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POLITICA

Impuestos y apuestas, lo que necesitas saber antes de hacer tu próxima jugada

En plena parálisis del Congreso y con el dólar blue marcando un fuerte descenso, la imposición a los diferentes tipos de rentas sigue siendo objeto de debate. A la espera de que se lleven a cabo las reformas fiscales anunciadas por Milei, una de las actividades que mayor confusión ha generado en torno a la […]

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En plena parálisis del Congreso y con el dólar blue marcando un fuerte descenso, la imposición a los diferentes tipos de rentas sigue siendo objeto de debate. A la espera de que se lleven a cabo las reformas fiscales anunciadas por Milei, una de las actividades que mayor confusión ha generado en torno a la aplicación de impuestos son las apuestas. ¿Qué porcentaje se retiene de estas? Y lo que es más importante, ¿es obligatorio declarar cualquier ganancia obtenida de una apuesta? ¿Qué pasa si decido no registrarlas en la Renta? Eso es lo que trataremos de responder a lo largo de este artículo.

Diferentes regulaciones, mismas obligaciones

Así es. Si echamos un vistazo a la página web de la AFIP, el organismo determina qué tipos de premios quedan sujetos al gravamen. En este caso, todos los beneficios generados en loterías, rifas y concursos de apuestas de pronósticos deportivos distintos de las apuestas de carreras hípicas, organizados en el país por entidades oficiales o por entidades privadas con la autorización pertinente, deben ser declarados pertinentemente en la Renta. Esto también se aplica a los slots a cualquier sitio de juegos de azar como Mega Casino, como los juegos de ruletas y tragaperras, además de sus derivados.

En cuanto a la mínima cantidad exenta, se salvan los premios cuyo monto neto no exceda 1.200 dólares. En caso de que el importe del premio supere dicho límite, la determinación del impuesto se efectuará sobre el total del monto imponible, como se recoge en la Ley 20.630, Art. 5 RG 1588/03. Recordemos que la base imponible será la que resulte de aplicar al monto neto de cada premio, el 90 % del mismo, menos la deducción de los descuentos que sobre él provean las normas que regulen el juego o concurso.

Esto es lo que debes pagar por realizar apuestas

Es hora de hablar de números. En este caso, los impuestos sobre las apuestas varían dependiendo del tipo de premio y la modalidad del juego. Según la Ley 20.630 y sus modificaciones, se aplica un impuesto del 31% sobre el 90% del premio ganado en juegos de sorteos, loterías, rifas, concursos de apuestas de pronósticos deportivos, entre otros.

De esta cantidad, la AFIP se queda con el 27,9% del valor neto del premio. Para los premios en especie, el monto se fija por la entidad organizadora o se determina por el valor corriente en plaza al momento del cobro. En el caso de las apuestas online, se ha implementado un impuesto indirecto que grava con una alícuota del 2,5% los créditos ingresados por los usuarios registrados en las plataformas de apuestas.

Llegados a este punto, es inevitable preguntarse lo siguiente: ¿qué consecuencias hay si no se paga el impuesto indirecto a las apuestas online? Por lo general, no cumplir con la inscripción y pago correspondiente del impuesto indirecto sobre las apuestas online puede resultar en la aplicación de esta alícuota más alta y posibles sanciones por incumplimiento fiscal. En otras palabras, los caminos del fisco son inescrutables, para bien o para mal.

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POLITICA

Feriados 2025: el calendario completo de fines de semana largo y días no laborables

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El Gobierno nacional definió cuáles son los fines de semana largo de 2025, con sus respectivos días no laborables puentes con fines turísticos y los feriados correspondientes. La medida fue oficializada por el decreto 1027 publicado este jueves 21 de noviembre en el Boletín Oficial.

A medida que el año progresa, es esencial estar informados sobre estas fechas, no solo para aprovechar los días de descanso, sino también para conmemorar y rendir homenaje a los momentos significativos de la historia del país. En este sentido, conocer el calendario de los feriados y fines de semana largos restantes facilita planificar las actividades de manera más eficiente y sacar el máximo provecho de cada período de asueto.

Es importante recordar que existe una diferencia entre día no laborable y feriado puente, dado que el primero deja la decisión de si se trabaja o no en manos del empleador, mientras que en el feriado nacional rigen las normas de descanso dominical.

Días no laborables: cuáles son los fines de semana largo dispuestos por el Gobierno

A través del decreto oficial, el Gobierno estableció los días no laborables con fines turísticos de 2025. Se trata de tres días distintos, unidos a feriados, que extienden los fines de semana con la intención de promover los viajes, el turismo interno y disminuir los efectos negativos de la estacionalidad en el sector.

  • El primer día no laborable puente fue asignado para el viernes 2 de mayo, el cual complementa el feriado nacional del 1º de mayo, el Día Internacional del Trabajador.
  • El segundo llega dos meses después: el viernes 15 de agosto, a raíz del feriado del 17 de ese mes en el que se conmemora el paso a la inmortalidad del general José de San Martín. En 2025 cae un domingo, coincidiendo con el Día del Niño. Aunque se trata de un feriado trasladable, como es en un fin de semana este no se puede correr a otra fecha, por lo cual se decidió establecer un asueto puente.
  • El último de los fines de semana extralargo de 2025 será el viernes 21 de noviembre, que amplía el feriado del jueves 20, con motivo del Día de la Soberanía Nacional.

El Gobierno estableció tres días no laborables puente

Cuál es la diferencia entre un día no laborable y un feriado

Es importante señalar que en esta ocasión, el Gobierno definió que los puentes que conforman los fines de semana largo serán días no laborables y no feriados nacionales, lo que implica una diferencia fundamental, dado que se trata de dos categorías distintas y, en caso de tener que trabajar, la retribución difiere según el caso.

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La ley 20.744 o de Contrato de Trabajo precisa en el artículo 181 que en los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. Mientras que en el 182 explica que los días no laborales son optativos para el empleador.

Cuáles son los feriados confirmados de 2025 y los puente

Enero

  • Miércoles 1° de enero: Año Nuevo (feriado inamovible)

Marzo

  • Lunes 3 y martes 4 de marzo: Carnaval (feriado inamovible)
  • Lunes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible)

Abril

  • Miércoles 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible)
  • Jueves 17 de abril: Jueves Santo (día no laborable)
  • Viernes 18 de abril: Viernes Santo (feriado inamovible)

Mayo

  • Jueves 1° de mayo: Día del Trabajador (feriado inamovible)
  • Viernes 2 de mayo: día no laborable puente
  • Domingo 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible)

Junio

  • Lunes 16 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (se trasladaría del martes 17 de junio por ser un feriado trasladable)
  • Viernes 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriado inamovible)

Julio

  • Miércoles 9 de julio: Día de la Independencia (feriado inamovible)

Agosto

  • Viernes 15 de agosto: día no laborable puente
  • Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable)

Octubre

  • Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable)

Noviembre

  • Viernes 21 de noviembre: día no laborable puente.
  • Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (se trasladaría del jueves 20 de noviembre por ser un feriado trasladable).

Diciembre

  • Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible)
  • Jueves 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible)
Día de la Soberanía Nacional
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