POLITICA
Nueva demanda de Axel Kicillof contra Javier Milei ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación
LA PLATA.- El gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, promovió una nueva demanda ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que el Estado Nacional se abstenga de hacer modificaciones en el sistema de boleto integrado y se mantengan los subsidios en las tarifas de quienes hacen combinaciones de transportes públicos.
Es la quinta acción judicial que plantea Kicillof contra actos del gobierno nacional ante el máximo tribunal de justicia. La nueva demanda fue presentada esta mañana. Ayer, el gobernador había asegurado que el Presidente ”vive en un tupper”.
En la nueva acción de amparo, elevada hoy con el patrocinio de la Fiscalía de Estado, se denunció “arbitrariedad e ilegalidad manifiestas” por “la decisión unilateral, arbitraria, intempestiva, irregular y discriminatoria que, en forma actual e inminente lesiona, restringe, altera y amenaza los derechos y garantías de la Provincia de Buenos Aires en materia de liquidación y compensación” del sistema de boleto integrado en el marco del Sistema único de boleto electrónico (“SUBE”).
Kicillof manifestó en la demanda que el subsidio que pretende quitar el gobierno nacional es una “herramienta de bienestar social” determinante para “el acceso a los servicios de transporte público automotor, ferroviario de superficie y subterráneo de pasajeros”. El gobernador afirmó que la medida “pone en riesgo” la prestación del servicio “en el ámbito provincial y municipal”.
Kicillof denunció que el gobierno nacional incurrió en una “violación a los compromisos asumidos y vigentes, pretendiendo descargar tales compensaciones en cabeza de la provincia de Buenos Aires, con el consiguiente y eventual impacto tarifario y presupuestario de un costo que no ha sido contemplado”.
Por eso, solicitó a la Corte que le ordene al Estado Nacional que “se abstenga de innovar en cuanto a las compensaciones tarifarias que viene financiando en medios de transporte público de pasajeros del AMBA de jurisdicción provincial y municipal”.
El mandatario anunció la demanda a través de la red social X. “El Ejecutivo Nacional puso fin al boleto Integrado para la provincia de Buenos Aires, una decisión arbitraria e ilegal. El Ejecutivo Nacional tiene leyes, presupuestos y partidas asignadas a tal fin e impuestos que se cobran para solventar esa erogación. La provincia de Buenos Aires no tiene herramientas jurídicas para hacerlo”, manifestó Kicillof.
El Tesoro Nacional se ahorrará unos $15.000 millones con la quita de ese subsidio. En la acción de amparo promovida hoy no está cuantificado cuánto de ese dinero reclama Kicillof.
La demanda ante la Corte Suprema se suma a las otras cuatro ya iniciadas: reclamos por el Fondo de Incentivo Docente, el Fondo de Fortalecimiento Fiscal, la Anses y la quita del subsidio al transporte automotor.
“Tenemos tarifas dolarizadas. Ahora también van a dolarizar el transporte público”, se quejó ayer Kicillof ante un auditorio reunido en Ituzaingó por el día de la Industria. “Lo llaman quita de subsidios, pero es una dolarización y los subsidios no eran otra cosa que salarios indirectos”, afirmó el gobernador.
Luego de presentar un proyecto de Régimen de Inversiones Estratégicas (“En las antípodas del RIGI de Milei”, dijo), que será elevado mañana a la Legislatura, el gobernador fustigó al gobierno nacional: “Esto es una estafa electoral porque nadie votó un ajuste contra los laburantes ni contra los sectores medios. Y el elenco que nos gobierna es parte de la fuerza que salió tercera y ya fracasó con Macri”, dijo en referencia a los ministros Patricia Bullrich, Luis Caputo y Federico Sturzenegger.
Kicillof afirmó: “Tenemos un presidente que se pelea con nuestros principales socios comerciales y aliados: parece que vive en un tupper”.
POLITICA
El Gobierno eliminó una exigencia para habilitar centros y servicios de salud mental y adicciones
El Gobierno modificó el procedimiento para habilitar y fiscalizar instituciones, centros y servicios de salud mental publicado en diciembre del año pasado, pocos días antes de que finalizara la gestión de Alberto Fernández. A través de una resolución de las autoridades sanitarias, se eliminó una consulta vinculante con una comisión especial –que pasará a tener un rol consultivo– para agilizar esos trámites, de acuerdo con el texto publicado hoy en el Boletín Oficial.
“La resolución precedente (4107/23) provocaba demoras o imposibilidad de habilitaciones, ya que establecía que para la habilitación y fiscalización de los establecimientos debía realizarse una consulta vinculante con la Secretaría de Derechos Humanos”, señalaron desde el Ministerio de Salud. “Esta situación –continuaron– no se correspondía con lo establecido por la norma superior vigente, la Ley Nacional de Salud Mental 26.657. Por lo tanto, la modificación obedece no solo a ubicar la resolución acorde al artículo 34 [de la ley de salud mental], sino a efectivizar el procedimiento de forma eficiente y expeditiva”.
Por ese artículo de la legislación sancionada por el Congreso en 2010, la cartera sanitaria, como autoridad de aplicación, es responsable de fijar “en consulta con la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y con la colaboración de las jurisdicciones” los requisitos de habilitación y fiscalización de los servicios de atención de salud mental en el sector público, privado y las obras sociales.
Para el Gobierno, la Resolución 6155/2024 también adapta ahora esas tareas a la simplificación de procesos en el Estado prevista en la Ley Bases. “Adecua el procedimiento de habilitaciones de estos dispositivos [por los lugares de atención especializada] a fin de garantizar un procedimiento administrativo ágil, dinámico y diligente”, plantean en Salud. Y consideran, a la vez, que “fortalece la red de servicios” al crear “los dispositivos comunitarios necesarios”. La definición de esos servicios incluye la atención de las adicciones y a los equipos interdisciplinarios “para la continuidad de cuidados y la externación sustentable”.
Este conjunto de “normas mínimas” para la habilitación y el control de los establecimientos y los servicios de salud mental y consumos rige para los lugares de atención ambulatoria (consultorios o gabinetes, centros, hospitales de día con/sin internación o comunitarios, emprendimientos de inclusión sociolaboral y servicios de atención domiciliaria), dispositivos residenciales (con apoyo bajo, moderado o alto y estancia transitoria o prolongada) y lugares con internación (servicios de salud mental en hospitales, clínicas o sanatorios).
Dictamen consultivo
De acuerdo con la resolución de diciembre del año pasado firmada por la exministra Carla Vizzotti, el trámite de habilitación empezaba –como en la nueva resolución– con la solicitud de habilitación del administrador de la institución, centro o servicio vía la plataforma online de trámites a distancia oficial.
Pero si bien la autorización para funcionar también la tramitaba la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras, dentro del Ministerio de Salud, la evaluación inicial de las solicitudes debía ser “en conjunto” con la Comisión Permanente de Trabajo y Asistencia Técnica para la Implementación de los Estándares de los Servicios de Salud Públicos y Privados. Ahora, de acuerdo con los fundamentos publicados en el Boletín Oficial, esa intervención deja de ser vinculante y pasa a ser consultiva cuando así sea requerida.
Esa comisión permanente de trabajo se formó por una resolución de 2022 con tres representantes designados por Salud y otros tres por la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia. Quedaban exceptuados de su intervención solo los consultorios de salud mental, en cuya habilitación participaba únicamente la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.
Con la modificación publicada hoy, sus miembros intervendrán “en caso de que existan incongruencias con los estándares fijados” en un anexo de la resolución y a requerimiento de la Dirección Nacional de Abordaje Integral de Salud Mental y Consumos Problemáticos para “asistencia técnica, colaboración e intervención”.
En esos casos, una vez finalizada la inspección del lugar a habilitar, la comisión tendrá que emitir opinión “sobre el cumplimiento de los estándares normados” en 30 días hábiles para la administración pública a contar desde la llegada del expediente. Cumplido ese plazo sin esa opinión, regirá el silencio de la administración como en el resto de los procedimientos administrativos del Estado nacional.
Lo mismo se aplica para la fiscalización de los establecimientos y servicios de salud mental y consumos problemáticos, como lo define la nueva resolución, que reemplaza a la 4107 de diciembre del año pasado.
Antes, ese dictamen pasaba a la Dirección Nacional de Abordaje Integral de la Salud Mental y Consumos Problemáticos para remitir el expediente de nuevo a la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras para continuar el trámite de habilitación.
“Esta nueva normativa promueve una respuesta adecuada por parte del Estado a la demanda de atención en materia de salud mental, lo que hace necesario avanzar en la habilitación de dispositivos y servicios acordes al modelo de abordaje basado en la comunidad, con el objetivo de alcanzar la inclusión socio-comunitaria de las personas y garantizar una atención de calidad, integral, interdisciplinaria, intersectorial y con enfoque de derechos”, argumentan en el ministerio a cargo de Mario Lugones.
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