POLITICA
Escandalo un amistoso entre Lanús y Tigre: Leandro Díaz le pegó a un rival en el piso y mandó a otro al hospital
Nuevamente los focos del escándalo se posan en un partido amistoso. Esta vez el protagonista es Leandro Díaz, jugador de Lanús y que siempre se caracterizó por su comportamiento volcánico y explosivo. Algo que traslada dentro del campo de juego y que le ha hecho la fama de “loco” (curiosamente su apodo). Pero en esta ocasión, la situación se escapó de su control en un amistoso frente a Tigre, donde terminó con dos jugadores del Matador golpeados, uno de ellos teniendo que ser trasladado a un hospital.
El amistoso entre el Granate y el Matador se llevó a cabo en el predio de AFA en Ezeiza, donde el experimentado delantero se sacó chispas con un juvenil de Tigre y, cuando cayó al piso, le tiró una patada. Como era de esperar, el resto reaccionó y fueron a tratar de confrontar al Loco Diaz, pero la peor parte se la llevó Alan Barrionuevo, quien saltó a defender al juvenil y se le fue al humo. Acto seguido, sin mediar palabra alguna, Díaz le metió una trompada en la cara al defensor del Matador, a quien le hundió algunos dientes y parte de la encía. Barrionuevo, con la boca llena de sangre, debió ser trasladado al hospital más cercano para una revisión médica..
#Tigre🐯🚨 El segundo amistoso terminó en escándalo. El Loco Díaz le pegó una patada a un juvenil de Tigre en el piso. Alan Barrionuevo fue a defenderlo y el delantero de Lanús, sin mediar palabra, le encajó una trompada limpia. El defensor está yendo a una clínica. pic.twitter.com/ojI4qkBNea
— Luciano García (@garcialuciano27) January 11, 2025
Como consecuencia inmediata de este violento episodio el segundo encuentro amistoso (que nada tuvo de amistoso) entre Lanús y Tigre se dio por finalizado varios minutos antes de que se cumpliera el tiempo reglamentario con un empate sin goles.
Este acto podría ser lo último de Díaz con la camiseta de Lanús donde, a pesar de los pedidos del DT, Mauricio Pellegrino, para que se quede, la dirigencia ya tendría tomada la decisión de darle salida en este mercado de pases. El delantero ya había amenazado con irse luego del último clásico frente a Banfield, donde justamente ganaron gracias a un gol suyo, por diversos conflictos con la dirigencia Granate, aunque terminó dando marcha atrás a los pocos días.
❌🇦🇷 Leandro Díaz NO SEGUIRÁ EN LANÚS, después de lo sucedido hoy en el amistoso ante Tigre.
[@marianoantico] pic.twitter.com/Ey1cARb07E
— Ataque Futbolero (@AtaqueFutbolero) January 11, 2025
POLITICA
La Justicia limitó el alcance del impuesto a la riqueza impulsado por Máximo Kirchner
El Tribunal Fiscal de la Nación dictó un fallo que excluye ciertos bienes del cálculo del “Aporte Solidario y Extraordinario” (ASE), más conocido como “impuesto a la riqueza”. La resolución se basó en un caso en el que un contribuyente cuestionó la inclusión de un fideicomiso “irrevocable” constituido antes de la entrada en vigencia de la ley 27.605, promulgada en diciembre de 2020.
El tribunal sostuvo que los bienes transferidos a un fideicomiso irrevocable no pueden ser incluidos en la base imponible del tributo, ya que el constituyente pierde el control efectivo de los mismos. Según el fallo, la ley no distingue entre fideicomisos revocables e irrevocables, pero únicamente los bienes sobre los cuales el contribuyente conserva algún tipo de participación o control deben ser gravados.
El impuesto, impulsado por los diputados Máximo Kirchner y Carlos Heller durante la pandemia, buscaba recaudar fondos para paliar los efectos del Covid-19. Sin embargo, generó controversias desde su implementación. En 2021, el ASE recaudó menos del 60% de lo proyectado y fue criticado por desalentar inversiones, llevando a que empresarios migraran hacia jurisdicciones como Uruguay.
El demandante basó su defensa en el principio de “capacidad contributiva” y el derecho de propiedad, argumentando que el fideicomiso irrevocable fue constituido en 2019, antes de la promulgación de la ley y fuera del “período de sospecha” definido por la normativa. El tribunal rechazará la hipótesis de maniobras elusivas, favoreciendo al contribuyente y dejando sin efecto el cobro del tributo por parte del fisco.
El fallo también resalta las contradicciones de la reglamentación del ASE, que en su artículo 3 exige incluir bienes de fideicomisos o fundaciones privadas en la declaración de los contribuyentes. Este precedente podría abrir la puerta a nuevas impugnaciones sobre el impuesto polémico que, desde su origen, estuvo en el centro del debate económico y político.
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