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Las cooperativas de los piqueteros en la mira: sospechan que también las usaban para desviar plata del Estado

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La Justicia federal que lleva adelante el caso de presunta corrupción entre las agrupaciones piqueteras ahora también apunta al rol de las cooperativas que manejaban los movimientos sociales. El juez federal Sebastián Casanello y el fiscal Gerardo Pollicita sospechan que las utilizaban para desviar los fondos que les mandaba el Estado nacional y quedarse con una parte que destinaban para otros fines que nada tenían que ver con la ayuda social.

Por eso, el juez tomó una serie de medidas para determinar si se cumplió con la letra de los convenios firmados con entre las cooperativas y el Estado, sus movimientos financieros y la vinculación con los imputados en el expediente. Los fondos que mandaba el Estado tenían que ser usados gestionar los planes y comprar maquinaria, herramientas y materiales para darles trabajo a los beneficiarios. Y además ordenó que sean intervenidas por tres meses para detectar más irregularidades y ordenar su funcionamiento.

La trazabilidad de los fondos que podrían haber sido malversados por parte de dirigentes sociales a través de las cooperativas es uno de los objetivos principales en la instrucción complementaria que lleva adelante el juzgado federal.

De hecho para el fiscal Pollicita, según plasmó en un escrito, los imputados “se orientaron también a canalizar los fondos ilícitos provenientes de las extorsiones a través de “cooperativas”, desconociéndose a la fecha el destino final de ese dinero”.

Las cooperativas son una pieza clave en el entramado bajo estudio. Hay cientos de convenios suscriptos entre la secretaría de Economía Social, que conducía Emilio Pérsico (jefe del Movimiento Evita) y las respectivas cooperativas. Algunos de esos fondos no iban a a donde tenían que ir y se habrían destinado, por ejemplo, a imprentas.

El juzgado federal obtuvo una serie de documentos, como contó Clarín, que fortalecen la tesis inicial de que existía un esquema en funcionamiento que no se trataba de casos aislados o excesos. Los investigadores hablan de un “modus operandi” que incluyó el uso de cooperativas. En manos del juzgado hay carpetas con listados de asistencias a marchas, un cuaderno que detalla las “sanciones” aplicadas como también, los remitos de alimentos que otorgaba el Estado nacional de forma gratuita pero que se vendían por parte de los comedores.

Casanello ya inhibió a todas las cooperativas bajo sospecha y le pidió al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES)

En primer término el magistrado firmó la inhibición general de bienes junto al congelamiento de las cuentas bancarias de los 28 imputados como así también de las personas jurídicas bajo investigación. Esto es: las cooperativas y asociaciones civiles. Esta última se rige por la Inspección General de Justicia (IGJ) pero las demás organizaciones están bajo la órbita del que remita los legajos patrimoniales, declaraciones juradas presentadas y toda otra información pertinente relativa a las rendiciones de ingresos y gastos que hayan presentado la Cooperativa de Trabajo Agustín Tosco Limitada y la Cooperativa de Trabajo El Resplandor Limitada.

Esta última es clave porque es del Polo Obrero, el movimiento que maneja Eduardo Belliboni y Jeremías Cantero, uno de los principales apuntados por la Justicia. Cantero ya fue allanado y haya audios en el expediente que lo comprometen donde habla de las sanciones a quienes no iban a las marchas y del temor a que los investiguen por lavado de dinero.

Casanello pidió que las cooperativas bajo sospecha sean intervenida por veedores por un plazo de tres meses. «Tendrán la obligación de realizar un monitoreo permanente sobre el estado de los bienes, las operaciones y actividades de dichas personas jurídicas, informando a este juzgado su situación de modo periódico, cada quince días”, sostuvo en un escrito

Esta tarea, entiende el juzgado, es adecuada para que la lleve adelante el INAES. Junto con la veeduría Casanello también ordenó que se confeccione un amplio informe de auditoría correspondiente al período comprendido desde mayo de 2021 hasta el día de la fecha, que es la ventana de tiempo bajo investigación en el expediente.

El objetivo de estas medidas es conocer el funcionamiento interno de las cooperativas, los convenios firmados con el Estado, el manejo de los fondos públicos -si los mismos se rendían, bajo qué condiciones y con qué respaldo documental-. Es parte de la trazabilidad del dinero que podría verse involucrado en una eventual defraudación.

La trazabilidad, un punto central

Por ese motivo, entienden los investigadores, no hay que hacer sólo foco en la relación de las organizaciones sociales con los beneficiarios, “sino considerar las obligaciones comprendidas como intermediarios al firmar los convenios con el Estado, lo que esa normativa exigía y si hubo incumplimiento de esos acuerdos”, explicó una fuente judicial a Clarín y citó un ejemplo concretó: “Los fondos no deben usarse para fines políticos”.

Los teléfonos celulares que están en proceso pericial, también son un eslabón en la cadena que se busca establecer para dar con la ruta del dinero que el Estado enviaba a estas cooperativas, y asimismo, saber quién terminaba siendo el beneficiario de las percepciones económicas que habrían recibido como resultado de las extorsiones aplicadas.

Por ejemplo, en la causa se señaló que entre las acciones impulsadas por los dirigentes sociales, se “castigaba” a quienes no asistían a las marchas y/o movilizaciones. Lo hacían, informándoles que iban a recibir mercadería del comedor por un determinado lapso -con la aclaración de que esos alimentos el Estado los daba gratuitamente-, hasta ser degradado de categoría o ser dado de baja del Plan Potenciar Trabajo.

¿Qué ocurría con el dinero que se cobraba de los planes sociales que se les quitaba a los “incumplidores”? Es una de las preguntas que busca responder el juez Casanello.

Otra fuente de ingreso indebida, por parte de las cooperativas y asociaciones, era a través del pago de “cápitas” mensuales equivalentes al 2% de la ayuda social percibida en cada caso; “lo que se abonaba en efectivo siempre, los primeros días del mes; y, en caso de incumplimiento, se los incluía en la lista de morosos lo que, según la demora y el criterio de los acusados, podría derivar en la decisión de degradar de categoría al deudor hasta disponer, incluso, la baja del Plan Potenciar Trabajo, por lo que pasaba nuevamente a lista de espera”.

El “modus operandi” de las cooperativas

Las personas jurídicas que funcionaron como Unidades de Gestión del Plan Potenciar Trabajo: Asociación Civil Polo Obrero, Cooperativa de Trabajo Agustín Tosco y Asociación Civil Caminos de Tiza, recibieron fondos públicos a los fines de implementar el plan y, valiéndose de ellos y de las facultades otorgadas, “exigieron sumas de dinero en efectivo bajo diversos conceptos -“cápitas”, “alquiler de comedor”, “mercadería”, “alimentos”, “flete”-, e, incluso, en al menos un caso, existe la seria sospecha de que habrían canalizado fondos provenientes de las “cápitas” exigidas coactivamente a través de otras cooperativas”.

La Asociación Civil Polo Obrero tenía un conjunto de comedores a cargo: Comedores Rivadavia I, La Carbonilla y Mariano Ferreyra. La investigación sostiene que en este caso un grupo de personas que, “actuando de manera coordinada bajo distribución de roles y desde —al menos— mayo de 2021, tenía por finalidad la comisión de múltiples actividades ilícitas en perjuicio de los beneficiarios de asistencia social que concurrían a los comedores”.

Esos comedores, indica el expediente judicial en función de lo que reconstruyó el fiscal Pollicita, se “apropiaban de una porción de los fondos públicos destinados por el Estado Nacional a dicha asistencia y, al mismo tiempo, coaccionar a los beneficiarios, con el objeto de forzarlos a participar en “movilizaciones” convocadas por la agrupación “Polo Obrero”.

¿Cómo funcionaba? Para cumplir con dicha finalidad, los responsables del Polo Obrero involucrados en esta causa, hacían saber a los vecinos y potenciales asistentes de los comedores que, para convertirse en beneficiarios del Plan Potenciar Trabajo, “debían asistir a determinada cantidad de “marchas” o “movilizaciones” del Polo Obrero”.

Esa asistencia y presencia en las calles, lo que hacía era aumentar las probabilidades de ingresar en una “lista de espera” desde la cual, “con posterioridad y según determinaran los imputados, podían pasar a ser inscriptos como beneficiarios de dicho plan —a lo que llamaban “ascenso”.

Una vez que se accedía al programa de ayuda social, los delegados de cada comedor “hacían saber al beneficiario que, para continuar cobrando la prestación —que hoy representa $78.000 por mes—, debía asistir a las “marchas” y “movilizaciones” que indicaban los referentes del comedor; en caso contrario, se le daría de baja del plan”.

A su vez, si se asistía a determinada cantidad de “marchas” fijadas por los responsables del comedor— se podía ascender al segundo rango de beneficiarios, que cobraban un monto superior mensualmente —entre $150.000 y $200.000, según cada caso— y que se los denominaba “esenciales”, “cuadrilla” o “nexo”; y por encima de esa categoría se encontraban los “delegados”, que cobraban mayor dinero aún —entre el doble y el cuádruple de la prestación básica— y tenían mayores responsabilidades, explica la causa judicial.

Otra de las acciones determinadas en el dictamen de la fiscalía, es que junto a todo lo detallado, se les exigía a las víctimas que, en caso de no asistir a una “movilización”, debían justificar la ausencia y acompañar las correspondientes constancias de las razones que impidieron la participación —como la existencia de turnos médicos—; porque de lo contrario se anotaría como ausencia; lo que podía ocasionar la imposición de “sanciones”, que iban

Estos manejos se replicaban en las cooperativas que recibían fondos públicos por parte del Estado.

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Argentina – Ecuador: la atajada de Dibu Martínez que fue casi un calco de la que hizo contra Francia y su eufórico festejo tras el penal errado

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De arco a arco. Porque por un lado está Dibu. Siempre Dibu. Todo gran equipo debe tener un gran arquero. Y a los 14 minutos de Argentina vs. Ecuador, por los cuartos de final por la Copa América, Emiliano Martínez volvió a mostrar su importancia y a mantener invicta la valla del seleccionado en Estados Unidos 2024.

Ecuador edificó una gran jugada por la izquierda, con toques rápidos y precisos. Enner Valencia envió un centro atrás, y Jeremy Sarmiento dominó la pelota, desairó a Cristian Romero con un amague y se aprontó para abrir el marcador. Pero en la puerta del área chica apareció Dibu Martínez, estiró las piernas y frenó el remate con la zurda, como en aquella acción decisiva sobre la hora de la final del Mundial Qatar 2022 ante el francés Randal Kolo Muani.

El riesgo no se diluyó, porque enseguida cayó otro centro en la medialuna, donde Kendry Páez sacó un fuerte disparo. El balón se fue por arriba del travesaño.

Ya en la segunda etapa, a los 14 el árbitro Matonte sancionó penal por una mano de Rodrigo De Paul en el área albiceleste. Y entonces, Enner Valencia pateó a colocar. la pelota fue para un lado y Dibu para el otro. Sin embargo, el balón beso el poste, volvió al campo y el rebote (desde un ángulo cerrado) salió desviado.

Entonces, Dibu realizó un eufórico festejo ante el público argentino, agitando los brazos con alegría porque la suerte estuvo de su lado.

Pero en el área de frente el equipo es pura voracidad. Y entonces, en un contexto complicado y con pocos espacios para desplegar el habitual juego vistoso del campeón de América, de un corner llegó la apertura del marcador. Alexis Mac Allister la peinó en el primer palo y Lisandro Martínez le metió el frentazo a la red. Se sabe desde el inicio de los tiempos: dos cabezazos en el área es gol.

La Argentina juega con Ecuador en Houston por un lugar en las semifinales de la Copa América, defendiendo la corona lograda en 2021 en Brasil. El vencedor de este partido jugará el próximo martes con el ganador del cruce que este viernes sostendrán Venezuela y Canadá, en Texas.

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