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POLITICA

Casación anuló la prescripción de la acción civil contra los autores de una maniobra contra Tandanor en el gobierno de Menem

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La Cámara Federal de Casación Penal resolvió la nulidad de parte de la sentencia del Tribunal Oral Federal 5 (TOF 5) en el caso del astillero estatal TANDANOR en cuanto a la prescripción de la acción civil, no de las condenas a prisión de funcionarios de Menem y empresarios que ya estaban firmes. Además, ordenó a ese tribunal oral volver volver a expedirse sobre a quien le corresponde la restitución del inmueble.

A más de 30 años de la gravísima maniobra defraudatoria que significó el despojo de un terreno valuado en 53 millones de dólares del astillero estatal TANDANOR y ubicado en Puerto Madero y a cinco años de la primera sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal, el máximo tribunal penal federal vuelve a pronunciarse en el resonado caso por fraude contra la administración pública que perjudicó gravemente al Estado Nacional durante el gobierno de Carlos Menem.

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La causa la abrió en los años 90 el fiscal Carlos Stornelli en base a una denuncia de Clarín. Es un antecedentes para el cobro del decomiso a la ex presidenta Cristina Kirchner y los otros ocho condenados en la causa Vialidad

En la causa Tandanor, se había confirmó las condenas de 3 años de prisión en suspenso impuestas a Alejandro Arturo Bofill, Eduardo Andrés Tesoriere y Juan Andrés Vlastó, en orden al delito de defraudación contra la administración pública, pero no se había resuelto la cuestión de .

En esta nueva intervención, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, hizo lugar a los recursos presentados por la querella —representada por el Ministerio de Defensa y la empresa TANDANOR SACIyN— , pero, por la mayoría de votos de los jueces Diego Barroetaveña y Guillermo Yacobucci, anuló la decisión del tribunal oral que había declarado prescripta la acción civil e incorrectamente dispuesto la restitución del inmueble a favor del Estado Nacional, cuando el titular del bien era la empresa Tandanor -con participacion estatal mayoritaria-.

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El juez Gustavo M. Hornos, en disidencia, volvió a votar por revocar el fallo del tribunal oral, rechazar la prescripción de la acción civil y ordenar la restitución del inmueble a la empresa Tandanor despojada. Fundó su posición en los lineamientos que sostuvo en su disidencia anterior y que fueron convalidados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que declaró la arbitrariedad de la anterior sentencia dictada por sus entonces colegas (que habían confirmado la prescripción de la acción civil y ordenado la restitucion del inmueble al Estado nacional) por omitir cuestiones trascendentales.

En especial, tanto el juez Hornos como la Corte destacaron que TANDANOR es una persona jurídica distinta del Estado Nacional, con capacidad para ejercer sus propios derechos y reclamar por los daños sufridos que estuvo en condiciones de conocer con posterioridad al Decreto PEN Nro. 315/2007 que anuló la fraudulenta licitación de ese importante astillero durante la gestión del ex ministro de Defensa Erman Gonzalez.

A partir de esa premisa, el juez Hornos reafirmó que la acción civil no se encontraba prescripta, y propuso ordenar al tribunal oral que se expida de manera urgente sobre la condena civil reclamada, lo que habilitaba a una pronta reparación patrimonial integral a la empresa defraudada.

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Asimismo, y en lo que constituye un hito en materia de reparación por delitos contra la administración pública, Hornos votó por la restitución del inmueble conocido como Planta I directamente a TANDANOR SACIyN, víctima del fraude. Se trata de un predio de más de 8 hectáreas en la zona de Puerto Madero, cuya recuperación había sido solicitada con sólidos argumentos tanto por Tandanor, querellante y actor civil, como por la querella institucional.

En su voto en disidencia el Juez Hornos, resaltó que «el juzgamiento eficaz del fraude cometido debe ser asegurado para restaurar la justicia y de restablecer el equilibrio perdido».

Sin embargo, la resolución definitiva de las fundamentales cuestiones reclamadas quedó nuevamente postergada por la nulidad resuelta por mayoría de votos de sus colegas.

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A 30 años del inicio de la maniobra fraudulenta y a 5 años del primer fallo casatorio, Casación reafirmó la necesidad de resolver con justicia y profundidad sobre la prescripción de la acción civil y la restitución del bien que fue objeto del delito, reconociendo la titularidad de la víctima real del despojo: la empresa TANDANOR SACIyN, pero postergó la pronta resolución del conflicto que quedará, nuevamente y muchos años más tarde, en manos del tribunal oral que ahora está conformado por otros jueces que deberán reexaminar la cuestión, explicaron fuentes judiciales.

Ministerio de Defensa,Carlos Saúl Menem,Cámara de Casación

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POLITICA

Elecciones 2025: cuándo se inicia la veda electoral en Santa Fe

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Este domingo 29 de junio se celebran las elecciones generales en Santa Fe para definir autoridades municipales, y los ciudadanos que estén habilitados para votar deben saber cuándo se inicia la veda electoral en la provincia, que restringe varias actividades de la vida cotidiana.

La veda electoral restringe algunas actividades y consumos

Cuándo se inicia la veda electoral en Santa Fe

De acuerdo al cronograma de los comicios 2025 que comparte el Tribunal Electoral de la provincia de Santa Fe, la campaña electoral finaliza 48 horas antes de la elección. Eso quiere decir que aplica a partir de las 8 de la mañana del viernes 27 de junio.

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A partir de ese momento, empieza la veda electoral en la provincia, por la cual hay algunas actividades que están prohibidas o limitadas. Estas se mantienen hasta el momento en que se cierran los comicios, a las 18, cuando las autoridades de las mesas de votación declararán terminada la elección, hayan o no votado todos los electores. Hay algunas actividades, como el expendio y consumo de alcohol, que están prohibidas hasta una hora después del cierre de los comicios.

¿Qué se vota en las elecciones municipales y comunales en Santa Fe?
¿Qué se vota en las elecciones municipales y comunales en Santa Fe?

Qué actividades están prohibidas durante la veda electoral en Santa Fe

Durante la veda electoral en Santa Fe, estas son las actividades que están prohibidas:

  • La aglomeración de tropas o cualquier ostentación de fuerza armada en el día de la recepción del sufragio. Solo los presidentes de comicio podrán tener a su disposición la fuerza pública necesaria para atender el mejor cumplimiento de esta ley. Las fuerzas provinciales, con excepción de la policía destinada a guardar el orden, que se encontrasen en la localidad en que tenga lugar la elección, se conservarán acuarteladas durante el tiempo de ella.
  • Los funcionarios públicos no pueden imponer a sus subalternos que se afilien a un partido, o que voten por candidatos determinados.
  • Todos los funcionarios del Poder ejecutivo tienen prohibido hacer propaganda dentro de sus respectivas oficinas, a favor o en contra de partidos o candidatos determinados. A su vez, los directores de colegios o escuelas no pueden formar parte de ningún comité político.
  • Los funcionarios, empleados públicos y autoridades policiales de la provincia tienen prohibido encabezar grupos de ciudadanos durante la elección y hacer valer en cualquier momento la influencia de su cargo para coartar la libertad del sufragio y asimismo, hacer reuniones con el propósito de influir en alguna forma en los actos electorales.
En la veda se prohíbe la afiliación a partidos políticos
En la veda se prohíbe la afiliación a partidos políticosmarcelo-manera-7533
  • En los centros urbanos, no pueden los propietarios que habiten una casa situada dentro de un radio de cien metros alrededor de una mesa receptora, o a su inquilino, el admitir reunión de electores ni depósito de armas, durante las horas de elección. Si la casa fuese tomada a viva fuerza, deberá el propietario o inquilino dar aviso inmediato a la autoridad policial.
  • Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refiera al acto electoral.
  • Los comités y centros de los partidos políticos el juego y el consumo de bebidas alcohólicas.
  • Durante el día del comicio, hasta pasada una hora de la clausura del mismo, no será permitido tener abiertas las casas destinadas al expendio de bebidas alcohólicas de cualquier clase. Quedan igualmente prohibidas, después de clausurados los comicios y hasta el día siguiente de los mismos, las reuniones en los comités o centros políticos, quedando autorizada la policía para clausurarlos por veinticuatro horas.
  • La portación de armas, el uso de banderas y divisas u otros distintivos por parte de los electores desde la noche anterior y durante todo el día de la elección.
  • En la semana que deba tener lugar la elección, los jefes y comisarios de policía retirarán del poder de los agentes de policía sus libretas de enrolamiento. Este acto se verificará en presencia de los apoderados de los partidos. Las libretas se encerrarán en paquetes lacrados, cuyas cubiertas serán selladas y firmadas por los apoderados de los partidos, los que se abrirán el día siguiente de la elección, en presencia de los mismos apoderados.

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POLITICA

Senadores peronistas cuestionaron la decisión judicial que les impide visitar a CFK sin autorización previa

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Senadores del interbloque Unión por la Patria cuestionaron este jueves la decisión judicial de impedirles visitar a Cristina Kirchner sin autorización previa y señalaron que se trata de una “intromisión del Poder Judicial en facultades propias del Poder Legislativo”.

Anticiparon que denunciarán ante organismos internacionales, como la Unión Interparlamentaria Mundial y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

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Leé también: La Justicia rechazó que los legisladores del PJ puedan visitar sin autorización a Cristina Kirchner en su prisión domiciliaria

La resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal TOF 2 ratificó las restricciones de acceso al domicilio de San José 1111, del barrio porteño de Constitución, en donde la expresidenta cumple prisión domiciliaria.

“Esa decisión afecta directamente nuestras funciones constitucionales como representantes del pueblo argentino, y alertamos que, lejos de constituir un acto jurisdiccional ajustado a derecho, representa un grave precedente y que atenta contra principios fundamentales del régimen republicano de gobierno, además de vulnerar derechos humanos consagrados constitucional y convencionalmente”, advirtieron en un comunicado de prensa.

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El TOF 2 declaró improcedente la presentación realizada por los diputados y senadores peronistas, que pretendían poder visitar a Cristina Kirchner sin autorización judicial. “Es evidente que el escrito constituye un pedido de aclaratoria y, por lo tanto, improcedente en lo formal por extemporáneo, al haber caducado el plazo”, explicó el juez Jorge Gorini en el fallo.

Qué reclaman los senadores peronistas

Según el interbloque de UxP, la resolución “limita el libre ejercicio de la representación política en el marco de un Estado de derecho”.

“La resolución judicial en cuestión establece que solo las personas incluidas en una nómina previamente presentada pueden visitar a la exmandataria sin autorización judicial; mientras que todas las demás —incluidos legisladores nacionales— deberían tramitar permisos individuales ante el tribunal“, explicaron los senadores.

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Al respecto, dijeron que “este enunciado desconoce que los legisladores nacionales no ejercen su función en carácter personal o particular, sino como portadores de un mandato constitucional, electos por el voto popular para representar los intereses del pueblo, aptitud esta que no puede ser ni restringida ni vulnerada, ni reglamentada y mucho menos por otro poder del Estado”.

Leé también: Milei lanzó duras críticas contra Kicillof y agitó la campaña: “Estamos en condiciones de dar un batacazo en la Provincia”

Lo que argumentan es que como legisladores nacionales “gozan de inmunidades funcionales e institucionales”, a lo que “se suma la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que ha sostenido reiteradamente que las inmunidades parlamentarias no son privilegios personales sino garantías institucionales del Congreso, dirigidas a preservar su autonomía funcional frente a actos que puedan interferir en su desenvolvimiento”.

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Condicionar la actividad de legisladores a autorizaciones judiciales es, en la práctica, subordinar al Poder Legislativo a decisiones del Poder Judicial, en contravención directa al principio de división de poderes que estructura nuestro ordenamiento jurídico”.

cristina kirchner, Unión por la Patria, Senado

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Elecciones 2025: cuándo se inicia la veda electoral en Formosa

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Este domingo 29 de junio los electores de la provincia de Formosa deben acudir a las urnas para elegir miembros de la Cámara de Diputados y autoridades municipales, por lo que es importante saber con exactitud cuándo se inicia la veda electoral en la provincia, y qué actividades restringe este período excepcional.

Los espectáculos públicos quedan prohibidos en la veda electoralMauro V. Rizzi –

De esta manera, de acuerdo al cronograma que estableció el Tribunal Electoral de la provincia, este plazo entra en vigencia a las 8 de la mañana del viernes 27 de junio y se extiende el resto del fin de semana, por lo que concluirá, tres horas después del acto electoral. Esto quiere decir que se mantendrá hasta las 21 del domingo 29 de junio.

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El capítulo 1 del undécimo tomo del Régimen Electoral Provincial establece las disposiciones prohibitivas alcanzadas por la veda electoral:

Los electores tienen prohibido el uso de banderas políticas durante la veda electoralfernando-font-18792 –

El Tribunal Electoral Permanente de Formosa ofrece a los ciudadanos que votan la posibilidad de consultar el padrón electoral de forma online. En ese sentido, quienes quieran saber cuál es lugar que se les asignó para sufragar, es necesario que ingresen al sitio padron.formosa.gob.ar.

Así se ve el portal en que se puede consultar el padrón para las elecciones en Formosa de este domingo 29 de junioCaptura

Allí, deben seleccionar su género, escribir su número de DNI y completar el código de seguridad de la página e indicar si son argentinos o extranjeros. De ese modo, automáticamente, el sistema exhibirá la información exacta de dónde deben ir a votar, al precisar el nombre y dirección del establecimiento asignado, como así también el número de mesa y número de orden.

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