POLITICA
Junio, un mes cargado de historias
No debería extrañarnos que un 10 de junio cualquiera se transforme en una fecha “histórica”. En este caso porque fue definitivamente condenada a prisión y privada de por vida del ejercicio de cargos públicos, la dos veces presidente y una vez vicepresidente Cristina Fernández de Kirchner.
Junio ha sido en la Argentina, desde poco antes de la segunda mitad del siglo XX, un mes que cada tanto nos impacta con eventos que el gran José Ortega y Gasset denominaba “hechos epocales”. Aquellos que afectan profundamente a una o más sociedades, y en particular a ciertas generaciones. Y que a su vez son producto del accionar de figuras consideradas señeras para unos y condenables para otros, a propósito de sus destacados protagonismos públicos. Para bien o para mal según quién emita el juicio.
Veamos nuestros junios “famosos” y no por ello siempre bien librados.
El 4 de junio de 1943 estalla la llamada “Revolución Nacional” liderada por el Ejército contra un preanunciado “fraude patriótico” del establishment liberal conservador. Golpe al poco tiempo aplaudido por los sindicatos “no comunistas”, que encontraron el apoyo irrestricto de un coronel de infantería. Verticalmente subordinados a ese líder militar popular que los interpretaba. Juan Domingo Perón, el futuro “tirano prófugo”. Quien entre 1944 y 1945 había acumulado los cargos de Secretario de Trabajo y Previsión, Ministro de Guerra y vicepresidente de facto. Para posteriormente ser elegido tres veces presidente dentro del periodo largo de 1946 a 1974. Con el intermedio de su exilio de 1955 a 1972.
Los “contreras” antiperonistas llamaban al día en que se instaló aquel régimen militar, en principio pro germano y al final pro aliados, la jornada “reventora” de la patria. En lugar de “redentora” como proclamaba una canción en honor a sus reales, o supuestos, logros de redención política nacional. Claro, según fuese la opinión de quién hubiese salido favorecido, o perjudicado, por el putsch. Un revival aggiornado del golpe, primero facistoide y luego liberal autoritario, de 1930. En el cual el brillante capitán Perón, desde el bando liberal, ya “mojaba la medialuna”.
La glorificada jornada del 4 de junio no fue totalmente pacífica. Siempre hay un aguafiestas. Ya que las columnas del ejército “nacionalista” provenientes de Campo de Mayo, chocaron a cañonazos y ametralladoras con la marinería bajo mando de los oficiales de una armada argentina tradicionalmente “liberal”, atrincherada en la ESMA, al inicio de la Avenida del Libertador. Hubo varios muertos y heridos de ambos lados.
Si nos trasladamos poco más de una década después hasta el 16 de junio de 1955, sabemos del bombardeo aéreo sobre la Casa Rosada, la Plaza de Mayo, y calles y edificios aledaños.
Pasado el mediodía y en un día normal de semana, sucesivas oleadas de una docena y media de aviones de la Armada dejaron caer desde gran altura y con escasa precisión, decenas de bombas. A lo que se sumó el ametrallamiento en varias pasadas de algunas escuadrillas de Gloster Meteors (de origen inglés) de la Fuerza Aérea, sobre los mismos objetivos. Ataque inédito sobre una “ciudad abierta”, no alertada ni preparada para la guerra, que impactó sobre transeúntes, vehículos civiles y escasas tropas disponibles para repeler la agresión, con centenares de muertos entre los desprevenidos transeúntes.
Era un día en que estaba programado un desfile aéreo conmemorativo. Ardid poco honorable para tomar de sorpresa a la defensa gubernamental, a costa de las bajas de inocentes civiles además de soldados conscriptos.
La ofensiva aérea fue complementada por el ataque terrestre de la Infantería de Marina contra los Granaderos que defendían la Casa Rosada. Respondido finalmente por una contraofensiva preponderantemente militar con apoyo civil, contra el Ministerio de Marina, donde hoy se aloja la jefatura de la Prefectura Naval, una vez llegadas las tropas de refuerzo, fusiles, artillería y tanques leales.
Si saltamos a junio del año siguiente, nos encontramos con la frustrada insurrección nacionalista, filo peronista, del 9 de junio de 1956, contra la “Revolución Libertadora”. La que había derrocado a Perón el 6/9/55 luego de tres días de combate entre tropas del ejército leales vs. rebeldes. Estos últimos apoyados por la Armada y los comandos civiles.
Aquí debemos lamentarnos del horror e injusticia de la criminal represalia contra un reducido grupo de adherentes al peronismo insurreccional que ni siquiera portaban armas. Masacrados por la policía de la provincia de Buenos Aires en José León Suárez, y otros ametrallados por orden de un oficial de la marina en una comisaría de Lanús, junto con dos oficiales del ejército que operaban una radio esperando expandir una proclama revolucionaria. Hechos ocurridos entre la noche del 9 y la madrugada del 10 de junio. Y que dieron lugar a la aparición de un sobreviviente mal herido -“el fusilado que vive”- descrito en el libro “Operación Masacre” del futuro oficial montonero Rodolfo Walsh, y también llevado al cine.
Poco tiempo después un grupo de oficiales de jerarquía medias y mayormente subalternas, quienes habían tenido un éxito parcial inicial al tomar un par de unidades de tropas, respetando a rajatabla a sus camaradas a cargo de las guardias a quienes hicieron prisioneros en sus propias habitaciones, iban a ser alevosamente fusilados en Campo de Mayo entre la noche del 10 y la madrugada del 11 de junio. Aun cuando el atribulado y compasivo tribunal militar que los juzgó sumariamente había sentenciado que no había lugar a la pena de muerte, ya que no habían disparado un tiro, y en su lugar los había condenado a reclusión por tiempo indeterminado de acuerdo al Código de Justicia Militar.
Otro tanto ocurrió con un grupo de suboficiales fusilados en la Escuela de Mecánica del Ejército, y con el coronel Cogorno y el subteniente de reserva Abadie en La Plata. Herido este último en la única acción militar de toda la intentona, fue sacado del hospital todavía vendado para fusilarlo el 12 de junio.
El mismo día fue fusilado en la “Penitenciaria Nacional” de la avenida Las Heras el general Juan José Valle, uno de los dos jefes de la intentona junto al general Tanco, que salvó la vida por poco y se exilió. Una rebelión que produjo sólo tres muertos durante el combate de una compañía insurrecta del Regimiento 7 de Infantería de La Plata, previamente tomado sin un tiro por Cogorno. La tropa luchó al mando del capitán Morgante -quien al fracasar la rebelión se dio a la fuga y salvó la vida- contra la policía provincial e infantería de marina leales al presidente de facto Pedro E. Aramburu y su vicepresidente Isaac Rojas.
Todos estos hechos fueron relatados en el libro “Mártires y Verdugos”, de Salvador Ferla.
También se salvó de ser fusilado el capitán Philippeaux, quien había tomado con éxito la casa de gobierno, la policía y la radio de la capital de La Pampa, desde dónde lanzaba proclamas revolucionarias. Habiendo primero sorprendido y hecho prisioneros al jefe y la oficialidad del Regimiento de Caballería de Toay, a quienes encerró en un teatro a cuyo espectáculo habían concurrido. Lo ayudaron civiles armados y unos pocos suboficiales y soldados.
La intervención de un tío general que pidió por su vida lo eximió de ser mártir cuando ya un cura le tomaba la confesión a la espera de ser llamado frente al pelotón de fusilamiento.
En total fueron asesinados 17 militares y 10 civiles.
Una década después, en la madrugada del 28 al 29 de junio de 1966, fue derrocado por un golpe cívico-sindical-militar el presidente Arturo Illia, un estoico médico cordobés radical.
Si bien había sido elegido en 1963 con el PJ proscripto, desarrollaba un gobierno ejemplar en cuanto a su austeridad y defensa de la salud pública. Al tiempo que el país crecía al 7% anual. Bajo su gobierno se logró por primera vez que la ONU reconociera un conflicto de soberanía sobre las islas Malvinas y archipiélago de las Georgias y Sandwich del Sur, entre Argentina y el Reino Unido.
En 1965 Illia no autorizó al comandante en jefe, general Juan Carlos Onganía, a enviar una brigada del ejército bajo mandato de la OEA para apoyar una intervención militar norteamericana mediante la invasión de un país en la región caribeña. El objetivo de Estados Unidos era forzar la resolución de un conflicto político típico de la Guerra Fría desatado en la República Dominicana entre dos facciones del ejército y civiles, una de ellas “antiimperialista”. Que finalmente fue desarticulada por la fuerza de los marines.
Esa negativa colmó el vaso de la prepotencia del “partido militar”, y provocó el golpe de 1966 de corte “modernizador”, pero de modales pomposamente victorianos. Su política económica y crecientemente represiva con la oposición comenzó a ser cuestionada desde el “Cordobazo” en 1969 y otras insurrecciones urbanas de ese año y principios del siguiente, hasta su caída y reemplazo por otro dictador en 1970.
Mucho más acá, finalmente, tenemos el 14 de junio de 1982, día de la rendición de las fuerzas argentinas que habían recuperado las Malvinas el 2 de abril de ese año.
No cabe duda que, al menos para dos generaciones de argentinos, sigue siendo el hecho de mayor relevancia nacional e internacional vivido.
Y el único que une los sentimientos patrióticos entre quienes podrán diferir en casi todos los demás asuntos de la Argentina y el mundo.
Aún estamos a mediados de junio del 2025, y quizás podríamos esperar nuevos “hechos epocales” que nuestra imaginación no alcanza a predecir. Y que en todo caso, según las últimas e inéditas novedades judiciales penales, podrían hacer peligrar la paz social, como se ha insinuado en la reacción de la militancia kirchnerista ante la prisión de su líder.
Si nada serio o fatal ocurriese, habría que esperar a junio del 2026. Quien sabe entonces tengamos otro de los espectáculos movidos de nuestra historia, aunque con la esperanza de que no haya hechos trágicos y nos conformemos con unos fuegos artificiales que ni merezcan que algún escriba los relate.
¿Será mucho pedir? Confiemos. En la actual patria de la (jamás) “fusilada que vive” todo es posible.
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El autor es sociólogo y exteniente de Artillería
POLITICA
Diputados de Unión por la Patria hablaron de “proscripción” contra CFK: “Es un atentado contra la democracia”

El bloque de diputados de Unión por la Patria presentó este jueves un proyecto de resolución en la Cámara baja para expresar su “más profundo repudio” a la “proscripción política” de Cristina Fernández de Kirchner, dos veces presidenta de la Nación y actual titular del Partido Justicialista. La iniciativa se conoció menos de 48 horas después del fallo de la Corte Suprema que confirmó la condena en la denominada “Causa Vialidad” e inhabilitó a la ex mandataria a ejercer cargos públicos de forma perpetua.
El texto, que lleva la firma de los 98 miembros del principal bloque opositor, manifiesta la “máxima preocupación” del peronismo por lo que describen como “un atentado contra la democracia ejercido por miembros del Poder Judicial al cercenar el derecho de la ciudadanía de elegir libremente a sus representantes”. El bloque encabezado por Germán Martínez asegura que la reciente sentencia del máximo tribunal representa “un atentado” contra el sistema representativo y la forma republicana de gobierno, en abierta referencia a los principios establecidos en la Constitución Nacional.
El fallo de la Corte Suprema se difundió apenas una semana después de que la ex mandataria confirmara su candidatura a diputada provincial por la tercera sección electoral bonaerense. Desde Unión por la Patria remarcan que la decisión judicial “incide directa e indirectamente en los procesos democráticos” y funciona, en los hechos, como una “proscripción política” a la líder opositora.
Duros cuestionamientos al Poder Judicial
Desde la bancada de UxP señalaron que la sentencia ratificada por la Corte responde a “un proceso judicial arbitrario y amañado” con intencionalidad política, y enumera una serie de irregularidades denunciadas por la defensa de la vicepresidenta: falta de imparcialidad de los jueces, incorporación de pruebas no planteadas por la fiscalía, condena sobre hechos no indagados y negación a peritar la totalidad de las obras públicas que motivaron el fallo. Según los firmantes, no se probó cartelización ni sobreprecios, y se imputaron a Cristina Kirchner delitos “que no pudo haber cometido como Presidenta de la Nación”.
La resolución cuestiona la decisión de la Corte, que rechazó el recurso extraordinario que presentó la defensa de la ex presidenta el 21 de marzo, y critica duramente la composición actual de la Corte Suprema, que tras las renuncias y demoras en designaciones funciona con tres magistrados. Además, los diputados peronistas remarcan que dos de ellos aceptaron ser desifnados por decreto durante el gobierno de Mauricio Macri, cuestionando la legitimidad y el equilibrio institucional del máximo tribunal.
Impacto sobre el proceso electoral
Para Unión por la Patria, la resolución de la Corte coincide con el cronograma electoral y busca, como ocurrió en otros momentos de la historia argentina, incidir en el proceso democrático. “La inhabilitación funciona de hecho como una proscripción política a la principal líder de la oposición”, aseguran en el documento, y advierten que privar a la ciudadanía de la posibilidad de elegir “es un duro golpe a una democracia ya golpeada por el ausentismo electoral”.
La bancada opositora remarcó que las distintas proscripciones a lo largo de la historia argentina “nunca resolvieron problemas institucionales, sino que crearon y agudizaron crisis políticas”. Llamó además a todas las fuerzas democráticas a manifestarse en repudio, y reclamó defensa irrestricta del sistema representativo, republicano y federal.
“Como representantes electos por nuestro pueblo, no podemos ser indiferentes”, concluyen los firmantes al solicitar acompañamiento al proyecto, que será debatido en un contexto de máxima tensión entre oficialismo y oposición.
Crime,South America / Central America,Government / Politics,BUENOS AIRES
POLITICA
Cristina Kirchner apelará ante la Corte Interamericana, pero sus chances son escasas: el desaire de la Corte, el caso Petro y la advertencia de Zaffaroni

Desde que la Corte Suprema dejó firme la sentencia contra Cristina Kirchner comenzó a correr el plazo de seis meses para que la expresidenta acuda con su caso ante la justicia internacional. Este domingo, el abogado de la expresidenta Alberto Beraldi confirmó que acudirán a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). “Es tan grotesco lo que hizo la Corte que yo no tengo dudas de que hace falta un análisis serio, objetivo y responsable por parte de las instancias internacionales, que van a llegar a una solución contraria”, se envalentonó.
Días atrás, Gregorio Dalbón, otro abogado de la expresidenta, anticipó vía X que acudirá a la CIDH, al Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y a la Corte Penal Internacional (CPI).
La intervención de la CIDH está contemplada de manera explícita en un artículo del nuevo Código Penal, el 366, inciso f, que señala los motivos por los que podría revertirse una condena firme, como la que pesa sobre la dos veces presidenta en la causa Vialidad.
Sin embargo, las chances de que prospere un planteo ante ese tribunal son remotas, según deslizó días atrás Eugenio Zaffaroni, un jurista ideológicamente afín al kirchnerismo que fue miembro del tribunal por cuatro años. Además, no está clara la fuerza normativa de un eventual fallo en favor de la expresidenta y los antecedentes de la CIDH tampoco abren perspectivas alentadoras para la expresidenta.
En primer término, ese tribunal no está facultado, en principio, para revertir sentencias de tribunales nacionales. Su función es la de garantizar que los países que suscriben a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, como Argentina, no violenten su contenido, cuyo acatamiento asumieron al adherirse al pacto. Su tarea, explican fuentes judiciales, es comparable a la que realiza la Corte Suprema respecto a la Constitución.
Sin embargo, de constatar que un caso particular presenta violaciones al Pacto de San José de Costa Rica -como también se conoce a la convención- la CIDH puede ordenar al Estado miembro que ponga en marcha alguna medida restaurativa para enmendar la garantía vulnerada. En principio, un Estado suscripto al pacto tendría escaso margen para desatender un fallo así.
La Argentina adhirió al pacto en 1984 -seis años después de que entrara en vigor- y con la reforma constitucional de 1994 le dio a los tratados internacionales una jerarquía superior a las leyes. Pese a ello, en una sentencia de 2018, estando ya vigente el nuevo código procesal, la Corte Suprema se negó a plegarse a lo resuelto por la CIDH.
En el marco de un caso sobre libertad de expresión, el tribunal internacional pedía revertir un fallo contra el periodista Jorge Fontevecchia que había sido avalado por la propia Corte Suprema en 2001. Es decir, la CIDH le pidió a la Corte que vaya contra su pronunciamiento.
No ocurrió. Por mayoría, el máximo tribunal resolvió que acatar la orden sería “transformar a [la Corte IDH] en una ‘cuarta instancia’”, lo que implicaría “un exceso de las obligaciones asumidas por Argentina”.
En ese sentido se expresaron Elena Highton de Nolasco, que dejó el cargo en 2021, y los tres ministros que conforman actualmente el máximo tribunal: Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz.
El fallo quedó rodeado de cuestionamientos, avivados en parte por el voto en disidencia de Juan Carlos Maqueda: afirmó que el deber de cumplir con la CIDH era un principio básico del derecho. Maqueda dejó el cargo en diciembre del año pasado.
Existe otro fallo de la CIDH que sí puede encender alguna expectativa en la expresidenta y al mismo tiempo jugarle en contra. En 2012, el ahora presidente de Colombia, Gustavo Petro, fue destituido como alcalde de Bogotá −su cargo en aquel entonces− y sancionado por la Procuraduría General a 15 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos. Fue en el marco de una investigación disciplinaria por presuntas irregularidades en el servicio de recolección de basura de la capital colombiana.
El caso llegó a la CIDH, que en 2018 falló en favor de Petro, luego de emitir cautelares en el mismo sentido. El tribunal sostuvo que los derechos políticos del mandatario fueron vulnerados (artículo 23 del pacto) porque fue un órgano administrativo el que instrumentó la sanción y no un “juez competente” a través de una condena. “La sanción de inhabilitación para ser elegido en un cargo de elección popular no puede ser impuesta sino a través de una condena penal en firme y no por la vía administrativa”, se lee en la sentencia. El juez Zaffaroni integró aquella Corte. En su voto, afirmó la existencia de una “persecución política y discriminación” contra Petro y denunció “lawfare”.
En el caso de Cristina Kirchner, no obstante, todos los “jueces competentes” involucrados en el proceso −más de una docena− fallaron en el mismo sentido. La expresidenta, así, tampoco podrá llevar ante el tribunal siquiera un voto de algún magistrado, puesto que no hubo ninguno que la encontrara inocente por el delito de fraude al Estado.
Otra sentencia de la CIDH −anterior al caso “Fontevecchia”− sí fue acatada a nivel local. Fue citada por el propio Maqueda en su disidencia de 2018. Se conoce como “Mohamed”, por el apellido del condenado, un colectivero que atropelló y mató a una señora, fue absuelto por un tribunal y condenado luego por otro.
Tuvo resonancias internacionales porque la apelación de Mohamed a esta segunda sentencia condenatoria fue desestimada, una decisión que incumplió con el estándar del “doble conforme”, es decir, la garantía de que una primera sentencia pueda ser recurrida.
El caso llegó a la CIDH, que resolvió en favor de Mohamed: sostuvo que, al no respetarse esta garantía, se había incurrido en una violación de sus derechos humanos.
Nada de esto ocurrió, sin embargo, con la expresidenta. Su procesamiento fue revisado por la Cámara Federal, que lo ratificó, y su sentencia, confirmada por la Cámara de Casación, creada en 1991 para cumplir con el estándar internacional del “doble conforme”. Y si bien su recurso extraordinario para acudir a la Corte fue rechazado, el máximo tribunal sí escuchó y contestó cada uno de los reclamos en su queja.
Por ejemplo, los ministros dijeron −a través del juez de Casación Gustavo Hornos− que las obras públicas elegidas para ser auditadas “no fueron arbitrarias ni antojadizas”, como alegaron las defensas, o que las conexiones entre jueces, fiscales y funcionarios aludidas, que buscaban probar una presunta conspiración, eran “conjeturas” que no alcanzaban a probar imparcialidad, además de que muchos de los más de 20 funcionarios que intervinieron en el proceso fueron designados durante las gestiones de Néstor y Cristina Kirchner.
En la escena internacional, surgió un planteo desde Bolivia sobre los derechos políticos cuando el expresidente Evo Morales, desafiando un referéndum adverso, buscó presentarse para un cuarto mandato, algo prohibido por la Constitución de su país.
En 2021, la Corte IDH emitió una opinión consultiva –una interpretación del Pacto de San José de Costa Rica− tras una solicitud especial del Gobierno de Colombia, por la que definió que la “reelección indefinida” −por la que Evo Morales todavía insiste− no era un derecho humano. En este caso, Zaffaroni también votó en disidencia: sostuvo que la CIDH no es competente para juzgar las formas de gobierno que adoptan los Estados.
Además de las dudas respecto al alcance de un eventual fallo, están los largos tiempos procesales del tribunal. El recorrido de los casos comienza en la Comisión Internacional del organismo que evalúa si amerita o no elevar el caso a la Corte. Ese proceso es muy largo, según dijo Zaffaroni en declaraciones a Radio 10. “No va a servir para nada”, anticipó, antes de que se conociera el fallo. Y añadió: “Tiene que pasar por la Comisión y la Comisión Interamericana demora años en resolver. De modo que no, en el sistema interamericano la cosa no funciona”.
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