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POLITICA

El Gobierno justificó la exclusión del capítulo del impuesto al tabaco en la Ley Bases: qué dijo

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El Gobierno justificó la exclusión del capítulo de impuestos al tabaco del nuevo borrador de la Ley Bases. El ministro del Interior, Guillermo Francos, afirmó este viernes que los cambios en el gravamen se va a tratar en los próximos meses porque “nos generaba muchas diferencias” y “nos permitía avanzar en la discusión” parlamentaria.

El proyecto original de la Ley Ómnibus -y el borrador que circuló el mes pasado- proponía igualar los impuestos para todas las empresas del sector tabacalero, una medida que buscaba corregir las desigualdades existentes y garantizar una competencia justa. Francos, por su parte, afirmó este viernes que el capítulo para elevar los gravámenes a los cigarrillos “no valía la pena” introducirlo en el texto que logró dictamen de mayoría en Diputados porque “nos trababa el avance de la ley”.

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Para Francos, hay muchas provincias que tienen “interés” debido a que la compañía de un empresario fuerte del sector, denominado ‘Señor Tabaco’, “no paga impuestos como el resto y genera una caída en la recaudación a las zonas tabacaleras del país. En esa línea, el ministro del Interior afirmó que “tenemos que llegar a un acuerdo sobre este tema”. El funcionario adelantó que el tema se tratará en una “ley posterior” que buscará “igualdad de condiciones a todas las empresas productoras” de tabaco.

El gobernador de Salta, Gustavo Sáenz, cuestionó semanas atrás al Gobierno al respecto. La quita del capítulo del impuesto al tabaco “afecta a una economía regional que mantiene a más de 200.000 personas y exporta el 80% de su producción”.

Ley Bases: por qué el Gobierno quitó el capítulo del impuesto al tabaco

Este viernes, el Gobierno justificó la exclusión del capítulo de impuestos al tabaco del nuevo borrador de la Ley Bases porque “generaba muchas diferencias” y “no nos permitía avanzar en la discusión”.

El ministro del Interior, Guillermo Francos, adelantó que la suba del gravamen se va a tratar “en una ley posterior” que buscará “igualdad de condiciones a todas las empresas productoras de tabaco”.

Ley Ómnibus: qué decía el proyecto original acerca de los impuestos al tabaco

El proyecto original, que se trató en enero y se retiró en febrero en la Cámara Baja, incluía un capítulo acerca de los Impuestos Internos al Tabaco. El texto dictaba que el gravamen pasaría del 70% al 73%, el alza iba a impactar en el precio del atado de cigarrillos.

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“Los cigarrillos, tanto de producción nacional como importados, tributarán sobre el precio de venta al consumidor, inclusive impuestos, excepto el impuesto al valor agregado, un gravamen del setenta y tres por ciento (73%)”, indicaba el proyecto original impulsado por el gobierno de Javier Milei.

El texto original dictaba que el impuesto al tabaco pasaría del 70% al 73%. (Foto: Télam)

Además, también establecía una tasa específica a los cigarrillos electrónicos: “Por el expendio de Cigarrillos Electrónicos, Vapeadores y demás dispositivos debidamente autorizados para su comercialización, que administren nicotina sin tabaco, así como sus cartuchos y líquidos, recargables o no, se pagará la tasa del veinte por ciento (20%) sobre la base imposible respectiva”.

Sin embargo, los cigarrillos electrónicos están prohibidos por disposición de la ANMAT desde 2011 y la disposición no levanta la prohibición de la disposición 3226.

tabaco, Ley Ómnibus, Javier Milei

POLITICA

Las 27 tareas que tendrá el ministerio de Desregulación y Transformación del Estado a cargo de Federico Sturzenegger

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El Gobierno de Javier Milei oficializó este viernes a la medianoche la creación del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado que estará a cargo de Federico Sturzenegger, cuya designación quedó estipulada también en la última edición del Boletín Oficial, y precisó cuáles serán las 27 funciones «particulares» que tendrá la cartera que se sumará a las de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto; Defensa; Economía; Justicia; Seguridad; Salud; y Capital Humano

«Compete al Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo concerniente a los cursos de acción para la implementación de la desregulación, reforma y modernización del Estado en miras a redimensionar y reducir el gasto público y aumentar la eficiencia y eficacia de los organismos que conforman la Administración Pública Nacional, la transformación de gestión, la simplificación del Estado, el diseño y ejecución de políticas relativas al empleo público», expresa uno de los artículos que se incorpora a la Ley de Ministerios según lo dispuesto por el Decreto 585/2024.

Federico Sturzenegger, de asesor presidencial a ministro del gobierno de Javier Milei. Foto: Clarín.

Según lo que indica ese documento, al ministerio le competen, «en particular», las siguientes funciones:

1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.

2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo Nacional.

3. Entender, junto con las áreas competentes, en la formulación, elaboración y ejecución de la política nacional y los proyectos relacionados con la desregulación económica y reforma del Estado.

4. Entender en la simplificación y reducción del Estado, con el objetivo de eliminar tareas innecesarias, duplicadas y/u obsoletas, con la intervención de las áreas competentes.

5. Entender en la elaboración de políticas tendientes a aumentar la competitividad, eliminar cargas burocráticas, facilitar el funcionamiento de los mercados, impulsar el crédito, disminuir regulaciones y controles, aumentar la libertad económica y disminuir los costos del sector privado y productivo, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

6. Impulsar las acciones necesarias para el dictado de actos administrativos que propicien la simplificación y/o supriman las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como aquellas exigencias normativas que distorsionen los precios de mercado, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

7. Participar, junto con las áreas con competencia en la materia, en la revisión de esquemas tributarios, exenciones impositivas y regímenes especiales que generen privilegios o distorsiones en el funcionamiento de los mercados y la economía.

8. Impulsar, en coordinación con las áreas con competencia en la materia, reformas estructurales que impulsen la creación de empleo privado, el desarrollo económico, la equiparación de las estructuras tributarias y la eliminación de los privilegios.

9. Entender en la elaboración de propuestas para la reorganización del Sector Público Nacional con el objeto de lograr mayor economía, eficiencia, eficacia y racionalización de sus estructuras administrativas y reducir su actual sobredimensionamiento.

10. Proponer a las distintas jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional la implementación de medidas encaminadas a mejorar la calidad y eficiencia de la gestión y el gasto público.

11. Entender en el diseño de políticas que promuevan el perfeccionamiento de la organización y el funcionamiento de la Administración Pública Nacional, con el objetivo de reducir el gasto público y propender a una administración pública moderna y eficiente.

12. Coordinar y controlar las acciones relativas a la reforma, transformación y modernización del Estado que se desarrollen en todos los Ministerios, Secretarías de Presidencia de la Nación y organismos descentralizados de la Administración Pública Nacional.

13. Entender en la definición y monitoreo de los temas vinculados a la simplificación de trámites y procesos de la Administración Pública Nacional centralizada, descentralizada y organismos desconcentrados, con especial foco en aquellos concernientes al sector productivo nacional en coordinación con las áreas sustanciales en la materia.

14. Impulsar los principios de calidad regulatoria y la aplicación de estándares internacionales en materia de simplificación y desburocratización de trámites y procesos del Sector Público Nacional.

15. Promover, junto con el Jefe de Gabinete de Ministros, procesos de reforma y modernización que sean transversales al Sector Público Nacional, en coordinación con los sectores públicos provinciales y locales, destinados a impulsar una agenda común de mejora regulatoria que incluya políticas de revisión normativa, desregulación, simplificación y desburocratización, fomentando el uso de herramientas tecnológicas.

16. Proponer el dictado de reglamentos para modificar y/o eliminar trámites y normativas que establezcan una carga administrativa excesiva o que incumplan con la política de calidad regulatoria vigente.

17. Entender en la transformación, modernización y desarrollo de la política de gestión del empleo público tendiendo a la optimización y fortalecimiento de los recursos humanos de la Administración Pública Nacional, junto con las áreas competentes en la materia.

18. Diseñar e implementar el régimen de ingresos del personal, a través de parámetros para el diseño de una carrera pública conforme las negociaciones colectivas de trabajo.

19. Entender en la implementación de las políticas relativas a la mejora estratégica de los recursos humanos y su capacitación, la política salarial del sector público, la promoción y el desarrollo de carrera de los agentes de la Administración Pública Nacional y en la propuesta de las normas reglamentarias en la materia.

20. Entender en la formulación de políticas nacionales en materia de recursos humanos, procedimiento de selección e ingreso, gestión del empleo público, evaluaciones de desempeño y compensaciones, en el ámbito de su competencia.

21. Colaborar con las áreas competentes de cada Ministerio en la sistematización de los procesos de administración de los recursos humanos de la Administración Pública Nacional, como la liquidación de salarios, justificación de inasistencias, otorgamiento y convalidación de licencias y protección de la salud en el trabajo.

22. Intervenir en el diseño, desarrollo e implementación de políticas públicas de fortalecimiento institucional y en la promoción de políticas de integridad en la función pública, en coordinación con los organismos del Estado Nacional con competencias en la materia.

23. Coordinar junto con las áreas competentes, la estrategia y los estándares sobre tecnologías de la información, comunicaciones asociadas y otros sistemas electrónicos de tratamiento de información de la Administración Pública Nacional.

24. Impulsar la incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura informática y sistemas y tecnologías de gestión del Sector Público Nacional.

25. Promover, en coordinación con las áreas con competencia en la materia, la implementación de los canales y plataformas digitales a fin de alcanzar un gobierno digital y tecnológico al servicio del ciudadano y del sector productivo.

26. Participar en la elaboración y ejecución de políticas vinculadas al desarrollo, uso y fomento del software público, su interoperabilidad, estandarización y reutilización por parte del Estado Nacional.

27. Promover acuerdos con organismos provinciales y locales, en el ámbito de su competencia.

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