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Causa Chocolate: la Justicia rechazó un pedido de liberación y el puntero del PJ seguirá preso

Julio «Chocolate» Rigau milita para el partido de Unión por la Patria en La Plata. (Foto: Perfil)Conte Grand pidió el jury contra los camaristas que cerraron la causa Chocolate. (Foto: Ministerio Público)Benavides y Villordo, los jueces que liberaron a Rigau. (Foto: TN)

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La Sala III de la Cámara de Apelaciones y Garantías de La Plata, la misma que cerró la causa contra Julio “Chocolate” Rigau, ahora rechazó su liberación y el puntero del PJ seguirá preso, vinculado a la causa de las tarjetas de la corrupción de la Legislatura bonaerense.

La defensa de Rigau, integrada por los abogados Miguel Ángel Molina y Alfredo Gascón, habían presentado un recurso de apelación para exigir la libertad por falta de mérito, después de que el Juzgado de Garantías, a cargo de Guillermo Atencio, denegara excarcelar al imputado por múltiples defraudaciones.

Los letrados alegaron que la decisión del Ministerio Público Fiscal excedió el plazo que puede estar detenida una persona cuando todavía no se le pidió la prisión preventiva, ya que aseguran que Betina Lacki, titular de la UFI N°2, “no requirió una prórroga de detención”.

Leé también: Pidieron el juicio político contra los camaristas que liberaron a “Chocolate” Rigau

“Julio Rigau lleva 23 días detenido sin que se haya pedido la prórroga de su detención, ni su prisión preventiva, por lo que no existe mérito en la presente causa para que continúe detenido”, expresaron.

En el documento al que accedió TN, el presidente del órgano judicial, Fernando Mateo, redactó una extensa justificación para rechazar el pedido y dijo que el fallo que ordenó reabrir la causa no implica que se dicte una nueva orden de arresto. “Lo sostenido por el juez no arroja ningún tipo de dudas, se reanuda la orden de detención primigenia. No existe ni pedido de la Fiscalía que figure en sistema, ni nueva orden, ni interrupción alguna de plazos que permitan volver a contarlos”, sostuvo.

“No se trata de una orden distinta, por otro hecho penalmente relevante, por una materialidad, o calificación diferente, se trata del mismo hecho y la misma decisión por el que fuera detenido el 9 de septiembre, ni más ni menos. La nulidad anulada, valga la redundancia, retrotrae jurídicamente los hechos al estado anterior, siendo entonces una sola detención, y no dos, como pretende el juzgador”, sentenció.

Por otro lado, el camarista Juan Alberto Benavides replicó los dichos de su colega, pero se abstuvo de emitir comentarios. Mientras que Alejandro Villordo no votó.

Por eso, este jueves, la Sala III de la Cámara penal de la capital bonaerense decidió no hacer lugar al planteo y “Chocolate” deberá permanecer tras las rejas mientras avanza la investigación que está en plena etapa de recolección de pruebas.

Pedido de juicio político contra los jueces que cerraron la causa

Tanto Villordo como Benavides están en la mira, ya que en los últimos días Julio Conte Grand pidió el juicio político contra ambos por cerrar la causa contra Julio Rigau arbitrariamente.

“Frente su patente mal desempeño y su grosero apartamiento del orden legal, el Procurador bonaerense denunció a los camaristas ante la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento”, señalaron en un comunicado desde la Procuración.

Además, explicaron que la denuncia analiza en profundidad “la escandalosa decisión de los camaristas que, sin tener jurisdicción para hacerlo, admitieron y dieron curso a un recurso de habeas corpus y en ese marco declararon la nulidad de la actuación policial contra Julio Rigau y todo lo actuado posteriormente en la causa, ordenando que fuera liberado y que le fueran restituidos el dinero secuestrado y las tarjetas bancarias (de las que no era titular)”.

Conte Grand pidió el jury contra los camaristas que cerraron la causa Chocolate. (Foto: Ministerio Público)
Conte Grand pidió el jury contra los camaristas que cerraron la causa Chocolate. (Foto: Ministerio Público)

El 18 de octubre, el procurador ofreció prueba y solicitó al Jurado el apartamiento preventivo de los camaristas mientras se sustancie el proceso.

Ahora, se deberán sortear a seis legisladores abogados y seis conjueces para integrar el jurado que, presidido por el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, decidirá su destitución.

Los fundamentos detrás del pedido de jury contra los camaristas que liberaron a Rigau

Para denunciar a los camaristas, Conte Grand tomó el fallo del Tribunal de Casación penal que pidió reabrir la causa y puso en manifiesto que tanto Villordo como Benavídez “se habían apartado de la ley”, beneficiando a Rigau cuando no era su competencia.

“En efecto, los jueces Budiño y Mancini entendieron que la resolución de la Cámara debía ser anulada por razones lógicamente previas al análisis de su fundamentación de los recursos de los apelantes, es decir, que no era necesario adentrarse en los fundamentos de la apelación del fiscal general de La Plata ni del particular damnificado, porque la decisión de la los jueces Benavídez y Villordo era palmariamente nula”, explicó el procurador.

Benavides y Villordo, los jueces que liberaron a Rigau. (Foto: TN)
Benavides y Villordo, los jueces que liberaron a Rigau. (Foto: TN)

Desde Casación destacaron que la Cámara “actuó por fuera de su jurisdicción, en tanto, según la ley procesal vigente, la orden de detención dictada por el juez competente no resulta impugnable por vía de habeas corpus”.

Leé también: Las duras acusaciones del fiscal contra los jueces que cerraron la causa “Chocolate” Rigau

Por ello, para Conte Grand “la decisión de los jueces se apartó abiertamente de las constancias objetivas de la causa. A través de un razonamiento arbitrario -canalizado, además, por una vía improcedente-, el decisorio terminó por provocar un daño de tal trascendencia que hiere gravemente a los poderes del Estado en general y a la administración de justicia, en particular.”

Por otro lado, aseguró: “La resolución generó una gran conmoción en el tejido social, el que se enfrenta a una decisión que terminaría por invertir las responsabilidades, diluyendo aquella que potencialmente podía caberle al detenido para, en definitiva, cargar las culpas sobre el accionar policial”.

“A raíz de lo señalado, no es osado considerar que, con su voto, los doctores Benavides y Villordo han reforzado el estado de desconfianza social en la judicatura”, concluyó.

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Cúneo Libarona cambió el reglamento para que los jueces que cumplan 75 años pidan 5 años más de mandato

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El ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, cambió este viernes el reglamento para la extensión por 5 años más del mandato de jueces que hayan cumplido 75 años y estableció que deberán pedirlo un año antes de llegar a esa edad. En esas condiciones, el Gobierno podrá enviar su legajo al Senado para que apruebe su nominación.

Entre los cambios que Cúneo introdujo al reglamento que había hecho su antecesor Martín Soria, redujo de 15 a 5 días el plazo para que esas entidades de la sociedad civil presenten observaciones sobre los candidatos.

Según fuentes judiciales, el reglamento no precisa cuáles serán los “elementos de convicción» que tendrá el Gobierno para aceptar o no la prórroga.

Se trata de un tema clave porque en la actualidad la justicia federal tiene 143 vacantes, 33 defensorías públicas y 15 fiscalías, según el presidente del Colegio Público de Abogados de la CABA y ex camarista Ricardo Gil Lavedra.

En una nota, Gil Lavedra le pidió que el presidente Javier Milei acelere la elección de candidatos de las 100 ternas que tiene desde principios de años.

En los considerandos del nuevo reglamento, se dice que la modificación es para «adoptar mecanismos que permitan a la sociedad civil, los colegios profesionales, asociaciones que nuclean a sectores vinculados con el quehacer judicial, de los derechos humanos y otras organizaciones que por su naturaleza y accionar tengan interés en el tema, dar a conocer sus observaciones fundadas, puntos de vista y objeciones respecto de los Magistrados que soliciten el nuevo nombramiento» (…) «el PODER EJECUTIVO NACIONAL contará con mayores elementos de convicción para disponer en la materia, contribuyendo al mejoramiento de la prestación del Servicio de Justicia.»

En el artículo 1º, se dice que “los Jueces que pretendan un nuevo nombramiento en los términos de la presente, podrán requerirlo ante el MINISTERIO DE JUSTICIA, durante el año anterior a la fecha en que alcancen la edad de SETENTA Y CINCO (75) años”.

Y en el artículo 3º se establece que la cartera de Justicia “publicará en la página web del Ministerio y en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA durante UN (1) día, la solicitud referida en el artículo 1º. Cuando el cargo involucrado tuviere asiento en una Provincia, la citada publicación deberá efectuarse también en UN (1) diario de circulación en la jurisdicción correspondiente”.

Desde el día de publicación “en el BOLETIN OFICIAL y por el término de CINCO (5) días hábiles, la sociedad civil, los colegios profesionales, asociaciones que nuclean a sectores vinculados con el quehacer judicial, de los derechos humanos y otras organizaciones que por su naturaleza y accionar tengan interés en el tema podrán hacer llegar al MINISTERIO DE JUSTICIA, por escrito y de modo fundado y documentado, las observaciones, objeciones, posturas y demás circunstancias que consideren de interés expresar con relación al Magistrado solicitante, ello junto con una declaración jurada de su propia objetividad respecto de los profesionales en cuestión”.

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