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Declararon culpable a Marine Le Pen por un caso de desvío de fondos y la inhabilitaron para presentarse a cargos públicos

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PARÍS.- Este lunes, una corte francesa declaró culpable a Marine Le Pen, líder de Agrupación Nacional (RN, según sus siglas en francés), en un caso de desvío de fondos, aunque los jueces todavía no detallaron cuál sería su sentencia. La exfuncionaria de 56 años, sentada en la primera fila del tribunal de París, no mostró reacción inmediata mientras la jueza principal leía el veredicto. Por lo pronto, no podría postularse a cargos públicos con efecto inmediato, lo que frustraría sus ambiciones presidenciales para 2027. Tanto ella como los coacusados enfrentan hasta 10 años de prisión, medida que podría ser apelada.

La magistrado Bénédicte de Perthuis también dictó veredictos de culpabilidad a otros ocho miembros actuales o anteriores de su partido que, al igual que ella, anteriormente se desempeñaron como legisladores electos en el Parlamento Europeo.

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”El objetivo es garantizar que los representantes electos, como todos los justiciables, no se beneficien de un trato preferente”, aseguró la presidenta del tribunal correccional de París, Bénédicte de Perthuis, al anunciar esta pena de ejecución inmediata para Le Pen y el resto de acusados. Tras conversar brevemente con su abogado, la líder de la ultraderecha francesa abandonó el tribunal sin esperar las penas precisas que la justicia le impondrá. No realizó declaraciones a los numerosos medios presentes.

Durante el proceso oral, la fiscalía pidió cinco años de cárcel (dos de obligado cumplimiento), 300.000 euros de multa y cinco años de inhabilitación contra ella. Si el tribunal sigue el pedido del ministerio público, la dirigente no podría presentarse a la elección presidencial de 2027, a la que ya no puede concurrir el actual presidente Emmanuel Macron. Los sondeos la colocan en cabeza de la primera vuelta. Ella había descrito previamente ese escenario como una “muerte política”.

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La denuncia por malversación de fondos

La justicia procesó entre septiembre y noviembre a Le Pen, a su partido y a otras 24 personas por presuntamente pagar con el dinero del Parlamento Europeo a los empleados de su formación entre 2004 y 2016. Según la investigación, se puso en marcha de “forma concertada y deliberada” un “sistema de malversación” de los 21.000 euros (22.700 dólares) al mes con los que cuenta cada eurodiputado para pagar a sus asistentes parlamentarios.

El tribunal consideró que “en realidad” trabajaron para el partido Frente Nacional (FN), rebautizado RN en 2018, que se habría ahorrado importantes sumas de dinero con esta práctica prohibida por la legislación europea. Las audiencias dejaron al descubierto, por ejemplo, que parte del dinero de la Unión Europea (UE) se utilizó para pagar al guardaespaldas de Le Pen, quien una vez fue quien resguardó a su padre, así como a su asistente personal.

Declararon culpable a Marine Le Pen por un caso de desvío de fondos y la inhabilitaron para presentarse a cargos públicos

Posicionamiento

Le Pen quedó en segundo lugar por detrás del presidente Macron en las elecciones de 2017 y 2022, y el apoyo electoral de su partido creció en los últimos años. A lo largo de juicio de nueve semanas que se extendió desde finales de 2024, la derechista argumentó que la inhabilitación “tendría el efecto de privarme de ser candidata presidencial” y privaría de derechos a sus seguidores. “Hay 11 millones de personas que votaron por el movimiento que represento. Así que mañana, potencialmente, millones y millones de franceses se verían privados de su candidato en la elección”, dijo al panel de tres jueces.

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Si Le Pen no puede postularse en 2027, su aparente sucesor natural sería Jordan Bardella, su protegido de 29 años que la sucedió al frente del partido en 2021.

Con información de las agencias AP y AFP

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A quién afecta la reforma laboral: ¿es solo para las relaciones futuras o también para las preexistentes?

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El proyecto de reforma laboral que aprobó la Cámara de Diputados legisla sobre temas centrales de las relaciones de trabajo y los especialistas coinciden en que no sólo alcanza a las nuevas contrataciones, sino también a las preexistentes; es decir, que afectará a todo el universo de trabajadores.

Si a un empleado lo echan, la regla es que el cálculo de la indemnización se hace con la ley vigente al momento del despido (no la que regía cuando el trabajador fue contratado), coinciden especialistas en derecho laboral consultados por , que imaginan como probable un escenario de alta litigiosidad una vez que la reforma entre en vigencia.

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El tema de la indemnización es clave porque la reforma excluye expresamente de la nueva fórmula de cálculo ítems como el aguinaldo, las vacaciones y las bonificaciones. Además, habilita al empleador a pagarla en cuotas.

Para que la reforma se aplicara solo a los nuevos empleos, eso debería estar expresamente escrito.

El 11 de febrero, cuando el Senado debatió el proyecto, Mariano Recalde (PJ) pidió esa especificación. Solicitó agregar un artículo 57 bis, que dijera: “Las disposiciones del presente Título –el Título I– serán de aplicación a los contratos de trabajo que se celebren a partir de la entrada en vigencia de esta ley”. El senador Bruno Olivera Lucero, miembro informante de La Libertad Avanza, rechazó la modificación y el proyecto quedó tal cual estaba redactado.

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Sucedió algo similar anoche en la Cámara de Diputados. Sergio Palazzo (PJ) hizo el mismo planteo que Recalde: pidió un agregado que especificara que la aplicación de la ley sería para los empleos que se generaran a partir de su promulgación. El diputado libertario Lisandro Almirón también rechazó la propuesta.

En el Gobierno habían sido poco claros con respecto a este punto. entrevistó al secretario de Trabajo, Julio Cordero, en diciembre pasado y le preguntó específicamente: “¿En caso de que el proyecto se convierta en ley, a partir de cuándo se aplica y quiénes están abarcados bajo el paraguas de esta legislación? Usted habló de derechos consagrados…“. Cordero contestó: ”Cuando la ley menciona especialmente que va a haber una aplicación retroactiva, entonces ahí hay una aplicación retroactiva. Por ejemplo, en los juicios pendientes. En general, cuando no dice nada, la ley por regla no tiene aplicación retroactiva».

En el Congreso, en el plenario de comisiones que analizó la reforma, Cordero fue más allá: “La ley va a aplicar a los nuevos trabajos… las normas no son de aplicación retroactiva, salvo que lo diga expresamente”.

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Pregunta de Mariano Recalde en el Plenario de Trabajo y Presupuesto en el Senado

En rigor, es cierto que no se trata de una “aplicación retroctiva” porque la nueva ley no tendrá impacto sobre situaciones agotadas (por ejemplo, despidos previos a que entrara en vigencia reforma). Pero no es cierto que se aplique sólo a los “nuevos trabajos”.

El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, sí admitió, en una entrevista con Radio Mitre, que la reforma aplicaba a todos los empleos, no solo a los nuevos. Sturzenegger sostuvo: “Aplica a cualquier relación laboral”. Y argumentó: “No estás cambiando nada. Estás simplemente dándole precisión al cálculo. Simplemente estamos clarificando temas de la nueva ley de contrato de trabajo, que aplica para todos”.

Sturzenegger sobre las indemnizaciones tras la reforma laboral

El abogado laboralista Julián De Diego dijo que es claro que “se aplica para todos”. Advirtió que para las relaciones preexistentes “hay derechos adquiridos que no se pueden vulnerar” porque “la mayoría de los principios generales del derecho del trabajo [que protegen al trabajador] están a salvo y deben ser tenidos en cuenta además los tratados internacionales, que están por encima de la ley”. Pero esto no aplica para un despido posterior a la entrada en vigencia de la nueva ley.

“A quien sea despedido dentro de seis meses se le aplicará la nueva norma. El suyo era un derecho en expectativa, no adquirido. Se le aplica la ley vigente en el momento de la causa que da origen al beneficio”, afirmó De Diego. “Esto no quiere decir que se aplique en forma retroactiva. Lo dicen la Constitución Nacional y el Código Civil”, advirtió.

De Diego explicó que los derechos aquiridos, que “son intocables”, son, por ejemplo, el premio que le da la empresa a un empleado por productvidad, el bono por objetivos, el pago de guardería, los cursos de capacitación.

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En el mismo sentido, Inés Arias, abogada laboralista del estudio Aguirre Saravia y Gebhardt, y subdirectora del Instituto de Derecho del Trabajo del Colegio Público de la Abogacía de la Capital, dijo a que si la ley no afirma lo contrario, rige para el futuro desde su entrada en vigencia, y que la Constitución Nacional establece el derecho de toda persona a una sentencia basada en la ley vigente en el momento (según el principio de legalidad del art. 18). “Si el despido se produjo después de la entrada en vigencia, se aplica la nueva ley”, coincidió.

Pero, ¿puede un trabajador con décadas de antigüedad reclamar que se le aplique la ley anterior? Arias explicó que podría intentarlo invocando la “doctrina de la condición más beneficiosa subsistente”, para que el contrato de trabajo se considere junto con las normas laborales que estaban vigentes cuando se celebró. Explicó que esto “se apoya en los principios de progresividad y de no regresividad” (en términos del constitucionalista Andrés Gil Domínguez, este principio significa que si un Estado ya reconoció y garantizó un derecho en cierto nivel, no puede dar marcha atrás arbitrariamente).

“El trabajador podría plantear que integra su patrimonio el standard de derechos indemnizatorios que ya adquirió, pero quien calcula las indemnizaciones es el empleador al momento del despido pago”, advirtió Arias. Por ende, todo indica que en la práctica, si alguien pretende que le aplique la ley anterior, deberá plantearlo en los tribunales.

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Pese al fallo contra los aranceles de Trump, la Casa Rosada prevé enviar al Congreso los aspectos técnicos del acuerdo con Estados Unidos

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La Corte Suprema de los Estados Unidos dictaminó este viernes que Donald Trump excedió su autoridad al imponer aranceles generalizados a las importaciones de diferentes socios comerciales. Se trata de uno de los fallos más determinantes en materia de política económica en las últimas décadas, con un impacto muy alto en el principal instrumento de negociación política del presidente norteamericano.

Las implicancias no se limitan a los aranceles globales que había impuesto el mandatario —quien horas después redobló la apuesta ante la Corte al volver a implementar un 10% de aranceles globales, y este sábado las incrementó 5 puntos porcentuales más—, sino que también alcanza a los acuerdos comerciales que la Casa Blanca había negociado y anunciado con diferentes socios, entre ellos la Argentina.

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La decisión de la Corte tiene implicancias significativas porque podría obligar al gobierno estadounidense a deshacer acuerdos comerciales con otros países y, potencialmente, a pagar reembolsos cuantiosos a las administraciones extranjeras afectadas. A pocos meses de haber ingresado a su segundo mandato presidencial, Trump invocó la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional de 1977 para establecer aranceles a bienes importados de más de 100 países. Argentina fue una de las afectadas.

Esta decisión judicial podría dejar sin efecto el principal beneficio que Argentina obtenía en términos de acceso a mercados, dado que la reducción del arancel recíproco del 10% al 0% para 1.675 posiciones arancelarias era “la única concesión en materia de acceso a mercados que brindaba a nuestro país”, afirmaron desde la Cámara de Exportadores de la República Argentina (CERA). La ampliación de la cuota anual de importación de carne vacuna, que aumentó de 20.000 a 100.000 toneladas métricas hasta 2026, se concedió mediante un decreto específico de Trump (“Ensuring affordable beef for the American consumer”) y no está incorporada al tratado invalidado.

Infobae contactó a tres fuentes muy altas de la administración de Javier Milei. Dos de ellas reconocen que esta decisión de la Corte pone un signo de interrogación sobre la sostenibilidad del acuerdo. Aun así, existe una posición unánime de que no habrá marcha atrás en la decisión de ratificar el tratado comercial con Estados Unidos mediante un proyecto en el Congreso.

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Eso no se frena. En las próximas semanas tenemos intención de enviar las modificaciones de leyes que nos permitan aplicar los aspectos técnicos”, afirmó una fuente inobjetable. Para ejecutar varios de sus apartados, el Gobierno debe cambiar varias normas: algunas se dispondrán por Decreto, otras por Resolución Administrativa; pero las más importantes deberán aprobarse mediante un trámite legislativo.

Uno de los puntos más complejos es que, para que puedan entrar en vigencia los beneficios arancelarios, las autoridades norteamericanas exigen que el país adhiera a un conjunto de convenios internacionales, como el Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT, por sus siglas en inglés).

Milei junto a Trump, durante la reciente reunión de la Junta de la Paz. Foto: Reuters

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, señaló en las redes sociales que la incorporación a ese régimen ya tiene media sanción por parte de Diputados desde hace 29 años. “Es decir, ocho Gobiernos le hicieron el juego a los lobbies y se hicieron los ‘dolobus’. La aprobación del PCT va a marcar un antes y un después para la ciencia en Argentina. Mucho bla bla con la comunidad científica del kirchnerismo, pero, mamita, les prohibían a los científicos patentar sus invenciones en el país”, cuestionó.

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En un hilo publicado en su cuenta de X, el funcionario remarcó que también se solicita “normalizar la situación con los tratados de Bruselas sobre señales por satélite; de Budapest sobre depósito de microorganismos; acta de Ginebra sobre dibujos y modelos industriales; protocolo de Madrid de registro internacional de marcas; tratado sobre derecho de patentes; de Singapur sobre derechos de marcas y el Convenio UPOV 91”.

Todas estas cuestiones deberían ser discutidas en el ámbito parlamentario, lo que demoraría la aplicación del acuerdo comercial, independientemente de si es aprobado o no en un proyecto aparte.

El reciente fallo de la Corte Suprema de Estados Unidos que bloqueó los aranceles generales impulsados por la administración de Donald Trump modificó el panorama comercial entre Argentina y el país norteamericano, al eliminar parte del diferencial arancelario que beneficiaba a los productos argentinos. La sentencia establece que la autoridad para fijar estos impuestos reside en el Congreso de Estados Unidos, lo que quita al Ejecutivo la posibilidad de imponer tributos de amplio alcance sin control parlamentario.

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Para el sector argentino, el principal efecto se percibe en la posición competitiva frente a Brasil y otros países de la región. Según fuentes con acceso a la negociación, “parte del diferencial de aranceles con Brasil se diluye”, lo que podría afectar las cadenas de valor y la dinámica de inversiones e intercambio comercial interno en el Mercosur. Además, el fallo implica la potencial devolución de 133.000 millones de dólares por pagos realizados bajo los aranceles suspendidos, lo que representa una presión adicional para el Tesoro estadounidense.

En la industria local destacan que, hasta ahora, Argentina accedía a arancel cero para 1.600 posiciones arancelarias y un máximo del 10% para el resto, mientras que empresas de Brasil afrontaban gravámenes del 50%. Esto posicionaba a la Argentina con un trato preferencial, especialmente en sectores como el acero y el aluminio. La eliminación de los aranceles generalizados obliga al sector privado a replantear estrategias para el acceso al mercado estadounidense, aunque la cuota de 80.000 toneladas métricas de carne bovina destinada a Estados Unidos permanece sin modificaciones, ya que fue negociada de forma independiente y queda fuera del alcance inmediato del fallo judicial.

Desde el punto de vista de la inversión, los mecanismos de facilitación pactados en el último acuerdo bilateral mantienen vigencia pese al cambio en los tributos, según indicó Gustavo Perego, director de Abeceb. La continuidad de la cuota cárnica y el capítulo de inversiones permite sostener parte de los beneficios comerciales, aunque la discriminación positiva que tenía la Argentina sobre otros productos pierde peso.

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El sector privado advierte que la redefinición de esquemas de cuotas y aranceles será prioritaria en la agenda bilateral y que la seguridad jurídica en materia de inversiones será un factor central para proyectar el vínculo económico con Estados Unidos. En ese sentido, la Cámara de Exportadores de la República Argentina (CERA) resaltó que “el compromiso fundamental de Estados Unidos era la reducción del arancel recíproco del 10% al 0% para 1.675 posiciones arancelarias”, acuerdo que, tras la decisión judicial, pierde validez legal. CERA puntualizó además que la cuota cárnica, no incluida en el texto principal del acuerdo, debería mantenerse vigente.

El histórico fallo limita la utilización de aranceles como instrumento de presión en política exterior por parte del Ejecutivo, al definir que solo el Congreso puede establecer estos gravámenes, y marca un precedente para futuros debates sobre el alcance de la International Emergency Economic Powers Act (IEEPA) y la regulación de la política comercial de Estados Unidos. La revisión de las cuotas y eventuales nuevas medidas quedará en manos de Washington en las próximas semanas, mientras los actores económicos argentinos permanecen atentos al impacto sobre las cadenas de valor y las exportaciones.

North America

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Tras el fallo de la Corte Suprema de EE.UU. contra los aranceles de Trump, el Gobierno espera definiciones de la Casa Blanca para avanzar con el acuerdo comercial

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El Gobierno espera definiciones de Estados Unidos para avanzar con el acuerdo comercial tras el fallo de la Corte Suprema que invalidó algunos aranceles impuestos por la administración de Donald Trump.

El Tribunal Supremo desestimó las medidas respaldadas bajo Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) y reafirmó que la facultad corresponde al Congreso.

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Leé también: El Gobierno monitorea la explosión en la Escuela de Gendarmería y prepara una presentación judicial

En el Ejecutivo sostienen que el entendimiento se enviará al Congreso a partir de marzo, pero admiten que el nuevo escenario judicial en Washington condiciona el avance.

En Nación advierten que esperan detalles sobre el instrumento legal que utilizará la Casa Blanca para mantener el esquema arancelario negociado.

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Estamos esperando instrucciones. Trump quiere sostener los acuerdos”, expresan fuentes oficiales. En la Casa Rosada no descartan que el texto deba readecuarse antes de ser remitido formalmente al Congreso si Washington opta por utilizar otras herramientas, como las secciones 232 o 301 de su legislación comercial.

Javier Milei junto a Donald Trump en la firma del Consejo de Paz en el Foro de Davos (Foto: Reuters – Jonathan Ernst).

El ministro de Relaciones Exteriores, Pablo Quirno, negó que el acuerdo sea afectado por la decisión de la Justicia estadounidense.

El entendimiento contempla que Estados Unidos no aplique el arancel adicional previsto en la orden ejecutiva del 2 de abril de 2025 y que el adicional no será superior al 10% para el resto de los bienes argentinos, entre otros puntos.

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Más allá del capítulo arancelario, el acuerdo incluye compromisos sobre eliminación de barreras no arancelarias, reconocimiento de certificaciones técnicas y sanitarias, cooperación regulatoria y reglas en materia de inversiones y propiedad intelectual. El Gobierno instrumentará algunas partes a través de decretos y resoluciones administrativas.

Leé también: El Gobierno convocó a la mesa política para avanzar con cuatro proyectos clave en el Congreso

Tras el fallo, Trump anunció que impondrá un arancel global del 10% bajo otra disposición de la Ley de Comercio de 1974 y que mantendrá vigentes los gravámenes aplicados por razones de seguridad nacional y por “prácticas desleales”.

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En Nación analizan si ese nuevo encuadre preserva en los hechos el tratamiento diferencial previsto para la Argentina o si obliga a introducir modificaciones técnicas en el texto firmado.

En el Ejecutivo remarcan que la prioridad es evitar que el Congreso trate un acuerdo cuyo sustento normativo en Estados Unidos quede sujeto a cambios inmediatos. Es por eso que aguardan la formalización de las nuevas órdenes ejecutivas y evaluan si el arancel global anunciado reemplaza o complementa el esquema previsto en el entendimiento bilateral.

El envío del texto a la Cámara de Diputados seguirá en pie, pero el ritmo dependerá de cómo quede configurada la política comercial estadounidense en las próximas semanas.

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En la Casa Rosada aseguran que buscan sostener el acuerdo y mantener la señal política hacia Washington, aunque reconocen que la definición final estará atada a la arquitectura legal que adopte la Casa Blanca tras el fallo judicial.

Gobierno, Estados Unidos, acuerdo

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