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POLITICA

El oficialismo enfrenta otra semana de tensión en el Congreso tras el revés por Lijo y García-Mansilla

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El Gobierno vuelve a atravesar otra tensa semana en el Congreso, después del fuerte revés parlamentario por el rechazo en el Senado de los pliegos para la Corte Suprema del juez federal Ariel Lijo y del académico Manuel García-Mansilla, que a diferencia del magistrado integra el máximo tribunal.

El mismo día en que la Cámara Alta rechazó los pliegos del Gobierno para la Corte la oposición pidió una sesión especial para el próximo martes a las 12.00, para tratar de impulsar proyectos muy incómodos para el gobierno de Javier Milei.

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Leé también: Milei se aferra a Cristina Kirchner y a Mauricio Macri para atravesar los días más complejos de su Gobierno

Los ejes del temario pasan por la creación de una comisión investigadora del caso Libra, un pedido de informes sobre el avance de las obras públicas, declaración de la emergencia en discapacidad en toda la Argentina y la restauración de la moratoria previsional. Sobre este último plan, además, el miércoles habrá sesión de comisión en la Cámara Baja.

Las iniciativas son impulsadas por los presidentes de los bloques de Unión por la Patria, Germán Martínez, Democracia para Siempre, Pablo Juliano, Coalición Cívica, Maximiliano Ferraro, y Encuentro Federal, Miguel Ángel Pichetto.

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La estrategia del Gobierno para tratar de frustrar la sesión del martes en Diputados

El jefe de Gabinete, Guillermo Francos, negocia con aliados para tratar de frustrar la sesión del próximo martes en la Cámara Baja, como anticipó TN. En Casa Rosada quieren evitar bajo cualquier vía una interpelación legislativa a la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei.

Francos a su vez trabaja en las respuestas a las más de 4000 preguntas que recibió por el informe de gestión que dará el 16 de abril en la Cámara Baja, con 70 respuestas por el escándalo de $Libra.

El Gobierno busca retomar la iniciativa con el debate de Ficha Limpia en el Senado

El Ejecutivo además buscará retomar la iniciativa parlamentaria con la sesión especial del próximo miércoles a las 11.00 en el Senado, donde tratará de sancionar la ley de Ficha Limpia, que tiene dictamen y aprobación de Diputados. De convertirse en ley complicaría a la expresidenta y jefa del Partido Justicialista (PJ) Cristina Kirchner, porque les impediría presentarse a elecciones a dirigentes condenados en segunda instancia.

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Para impulsarla deberán construir mayorías tanto La Libertad Avanza como el PRO, cuyo jefe de bloque en la Cámara Alta, Alfredo De Angeli, dijo que el proyecto “es bandera” del partido. La iniciativa tiene rechazo absoluto de Unión por la Patria, que advierte que se intenta “proscribir” a la titular del PJ, condenada por la causa Vialidad, con sentencia confirmada por la Cámara Federal de Casación Penal.

Congreso de la Nación

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POLITICA

Elecciones en CABA: Manuel Adorni volvió a marcar diferencias con el PRO al que tildó de hacer “vieja política”

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Se recalienta la disputa por las elecciones en la Ciudad de Buenos Aires (CABA), entre el PRO y La Libertad Avanza (LLA), luego del debate de candidatos el vocero presidencial y aspirante a la Legislatura porteña, Manuel Adorni, redobló sus críticas hacia el partido amarillo y si creador, el expresidente Mauricio Macri.

“La gente viene a este espacio por las ideas, por un querer un país mejor, en tal caso el precio que puede haber es defender ideas, compartir agenda. No hay precio, eso no existe, es una falta de respeto para los que defendemos la honestidad de este espacio, que lucha por un país mejor”, dijo el funcionario desde su atril en Casa Rosada.

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Jorge Macri criticó a Adorni: “No hizo una sola propuesta”

En ese sentido, el portavoz de Javier Milei, vinculó las últimas declaraciones de Macri, sobre la compra de dirigentes del PRO por parte del oficialismo a una forma de ejercer la política que quedó obsoleta. “En tal caso puede ser que el tema haya surgido porque la vieja política estaba acostumbrada a esas cuestiones, pero no es el caso de este espacio”, remarcó Adorni.

Días atrás, el exmandatario había cuestionado el cambio de partido de varios de sus referentes que se sumaron al oficialismo, “Lo que tenemos por delante es un acuerdo institucional. Nosotros vamos a poner todo lo mejor que tenemos. Me da la sensación de que a todos los que tenían precio ya los compraron. Acá no hay gente con precio, hay gente con valores. Y si realmente hay vocación de trabajar juntos, lo vamos a encontrar”, sostuvo Macri.

 

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POLITICA

La UTA definió un paro de colectivos para el martes de la semana que viene

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Agotados los atajos legales para que la Secretaría de Trabajo dicte una nueva conciliación obligatoria, la Unión Tranviarios Automotor (UTA) definió un paro de colectivos para el martes de la semana próxima en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) como reclamo de mejoras salariales. Así lo confirmaron a fuentes confiables del poderoso sindicato de los choferes de colectivo.

Se llegó a esta situación después de un mes y medio de negociaciones entre las cámaras empresarias, el Estado y el gremio en las que se barajó un aumento salarial de 7% en seis cuotas. Los sueldos de los choferes, que oscilan entre 1.000.000 y 1.500.000, están congelados desde diciembre del año pasado. La cifra ofrecida por las cámaras empresarias se traducirá en un aumento del boleto de un 6% a partir del mes que viene.

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Esta tarde hubo una última y definitoria audiencia entre los representantes de las seis cámaras empresarias, dirigentes de la UTA y miembros de la Secretaría de Trabajo para intentar evitar el paro, que, de concretarse, afectaría a más de 300 líneas de colectivos que circulan por el AMBA. Para este encuentro, el gremio pretendía que se mejore sustancialmente la propuesta de 7% de aumento, pero eso no sucedió. “Habrá un paro, seguramente”, dijo un dirigente cercano a Roberto Fernández, el jefe de la UTA desde 2008.

“Ante el vergonzoso ofrecimiento, sumado al silencio y la pasividad de los distintos niveles del Estado (Nacional, Provincia de Buenos Aires y Ciudad de Buenos Aires), frente a este incumplimiento es igualmente grave, ya que el sostenimiento del servicio público descansa hoy únicamente en el esfuerzo y la responsabilidad de los trabajadores, mientras ni las empresas ni los organismos competentes asumen sus deberes con la seriedad que la situación exige. Por todo ello, advertimos que no vamos a tolerar esta farsa prolongada, ni vamos a permitir que se siga poniendo en juego el poder adquisitivo, la dignidad y el sustento de más de 60.000 familias trabajadoras”, advirtió el gremio en la audiencia.

El paro será por 24 horas y afectará a 9 millones de pasajeros. Habrá una nueva audiencia el lunes previo a la medida de fuerza, en lo que sería el último intento del Gobierno en evitar la protesta.

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El conflicto salarial de la UTA no es uno más del rompecabezas de paritarias porque esconde una pelea que involucra de manera directa al Estado. La balanza de los subsidios estatales para garantizar el servicio se fue desequilibrando con el avance del tiempo. En el AMBA el sistema funciona hoy con $172.000 millones mensuales, de los cuales un 70% son aportados por el Estado y el 30% por el precio de las tarifas, según precisaron fuentes empresarias.

Con puro cálculo político, el Gobierno, a través del secretario de Trabajo, Julio Cordero, logró extender la negociación salarial de los colectiveros para evitar que la UTA se adhiera al último paro de la CGT, el 10 de abril último. Sin la adhesión de la UTA, la huelga general perdió fuerza. Pero ahora, sin la posibilidad de dictar una nueva conciliación, es necesario un acuerdo para evitar el conflicto. ¿Se logrará?


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La Corte limitó la responsabilidad de directivos de una empresa en una demanda laboral por despido

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La Corte Suprema de Justicia rechazó este miércoles la responsabilidad como corresponsables de directivos de empresas en el pago de indemnizaciones por demandas laborales en un fallo que sienta precedentes para otros casos.

Lo hizo al revocar un fallo que condenaba a directivos de la empresa Telecom Argentina SA a pagar solidariamente una indemnización como corresponsables de un despido. Si bien el máximo tribunal dejó firme la decisión de responsabilizar a la firma por la demanda laboral, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti objetaron la decisión de la Cámara del Trabajo por haber extendido esa condena a los integrantes del directorio y sostuvieron que esa interpretación solo podría hacerse de manera “excepcional” y si hay pruebas concretas para respaldarla.

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El caso analizó el despido de Javier Dario Oviedo, quien llevaba adelante tareas de reparación e instalación de líneas telefónicas. Según la demanda, las tareas se realizaban bajo la dirección de Telecom SA pero la empresa, “a fin de ocultar el carácter de empleadora directa, había interpuesto fraudulentamente en la relación a otras dos intermediarias: Tel 3 SA y Cotelar SRL”.

En primera instancia, el fallo hizo lugar a la demanda contra las tres empresas por entender que existió una única relación laboral y ordenó el pago en concepto de indemnizaciones derivadas del despido (artículos 232,233 y 245 de la Ley de Contrato de Trabajo), más la reparación prevista por infracción a lo establecido en el artículo 80 de la LCT, mientras que rechazó los reclamos de horas extras, reparación del daño moral y sanción por temeridad y malicia.

Apelaciones mediante, la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo no solo confirmó esa decisión de primera instancia, sino que –además- extendió la condena indemnizatoria a Enrique Garrido, Andrea Mangoni y Gerardo Werthein, quienes habían presidido o integrado el directorio de Telecom. Según la Cámara, los directivos obraron con pleno conocimiento de la naturaleza de la relación y tuvieron la deliberada intención de no registrar el vínculo con el accionante, por lo que resultaron solidariamente responsables conforme los artículos 59 y 274 de la ley 19.550 de Sociedades Comerciales («Ley de Sociedades»).

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Tanto la empresa como la defensa de cada uno de los directivos apelaron y llegaron en queja a la Corte Suprema. Sostuvieron que se trató de una decisión arbitraria y que se les extendió la responsabilidad por el mero hecho de ocupar el cargo de directores de Telecom sin que mediara actuación personal alguna en el acto dañoso.

Werthein, hoy canciller, sostuvo que en empresas de envergadura como Telecom las funciones del directorio se orientan a la tarea de resolver las cuestiones estratégicas generales y supervisar la primera línea de ejecutivos y que, para su correcto funcionamiento, se delegan las funciones de administración y gestión de los negocios sociales ordinarios y su ejecución. En tanto, Mangoni aseveró que la sentencia “omitió toda consideración acerca de su falta de intervención personal en los actos cuestionados”: explicó que reside en Italia, que no participó en reunión alguna de directorio en la que se hubiera decidido la contratación de Tel 3 SA o Cotelar SRL y ocupó el cargo de director de Telecom varios años después del ingreso del trabajador reclamante. Garrido, por su parte, postuló que la contratación de la empresa Tel 3 SA era anterior al comienzo de su desempeño en el directorio y aseguró que no era posible atribuir responsabilidad a los directores en forma automática.

La Procuración General propuso desestimar los recursos. Ahora, oídas las dos partes y cada uno por su voto, los ministros Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti hicieron lugar a las quejas, revocaron la decisión de la Cámara del Trabajo por arbitraria y ordenaron que se dicte un nuevo fallo con los lineamientos fijados.

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Tras repasar las conclusiones a las que llegó la Cámara del Trabajo, el presidente de la Corte afirmó que “frente a las particularidades que reviste la responsabilidad en cuestión” el tribunal laboral “omitió mencionar en qué circunstancias comprobadas de la causa encontraban sustento” la decisión de atribuirles la responsabilidad de cada uno de los directivos de la firma y, “de ese modo, permitir a los recurrentes el adecuado ejercicio del derecho de defensa en juicio de raigambre constitucional”.

En ese orden, Rosatti afirmó que el fallo analizado “omitió ponderar en debida forma dos argumentos defensivos de relevancia”. El primero, vinculado con que en las grandes empresas “los miembros del directorio no pueden participar personalmente en las decisiones que se adoptan para la marcha ordinaria de los negocios” y por ende “no cabe exigirles una supervisión personal de cada contratación realizada”. Y el segundo, que apuntaba a cotejar el lapso durante el cual cada uno de los codemandados integró el directorio en relación al momento en que el trabajador prestó funciones en la empresa. Se trata, dijo, de una “circunstancia ineludible a los efectos de establecer si correspondía imputarles la responsabilidad subjetiva que contempla la ley 19550”.

En el mismo sentido, Rosenkrantz advirtió que “la atribución de responsabilidad personal a los miembros del directorio de una sociedad anónima de acuerdo con lo previsto en los arts. 59 y 274 de la ley de sociedades debe juzgarse como de carácter excepcional y estar debidamente justificada, es decir, apoyarse en una cabal comprobación de que éstos incurrieron en un mal desempeño de sus cargos por no actuar con la diligencia propia de un buen hombre de negocios”.

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“En ese marco, es claro que las exigencias que impone el estándar de un buen hombre de negocios varían según el contexto. Cuando se trata de empresas de gran envergadura (empresas que cuentan con gran cantidad de personal, significativo capital accionario, diversidad de funciones y descentralización administrativa y/o territorial), es indudable que los directores no pueden revisar personalmente todas las decisiones que se adoptan en la marcha ordinaria de los negocios. Basta que se cercioren de que existan mecanismos de control apropiados, es decir, mecanismos que hagan probable prevenir o enmendar las irregularidades que la normativa laboral sanciona”, sostuvo.

Según destacó, “para atribuirles la responsabilidad solidaria que contempla la ley de sociedades, la cámara partió de la premisa de que los directores codemandados tuvieron una participación directa en la gestión de los negocios empresariales que dieron lugar a la contratación del demandante a través de otras empresas”, pero el tribunal “no explicó en modo alguno en qué circunstancias comprobadas de la causa basaba sus conclusiones”.

Rosenkrantz afirmó que “para dar un adecuado tratamiento a ese serio planteo, los jueces debieron examinar, mediante la compulsa de la pruebas contable y testifical aportadas al respecto si el directorio efectivamente había delegado en la línea gerencial de la empresa la gestión de las contrataciones inherentes a la prestación de servicios personales y si, en tal caso, había establecido un sistema de control adecuado que hiciera probable prevenir o enmendar las irregularidades que la normativa laboral sanciona”. Acotó que, además, se debía comprobar cuándo intervino cada director en la empresa.

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Tras hacer hincapié en el “criterio restrictivo” a la hora de aplicar la extensión de responsabilidad de los directores de una empresa, el juez resaltó que “la solidaridad no se presume” y que “es necesario demostrar el daño que ha mediado por mal desempeño, violación de la ley, estatuto, reglamento, dolo, abuso de facultades y culpa grave”.

El ministro afirmó que en la causa debió haberse ponderado “la existencia de factores eximentes de la responsabilidad, como el desconocimiento excusable”. Según señaló, en el caso “se ignoró totalmente el hecho demostrado de que, en grandes empresas, los miembros del directorio de la sociedad no pueden participar personalmente” en las decisiones diarias “para la marcha ordinaria de los negocios”.

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