Connect with us

POLITICA

La Corte rechazó un recurso contra el DNU de Milei que buscaba ponerle plazo al tratamiento en el Congreso

Published

on

La Corte rechazó un recurso contra el DNU de Milei que buscaba ponerle plazo al tratamiento en el Congreso


En las últimas horas, la Corte Suprema de Justicia rechazó otra presentación contra el megadecreto desregulador de la economía de Javier Milei. Es la segunda decisión que toma el Máximo Tribunal sobre el DNU 70/23 en la última semana.

En esta oportunidad, los cuatro jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan CarlosMaqueda y Ricardo Lorenzetti declararon inadmisible un per saltum presentado por el abogado Andrés Gil Domínguez contra el decreto desregulador. El argumento para el rechazo fue que no había “caso concreto”, “causa” o “controversia”.

Leé también: El Gobierno busca capitalizar la politización de la marcha universitaria

Gil Domínguez interpuso el recurso con la intención de que se ordene al Congreso de la Nación para que se aboquen al “expreso e inmediato tratamiento” del DNU 70/23 en un plazo máximo de 30 días. Allí debían optar los legisladores por su aprobación o rechazo en los términos de la ley 26.122.

Desde su publicación, movimientos sociales y la Central de los Trabajadores se manifestaron contra el mega DNU de Milei. (Foto: Leandro Heredia / TN)

Por ahora, el decreto está vigente y fue rechazado por el Senado. Para derogarlo debería ser rechazado también por Diputados, aunque aun no hay una sesión prevista.

Para la Corte Suprema, los argumentos de Domínguez resultaron “insuficientes” para tener configurado un caso. Por este motivo, aquella presentación fue declarada inadmisible.

Leé también: El Senado espera a Posse con preguntas incómodas: despidos en el Estado, obras paradas y puntos grises del DNU

El reclamo llegó al Máximo Tribunal luego de ser rechazado en primer lugar por el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N°1, a cargo de Rodolfo Facio, que desestimó el planteo por ausencia de legitimación activa.

Es la segunda vez en una semana que la Corte se expide sobre este tema. El martes pasado se desestimaron dos presentaciones declarativas de inconstitucionalidad del mega decreto aplicado en diciembre del año pasado.

Días atrás, la Corte Suprema rechazó por unanimidad el planteo de la provincia de La Rioja y otro del abogado Jorge Rizzo contra el mega DNU Milei. En ambos casos entendió que no había caso, no analizó si el DNU era o no inconstitucional.

El mega decreto fue rechazado por el Senado el 14 de marzo pero aún no fue tratado en la Cámara de Diputados. Mientras no sea rechazado en las dos cámaras, todos sus efectos siguen vigentes, con excepción de aquellos que fueron frenados por una decisión judicial. Entre ellos se encuentran la reforma laboral, ley de tierras y el capítulo de la yerba mate, además de los reclamos puntuales por las prepagas.

Corte Suprema de Justicia, DNU, Javier Milei

POLITICA

Las 27 tareas que tendrá el ministerio de Desregulación y Transformación del Estado a cargo de Federico Sturzenegger

Published

on


El Gobierno de Javier Milei oficializó este viernes a la medianoche la creación del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado que estará a cargo de Federico Sturzenegger, cuya designación quedó estipulada también en la última edición del Boletín Oficial, y precisó cuáles serán las 27 funciones «particulares» que tendrá la cartera que se sumará a las de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto; Defensa; Economía; Justicia; Seguridad; Salud; y Capital Humano

«Compete al Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo concerniente a los cursos de acción para la implementación de la desregulación, reforma y modernización del Estado en miras a redimensionar y reducir el gasto público y aumentar la eficiencia y eficacia de los organismos que conforman la Administración Pública Nacional, la transformación de gestión, la simplificación del Estado, el diseño y ejecución de políticas relativas al empleo público», expresa uno de los artículos que se incorpora a la Ley de Ministerios según lo dispuesto por el Decreto 585/2024.

Federico Sturzenegger, de asesor presidencial a ministro del gobierno de Javier Milei. Foto: Clarín.

Según lo que indica ese documento, al ministerio le competen, «en particular», las siguientes funciones:

1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.

2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo Nacional.

3. Entender, junto con las áreas competentes, en la formulación, elaboración y ejecución de la política nacional y los proyectos relacionados con la desregulación económica y reforma del Estado.

4. Entender en la simplificación y reducción del Estado, con el objetivo de eliminar tareas innecesarias, duplicadas y/u obsoletas, con la intervención de las áreas competentes.

5. Entender en la elaboración de políticas tendientes a aumentar la competitividad, eliminar cargas burocráticas, facilitar el funcionamiento de los mercados, impulsar el crédito, disminuir regulaciones y controles, aumentar la libertad económica y disminuir los costos del sector privado y productivo, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

6. Impulsar las acciones necesarias para el dictado de actos administrativos que propicien la simplificación y/o supriman las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como aquellas exigencias normativas que distorsionen los precios de mercado, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

7. Participar, junto con las áreas con competencia en la materia, en la revisión de esquemas tributarios, exenciones impositivas y regímenes especiales que generen privilegios o distorsiones en el funcionamiento de los mercados y la economía.

8. Impulsar, en coordinación con las áreas con competencia en la materia, reformas estructurales que impulsen la creación de empleo privado, el desarrollo económico, la equiparación de las estructuras tributarias y la eliminación de los privilegios.

9. Entender en la elaboración de propuestas para la reorganización del Sector Público Nacional con el objeto de lograr mayor economía, eficiencia, eficacia y racionalización de sus estructuras administrativas y reducir su actual sobredimensionamiento.

10. Proponer a las distintas jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional la implementación de medidas encaminadas a mejorar la calidad y eficiencia de la gestión y el gasto público.

11. Entender en el diseño de políticas que promuevan el perfeccionamiento de la organización y el funcionamiento de la Administración Pública Nacional, con el objetivo de reducir el gasto público y propender a una administración pública moderna y eficiente.

12. Coordinar y controlar las acciones relativas a la reforma, transformación y modernización del Estado que se desarrollen en todos los Ministerios, Secretarías de Presidencia de la Nación y organismos descentralizados de la Administración Pública Nacional.

13. Entender en la definición y monitoreo de los temas vinculados a la simplificación de trámites y procesos de la Administración Pública Nacional centralizada, descentralizada y organismos desconcentrados, con especial foco en aquellos concernientes al sector productivo nacional en coordinación con las áreas sustanciales en la materia.

14. Impulsar los principios de calidad regulatoria y la aplicación de estándares internacionales en materia de simplificación y desburocratización de trámites y procesos del Sector Público Nacional.

15. Promover, junto con el Jefe de Gabinete de Ministros, procesos de reforma y modernización que sean transversales al Sector Público Nacional, en coordinación con los sectores públicos provinciales y locales, destinados a impulsar una agenda común de mejora regulatoria que incluya políticas de revisión normativa, desregulación, simplificación y desburocratización, fomentando el uso de herramientas tecnológicas.

16. Proponer el dictado de reglamentos para modificar y/o eliminar trámites y normativas que establezcan una carga administrativa excesiva o que incumplan con la política de calidad regulatoria vigente.

17. Entender en la transformación, modernización y desarrollo de la política de gestión del empleo público tendiendo a la optimización y fortalecimiento de los recursos humanos de la Administración Pública Nacional, junto con las áreas competentes en la materia.

18. Diseñar e implementar el régimen de ingresos del personal, a través de parámetros para el diseño de una carrera pública conforme las negociaciones colectivas de trabajo.

19. Entender en la implementación de las políticas relativas a la mejora estratégica de los recursos humanos y su capacitación, la política salarial del sector público, la promoción y el desarrollo de carrera de los agentes de la Administración Pública Nacional y en la propuesta de las normas reglamentarias en la materia.

20. Entender en la formulación de políticas nacionales en materia de recursos humanos, procedimiento de selección e ingreso, gestión del empleo público, evaluaciones de desempeño y compensaciones, en el ámbito de su competencia.

21. Colaborar con las áreas competentes de cada Ministerio en la sistematización de los procesos de administración de los recursos humanos de la Administración Pública Nacional, como la liquidación de salarios, justificación de inasistencias, otorgamiento y convalidación de licencias y protección de la salud en el trabajo.

22. Intervenir en el diseño, desarrollo e implementación de políticas públicas de fortalecimiento institucional y en la promoción de políticas de integridad en la función pública, en coordinación con los organismos del Estado Nacional con competencias en la materia.

23. Coordinar junto con las áreas competentes, la estrategia y los estándares sobre tecnologías de la información, comunicaciones asociadas y otros sistemas electrónicos de tratamiento de información de la Administración Pública Nacional.

24. Impulsar la incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura informática y sistemas y tecnologías de gestión del Sector Público Nacional.

25. Promover, en coordinación con las áreas con competencia en la materia, la implementación de los canales y plataformas digitales a fin de alcanzar un gobierno digital y tecnológico al servicio del ciudadano y del sector productivo.

26. Participar en la elaboración y ejecución de políticas vinculadas al desarrollo, uso y fomento del software público, su interoperabilidad, estandarización y reutilización por parte del Estado Nacional.

27. Promover acuerdos con organismos provinciales y locales, en el ámbito de su competencia.

Continue Reading

LO MAS LEIDO

Tendencias

Copyright © 2024 - NDM Noticias del Momento - #Noticias #Chimentos #Politica #Fútbol #Economia #Sociedad