POLITICA
Estos son los cinco asombrosos beneficios del té negro para la salud
El té es una de las bebidas más consumidas en el mundo, puesto que en el ranking se ubica en segundo puesto tras el agua. Se trata de una infusión que tiene muchas variedades, entre las cuales se destaca el té negro por ser uno de los más comunes. Es creado a base de las hojas fermentadas de la planta llamada Camellia Sinensis y se le atribuyen propiedades beneficiarias para la salud.
Con tan solo tomar una taza de té negro por día, se pueden observar sus beneficios en el cuerpo. Esta infusión contiene antioxidantes, vitaminas del grupo B y K, calcio, fósforo, magnesio y zinc. Asimismo, muchos utilizan esta infusión para mejorar el estado de alerta mental con la cafeína y la L-teanina.
De acuerdo al sitio Medline Plus, es seguro beber hasta 4 tazas de té negro al día. En ese sentido, sugiere limitarse a esta cantidad diaria por los efectos secundarios que puede provocar, puesto que contiene cafeína en su composición. Su ingesta excesiva puede llevar dolor de cabeza y latidos cardíacos irregulares, o incluso a consecuencias mucho más graves.
También se debe tomar en cuenta que no se debe consumir si se toman determinados medicamentos. Por otro lado, no es recomendable consumir esta infusión durante las comidas si se tienen problemas de hierro bajo, ya que contiene taninos que pueden interferir con su absorción. En ese sentido, se recomienda consultar a un médico antes de aumentar la ingesta de té negro.
A continuación, cinco beneficios que ofrece el té negro para la salud.
1. Cuida el sistema digestivo
Los compuestos en el té negro pueden actuar como prebióticos, por lo que puede promover el crecimiento de bacterias beneficiosas en el intestino y mejorar la salud digestiva. En tanto, evita los dolores intestinales y ayuda a combatir la diarrea de forma natural.
2. Mejora el rendimiento cognitivo
Al contener cafeína, impulsa a las personas a mantenerse alertas y mejorar la atención, incluso después de períodos prolongados sin dormir. A su vez, esta bebida tiene la peculiaridad de contar con un aminoácido llamado L-teanina que puede inducir un estado de alerta relajado. De esa forma, se eliminan los efectos estimulantes de la cafeína.
Igualmente, este aminoácido puede ayudar a reducir el estrés y la ansiedad al dar una sensación de calma en las personas. Por lo tanto, se puede considerar que ofrece beneficios para el bienestar psicológico.
3. Ayuda al corazón
Se ha probado que las personas que beben té negro parecen tener un menor riesgo de sufrir un paro cardíaco. A su vez, ayuda a aumentar la presión arterial en las personas mayores que tienen presión arterial baja al ingerirlo después de comer, ya que contiene cafeína.
4. Cuidado de la piel
Esta bebida aporta propiedades antioxidantes que protegen al organismo de los radicales libres. Contiene una gran presencia de vitamina B2, C y E, además de minerales como el magnesio, el potasio y el zinc. Esto promueve tener una piel sana e hidratada. Asimismo, la cafeína posee un efecto tonificante en la piel y proporciona sensación de frescor.
5. Fortalece los huesos
El té negro contiene fluoruro, que puede ayudar a mantener la salud ósea y dental. También puede aportar minerales que benefician la densidad ósea. En ese sentido, se recomienda beber té negro regularmente parece fortalecer los huesos en una pequeña cantidad, en especial a aquellas personas con una salud ósea débil.
POLITICA
Cúneo Libarona cambió el reglamento para que los jueces que cumplan 75 años pidan 5 años más de mandato
El ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, cambió este viernes el reglamento para la extensión por 5 años más del mandato de jueces que hayan cumplido 75 años y estableció que deberán pedirlo un año antes de llegar a esa edad. En esas condiciones, el Gobierno podrá enviar su legajo al Senado para que apruebe su nominación.
Entre los cambios que Cúneo introdujo al reglamento que había hecho su antecesor Martín Soria, redujo de 15 a 5 días el plazo para que esas entidades de la sociedad civil presenten observaciones sobre los candidatos.
Según fuentes judiciales, el reglamento no precisa cuáles serán los “elementos de convicción» que tendrá el Gobierno para aceptar o no la prórroga.
Se trata de un tema clave porque en la actualidad la justicia federal tiene 143 vacantes, 33 defensorías públicas y 15 fiscalías, según el presidente del Colegio Público de Abogados de la CABA y ex camarista Ricardo Gil Lavedra.
En una nota, Gil Lavedra le pidió que el presidente Javier Milei acelere la elección de candidatos de las 100 ternas que tiene desde principios de años.
En los considerandos del nuevo reglamento, se dice que la modificación es para «adoptar mecanismos que permitan a la sociedad civil, los colegios profesionales, asociaciones que nuclean a sectores vinculados con el quehacer judicial, de los derechos humanos y otras organizaciones que por su naturaleza y accionar tengan interés en el tema, dar a conocer sus observaciones fundadas, puntos de vista y objeciones respecto de los Magistrados que soliciten el nuevo nombramiento» (…) «el PODER EJECUTIVO NACIONAL contará con mayores elementos de convicción para disponer en la materia, contribuyendo al mejoramiento de la prestación del Servicio de Justicia.»
En el artículo 1º, se dice que “los Jueces que pretendan un nuevo nombramiento en los términos de la presente, podrán requerirlo ante el MINISTERIO DE JUSTICIA, durante el año anterior a la fecha en que alcancen la edad de SETENTA Y CINCO (75) años”.
Y en el artículo 3º se establece que la cartera de Justicia “publicará en la página web del Ministerio y en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA durante UN (1) día, la solicitud referida en el artículo 1º. Cuando el cargo involucrado tuviere asiento en una Provincia, la citada publicación deberá efectuarse también en UN (1) diario de circulación en la jurisdicción correspondiente”.
Desde el día de publicación “en el BOLETIN OFICIAL y por el término de CINCO (5) días hábiles, la sociedad civil, los colegios profesionales, asociaciones que nuclean a sectores vinculados con el quehacer judicial, de los derechos humanos y otras organizaciones que por su naturaleza y accionar tengan interés en el tema podrán hacer llegar al MINISTERIO DE JUSTICIA, por escrito y de modo fundado y documentado, las observaciones, objeciones, posturas y demás circunstancias que consideren de interés expresar con relación al Magistrado solicitante, ello junto con una declaración jurada de su propia objetividad respecto de los profesionales en cuestión”.
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