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POLITICA

El Gobierno busca revertir un dictamen “K” para avanzar en su plan de auditar a las universidades públicas

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El Gobierno analiza revertir un dictamen de la gestión anterior para que la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) pueda auditar las universidades públicas. Según pudo saber TN, el Ejecutivo quiere que el organismo que depende de Miguel Blanco tenga mayor incidencia en la revisión financiera, operativa y de gestión junto con la Auditoría General de la Nación (AGN).

La Casa Rosada quiere modificar un dictamen del 28 de noviembre del 2022 -que corre por el expediente IF-2022-128362119-APN-PTN- que impulsó el extitular de la Procuración del Tesoro de la Nación Carlos Zannini y establece que las funciones de la SIGEN no resultan “aplicables a las universidades nacionales“.

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Es la vía técnica que la Casa Rosada quiere establecer para poder incluir en la auditoría de las universidades públicas a un organismo distinto a la AGN, pero todavía no informó al Procurador del Tesoro de la Nación, Rodolfo Barra.

En Balcarce 50 sostienen que es una medida que le van a proponer a los rectores de las universidades en el próximo encuentro del 30 de abril en el Palacio Sarmiento. Las negociaciones las liderará el secretario de Educación, Carlos Torrendel, en vez del subsecretario de Políticas Universitarias, Alejandro Álvarez, y las supervisará la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

El extitular de la Procuración del Tesoro de la Nación Carlos Zannini impulsó un dictamen en 2022 que establece que las funciones de la SIGEN no resultan “aplicables a las universidades nacionales“ (Fuente: SIGEN).

La cúpula del Ejecutivo tiene diálogo constante con el vicerrector de la UBA, Emiliano Yacobitti, ya que conoce al asesor presidencial Santiago Caputo de la militancia juvenil en “La Cantera”. La línea del oficialismo es intentar avanzar en la negociación presupuestaria y que les permitan sumar a la SIGEN a la auditoría.

En los pasillos de la Casa Rosada mantienen que la marcha universitaria fue “la más fuerte hasta el momento” y destacaron que los jóvenes “no ensuciaron la plaza ni hicieron quilombo”. Los cercanos al Presidente sostienen que van a intentar de que “le vuelva peor” a sus impulsores mediante la revisión de cuentas y del personal.

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Es por eso que quieren que la SIGEN -organismo que realizó la auditoría general del Estado- tome parte en la revisión financiera y operativa de las universidades públicas junto a la Auditoría General de la Nación (AGN), que lidera el opositor Juan Manuel Olmos.

Los integrantes de la mesa técnica de Milei pretenden que los encargados de la auditoría respondan a ellos para poder tener vía directa con los resultados que encuentren. En la Casa Rosada buscan utilizar el informe para capitalizar su discurso contra la corrupción.

En los pasillos de la Casa Rosada mantienen que la marcha universitaria de esta semana fue “la más fuerte hasta el momento” (Foto: REUTERS/Agustin Marcarian).
En los pasillos de la Casa Rosada mantienen que la marcha universitaria de esta semana fue “la más fuerte hasta el momento” (Foto: REUTERS/Agustin Marcarian).

Tras el dictamen de Zannini, la SIGEN tuvo que ceder sus Unidades de Auditoría Interna en las universidades y se quedó únicamente con inferencia en el Ministerio de Educación, la comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, la fundación Miguel Lillo y en las universidades nacionales con convenio especial.

Una de sus funciones es “formalizar convenios de colaboración docente y actividades conexas con organismos públicos y privados y con Universidades Nacionales”. El exministro de Educación Jaime Peczyk firmó uno de estos el 1 de noviembre de 2023, pero no avanzó.

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Según la ley de Administración Financiera (24.156), la AGN es el organismo encargado de promover investigaciones de carácter federal sobre el contenido patrimonial en los casos que corresponda. Depende del Congreso de la Nación y está ligada a la comisión mixta Revisora de Cuentas.

La palabra de la AGN

Las autoridades actuales son el exvicejefe de gabinete Juan Manuel Olmos (titular) y los auditores generales Francisco Fernández, Alejandro Nieva, María de la Rosa, Gabriel Mihura y Juan Ignacio Forlón. Para designar nuevos auditores, el oficialismo debe conformar la comisión y nombrar a sus doce integrantes (seis diputados y seis senadores).

El titular de la Auditoría General de la Nación (AGN), Juan Manuel Olmos (Foto: Gobierno).
El titular de la Auditoría General de la Nación (AGN), Juan Manuel Olmos (Foto: Gobierno).

Tras la marcha federal universitaria, los dirigentes de la AGN expresaron que el Gobierno no tiene la autoridad para establecer las auditorías universitarias y que “el Congreso Nacional es quien dispone qué, cuándo y a quiénes se audita a través del Plan Anual de Auditoría que aprueba la Comisión Mixta Revisora de Cuentas para cada ejercicio presupuestario”.

Argumentaron además que “se realizaron distintas auditorías que fueron programadas sobre las universidades de Rosario, del Litoral y de Buenos Aires y se comenzaron auditorías en las universidades nacionales de Formosa, Jujuy y Córdoba”.

Gobierno, universidades, sigen

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La Corte Suprema declaró constitucional la ley que obliga a usar cinturón de seguridad en todo el país

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió este martes por unanimidad el uso obligatorio del cinturón de seguridad en todo el país. El incumplimiento del mismo será sancionado como una falta vial, es por ello que quienes no lo utilicen podrán ser multados.

En noviembre de 2014, un control de tránsito detuvo a un conductor, llamado por sus siglas D.S.G, cuando circulaba por la intersección de Acceso Norte y Reconquista, en el departamento mendocino de Las Heras. Tal como indica la norma provincial, al advertir que no llevaba puesto el cinturón, el oficial de tránsito le hizo una multa.

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Es por ello que D.S.G planteó la inconstitucionalidad de la ley que lo obligaba a usar cinturón cuando se desplazaba en la calle como único ocupante del vehículo. Sostuvo que, en esas condiciones, utilizar o no cinturón era una acción que no afectaba a terceros y debía quedar exenta de control estatal, en los términos del artículo 19 de la Constitución Nacional. Este artículo 19 dice: “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están solo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados”.

Los conductores que no utilicen cinturón de seguridad serán multados. Es una norma que rige para todo el país. (Foto: GCBA)

Por unanimidad, la Corte rechazó este planteo de D.S.G y convalidó hoy la constitucionalidad del uso obligatorio del cinturón. Con diferentes votos, los jueces coincidieron en que las normas que regulan el tránsito vehicular buscan coordinar la acción de diferentes actores que interactúan entre sí.

En el caso puntual, señalaron que el uso obligatorio del cinturón se justificaba en la prevención de un riesgo a terceros. En el caso de si se produce un accidente, la falta del conductor puede aumentar las probabilidades de pérdida de control de su auto y, por ende, afectar directamente a terceros.

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En su sentencia, la Corte reafirmó su línea jurisprudencial que protege constitucionalmente las acciones privadas de la intervención estatal, pero indicó que el planteo de D.S.G se encuentra por fuera de la citada protección.

La Corte recordó que “la protección de la salud (tal el objetivo de la cláusula local que considera falta grave conducir sin cinturón y cabezales de seguridad, instrumentos diseñados para sujetar y mantener en su asiento a un ocupante de un vehículo si ocurre un accidente, con el fin de que no se lesione al hacer de freno del cuerpo frente a la brusca desaceleración producida por el impacto) tiene consagración jurídica en épocas relativamente recientes y está vinculada al llamado Estado de Bienestar”. También, que “la tutela de la salud en el específico ámbito vial, el problema de la indiferencia o de la atención jurídica por las consecuencias de la actividad ha tenido distintas etapas de regulación”.

La defensa del conductor que inició el reclamo y la contundente respuesta de la Corte

En su examen, el Máximo Tribunal dijo que D.S.G, en su presentación, sostiene que frente al derecho a la salud hay otro derecho a la “no salud” que, encuadrado dentro de la elección personal de la forma de vida (y eventualmente de muerte), tiene la misma entidad y reclama similar tutela jurídica.

En ese marco, la Corte recorrió su doctrina relativa a los alcances del artículo 19 que “asegura a cada persona un ámbito de libertad en el cual ella es soberana para adoptar decisiones fundamentales que hacen a su plan de vida, incluso cuando sus creencias legítimas la conducen a anteponer otro valor por sobre su propia vida”. Asimismo, remarcó que “la reserva de este ámbito de autonomía constituye un rasgo característico de nuestro orden constitucional”.

La Corta, además, explicó que “la obligación del uso del cinturón de seguridad en la vía pública –cuyo incumplimiento es sancionado como una falta– no resulta una interferencia indebida en la autonomía individual, ya que lo que procura es la prevención de un riesgo cierto de daño a terceros, que es una de las hipótesis previstas por el mencionado artículo 19 para habilitar la intervención estatal y la jurisdicción de los magistrados”.

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El recurrente, señaló el Máximo Tribunal, “sostiene que el uso obligatorio del cinturón agravia sus convicciones liberales –incluso cuando otros las reputen imprudentes- pero en su presentación no refuta el riesgo a terceros en que la sentencia del tribunal local justifica la validez de ese deber”. Se trata, de acuerdo a lo que apuntó la Corte, de “terceros que también tienen convicciones y para cuyo ejercicio requieren gozar de la vida; una vida que puede peligrar por la actitud omisiva de conductores como el recurrente de estos autos”.

Por ello, entendió que “el obrar del actor está incurso dentro de las acciones y omisiones sujetos a la regulación estatal, la que, en este caso, está plasmada en la ley provincial de tránsito y en un plan general de seguridad vial”.

Corte Suprema, cinturón de seguridad, Ley

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