“Así es en la mayoría de los ordenamientos constitucionales posteriores a la segunda guerra mundial y en el modelo constitucional europeo, pero no tanto en el sistema americano, que sigue la Argentina. El acatamiento de los fallos de la Corte Suprema, que es un tribunal de última instancia, tiene toda lógica. Muchas empresas no pueden seguir procesos judiciales tan extensos. Para una pyme es imposible llegar a la Corte”, subrayó.
Otro de los que avaló la iniciativa fue el especialista en derecho laboral Juan Etala, quien actualmente preside Departamento de Política Social de la UIA. “Lo que dice la ley significa poner un límite a lo que estaba sucediendo, de que algunos tribunales no acataban la decisión del tribunal de última instancia. Parece lógico no tener que ir a la Corte Suprema de Justicia para que diga 500 veces lo mismo”, sostuvo.
En lo que sí coinciden la mayoría de los consultados es sobre las dificultades que puede tener el artículo 90, que establece la posibilidad de remoción por mal desempeño para los magistrados que no sigan los lineamientos del máximo tribunal.
Más allá de lo que pueda suceder, uno de los especialistas consultados por Infobae fue taxativo: “Lo de causal de remoción es un exceso, pero pasa que algunos jueces se creen dioses, no quieren seguir los fallos de la Corte, no quieren reconocerlos. No aceptan el traspaso a la Ciudad, decidieron que la ley que prohíbe la indexación es inconstitucional y empezaron a aplicar por su cuenta tasas de interés y multas absurdas. Eso lleva a una guerra de guerrillas que vuelve locos a las dos partes, fundamentalmente a la parte empresaria”, aseveró.
Transferencia de la justicia laboral a la Ciudad de Buenos Aires
La reforma legislativa no se limita a la obligatoriedad respecto a los fallos de la Corte. Avanza además en viabilizar el traspaso del fuero laboral a la CABA, con implicancias en la estructura del Consejo de la Magistratura, el organismo encargado de proponer, sancionar y destituir jueces. Históricamente, el núcleo del peronismo sindical mantenía influencia sobre este fuero, especialmente a través del ex diputado Héctor Recalde y ahora su hijo, el senador Mariano Recalde, así como por el dirigente judicial Alberto Lugones, vinculado al kirchnerismo.
La transferencia disminuiría el caudal electoral de la lista Celeste: afín al kirchnerismo, influenciando el equilibrio interno y pudiendo costarle a este espacio una banca clave. Esto ocurre en un contexto donde se buscan reformas en el método de elección de candidatos a jueces y se intenta promover figuras ligadas al kirchnerismo para ocupar cargos en la Cámara Federal de Casación Penal.
El artículo 91 del proyecto legitima el “Acuerdo de Transferencia de la función judicial en materia laboral”, recientemente firmado por el Gobierno nacional y el jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri. Este acuerdo se complementa con la Ley 6.789 sancionada por la Legislatura porteña en diciembre de 2024, que reorganiza la estructura de la justicia laboral en la ciudad, y con la Ley 6.790, que introduce un nuevo Código Procesal del Trabajo.
Como resultado de estas normas, se creó una nueva Cámara de Apelaciones especializada con seis jueces y diez juzgados de primera instancia, cuyos cargos se concursarán según los procedimientos habituales. La transferencia institucional incluyó un compromiso del Ejecutivo nacional de traspasar los recursos materiales y financieros necesarios, asegurando el funcionamiento transitorio del fuero nacional mientras se completa el proceso de integración.
A quienes alcanzará la reforma laboral
Otro de los puntos de debate respecto de la nueva ley de modernización laboral es el universo de trabajadores a los que impactará. En ese punto, en general, hay coincidencia en que la mayoría del nuevo marco normativo aplicará a todos los empleados, no solo a los que firmen su contrato laboral una vez que el proyecto sea aprobado y promulgado por el Poder Ejecutivo.
“La mayor parte de las normas se va a aplicar a todos los trabajadores, salvo algunos que tienen que ver con institutos particulares desarrollados en un contrato determinado de trabajo. Pueden redefinir esos contratos”, explicaron desde la justicia laboral a Infobae.

Uno de los principales cambios se reflejará en el cálculo de las indemnizaciones por despido, ya que la reforma excluye ítems como aguinaldo, vacaciones y bonificaciones, y habilita a los empleadores a pagar la indemnización en cuotas. Más allá de que seguramente habrá presentaciones judiciales cuando la norma entre en vigor (algo que ya anticipó la CGT), especialistas entienden que aplicará a todos los empleados.
“Si el despido se produce antes de que se modifique esta norma, la que se debe aplicar es la que estaba vigente al momento del despido. Ahora, si el despido se produce con posterioridad, rige la que está vigente en ese momento”, detalló días atrás el abogado laboralista Julián Ortíz Alonso en diálogo con el equipo de Infobae al Regreso.
Ortíz Alonso precisó que “el proyecto no distingue si se aplica a relaciones vigentes o a nuevas relaciones”. Así, el artículo séptimo del Código Civil y Comercial establece que las normas no tienen efectos retroactivos, salvo que la nueva ley lo disponga expresamente y no afecte derechos constitucionales. Sin embargo, la jurisprudencia sostiene que la indemnización se define por la legislación vigente al momento del despido. “Esto significa que, si la reforma se sanciona y entra en vigencia, impactará tanto a las relaciones laborales futuras como a las ya existentes. Si el cese laboral se produce después del cambio, se aplicará la nueva norma”, puntualizó.
Por su parte, el abogado laboralista Marcelo Aquino explicó que “la jurisprudencia del fuero laboral argentino aplica la ley vigente al momento de la desvinculación”, lo que implica que la norma que rige al momento del despido determina el cálculo y las condiciones de la indemnización, más allá de la fecha de ingreso del trabajador. En ese sentido, Aquino remarcó que existen derechos en expectativa y derechos adquiridos: “El derecho al cálculo de una indemnización depende de la ley vigente cuando se produce la desvinculación. Si una nueva ley cambia ese régimen, se aplica sobre todos los contratos, salvo que afecte derechos adquiridos y no meras expectativas”.
El debate parlamentario reveló múltiples intentos de la oposición por limitar la aplicación de la reforma exclusivamente a los contratos celebrados a partir de su entrada en vigencia, pero esas iniciativas no prosperaron. Por ejemplo, durante la discusión en el Senado, el legislador Mariano Recalde propuso incorporar un artículo que restringiera el alcance temporal de la ley, mientras que en la Cámara de Diputados, Sergio Palazzo impulsó una cláusula similar, sin éxito frente al rechazo de representantes de La Libertad Avanza.
Días atrás, el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, reconoció públicamente en diálogo con Radio Mitre que la reforma abarcará a todos los empleos existentes, incluso a los anteriores a la promulgación. Explicó: “Aplica a cualquier relación laboral. No estás cambiando nada. Estás simplemente dándole precisión al cálculo. Simplemente estamos clarificando temas de la nueva ley de contrato de trabajo, que aplica para todos”.
POLITICA
La CGT redobló la presión contra los gobernadores e insistió con que intentará frenar la reforma laboral

Octavio Argüello, uno de los tres líderes de la central CGT, advirtió que intentarán “hasta el último minuto” bloquear la reforma laboral que impulsa el Gobierno, que el oficialismo quiere convertir en ley el próximo viernes en el Senado. El dirigente de Camioneros además redobló la presión contra los gobernadores y el peronismo, en su estrategia para tratar de frenar la iniciativa en el Congreso.
Poco después del paro general del jueves pasado en un fuerte rechazo al proyecto de modernización laboral, el sindicalista planteó: “Vamos a seguir peleándola en todos los ámbitos, que son tres, legislativo, judicial y en la calle, a seguir haciendo manifestaciones, movilizándonos. El ultimo paro fue importante, como hace tiempo que no se daba, el anterior no había sido tan efectivo, este fue mucho más profundo”.
Leé también: El peronismo da por perdida la pelea por la reforma laboral y solo espera una nueva medida de fuerza de la CGT
El gremialista reconoció: “La instancia, que es difícil. es que (el viernes, en la Cámara Alta) no se acepten las correcciones que se hicieron en Diputados y se caiga la ley. Hasta último minuto vamos a intentar que sea así, pero no tenemos muy seguro que podamos lograrlo”.
Argüello aclaró: “Hicimos cuatro paros generales en dos años, y 13 marchas. Consideramos que no podemos parar todo el tiempo, está demostrado que por más que uno pare el problema no es gremial, es político. Nos falta una fuerza, la política, que está en crisis, tanto en el oficialismo como la oposición”.
El dirigente de Camioneros criticó: “Nos fuimos del Consejo de Mayo, que no era una mesa de diálogo, era de imposiciones. El Gobierno imponía su posición, como lo hace en este momento, y no había forma de diálogo, no teníamos con quién dialogar. Tratamos de tener diálogo, pero no fuimos escuchados en ningún momento, aunque llevamos propuestas”.
Duras críticas de la CGT a los gobernadores que apoyan la reforma laboral: “Fueron entreguistas”
El cosecretario general de la CGT consideró que gobernadores como los de “Salta, Catamarca, Tucumán, Chubut, Santa Cruz”, fueron “entreguistas” porque “facilitaron legisladores” para el avance del proyecto: “Llegaron a negociaciones (con el Gobierno) quizás por obras, por financiamiento económico, pero no se puede vender la dignidad del pueblo por una zanja cuneta y dos metros de asfalto”.
Argüello criticó, en declaraciones a Radio Splendid: “No está bien que se haga esto, sobre todo con leyes tan importantes como esta, que entregan al pueblo trabajador a una ley que retrocede a 1900. Estos gobernadores facilitaron sus diputados y senadores para que voten este proyecto. Hablamos con ellos, inicialmente nos atendieron, tomaron cierto compromiso, pero la segunda vez no nos atendieron más».
El gremialista cuestionó: “No tienen que nombrarlo más a Perón, es un fraude. Hay que ser respetuoso, tener ciertos códigos en la vida. Si uno llega por un espacio no puede hacer esto. El pueblo tiene memoria, en su momento van a tener que explicar cuál fue la traición al pueblo, en las elecciones. No sea cosa que después tengan que pagar las consecuencias de lo que están haciendo, la entrega y traición al pueblo trabajador
Fuertes reclamos de la CGT al peronismo: “Se tiene que ordenar, dejar de pelearse por cosas que no importan”
El dirigente de la CGT también le hizo fuertes reclamos al peronismo: “Venimos planteándole al peronismo que se tiene que ordenar, dejar de pelearse por cosas que no le importan a la sociedad. Estamos en la pelea contra una reforma laboral, y el PJ discutía si tenía un afiliado más o menos en el padrón. Tuvimos el acompañamiento de (el gobernador bonaerense) Axel Kicillof en la Provincia. Pero hay un silencio, nadie salió a discutir la reforma laboral».
Argüello cuestionó al bloque de José Mayans lidera en el Senado: “Los senadores no integraron la Comisión de Trabajo, no presentaron un proyecto alternativo. Hicimos el reclamo, les dijimos: ‘Muchachos, ¿qué están haciendo?’. Te salen con ‘la situación, que el momento’“.
CGT, reforma laboral
POLITICA
Elecciones en Mendoza: qué se vota hoy, domingo 22 de febreor

Este domingo 22 de febrero se vota en Mendoza. En este sentido, los ciudadanos de esta provincia se preguntan qué se elige en Maipú, Luján de Cuyo, San Rafael, Rivadavia, Santa Rosa, La Paz y San Rafael.
Los comicios en estos departamentos para el cuarto domingo de febrero, se realizan ahora, debido a que en estos lugares se decidió desdoblar la elección, respecto de las provinciales y nacionales que se llevaron a cabo el año pasado.
En esta elección hay 514.008 electores habilitados para votar, que forman parte del padrón de la provincia de Mendoza.
Este domingo las elecciones municipales definirán la renovación de la mitad de las bancas de los Concejos Deliberantes en los departamentos de Maipú, Luján de Cuyo, San Rafael, Rivadavia, Santa Rosa y La Paz.
En San Rafael, además, se eligen 24 convencionales municipales.
Los ciudadanos que están habilitados para votar este domingo aparecerán en el listado oficial de votantes, que proporciona el gobierno provincial.
Allí es preciso completar la información de número de DNI, y luego hacer click en el botón “Buscar”. Una vez hecho esto, la base de datos arrojará el lugar al que debe acudir el votante para sufragar este domingo en las Elecciones Legislativas Municipales.
Además, 48 horas antes de la apertura de los centros electorales, es decir a las 8 de este viernes 20 de febrero, empezará a regir la prohibición para llevar a cabo actos proselitistas. En tanto, el mismo día de la elección empezarán a regularse otras cuestiones.
Qué estará prohibido en Mendoza durante la veda electoral
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