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POLITICA

Las prepagas propusieron devolver un 24% de los aumentos aplicados entre enero y abril en 12 cuotas

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Las prepagas propusieron devolver un 24% en 12 cuotas y que se vuelvan a liberar los precios desde octubre. Lo plantearon durante la audiencia para definir el mecanismo de devolución de los aumentos aplicados entre enero y abril. El Gobierno no está de acuerdo con la oferta.

Desde este lunes pasadas las 10 de la mañana se lleva adelante la audiencia clave convocada por el juez Juan Rafael Stinco a la que asistieron representantes del Gobierno y 41 prepagas para definir cómo y en qué plazos se realizará la devolución de los aumentos cobrados de más -entre enero y abril- a los afiliados, con el objetivo de definir el proceso de devolución del dinero cobrado de más por las prepagas. Esto incluye los aumentos que excedieron el Índice de Precios al Consumidor.

No obstante, en la audiencia hubo varios cruces por dos motivos. En primer lugar, porque las empresas pretenden que se cierre la causa por presunta cartelización que presentó el Gobierno. “Hay avances en cómo devolver la plata, pero las prepagas más grandes quieren que se caiga la investigación por cartelización y eso esta frenando el acuerdo”, explicó a este medio una fuente que participa de la audiencia.

Sumado a esto, las empresas propusieron una devolución al 24% de la cuota de julio a 12 cuotas ajustada por el índice de costos de salud, mientras que la cuota de junio se actualizaría por inflación. Y luego, desde octubre, que no haya regulación sobre los precios. “Tal como marcaba el decreto 70″, afirmaron en una de las prepagas ante la consulta de TN.

La oferta de las empresas no fue aceptada por el Gobierno. El principal punto del rechazo es que entienden que las prepagas aumentaron hasta un 165% cuando el IPC fue del 114% y solo quieren devolver el 24% y en 12 meses. “Las prepagas se están quedando con la plata de sus usuarios”, se quejó una fuente oficial.

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Pasadas las 15.30 la audiencia continúa en el Juzgado Civil y Comercial Federal N°3. El objetivo primordial del encuentro es acordar el esquema de este reintegro, que quedó en el aire luego de que un fallo obligara a las empresas a limitar el incremento de sus cuotas al índice de inflación de cada mes.

Concurren a la audiencia las 23 empresas de medicina prepaga incluidas en el amparo contra el exceso en los aumentos presentado por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), más otras 18 que citó el magistrado; es decir, un total de 41, que representan el 99% de los afiliados del país.

Esas 18 prepagas se suman a las 23 ya incluidas en la primera instancia: OSDE, Swiss Medical, Medicus, Omint, Galeno, Medifé, Hospital Italiano, Obra Social Luis Pasteur, Hominis, Medicina Esencial, Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales, Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación, Mutual Federal 25 de junio, ACA Salud, Sancor Salud, Prevención Salud, Sistema Integrado de Prestadores de Salud S.A., MET Córdoba, Hospital Alemán, Grupo DDM, Hospital Británico, Centro de Educación Médica e Investigaciones Clínicas y Círculo Médico de Lomas de Zamora.

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POLITICA

Apelan el fallo de Casación que permitió la libertad condicional de condenados por narcotráfico

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Pleé también reclamó la intervención de la Corte Suprema de la Nación y solicitó un fallo plenario que impida estos beneficios.

El debate se disparó a fines de enero cuando, por dos votos contra uno, la Cámara Federal de Casación Penal declaró inconstitucional artículos de la ley 24.660 -una norma que impedía la libertad condicional para delitos graves como homicidios agravados, narcotráfico, terrorismo, trata de personas y secuestro seguido de muerte-, en momentos en que el Gobierno de Javier Milei de la mano de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, busca el endurecimiento de la ejecución de las penas de este tipo de delitos.

La Ley 24.660, también conocida como la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de Libertad y sus modificaciones de 2017, establece los criterios y procedimientos para la aplicación de medidas alternativas a la prisión y fue flexibilizada con la decisión de la Cámara de Casación de la semana pasada.

Las modificaciones a la ley original habían sido introducidas durante el gobierno de Mauricio Macri, y buscaban evitar los beneficios para condenados que les permitían salir antes del fin de su sentencia a través de medidas como la libertad condicional.

Ahora el fiscal Pleé solicitó convocar a un pleno de la Cámara de Casación para unificar la jurisprudencia y reestablecer la constitucionalidad de los artículos cuestionados. Esos fallos son de cumplimiento obligatorio para todos los jueces de la Cámara.

Según Pleé, la reforma legal que priva de la libertad condicional a los condenados por determinados delitos graves “no viola los principios constitucionales, ya que establece un régimen de progresividad específico para delitos graves como el tráfico de estupefacientes”

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“La diferenciación en el trato de los condenados por estos delitos es razonable y está justificada por la gravedad de los mismos”, argumentó el fiscal.

La causa que disparó la polémica involucra a Carlos Hernán Beati, quien junto a otras seis personas integraba una banda que supuestamente operaba una remisería pero en realidad repartía estupefacientes casa por casa en el municipio de Moreno.

Por este delito, el Tribunal Oral Federal número 3 de San Martín condenó a Beati a seis años de prisión. Pero su defensa presentó un recurso para que se declaren inconstitucionales las modificaciones de la ley 27.375, que excluía del beneficio de libertad condicional a (entre otros) los que cultivaran marihuana y comercializaran estupefacientes, como hacía Beati.

El TOF 3 de San Martín rechazó el reclamo y le negó la libertad condicional a Beati, pero su defensa apeló, Casación anuló el fallo del TOF y declaró inconstitucional los artículos cuestionados. Ahora el tema llega a la Corte.

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