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POLITICA

La Justicia ordinaria investigará los carteles contra Cristina Kirchner por la pandemia

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió dos casos con implicancias políticas. Por un lado, decretó que el sueldo de los miembros argentinos del Parlasur debe ser pagado por el Mercosur y no por el estado argentino, aunque le reclamó al gobierno que regularice el abono de las cuotas a ese organismo regional para cubrir esos salarios.

Por otra parte, la Corte dispuso que la justicia penal ordinaria y no la federal penal es competente para intervenir en la causa en la que se investiga la colocación de carteles en la vía pública contra la exvicepresidenta Cristina Fernández que decían: “Culpable de 35.000 muertes. Elegiste negocios con Putin en lugar de salvar vidas. Asesina”

Las causas sobre los sueldos de los miembros del Parlasur fueron empezadas por los miembros del Parlasur Claudia Fernanda Gil Lozano, Alejandro Hernán Karlen, Cecilia Britto y Alberto Assef.

En los cuatro casos, la discusión giró en torno a determinar si es el Estado Nacional el que se encuentra obligado a pagar las remuneraciones. Las causas tramitaron ante fueros federales diferentes y fueron resueltas de modo diverso.

En el caso de Gil Lozano, la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó el amparo. Llegado el caso hasta el Máximo Tribunal, la Corte, con la firma de Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, declaró inadmisible el planteo de Gil Lozano.

En su voto, Horacio Rosatti señaló que es el Mercosur, como persona jurídica diferente, y más precisamente el Parlasur, a través de su Mesa Directiva y Presidencia –y no el Estado Argentino– el obligado a resolver y pagar las remuneraciones de los parlamentarios. Y precisó que los fondos para esas erogaciones provienen de su presupuesto, financiado con los aportes de los Estados Parte quienes, en definitiva, son los que afrontan las remuneraciones de los parlamentarios elegidos de forma directa, entre otros gastos de funcionamiento (artículo 20 del Protocolo Constitutivo y artículo 1° de la Disposición PM 03/2022).

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De lo expuesto -concluyó Rosatti- se deriva la imposibilidad de condenar al Estado Nacional al pago que se pretende pues, así como es cierto que no existe ninguna norma en el ordenamiento que consagre su labor ad honorem, tampoco se ha invocado de forma certera disposición alguna que otorgue a los parlamentarios crédito directo contra la Nación.

La existencia de otros reclamos similares ante el Tribunal, dijo, “da cuenta de la recurrencia y persistencia de la cuestión frente a la continuidad del Mercosur, como un sistema de integración regional asumido por la Nación en los términos del artículo 75, inciso 24 de la Constitución Nacional”. Por tal motivo, votó por declarar admisible la queja y el recurso extraordinario, y confirmar la sentencia apelada, con el alcance indicado, y exhortar al Estado Nacional a fin de que dé cumplimiento a su obligación de afrontar los gastos que demande el pago por parte del Parlasur de las remuneraciones de los parlamentarios por la República Argentina.

Mientras que en “Karlen”, la Cámara Nacional Electoral, pese a considerar que el pago de las dietas estaba a cargo del Mercosur, condenó al Estado Nacional a incluir en la Ley de Presupuesto de 2017 no solo los aportes del Estado Argentino para hacer frente a los gastos normales de funcionamiento del Parlamento del Mercosur, sino también aquellos montos necesarios para que se realice el pago de las dietas de los Parlamentarios. El Estado Nacional apeló esa decisión.

Llegado el caso hasta el Máximo Tribunal, la Corte, con la firma de Rosenkrantz, Maqueda y Lorenzetti, declaró admisible el planteo del Estado Nacional y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Electoral. Por su parte, Rosatti remitió a su voto en el caso de Gil Lozano y declaró admisible el planteo.

Respecto de los amparos presentados por Britto y Assef, la Cámara Contencioso Administrativo Federal -salas III y IV, respectivamente- también los rechazó. Llegados los casos hasta el Máximo Tribunal, la Corte, con la firma de Rosenkrantz, Maqueda y Lorenzetti, declaró inadmisibles ambos planteos; mientras que Rosatti remitió a su voto en “Gil Lozano”.

Por otra parte, el 28 de marzo de 2022 se inició una causa a partir de la toma de conocimiento por parte de la División Delitos Constitucionales de la Policía Federal Argentina, de afiches pegados en distintos puntos de la Ciudad de Buenos Aires y reproducidos, luego, en medios periodísticos, con la leyenda “Culpable de 35.000 muertes. Elegiste negocios con Putin en lugar de salvar vidas. Asesina”, y la imagen de la entonces vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández, con un código QR que remitía a la dirección web cristinauta.org

Recibidas las actuaciones en el juez federal Sebastián Casanello, se presentó el titular de la imprenta en la que se había impreso dicho material, indicó qué vendedor había realizado la operación y quién había hecho el encargo. Asimismo, informó que había aportado esos mismos datos al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 5, donde también tramitaba una causa por la colocación de carteles.

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El juez federal descartó la hipótesis de que se tratara de un delito de intimidación pública o cualquier otro que habilitara la intervención de su fuero, y declinó su competencia en razón de la materia, en favor de la justicia nacional.

Por su parte, el juez nacional rechazó dicha atribución por entender que de las medidas de prueba que había ordenado, los hechos encuadrarían en el delito de intimidación pública, de competencia federal. Además, señaló que los mensajes se referían a una funcionaria nacional, circunstancia que justificaría la intervención federal. Así, devolvió las actuaciones al juez federal y le hizo saber que le correspondía, también, resolver los pedidos del fiscal a los efectos de que la justicia en lo penal, contravencional y de faltas se inhibiera de seguir entendiendo en otra causa relacionada, en la que se investiga el daño que se generó en las carteleras propiedad del ex secretario de Comunicación K Pepe Albistur. Esa resolución fue confirmada por la Cámara, al rechazar el recurso de apelación interpuesto por la parte querellante.

El juzgado federal insistió en su postura y elevó el expediente a conocimiento de la Corte.

En su dictamen, la Procuración General de la Nación estableció que debía ser la justicia nacional la que interviniera en la causa. En consonancia, la Corte, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, resolvió que “corresponde dirimir el conflicto de conformidad con los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador General de la Nación interino, por lo que se declara que resulta competente para conocer en las actuaciones el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 5”.

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POLITICA

El gobernador de Córdoba le mete presión a De Loredo y Luis Juez para que voten en el Congreso la suspensión de las PASO

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En un nuevo guiño a la iniciativa del Gobierno nacional de suspender las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), el gobernador cordobés Martín Llaryora le mete presión a Rodrigo De Loredo y Luis Juez para que acompañen el proyecto oficialista.

El mandatario provincial, que ya había reclamado la eliminación de las PASO por considerar que «han perdido su razón de ser», ahora cuestionó que los legisladores cordobeses que responden al jefe del bloque de diputados de la UCR y al senador ex PRO y ahora cercano a Milei votaron en contra de un proyecto que se pronunciaba contra las elecciones primarias.

El proyecto al que se refiere Llaryora era para que la Legislatura de Córdoba pudiera pedirle a los diputados y senadores nacionales de su provincia «que voten lo que le pide el presidente Milei y que voten lo que pide el gobernador, eliminar las PASO».

«El Frente Cívico y parte del radicalismo votó en contra de este proyecto», cuestionó Llaryora al compartir el video que publicó el legislador de Hacemos Unidos por Córdoba Miguel Siciliano dando cuenta de lo que pasó en el recinto durante la primera sesión del año.

Enseguida el mandatario provincial redobló la apuesta: «Espero que sus jefes no hagan lo mismo en el Congreso Nacional y obliguen a los argentinos a participar de una elección inútil».

Mientras De Loredo ha evitado pronunciarse antes de la votación en el Congreso pero meses atrás había cuestionado la iniciativa señalando que «también le sirve a Cristina Kirchner», Juez, ahora muy cercano a Milei, señaló que «hace tiempo» dice que «hay que eliminarlas».

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«Los reyes del despilfarro y la malversación, los padres del impuestazo, simulando preocupación por los gastos del Estado Nacional, pretenden decirme que debo votar por la suspensión de las PASO. Tranquilos, no sobreactúen; hace tiempo que vengo diciendo que hay que eliminarlas. Ahora, Ud., Sr. Gobernador, revea el IMPUESTAZO al que está sometiendo a los cordobeses, solo para seguir sosteniendo una estructura costosa, corrupta e ineficiente», lanzó Juez contra Llaryora.

El ahora ex presidente del bloque PRO en el Senado está en sintonía fina con el presidente Javier Milei. El legislador estuvo este miércoles cenando con el mandatario en la Quinta de Olivos. «Hoy cenamos con @JMilei en #Olivos, hablamos de todo. Disfrutar de los amigos no tiene precio y que sea el Presidente de la Argentina🇦🇷 es un inmenso honor», escribió Juez en X.

El reclamo de Llaryora va en línea con el que también hicieron público los gobernadores de Catamarca y Santiago del Estero, Raúl Jalil y Gerardo Zamora.

Como detalló Clarín, la iniciativa oficial avanzó en Diputados luego de que la Casa Rosada aceptara suspender en lugar de eliminar las primarias y desistiera de ir por una modificación de la ley de financiamiento de las campañas, habilitando un mayor ingreso de aportes privados, y restricciones para formar partidos políticos. Si la ley es aprobada por el Senado, se extenderá el calendario electoral y se irá sólo en octubre a las urnas.

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