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Caso Oil Combustibles: se designaron los jueces que analizarán la sentencia que había beneficiado a Cristóbal López y Fabián De Sousa

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Después del fallo unánime de la Corte Suprema que ordenó anular la sentencia de la Cámara Federal de Casación que había confirmado la absolución de los dueños del Grupo Indalo, Cristóbal López y Fabián de Sousa, en el caso por fraude al Estado a través de la firma Oil Combustibles, se conformó el nuevo tribunal que analizará el caso para tener un nuevo pronunciamiento sobre el caso.

Hace diez días el máximo tribunal hizo lugar a un recurso del Ministerio Público Fiscal y revocó la decisión de Casación que había absuelto a Cristóbal López y Fabián De Sousa en el marco de la causa «Oil Combustibles».

El expediente regresó a Comodoro Py donde, esta semana, se aceptó la inhibición de los camaristas Daniel Petrone y Diego Barroetaveña quienes habían confirmado la sentencia del Tribunal Oral Federal 3 (TOF 3). La misma, con el voto disidente del juez Andrés Basso, había resuelto absolver a los dueños del Grupo Indalo y sólo atribuir la maniobra defraudatoria a Ricardo Echegaray en su rol de director de la AFIP.

Los integrantes de la Sala I de la Cámara de Casación, que revisa las sentencias y decisiones de los Tribunales de juicio, consideraron que ya habían emitido opinión sobre el caso en aquella oportunidad, y que luego de que esa opinión fuera desautorizada por la Corte no debían volver a intervenir. Ese criterio fue avalado y se sorteó un nuevo tribunal para analizar el caso.

Serán los jueces Alejandro Slokar, Guillermo Yacobucci y Mariano Borinsky quienes tendrán la responsabilidad de estudiar la resolución de la causa. En primer término se notificará a las partes la integración de la Sala, para que en el plazo de 48 horas presenten objeciones que tengan al respecto.

Una vez que queda firme la conformación de la Sala, se procederá a fijar audiencia a las partes para volver a escuchar sus argumentos. Esto incluye al Ministerio Público Fiscal representado por Mario Villar quien insiste en que todos los acusados deben ser condenados por hechos de corrupción.

Luego de las audiencias, el Código Procesal Penal otorga veinte días hábiles para que haya un nuevo pronunciamiento por parte de la Casación Federal, pero es un plazo orientativo.

Según averiguó Clarín con fuentes judiciales, las audiencias podrían recién iniciar después de la feria judicial de invierno.

Cuando la Corte Suprema revocó el fallo que confirmaba el criterio del TOF 3, tuvo en cuenta el dictamen del Procurador General de la Nación, quien había señalado al analizar el caso que toda esta estructura tuvo otro elemento central, “una trama densa de relaciones personales y comerciales de mutuo beneficio entre los imputados y los que eran en aquel momento altos funcionarios de la administración pública”.

La sentencia que volverá a analizarse había resuelto una condena a 4 años y 8 meses de prisión a Echegaray y absolvió a los empresarios beneficiados por esa operatoria, a pesar de que los tres habían sido procesados y enviados a juicio por defraudación al Estado.

Según sostuvo la fiscalía en ese caso, Oil les cobró a los clientes que cargaban nafta en sus estaciones de servicio el ITC (impuesto a las transferencias de combustible), pero no le giró esa plata a la AFIP. De esa manera, según la acusación, el Grupo Indalo financió la compra de otras empresas, entre ellas el grupo de medios encabezado por el canal C5N y Radio 10, que se usó para apuntalar el gobierno de Cristina Kirchner.

¿Qué había dicho el voto mayoritario en el juicio? Los jueces Fernando Machado Pelloni y Javier Ríos señalaron que en este tipo de maniobras «López y de Sousa no son infractores del deber (u obligación) de fidelidad en la gestión de administración, que sí recaía completamente en cabeza del ex Administrador Federal”. Para estos dos magistrados, sólo eran contribuyentes que pedían planes de facilidad de pago ante la AFIP.

Ese criterio fue cuestionado por el Procurador Casal, quien sostuvo que la conducta de López y De Sousa “no se limitó a la mera solicitud de facilidades de pago”, como habían dicho dos de los jueces del TOF 3, y que esa interpretación se trató de «un recorte arbitrario de una trama mucho más compleja».

El único de los jueces del TOF 3 que pidió la condena de todos los imputados fue Andrés Basso, actual titular de la Asociación de Magistrados. Entre sus argumentos, expresó que en los casos de delitos complejos de corrupción, “la prueba debe ser analizada a través de una mirada conglobada e integral, lo que permitió establecer la clara convergencia de voluntades entre los tres imputados para defraudar a la administración pública por sumas millonarias”. Fue éste, justamente, uno de los puntos centrales del dictamen de Casal.

Sobre este aspecto señaló el Procurador: “Es propio de la actividad empresarial emprender bajo riesgos calculados y una estrategia de financiamiento como la diseñada por los imputados, por el volumen de los fondos y la persistencia en el tiempo que requería, no podría llevarse adelante sin la certeza práctica acerca de que AFIP otorgaría contra la ley las facilidades solicitadas”.

La acusación con la que López y De Sousa fueron a juicio sostenía que mientras no pagaban al fisco el impuesto a los combustibles líquidos (del cual Oil era agente de retención), la AFIP le otorgaba planes con facilidades para pagar esa deuda, pero tampoco cumplían según lo acordado. Y agregaba que con el dinero que le retenían indebidamente a los consumidores de nafta y no liquidaban a la AFIP, los empresarios iban expandiendo el holding Indalo.

El monto del fraude fue revisado durante el juicio, y se ajustó a un período menor al que contemplaba la imputación inicial. Así, se sostuvo que la deuda de Oil ascendía a unos 5.600 millones de pesos.

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IA: “El ser humano que no se adapta a la tecnología va a quedar atrás”

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Con el avance de la inteligencia artificial y el desarrollo de máquinas que reemplazan tareas de los seres humanos, cabe preguntarse si corren peligros ciertos puestos de trabajo. Sin embargo, el abogado especialista en políticas de empleo, Juan Pablo Chiesa, bajó tensión al asunto: “Las máquinas no van a reemplazar al ser humano, esto va a depender del hombre. La inteligencia artificial es una nueva modalidad como tantas otras, que implica una nueva forma de razonar, aprender y resolver mediante la tecnología, de la mano de la automatización”.

“La raza humana aporta una fuente física e intelectual limitada, por lo que la inteligencia artificial viene a complementar el tope del ser humano”, agregó. En esta línea, profundizó: “Es como la economía clásica, que se modernizó con la economía del conocimiento y de plataformas. Por ejemplo, en algunos lugares de China están prohibiendo por ley que en algunos restaurantes se pague con billetes de papel. También va a desaparecer la capacidad del tope humano para reemplazarlo por algo artificial; el ser humano que no se adapta ni capacita en capital humano o tecnología, se va a quedar atrás, no significa que la inteligencia artificial lo desplace”.

“Yo conozco gente que no tiene WhatsApp y está afuera del mundo”, añadió. Finalmente, se refirió al avance de la tecnología para nuestro país: “Estamos en una era muy avanzada y la Argentina está discutiendo el período de prueba, estamos atrasados a nivel tecnológico y esto repercute en la esfera laboral. Hay una tendencia llamada la ´gran renuncia´ donde la gente deja sus trabajos tradicionales y se capacitan en marketing o diseño digital, redes sociales, carreras, seminarios y cursos con rápida salida laboral; hay que aggiornarse porque el mundo evoluciona”. (www.REALPOLITIK.com.ar)
 

 

*La entrevista se realizó en el marco del programa Te la Debo que se transmite de lunes a viernes de 14.00 a 16.00 por RADIO REALPOLITIK.

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