POLITICA
Cannabis medicinal: los inusuales usos para los que se aprobaron los tratamientos, según un relevamiento
Indicación concentrada en no más de tres síntomas –insomnio, ansiedad y dolor–, requisitos de inscripción “muy laxos” y baja proporción de pacientes con diagnósticos que cuentan con evidencia de efectividad terapéutica son los principales resultados de un primer análisis de 10.000 inscriptos en el registro oficial para cultivar cannabis con uso medicinal.
En paralelo, según pudo saber LA NACIÓN, la mayoría de las más de 90.000 solicitudes de inscripción pendientes de aprobación incluyen la prescripción de uso de profesionales con más de un centenar de pacientes, de acuerdo con otras irregularidades en el funcionamiento del Programa Nacional de Cannabis, que depende del Ministerio de Salud de la Nación.
En los últimos días, ONG y activistas interesados en ser proveedores de cannabis y sus derivados para uso medicinal y/o terapéutico, como se contempla por ley desde 2017 en el país, reclamaron por el freno del Gobierno en la autorización de más de 90.000 inscripciones en el Registro del Programa Nacional de Cannabis (Reprocann).
“Desde diciembre, el Reprocann está congelado. Hay alrededor de 70.000 personas que realizaron el trámite, gestionaron la prescripción médica y completaron todos los requisitos, pero siguen a la espera de la aprobación cuando antes no demoraba más de tres o cuatro semanas”, dijo Valeria Salech, presidenta de Mamá Cultiva Argentina, en diálogo con LA NACIÓN a propósito del reclamo de ese sector.
De acuerdo con esa base de datos, se inscribieron 374.702 personas desde que se habilitó en 2020. Tienen su credencial al día 178.391 pacientes que pueden autocultivar o personas relacionadas que pueden cultivar para su representado. A la vez, se pueden registrar cultivadores solidarios (son 30.205 los registrados) que producen para quienes están en tratamiento, profesionales habilitados (médicos y odontólogos) y ONG.
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Cambios
Con la creación del Reprocann, durante la gestión de Alberto Fernández, los motivos de prescripción médica se multiplicaron más allá de la epilepsia refractaria (resistente al tratamiento), que fue el diagnóstico original con el que padres pedían al Congreso nacional que sancionara un marco legal para incorporar el aceite de cannabis al tratamiento de sus hijos. Mamá Cultiva Argentina lideró aquellas demandas.
Con las sucesivas actualizaciones reglamentarias durante la gestión en Salud de Ginés González García, primero, y Carla Vizzotti, luego, se puede cultivar entre una y nueve plantas por paciente (los cultivadores pueden producir para 150 usuarios). Para eso hay que estar inscripto en el Reprocann y que un profesional médico u odontólogo declare la utilidad de consumir cannabis. El año pasado, el permiso anual se extendió a tres años.
Esto requisitos, para las actuales autoridades de Salud, son “muy laxos” y no terminarían por favorecer a los pacientes que podrían beneficiarse. En los últimos meses, se detectaron en distintas localidades del país plantaciones de marihuana que funcionaban con inscripción en el Reprocann como fachada.
Reordenar, no cerrar
Si bien desde la cartera que dirige Mario Russo insistieron ante la consulta de LA NACIÓN que no cerrarán el programa, señalaron que está a la firma del ministro una resolución para reordenar su funcionamiento, en especial con las solicitudes en la categoría de ONG. Para los particulares, en tanto, se impulsaría que los médicos que prescriben el uso de cannabis presenten una evolución de sus pacientes.
En una reunión, con al menos seis de las ONG más representativas, se presentó un diagnóstico de situación y los cambios que se introducirán al Reprocann, según coincidieron las partes.
Tras ese encuentro fue que las organizaciones salieron a denunciar trabas en las autorizaciones para cultivar plantas de cannabis y demoras en la renovación de credenciales de usuarios, cultivadores y ONG. Declaraciones de Manuel Adorni, vocero presidencial, en rueda de prensa sobre la revisión de más de 90.000 solicitudes pendientes de alta impulsaron aún más las críticas.
Hasta este lunes, según respondieron desde la cartera sanitaria, las ONG no presentaron objeciones a los cambios que el Gobierno introducirá al Reprocann tras el encuentro con Leonardo Busso, secretario de Calidad en Salud, de quien depende el Programa Nacional de Cannabis. Participaron también autoridades de la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina (Sedronar) y de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat).
Por las entidades, según se pudo reconstruir, estuvieron presentes hace tres semanas en el ministerio la Fundación Yungannabisla, la Asociación Civil Evolución Verde, la Asociación Civil Acción Vida Mejor, Madres Cultivadoras Argentinas, la Asociación Civil Cultivo Mi Medicina y Plantar y Crecer Libre.
Usos
De acuerdo con el equipo que está auditando el registro, el principal problema es que el Reprocann cuenta con “requisitos de inscripción poco rigurosos”, de ahí la propuesta de “fortalecer” esas condiciones a exigir para las ONG. Otros son los amparos concentrados en unos pocos estudios jurídicos y que, en una revisión de 10.000 pacientes, 118 son pediátricos y “solo 44 cumplen con los diagnósticos afines al programa”.
Insomnio/ansiedad y dolor como motivos de indicación de uso de cannabis concentraban el 77,2% de esos 10.000 casos estudiados. Le seguían bruxismo (7,7%), migraña (4,9%), cefalea (1,3%), neuralgia (1%), pánico (1%), depresión (0,9%), insomnio/dolor (0.6%) y dismenorrea (0.5%). Epilepsia, como causa de indicación de uso, apareció en apenas un 0,4% entre casos revisados.
Colon irritable y asma comparten el mismo porcentaje, seguido de “uso responsable” (0,3%) como indicación, endometriosis (0,2%) y, con la menos proporción (0,1% en cada caso), autismo, glaucoma, diabetes, esclerosis múltiple, “no dice”, dermatitis, hiporexia (pérdida del apetito) o burnout (sensación de agotamiento asociada con el estrés laboral).
A la vez, según se expuso en el encuentro de autoridades con ONG que integran el Consejo Consultivo Honorario del programa, “más de 70.000 de las 90.000 solicitudes [pendientes] llegan con prescripciones de médicos con más de cien pacientes” y que “hay 10.873 de médicos con menos de un centenar de pacientes”. Para epilepsia refractaria, según se habría detallado en esa reunión, encontraron 160 pedidos.
Ante la consulta, desde Salud explicaron a este medio que en el primer trimestre del año, se estudiaron 4489 trámites iniciados, con una revisión diaria promedio de 40 casos.
Diagnósticos
Para el Ministerio de Salud, son alrededor de una decena los diagnósticos “con evidencia” de utilidad del cannabis en el tratamiento: epilepsia refractaria, esclerosis tanto tuberosa como múltiple, retraso mental severo o leve, síndromes de Dravet, Lennox Gastaut y West, encefalopatía, neuropatías, dolor oncológico y lesión medular traumática.
Exceptúan, en tanto, los siguientes: trastorno bipolar, depresión, esquizofrenia, síndrome maníaco, alucinaciones, delirio, trastorno esquizoafectivos o del humor, trastorno del espectro autista (TEA), psicosis, consumo problemático de sustancias, trastorno generalizado del desarrollo (TGD) y autolesiones. “Son todas patologías de salud mental en las que el cannabis puede producir eventos adversos y generar interacciones medicamentosas con otras drogas que toman esos pacientes”, explicaron sobre esa decisión desde la cartera sanitaria.
Los cambios que prevén incluir en la resolución a la firma para su publicación en el Boletín Oficial, exigiría que las ONG estén registradas “ante el organismo de inscripción y fiscalización que corresponda a cada jurisdicción” (por domicilio social y habilitación municipal del sitio para cultivar) y el Registro Nacional de Organizaciones de la Sociedad Civil vinculadas a la Salud.
A la vez, se pediría que el objeto social incluya “uno o más de los objetivos previstos para el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales” (artículo 3 de la ley N°27.350 y del decreto reglamentario de 2020).
Para la inscripción como asociación civil y/o fundación cultivadora autorizada, se solicitaría que “presenten la nómina de usuarios”, que a la vez deberían estar inscriptos en el Reprocann y presentar una declaración jurada. Se daría un plazo de seis meses para que esas entidades se puedan adecuar a las nuevas condiciones de inscripción.
En cuanto al Consejo Consultivo Honorario, que ya funcionaba y al que en 2022 se le presentó la nueva versión del Reprocann, en el que los profesionales tuvieron que reinscribirse para recetar, quedaría con 15 miembros titulares y la misma cantidad de suplentes, incluido un funcionario de Salud en la presidencia, seis integrantes por las ONG y representantes del Conicet, la Anmat, el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), la Defensoría del Pueblo de la Nación, la Comisión Nacional de Evaluación de Tecnologías y el Instituto Nacional de la Semilla (Inase).
POLITICA
Diputados | Se aprobó el proyecto de reiterancia delictiva y seguirá su curso en el Senado
Por una amplia mayoría, el proyecto que busca endurecer el régimen jurídico para evitar la reiterancia delictiva obtuvo media sanción en Diputados. La iniciativa oficialista fue acompañada por sus aliados habituales, así como por Pro, la UCR, Encuentro Federal, Innovación Federal, la Coalición Cívica y casi todos los radicales de Democracia. Reunió 138 a favor, 94 en contra y 1 abstención.
La Cámara debate, además, la implementación del juicio en ausencia, cuyos avales no están en riesgo. Ambas propuestas fueron impulsadas por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.
La media sanción se girará al Senado, donde es probable que el kirchnerismo, que retiene 34 de de las 72 bancas, intente boicotear la iniciativa impulsada por el Poder Ejecutivo Nacional.
Al abrir el debate, la presidenta de la Comisión de Legislación Penal, Laura Rodríguez Machado, fue directa: “Vamos a dar media sanción a lo que la gente llama ‘puerta giratoria’. Con esta ley, se acabará la impunidad y los delincuentes en la calle”.
Explicó que el proyecto endurece el criterio de reincidencia: “Para que un delincuente sea considerado reincidente deberá haber sido condenado en dos o más delitos con sentencia firme”. También señaló un cambio clave en la prisión preventiva: “Hoy un juez solo puede dictarla si hay riesgo de fuga o entorpecimiento de la causa. Con esta reforma, también se tendrá en cuenta si la persona tiene múltiples imputaciones previas”.
El diputado de Unión por la Patria (UP), Martín Soria, lanzó una dura advertencia sobre el proyecto oficialista: “Con esto que van a votar, van a permitir que un abuelo que viene a manifestarse al Congreso porque le recortan la jubilación sea detenido y acusado de terrorismo. Una semana después, ese mismo abuelo acompaña a su nieto a la plaza a reclamar por el financiamiento universitario, que también le recortaron. Y con esta ley, ese abuelo puede terminar preso preventivamente, con el aval de un fiscal amigo de Comodoro Pro”.
Soria enmarcó la iniciativa en una política de “palo, hambre y cárcel” y denunció que el oficialismo busca disfrazar el endurecimiento de penas como una solución a la puerta giratoria. “Es mentira. Emitimos un dictamen de rechazo porque esta ley choca con principios constitucionales y normas vigentes. Engañan a la ciudadanía diciendo que vienen a terminar con la impunidad, pero lo que hacen es criminalizar la protesta y castigar a los que menos tienen”.
En la misma línea se pronunció Nicolás del Caño, de la Izquierda: “Es una persecución para evitar que la gente utilice el legítimo derecho de manifestarse”. Y sumó: “Le dan el poder a los fiscales y a los jueces para la perseguir a todos los sectores que salen a movilizarse porque saben que la resistencia a este plan económico va a ir aumentando”.
Si bien su bloque optó mayoritariamente por apoyar la iniciativa en su totalidad, el diputado Fernando Carbajal trazó una diferencia clave en el debate. “Esta ley modifica dos cuestiones muy distintas: el régimen de reincidencia, por un lado, y el de reiterancia, por otro. Son cosas completamente diferentes”.
Anticipó su voto y marcó su postura. “Voy a acompañar la reforma sobre reincidencia, porque creo en un derecho penal garantista, pero también en la eficacia del poder punitivo del Estado cuando se viola la ley”. Pero puso un límite: “Rechazo los artículos sobre reiterancia. Antes de que una persona sea condenada, llamarla delincuente es una infamia y una falacia. Quieren adelantar la pena sin sentencia firme”.
En representación de Pro, Cristian Ritondo exigió: “Por un momento nos aislemos de ideologías y pensemos en la seguridad de la gente y sea aplicada en la provincia de buenos aires y losbonaerenses puedan vivir mejor todos los días.
Reiterancia delictiva
Apunta a reforzar las herramientas legales para prevenir la reincidencia y la reiterancia delictiva a partir del establecimiento de criterios claros para restringir la libertad en función de los antecedentes penales y el riesgo de nuevas conductas delictivas. Define como “reincidente” a quien haya sido condenado dos o más veces a penas privativas de libertad, siempre que la primera condena esté firme.
Busca que, al evaluar la posibilidad de otorgar la excarcelación a un imputado, los jueces consideren la existencia de múltiples causas penales en trámite como un indicio de riesgo procesal. Es decir, si una persona está siendo investigada en varias causas por delitos que conllevan penas privativas de la libertad, esta situación podría ser interpretada como una señal de que, al recuperar su libertad, el imputado podría intentar eludir a la justicia.
Juicio en ausencia
El proyecto de ley para instaurar el juicio en ausencia en el país lo presentaron los ministros Mariano Cúneo Libarona (Justicia) y Patricia Bullrich (Seguridad) en las vísperas del trigésimo aniversario del atentado contra la AMIA. Obtuvo dictamen de mayoría en octubre y contó con el aval de casi todas las fuerzas políticas menos el kirchnerismo.
Permite el juicio en ausencia para delitos graves como crímenes de lesa humanidad o terrorismo, siempre que el imputado no pueda ser hallado tras intentos razonables. El proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo establece condiciones específicas para la implementación del juicio en ausencia. En primer lugar, esta medida se aplicará cuando el acusado haya sido declarado rebelde, es decir, si, a pesar de conocer el proceso en su contra, evita comparecer, ignora los requerimientos judiciales o evade la acción de la justicia. También se contempla esta posibilidad cuando, tras cuatro meses de búsqueda activa a nivel nacional o internacional, no se logre localizar al imputado.
Otra circunstancia en la que se podrá recurrir al juicio en ausencia es cuando un pedido de extradición formulado por Argentina sea rechazado o quede sin respuesta dentro del plazo estipulado, siempre que el Poder Ejecutivo no haya autorizado que el acusado sea juzgado en el país requerido.
Para salvaguardar el derecho a la defensa, la normativa prevé que el juez designe un defensor oficial si el imputado no cuenta con uno propio, aunque este podrá nombrar un abogado de su confianza en cualquier momento del proceso. Además, la presencia física del acusado no será obligatoria en ninguna instancia judicial, ya que todos los derechos que le corresponden serán ejercidos en su nombre por su defensor, según lo estipula el proyecto.
El objetivo de la propuesta es garantizar la continuidad de los procesos judiciales en casos donde el imputado evade la justicia. Podría ser utilizado en la causa AMIA contra los imputados iraníes. Irán se negó a extraditar a sus ocho ciudadanos acusados por el ataque a la mutual judía.
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