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El Senado espera a Posse con preguntas incómodas: despidos en el Estado, obras paradas y puntos grises del DNU

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El jefe de Gabinete Nicolás Posse se presentará el próximo 15 de mayo ante el Senado de la Nación para entregar su primer informe de gestión ante la Cámara Alta. Será la primera vez que hablará en público, aunque la atención estará puesta en el contenido del documento que le entregará a cada legislador.

Posse no tendrá una parada sencilla. Los legisladores de la oposición, en particular los de Unión por la Patria y el radicalismo, apuntarán buena parte de sus preguntas al DNU 70/2023. Según pudo saber TN requerirán la nómina de técnicos que intervinieron en la redacción del decreto de necesidad y urgencia a través del que derogó leyes como la de Alquileres, Góndola, Compre Nacional y Abastecimiento, entre otros. También apuntarán a conocer si la Casa Rosada, previo a su publicación, realizó un estudio de impacto económico y social.

“Hay muchos intereses con nombre y apellido dentro del DNU, queremos intentar saber quiénes son y qué beneficios están sacando de una normativa que para nosotros es inconstitucional”, le dijo a TN un senador opositor.

Las preguntas del Senado para Posse: nómica de redactores del DNU, despidos de empleados y rescisión de obras. (Foto: Congreso).
Las preguntas del Senado para Posse: nómica de redactores del DNU, despidos de empleados y rescisión de obras. (Foto: Congreso).

Las preguntas del Senado para Posse: nómica de redactores del DNU, despidos de empleados y rescisión de obras

Se espera que en total el Gobierno de Javier Milei responda alrededor de 2400 preguntas de los senadores, los que también se focalizarán en los más 15.000 despidos que se produjeron entre finales de marzo y principios de abril. Las preguntas apuntarán a conocer cuál fue el criterio establecido para los despidos y de qué manera se subsanó la tarea que realizaba ese trabajador, es decir si se suprimió ese rol o si otro empleado se hizo cargo de esa actividad.

En este sentido, también habrá interrogantes vinculados al pasivo judicial, es decir, a las demandas que pudo haber recibido el Gobierno por ceses de tareas sin causa entre el 10 de diciembre de 2023 y la fecha más actual posible. A su vez, la oposición quiere saber cuánto empleo privado se generó desde la llegada de Milei y qué medidas se tomaron para evitar el cierre de pequeñas empresas.

Este medio pudo saber que los senadores también colocarán su atención en Aerolíneas Argentinas. Entre otras cosas se pidió saber a cuánto ascienden los recursos no ejecutados del 2023, cómo se preservará la flota y de qué manera piensa el Gobierno mantener la calidad del servicio.

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El rumbo económico, la rescisión de contratos de obra pública y la política exterior alineada a los Estados Unidos también ocuparán buena parte de las preguntas de los legisladores. Para Posse será todo un desafío ya que nunca se presentó en público, es uno de los actores más importantes de la gestión de Milei que cultiva un perfil extremadamente bajo.

Guillermo Francos, Karina Milei y Nicolás Posse (Foto: Reuters).
Guillermo Francos, Karina Milei y Nicolás Posse (Foto: Reuters).

Se espera que el bloque de Unión por la Patria, que conduce José Mayans, también apunte sus preguntas a conocer cuántas transferencias se hicieron a las provincias, los montos, y el presupuesto que se destina a salud y educación pública y el financiamiento para proyectos científicos.

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Por su parte, la metodología para revisar el funcionamiento de los comedores y merenderos, la cantidad de jubilados con regímenes especiales y el panorama del BOPREAL en cuanto a las importaciones son algunos de los tópicos que consultó el bloque radical.

Nicolás Posse tenía todo listo para concurrir a finales de abril al Senado de la Nación a brindar su primer informe de gestión pero por disposición de las autoridades de la Cámara Alta se pospuso para el 15 de mayo. “Estaba previsto para el 29 de abril, que es previo al 1 de mayo feriado por lo que a algunos senadores se les complicaba el viajar”, expuso una fuente.

La presencia del jefe de Gabinete en el Senado está dispuesto en el artículo 101 de la Constitución Nacional. El ministro coordinador debe asistir a informar el rumbo de la gestión y fundamentar varias de las decisiones de la Casa Rosada. El reglamente establece que debe concurrir al menos una vez por mes, alternando entre ambas cámaras, pero eso nunca ocurre. Las presentaciones suelen ser cada tres o cuatro meses.



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La Corte Suprema declaró constitucional la ley que obliga a usar cinturón de seguridad en todo el país

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió este martes por unanimidad el uso obligatorio del cinturón de seguridad en todo el país. El incumplimiento del mismo será sancionado como una falta vial, es por ello que quienes no lo utilicen podrán ser multados.

En noviembre de 2014, un control de tránsito detuvo a un conductor, llamado por sus siglas D.S.G, cuando circulaba por la intersección de Acceso Norte y Reconquista, en el departamento mendocino de Las Heras. Tal como indica la norma provincial, al advertir que no llevaba puesto el cinturón, el oficial de tránsito le hizo una multa.

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Es por ello que D.S.G planteó la inconstitucionalidad de la ley que lo obligaba a usar cinturón cuando se desplazaba en la calle como único ocupante del vehículo. Sostuvo que, en esas condiciones, utilizar o no cinturón era una acción que no afectaba a terceros y debía quedar exenta de control estatal, en los términos del artículo 19 de la Constitución Nacional. Este artículo 19 dice: “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están solo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados”.

Los conductores que no utilicen cinturón de seguridad serán multados. Es una norma que rige para todo el país. (Foto: GCBA)

Por unanimidad, la Corte rechazó este planteo de D.S.G y convalidó hoy la constitucionalidad del uso obligatorio del cinturón. Con diferentes votos, los jueces coincidieron en que las normas que regulan el tránsito vehicular buscan coordinar la acción de diferentes actores que interactúan entre sí.

En el caso puntual, señalaron que el uso obligatorio del cinturón se justificaba en la prevención de un riesgo a terceros. En el caso de si se produce un accidente, la falta del conductor puede aumentar las probabilidades de pérdida de control de su auto y, por ende, afectar directamente a terceros.

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En su sentencia, la Corte reafirmó su línea jurisprudencial que protege constitucionalmente las acciones privadas de la intervención estatal, pero indicó que el planteo de D.S.G se encuentra por fuera de la citada protección.

La Corte recordó que “la protección de la salud (tal el objetivo de la cláusula local que considera falta grave conducir sin cinturón y cabezales de seguridad, instrumentos diseñados para sujetar y mantener en su asiento a un ocupante de un vehículo si ocurre un accidente, con el fin de que no se lesione al hacer de freno del cuerpo frente a la brusca desaceleración producida por el impacto) tiene consagración jurídica en épocas relativamente recientes y está vinculada al llamado Estado de Bienestar”. También, que “la tutela de la salud en el específico ámbito vial, el problema de la indiferencia o de la atención jurídica por las consecuencias de la actividad ha tenido distintas etapas de regulación”.

La defensa del conductor que inició el reclamo y la contundente respuesta de la Corte

En su examen, el Máximo Tribunal dijo que D.S.G, en su presentación, sostiene que frente al derecho a la salud hay otro derecho a la “no salud” que, encuadrado dentro de la elección personal de la forma de vida (y eventualmente de muerte), tiene la misma entidad y reclama similar tutela jurídica.

En ese marco, la Corte recorrió su doctrina relativa a los alcances del artículo 19 que “asegura a cada persona un ámbito de libertad en el cual ella es soberana para adoptar decisiones fundamentales que hacen a su plan de vida, incluso cuando sus creencias legítimas la conducen a anteponer otro valor por sobre su propia vida”. Asimismo, remarcó que “la reserva de este ámbito de autonomía constituye un rasgo característico de nuestro orden constitucional”.

La Corta, además, explicó que “la obligación del uso del cinturón de seguridad en la vía pública –cuyo incumplimiento es sancionado como una falta– no resulta una interferencia indebida en la autonomía individual, ya que lo que procura es la prevención de un riesgo cierto de daño a terceros, que es una de las hipótesis previstas por el mencionado artículo 19 para habilitar la intervención estatal y la jurisdicción de los magistrados”.

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El recurrente, señaló el Máximo Tribunal, “sostiene que el uso obligatorio del cinturón agravia sus convicciones liberales –incluso cuando otros las reputen imprudentes- pero en su presentación no refuta el riesgo a terceros en que la sentencia del tribunal local justifica la validez de ese deber”. Se trata, de acuerdo a lo que apuntó la Corte, de “terceros que también tienen convicciones y para cuyo ejercicio requieren gozar de la vida; una vida que puede peligrar por la actitud omisiva de conductores como el recurrente de estos autos”.

Por ello, entendió que “el obrar del actor está incurso dentro de las acciones y omisiones sujetos a la regulación estatal, la que, en este caso, está plasmada en la ley provincial de tránsito y en un plan general de seguridad vial”.

Corte Suprema, cinturón de seguridad, Ley

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