POLITICA
Los detalles de la apelación de la fiscalía al arresto domiciliario de Cristina Kirchner por la causa Vialidad

Los fiscales federales Diego Luciani y Sergio Mola apelaron el arresto domiciliario de la expresidenta Cristina Kirchner por la condena a seis años de prisión por la causa Vialidad y pidieron que vaya a una cárcel. Argumentaron que la domiciliaria “es un privilegio” y que “hay falta de igualdad ante la ley”. La Cámara federal de Casación Penal decidirá sobre esta presentación.
Los fiscales plantearon: “Este Ministerio Público, como titular de la acción pública, tiene un interés en que las penas dictadas por su impulso en casos graves de corrupción pública se cumplan como corresponde en los establecimientos carcelarios establecidos al efecto. Además, cabe agregar que existe un gravamen concreto y actual que bien puede considerarse de imposible, insuficiente, muy dificultosa o tardía reparación ulterior».
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Luciani y Mola consideraron que “no se verifican las causales” de la prisión domiciliaria de la expresidenta, medida que la dirigente cumple en su departamento en Constitución: “Jamás existieron motivos reales para apartarse de lo que constituye una clara regla del Código Penal y de la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad: la pena de prisión debe cumplirse dentro de un establecimiento penitenciario”.
Mencionaron que “a partir del análisis de las constancias agregadas al expediente y de la presentación analizada” determinaron que “no se advertían las razones humanitarias que justificaran conceder una medida excepcional como lo es la prisión domiciliaria”. Explicaron que “no se encontraban configuradas ni esgrimidas razones de salud o razones personales que, vinculadas a la edad” les permitieran “inferir que el encierro carcelario podía afectar el derecho a un trato digno o humanitario reconocido a las personas privadas de su libertad”.
Indicaron, además, que en el informe socioambiental del 12 de junio pasado consignaron que la expresidenta dijo que estaba “en un buen estado de salud general” y que con esa información entendieron que “la defensa no había demostrado -ni se advertía- que la privación de libertad en el establecimiento carcelario supusiera, por sí misma, un menoscabo a la vida o a la integridad personal” de la dirigente.
Los argumentos de la fiscalía para apelar la prisión domiciliaria de Cristina Kirchner
- “La prisión domiciliaria concedida en la calle San José 1111 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es un desatino más de los tantos desaciertos que ha llevado adelante el tribunal de ejecución desde el momento en que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la sentencia condenatoria”.
- “La resolución del tribunal tiene un fundamento aparente y se ha apartado de manera arbitraria de los sólidos argumentos de estos fiscales. Además, le dio a Cristina Kirchner un trato desigual frente a los otros ocho condenados, que efectivamente se presentaron ante los estrados del Tribunal, fueron detenidos y trasladados a distintas unidades de detención“.
- “No se ha demostrado que las condiciones de alojamiento en una unidad penitenciaria supongan un trato inhumano, indigno o cruel para Cristina Kirchner. En razón de ello, concluimos que la sola circunstancia de su edad no habilitaba la morigeración de la modalidad del cumplimiento de la pena impuesta en la sentencia de condena».
- “El Ministerio de Seguridad le informó al tribunal diversas alternativas para el alojamiento de Cristina Kirchner que mitigaban todo tipo de riesgo o vulneración del entorno de seguridad de la expresidenta, y le ofrecían un entorno controlado y alejado de posibles concentraciones masivas o conglomerados de individuos en el exterior de la edificación”.
- “La seguridad personal de Cristina Kirchner, que aparentemente buscaba preservar el tribunal a través de la concesión de la prisión domiciliaria en la vivienda, fue lo que finalmente acabó poniéndose en riesgo pese a las advertencias y oposiciones no solo de esta parte, sino de otros organismos oficiales”.
- “Concretamente, es necesario que el tribunal de casación declare que no existe impedimento real alguno para que Cristina Kirchner cumpla intramuros la pena que se le impuso. Su situación (sin dejar de ponderar las particularidades que presenta cada una de las personas condenadas) no difiere en nada de la de los otros ocho condenados en este proceso, que se han presentado a cumplir la pena y fueron alojados en diferentes dependencias del Servicio Penitenciario Federal».
- “Esta situación anómala termina convalidando una prerrogativa contraria a la igualdad ante la ley (art. 16 CN), que asume la forma de un privilegio indebido para Cristina Kirchner en desmedro de los demás condenados en esta causa”.
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POLITICA
El Gobierno convocó a paritarias a los sindicatos estatales y el secretario general de ATE criticó a Javier Milei

El gobierno nacional convocó de manera urgente a los gremios estatales –ATE y UPCN– a una audiencia presencial para reabrir la negociación paritaria. La citación fue formalizada este lunes mediante una cédula de notificación emitida por el Ministerio de Capital Humano, que fijó el encuentro para el miércoles 23 de julio a las 15 horas.
En ese marco, el secretario general de ATE Nacional, Rodolfo Aguiar, a través de un mensaje publicado en su cuenta de X, apuntó directamente contra el presidente Javier Milei. “Vos aumentaste tu patrimonio un 500% en el último año y le bajaste los impuestos a los ricos. Espero que a nosotros no nos sigas ajustando”, escribió. En el mismo posteo, Aguiar celebró la convocatoria, pero advirtió que no aceptará una oferta que no contemple la recomposición total del poder adquisitivo perdido. “Sacaste del freezer las paritarias Milei, ahora espero que saques los salarios del subsuelo”, expresó.
En esa misma línea, el dirigente sindical anticipó que ATE concurrirá a la audiencia con la exigencia de que la propuesta salarial supere el índice de inflación. “No vamos a firmar ninguna oferta que se ubique por debajo de la inflación. No aceptamos que nuestros salarios tengan cepo”, sostuvo Aguiar. En ese sentido, el dirigente gremial también reclamó que el ingreso mínimo en la administración pública ascienda a $1.869.000. “Es nuestro derecho constitucional a una retribución justa. Es el sueldo que nos permite cubrir el valor de la canasta familiar”, sostuvo.
El antecedente inmediato de esta negociación se remonta a abril, cuando el Gobierno resolvió un aumento mensual del 1,3% durante los meses de marzo, abril y mayo. Eso representó una suba del 3,9% a nivel trimestral. A eso se sumaría un bono no remunerativo de $45.000 a cobrar junto con los sueldos de mayo. La propuesta fue aceptada por la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), el gremio con mayor representación en la administración pública nacional, pero fue rechazada por ATE.
La última paritaria de la Administración Pública Nacional abarcó el periodo desde junio 2024 a mayo 2025. En ese plazo, el aumento alcanzó un 20,8%, por debajo de lo que fueron los registros inflacionarios. Desde entonces, la organización sindical reclama la reapertura de la paritaria y la recuperación del salario real.
En ese marco, de cara a esta nueva negociación, el secretario general de ATE anticipó cual será la postura del sindicato al que representa: “En tan solo 19 meses tu Gobierno destruyó los ingresos de todos los trabajadores del Sector Público. Si la propuesta no contempla la recuperación de todo el poder adquisitivo perdido, no habrá posibilidad de ningún acuerdo”.
@JMilei,pic.twitter.com/Iu0BG3Ouvu,July 21, 2025,Paritarias,Conforme a,,Minuto a minuto. Javier Milei, en vivo: las últimas medidas del Gobierno,,»Es bastante largo lo que tengo para decir». El Gordo Dan simuló un problema técnico en su programa y «habló» sin audio del cierre de listas de LLA,,LN+. Francos especuló sobre el futuro del Gobierno en 2026 tras las elecciones: “Totalmente distinto”,Paritarias,,Nuevas cifras. Cómo queda la escala salarial de la Uocra, tras la paritaria de julio 2025,,Desde julio. Cómo se aplican los aumentos a empleadas domésticas y de cuánto es el bono,,Con el aumento. Cuánto cobran las empleadas domésticas en agosto
POLITICA
Fentanilo mortal: el ovillo de vínculos entre un laboratorio relacionado con el “tráfico de efedrina” y HLB Pharma

La Municipalidad de Rosario, a través de su alcalde Pablo Javkin, querellante en la causa que investiga dos lotes de fentanilo de uso clínico contaminado asociado a la muerte de más de 50 pacientes, presentó ayer documentación que vincula a varias de las personas a las que el juez Ernesto Kreplak les inhibió sus bienes y les prohibió salir del país por considerarlos sospechosos por la producción y venta del medicamento adulterado a través del Laboratorio Ramallo y HLB Pharma.
El funcionario ya había denunciado presuntos “nexos narcos” entre los empresarios Ariel García Furfaro y Jorge Manuel Salinas los ex socios del laboratorio rosarino Apolo que estalló el 27 de junio de 2016 por sobrecalentamiento en una caldera con mantenimiento deficiente. Los directivos de Apolo, entre los que figuraban Marcelo Ferré, Jorge Gómez, Ariel García Furfaro y su hermano Damián y Marcela Vozza fueron acusados de “estrago culposo agravado y lesiones graves culposas”, ambos en concurso ideal y en carácter de autor. El laboratorio figura en la causa conocida como el “triple crimen de General Rodríguez” por el tráfico de efedrina a cárteles mexicanos.
Apolo llegó a acuerdos individuales para resarcir a los cinco vecinos heridos y los propietarios de viviendas afectadas por la onda expansiva de la explosión del Laboratorio Apolo. El 20 de mayo de 2019, el juez Hernán Postma avaló un acuerdo entre los imputados y suspendió el juicio a prueba contra los acusados Gómez y Ferré, a quienes se les impuso una probation insólita: una vez por semana debían concurrir a realizar tareas de limpieza en el Museo Justicialista ubicado en San Nicolás.
Los otros imputados, como Ariel y Damián García y Vozza, fueron sobreseídos al aplicarse el “criterio de oportunidad”. Otro dato llamativo de la resolución judicial, fue que el abogado Ariel García Furfaro era el representante legal del mismo Museo Justicialista de San Nicolás. En la presentación judicial, Javkin opinó que, si en su momento la Justicia hubiese investigado en profundidad los hechos, quizás los empresarios farmacéuticos no hubiesen podido adquirir los laboratorios vinculados a la elaboración y venta del fentanilo contaminado. Apolo tenía expedientes abiertos en la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) por irregularidades en la fabricación de medicamentos. Salinas también estaba imputado en una causa por contrabandear suero desde Paraguay al laboratorio Apolo.
Es el mismo Salinas que fue procesado por fraude al PAMI, junto a otros empresarios, por desviar más de 21 millones de pesos -unos siete millones de dólares de entonces- mediante facturas truchas y contratos irregulares. La denuncia la realizó Graciela Ocaña, la ex titular de ese organismo y ex ministra de Salud de Cristina Fernández de Kirchner.
El intendente de Rosario recordó en la presentación como querellante ante el juez Kreplak que varias de las personas vinculadas a la causa que investiga “han tenido contacto con personas que hoy están condenadas por narcotráfico, como Mario Segovia, el denominado ‘Rey de la Efedrina’”. “La información relevada por esta parte permite confirmar que varios de los involucrados en la causa por la explosión del Laboratorio Apolo, a la cual estaban vinculados Ariel García Furfaro, su hermano Damián y Jorge Salinas, integran o han integrado los órganos societarios de las empresas responsables del producto contaminado que dio origen a esta investigación. De hecho, se verificaría una continuidad estructural, comercial y operativa entre Laboratorio Apolo y los laboratorios implicados en esta causa, HLB Pharma y Laboratorios Ramallo. Las personas jurídicas involucradas han mantenido activos registros de producción farmacéutica, sin interrupción significativa, y se encontraban habilitadas por autoridades competentes al momento de producir el fentanilo distribuido a efectores públicos, entre ellos el Hospital de Emergencias Clemente Álvarez de esta ciudad”, se sostiene en el escrito presentado ante Kreplak. El magistrado aceptó a la Municipalidad de Rosario como querellante.
En diálogo con Infobae, el alcalde de Rosario dijo que los dueños de HLB Pharma y Laboratorios Ramallo SA “tienen vínculos con el narcotráfico”, y solicitó que se investiguen posibles desvíos de la sustancia al mercado ilegal.
Javkin recordó que, en abril de 2016, dos meses antes de la explosión de la caldera del Laboratorio Apolo había logrado nuevamente la habilitación para producir e importar efedrina ya que habían denunciado la pérdida del certificado que lo habilitaba. En la causa judicial a la que accedió este medio, y que motorizó Ocaña se destaca que:
- Apolo tenía habilitación para importar y manipular sustancias controladas, como la efedrina, pero carecía de capacidad real de producción farmacéutica a escala. Eso generó sospechas de que actuaba como pantalla para desviar esos químicos al mercado ilegal.
- Según la investigación judicial, Apolo importó grandes cantidades de efedrina, mucho mayores a las necesarias para elaborar medicamentos legales, y no pudo justificar su destino.
- El nombre del laboratorio apareció en los documentos de la causa por el triple crimen de General Rodríguez. El 13 de agosto de 2008, en un descampado de esa localidad de la zona oeste del Conurbano bonaerense fueron encontrados asesinados Sebastián Forza, Damián Ferrón y Leopoldo Bina, estaban vinculados a una red de desvío de efedrina desde Argentina hacia carteles mexicanos.
- La explosión en 2016 que destruyó sus instalaciones fue inicialmente considerada un accidente, y así quedó plasmado en el expediente; sin embargo, Javkin lo interpreta como un intento de encubrimiento o sabotaje, para eliminar evidencia clave del caso de la efedrina.
Las vinculaciones de García y Salinas
En la presentación judicial de ayer, la Municipalidad de Rosario aportó documentación oficial que vincula de manera concreta a los empresarios con al menos tres sociedades santafecinas.
- Apolo SA: sus responsables y/o quienes aparecen en los informes societarios como accionistas, tendrían vinculación directa y personal con los directivos de las firmas Ramallo y HLB Pharma Group SA, dichos datos surgen de los registros públicos.
- En la Municipalidad de Rosario Apolo SA tramitó oportunamente una habilitación bajo el rubro: depósito de soluciones parenterales. “Inicio de actividades: 01/10/1999; permiso de habilitación N° 3444/2011. Vencido el 20/05/2016. Certificado de habilitación de Laboratorios Apolo SA permiso N° 3925/2011 de fecha 09/06/2011. Legajo N° 51096/16 de trámite de renovación de habilitación de Laboratorio Apolo SA suscripta por Marcela Vozza. Pedido libre multa del laboratorio firmado por Jorge Salinas en su carácter de apoderado, y acta de asamblea de aprobación de balances -2010,2011 y 2012- de fecha 3 de septiembre de 2013. Firmada por los accionistas Jorge Manuel Salinas y Ariel García Furfaro», informaron.
- Alfarma SRL (inhibida en sus bienes por el juez Kreplak) de titularidad de Furfaro, involucrada en la causa bajo examen, cuenta con registros de operaciones en la ciudad de Rosario. En efecto, surge de nuestros sistemas informáticos que el laboratorio “Alfarma SRL, fue titular de un permiso de habilitación cuyos detalles se enuncian a continuación: rubro Droguería. Inicio de actividades 01/10/2007. Permiso de habilitación N° 1098/2019 – VENCIDO EL 10/05/2024. SOLICITUD DE RENOVACIÓN Nº 2463/2024 en trámite.
- Droguería ABC 1 SA, es una sociedad que tiene objeto vinculado a las de las sociedades investigadas y que además contaba con habilitación municipal y cuyo accionista es el Furfaro, lo que da cuenta de que el Sr. García Furfaro, fue directivo y/o titular de al menos 3 sociedades vinculadas a la actividad en la ciudad de Rosario más allá de la sustitución o modificación de las razones sociales.
POLITICA
El Gobierno eliminó el Registro Nacional de Comedores y Merenderos Comunitarios

El Ministerio de Capital Humano eliminó el Registro Nacional de Comedores y Merenderos Comunitarios (Renacom), una base de datos creada en 2020 para acreditar la existencia de espacios gestionados por organizaciones sociales que brindan asistencia alimentaria. La medida se formalizó a través de la Resolución 393/2025, publicada este lunes en el Boletín Oficial con la firma del secretario nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, Juan Bautista Ordoñez.
El Renacom había sido creado por el Ministerio de Desarrollo Social con el propósito de validar la existencia de comedores y merenderos comunitarios, dotar de transparencia a la asignación de recursos públicos y generar información estadística confiable sobre los dispositivos de asistencia alimentaria. Sin embargo, según argumenta la resolución actual, ese objetivo inicial se vio alterado por las modificaciones introducidas por el Programa “Alimentar Comunidad”, que eliminó el requisito de estar inscripto en el registro para acceder a los fondos estatales.
La normativa oficial sostiene que, en el nuevo esquema de gestión, el acceso a la asistencia alimentaria se verifica mediante relevamientos presenciales en los territorios, lo cual torna innecesaria la existencia del registro.
Por esos motivos, la resolución firmada por Ordoñez argumenta que el Renacom ya no cumple con los fines para los cuales fue creado, y que su mantenimiento resulta incompatible con los criterios actuales de administración de programas sociales. También señala que la continuidad del registro implicaría una superposición de funciones, una asignación ineficiente de recursos y dificultades para generar datos estadísticos confiables.
Para señalar las deficiencias señaladas, en el texto se retoma un informe de la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) que observó múltiples problemas en el funcionamiento del registro, como registros duplicados, campos incompletos, datos inconsistentes en los domicilios y errores en los formatos de carga. En ese marco, el organismo de control interno señaló que la integridad y la confiabilidad de la información brindada por el registro se encontraba afectada.
En ese sentido, el Ministerio de Capital Humano fundamentó la eliminación del registro en la necesidad de fortalecer la eficiencia y la transparencia de las políticas sociales. También remarcó que el nuevo modelo de ejecución del Programa “Alimentar Comunidad” permite acreditar el funcionamiento de los comedores y merenderos mediante controles directos —en persona o a través de medios tecnológicos— sin necesidad de inscripción previa en una base centralizada.
Por otra parte, esta determinación, según se explica en el texto de la norma, se enmarca en una política de la cartera que conduce Sandra Pettovello, orientada a optimizar los recursos públicos y a prescindir de instancias de intermediación entre el Estado y los destinatarios finales.
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