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POLITICA

Esta tarde salen a la venta las entradas de Argentina vs. Chile: cuáles son los precios para ir al Monumental

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Esta tarde saldrán a la venta las entradas generales para el partido de la Selección Argentina frente a Chile en el Monumental por una nueva fecha de las Eliminatorias Sudamericanas rumbo al Mundial 2026 de Estados Unidos, México y Canadá.

El encuentro por la séptima fecha CONMEBOL será el próximo jueves 5 de septiembre a las 21.00 horas. Aunque no estarán Lionel Messi y Ángel Di María habrá expectativa porque será el primero del equipo de Lionel Scaloni tras la obtención de una nueva Copa América.

Al mediodía por el sitio deportick inició una preventa para los miembros de las tarjetas American Express Argentina. Las entradas disponibles fueron solo 5.000 y rápidamente se agotaron.

La fila virtual comenzará desde las 19.00 horas.

Toda la información de la venta

No se informaron todos los precios de los tickets y ubicaciones del estadio de River Plate: el coste de las entradas populares no se conoció.

  • Sívori y Centenario Alta: $75.000.
  • Sívori y Centenario Media: $108.000.
  • San Martín y Belgrano Alta: $108.000.
  • San Martín y Belgrano Baja: $200.000.
  • San Martín y Belgrano Media: $210.000.

POLITICA

El Gobierno dispuso cambios en el régimen de viáticos, alojamientos y pasajes para los funcionarios

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El Gobierno estableció este miércoles una serie de modificaciones al régimen de viáticos, alojamientos y pasajes para funcionarios que efectúen viajes oficiales al exterior.

Lo hizo a través de la Decisión Administrativa 888/2024 publicada en el Boletín Oficial con la firma del Jefe de Gabinete, Guillermo Franco, y la Canciller, Diana Mondino.

El primer punto de la normativa fijó que los traslados “deberán efectuarse por la vía más corta y de menor costo”, aunque priorizando el primer ítem por sobre el segundo, “tanto a la ida como al regreso”.

En ese sentido, el texto ya no establece que deba darse prioridad a las aerolíneas de propiedad del Estado Nacional, tal como sostenía la Decisión Administrativa 836/2022.

El documento expresó, además, que los pasajes “deberán emitirse por una misma aerolínea, en ruta de ida y vuelta, cuando esta fuese la opción más económica, con carácter de no endosable y reintegrable únicamente en la oficina de origen”.

De acuerdo con esta Decisión Administrativa, ahora los viajes deberán ser puestos en conocimiento de la Jefatura de Gabinete, “independientemente del rango del funcionario involucrado”, mediante un formulario oficial al que deberán suscribirse, al menos, en “los diez días hábiles previos al traslado en misión o comisión al exterior de carácter oficial”.

Ante ese escenario, el ministro coordinador se encargará de “aprobar los traslados en misión y comisión al exterior de carácter oficial cuando se trate de ministros, secretarios de la Presidencia, vicejefes de Gabinete de la Jefatura de Gabinete de Ministros, demás funcionarios con rango y jerarquía de ministro, y de aquellos otros funcionarios con dependencia directa del mismo.

Traslados en estamentos inferiores serán aprobados por ministros, secretarios de la Presidencia de la Nación, vicejefes de Gabinete de la Jefatura de Gabinete de Ministros y los titulares de organismos.

En paralelo, la normativa insiste en “limitar las comitivas oficiales que integren los traslados por misiones o comisiones al exterior de carácter oficial, cualquiera fuera la fuente de financiamiento del gasto, a un máximo de un funcionario o una autoridad por cada evento o actividad internacional reconocido e impostergable para los intereses del Estado” y propone que “ante la exigencia excepcional de ampliación de la comitiva, la autoridad requirente deberá justificarlo expresamente mencionando los motivos que fundamentan la presencia de cada integrante adicional”.

Dentro de los cinco días hábiles desde su regreso, los funcionarios tendrán que presentar una declaración jurada con el resultado de la gestión y una rendición de viáticos y gastos de alojamiento. En caso contrario, podrían iniciarse actuaciones sumariales en su contra.

“El funcionario o la Autoridad propiciante deberá informar, en carácter de declaración jurada, que el evento no cuenta con alternativas que permitan la intervención adecuada a distancia -a través de reuniones virtuales o de videoconferencias- y que la presencia en el evento resulta impostergable para los intereses del Estado”, remarcó la normativa.

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