POLITICA
Garnacho y Mac Allister fueron protagonistas en el partidazo entre Manchester United y Liverpool
Una nueva edición del clásico inglés pasó y, como de costumbre, no decepcionó. Es que Manchester United y Liverpool se enfrentaron en un partidazo en Old Trafford por los cuartos de final de la FA Cup y, tras una paridad en los 90 minutos, el duelo se definió en el tiempo extra.
Los Red Devils golpearon primero con un gol de Scott McTominay a los 10 minutos del encuentro, pero no lograron sostener el triunfo parcial ya que, en una ráfaga, Alexis Mac Allister y Mohamed Salah la dieron el 2 a 1 transitorio sobre el final del primer tiempo.
Alexis Mac Allister 🇦🇷 venía de facturarle a Manchester City por Premier. Ahora le convierte a Manchester United por FA Cup. Macca firmó el 1-1 de Liverpool. pic.twitter.com/wGnhVAnTt6
— VarskySports (@VarskySports) March 17, 2024
Cuando finalizaban los primeros 15 minutos extra, Harvey Elliott sacó un violento remate que se desvió en Christian Eriksen y le dio el 3 a 2 a favor a los de Jürgen Klopp, pero el resultado no terminaría así ya que Rashford se redimió y logró empatar el encuentro para un 3 a 3 que parecía final, pero en la última acción del clásico, Amad Diallo recibió la asistencia de Alejandro Garnacho y sentenció el resultado. 4 a 3 final y Manchester United logró la clasificación a semifinales, en un partido que quedará para el recuerdo por un largo tiempo.
Amad Diallo tiene apenas 21 años. Nació en Costa de Marfil y de chico emigró a Italia. Pasó por Atalanta y llegó a Manchester United en enero de 2021. Hoy, Ten Hag lo puso contra Liverpool en los 4tos de la FA Cup. Así respondió. PARTIDAZO. pic.twitter.com/8bdtG9t5is
— VarskySports (@VarskySports) March 17, 2024
Ahora, el Manchester deberá esperar al sorteo de la FA Cup, que se realizará en las próximas horas, para saber contra quién jugará en las semifinales. Los posibles rivales son: Coventry City, Chelsea o Manchester City.
POLITICA
El Gobierno eliminó una exigencia para habilitar centros y servicios de salud mental y adicciones
El Gobierno modificó el procedimiento para habilitar y fiscalizar instituciones, centros y servicios de salud mental publicado en diciembre del año pasado, pocos días antes de que finalizara la gestión de Alberto Fernández. A través de una resolución de las autoridades sanitarias, se eliminó una consulta vinculante con una comisión especial –que pasará a tener un rol consultivo– para agilizar esos trámites, de acuerdo con el texto publicado hoy en el Boletín Oficial.
“La resolución precedente (4107/23) provocaba demoras o imposibilidad de habilitaciones, ya que establecía que para la habilitación y fiscalización de los establecimientos debía realizarse una consulta vinculante con la Secretaría de Derechos Humanos”, señalaron desde el Ministerio de Salud. “Esta situación –continuaron– no se correspondía con lo establecido por la norma superior vigente, la Ley Nacional de Salud Mental 26.657. Por lo tanto, la modificación obedece no solo a ubicar la resolución acorde al artículo 34 [de la ley de salud mental], sino a efectivizar el procedimiento de forma eficiente y expeditiva”.
Por ese artículo de la legislación sancionada por el Congreso en 2010, la cartera sanitaria, como autoridad de aplicación, es responsable de fijar “en consulta con la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y con la colaboración de las jurisdicciones” los requisitos de habilitación y fiscalización de los servicios de atención de salud mental en el sector público, privado y las obras sociales.
Para el Gobierno, la Resolución 6155/2024 también adapta ahora esas tareas a la simplificación de procesos en el Estado prevista en la Ley Bases. “Adecua el procedimiento de habilitaciones de estos dispositivos [por los lugares de atención especializada] a fin de garantizar un procedimiento administrativo ágil, dinámico y diligente”, plantean en Salud. Y consideran, a la vez, que “fortalece la red de servicios” al crear “los dispositivos comunitarios necesarios”. La definición de esos servicios incluye la atención de las adicciones y a los equipos interdisciplinarios “para la continuidad de cuidados y la externación sustentable”.
Este conjunto de “normas mínimas” para la habilitación y el control de los establecimientos y los servicios de salud mental y consumos rige para los lugares de atención ambulatoria (consultorios o gabinetes, centros, hospitales de día con/sin internación o comunitarios, emprendimientos de inclusión sociolaboral y servicios de atención domiciliaria), dispositivos residenciales (con apoyo bajo, moderado o alto y estancia transitoria o prolongada) y lugares con internación (servicios de salud mental en hospitales, clínicas o sanatorios).
Dictamen consultivo
De acuerdo con la resolución de diciembre del año pasado firmada por la exministra Carla Vizzotti, el trámite de habilitación empezaba –como en la nueva resolución– con la solicitud de habilitación del administrador de la institución, centro o servicio vía la plataforma online de trámites a distancia oficial.
Pero si bien la autorización para funcionar también la tramitaba la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras, dentro del Ministerio de Salud, la evaluación inicial de las solicitudes debía ser “en conjunto” con la Comisión Permanente de Trabajo y Asistencia Técnica para la Implementación de los Estándares de los Servicios de Salud Públicos y Privados. Ahora, de acuerdo con los fundamentos publicados en el Boletín Oficial, esa intervención deja de ser vinculante y pasa a ser consultiva cuando así sea requerida.
Esa comisión permanente de trabajo se formó por una resolución de 2022 con tres representantes designados por Salud y otros tres por la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia. Quedaban exceptuados de su intervención solo los consultorios de salud mental, en cuya habilitación participaba únicamente la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.
Con la modificación publicada hoy, sus miembros intervendrán “en caso de que existan incongruencias con los estándares fijados” en un anexo de la resolución y a requerimiento de la Dirección Nacional de Abordaje Integral de Salud Mental y Consumos Problemáticos para “asistencia técnica, colaboración e intervención”.
En esos casos, una vez finalizada la inspección del lugar a habilitar, la comisión tendrá que emitir opinión “sobre el cumplimiento de los estándares normados” en 30 días hábiles para la administración pública a contar desde la llegada del expediente. Cumplido ese plazo sin esa opinión, regirá el silencio de la administración como en el resto de los procedimientos administrativos del Estado nacional.
Lo mismo se aplica para la fiscalización de los establecimientos y servicios de salud mental y consumos problemáticos, como lo define la nueva resolución, que reemplaza a la 4107 de diciembre del año pasado.
Antes, ese dictamen pasaba a la Dirección Nacional de Abordaje Integral de la Salud Mental y Consumos Problemáticos para remitir el expediente de nuevo a la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras para continuar el trámite de habilitación.
“Esta nueva normativa promueve una respuesta adecuada por parte del Estado a la demanda de atención en materia de salud mental, lo que hace necesario avanzar en la habilitación de dispositivos y servicios acordes al modelo de abordaje basado en la comunidad, con el objetivo de alcanzar la inclusión socio-comunitaria de las personas y garantizar una atención de calidad, integral, interdisciplinaria, intersectorial y con enfoque de derechos”, argumentan en el ministerio a cargo de Mario Lugones.
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