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Soledad Martínez: “En lo que va del año ya atendimos más de 1000 emergencias” en Vicente López

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Esta herramienta de seguridad permite a los vecinos recibir asistencia inmediata ante una emergencia, tales como casos de inseguridad, accidentes de tránsito o emergencias de salud, entre otros. Ya son más de 180 los Puntos Seguros instalados a lo largo del partido y el municipio planea llegar a los 190 antes de fin de año.

“Los Puntos Seguros son una herramienta innovadora en la que la tecnología se aplica para mejorar la seguridad de los vecinos en cada barrio. Con estos dispositivos los vecinos se ponen en contacto directamente con el Centro de Monitoreo, los vemos con las cámaras y los escuchamos. En lo que va del año ya van a ser más de mil emergencias que asistimos a través de estos Puntos Seguros. Es una herramienta que me da resultado” destacó la intendenta del municipio, Soledad Martínez, desde uno de los nuevos tótems instalados en Ascasubi e Independencia, en el barrio de Carapachay.

Los Puntos Seguros son unos tótems que poseen un botón antipánico, un pulsador de emergencia que al presionarlo activa la alerta. En la parte superior, cuenta con una cámara domo que permite una visualización de 360° del lugar y tiene integrado un parlante altavoz.

Al pulsar el botón de alarma se conecta instantáneamente con personal del Centro de Monitoreo Urbano. En simultáneo, desde la central, dan aviso para que se pueda enviar al servicio de emergencia correspondiente. Los residentes también pueden recibir asistencia del SAME, bomberos o Defensa Civil.

De los 1000 casos asistidos el 25,5% se trató de emergencias de salud, seguido de accidentes de tránsito con un 20,3%. Luego, se activaron por situaciones de alguien sospechoso en un 10,6% y por confrontación familiar o vecinal en un 8,6%. Los robos o hurtos en la vía pública conforman tan solo el 7,6% de todos los casos asistidos. 

La intendenta además se refirió al Plan Integral de Seguridad que impulsan desde el municipio: “Esto es una medida aislada. Los Puntos Seguros son parte de nuestro sistema integral de seguridad. Se suma a las patrullas, las más de 2100 cámaras, las cámaras que tienen en las motos. En definitiva, todo el sistema de tecnología aplicado a la seguridad hace que podamos vivir mejor” y concluyó que: “Sin seguridad no hay libertad. Vamos a seguir invirtiendo recursos municipales para mejorarle la vida a cada vecino”. (www.REALPOLITIK.com.ar)

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Condenaron a 6 años de prisión a la mano derecha del sindicalista Marcelo Balcedo, preso en Uruguay por lavado de dinero

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El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº1 de La Plata condenó a penas de 3 a 6 años de prisión y multas millonarias a ocho personas como integrantes de una asociación ilícita dedicada al lavado de activos proveniente de la defraudación por administración fraudulenta realizada en perjuicio del Sindicato de Obreros y Empleados de la Educación y Minoridad (SOEME) que dirigía Marcelo Balcedo, preso en Uruguay por lavado de dinero.

Además, el jueves pasado fijó penas de multa para cuatro personas jurídicas y ordenó el decomiso de inmuebles y de decenas de vehículos obtenidos por la organización con el producto de los delitos.

La penas de prisión impuestas en el final del juicio comprenden al apoderado del gremio y mano derecha del exsecretario general Balcedo, Mauricio Elías Yebra, y su exesposa, Silvia Hebe Canal; el empleado del sindicato y persona cercana a Balcedo, Hebert Raúl Da Cunha; el chofer y apoderado del sindicato, Pablo Andrés Landini; el exsecretario de Hacienda y Finanzas de la organización gremial, Francisco Alberto De Marco; el contador y jefe de tesorería, Julio César Pecollo; el gerente del cuerpo de asesores jurídicos, Guillermo Daniel Cháves; y el dueño de la concesionaria de automóviles El Chaqueñito -una de las personas jurídicas condenadas-, Sergio Omar Martínez.

Por otro lado, de acuerdo a lo requerido por la fiscalía tras la muerte de Myriam Reneé Chávez, la madre de Balcedo, el tribunal ordenó el decomiso sin condena de bienes que estaban registrados a su nombre. En tal sentido, ordenó la aplicación de lo previsto en el artículo 305 -segundo párrafo- del Código Penal de la Nación, que establece el decomiso aún sin condena penal “en operaciones de lavado de activos (…) cuando se hubiere podido comprobar la ilicitud de su origen, o del hecho material al que estuvieren vinculados, y el imputado no pudiere ser enjuiciado por motivo de fallecimiento, fuga, prescripción o cualquier otro motivo de suspensión o extinción de la acción penal, o cuando el imputado hubiere reconocido la procedencia o uso ilícito de los bienes”.

El resultado del debate oral fue promovido por el fiscal general Hernán Schapiro y la auxiliar fiscal Sara Cachione, quienes en su alegato habían considerado como agravantes en esta causa la naturaleza del hecho, la extensión del daño y los medios comisivos. Remarcaron entonces que adquirió especial relevancia la cuantiosa afectación al patrimonio del SOEME y, en consecuencia, el perjuicio a los miles de afiliados del sindicato. Mientras se espera que Balcedo termine su condena en Uruguay y sea extraditado a la Argentina.

El tribunal, integrado de manera unipersonal por el juez José Antonio Michilini, anunció que dará a conocer los fundamentos de la sentencia el próximo 25 de marzo.

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Las penas fueron las siguientes:

Mauricio Elías Yebra: 6 años de prisión y multa de $20.525.049,68 como coautor del delito de asociación ilícita en calidad de miembro y defraudación por administración fraudulenta en perjuicio del SOEME, y autor del delito de lavado de activos por el monto de $2.565.631,21, todos en concurso real entre sí.

Hebert Raúl Da Cunha: 4 años de prisión como coautor del delito de asociación ilícita en calidad de miembro y defraudación por administración fraudulenta en perjuicio del SOEME, todos en concurso real entre sí. Fue sobreseído del delito de lavado de activos dado que, tal como fue solicitado por la fiscalía, el tribunal declaró extinguida la acción penal por prescripción, “por no superar el monto de las maniobras de lavado los 150 salarios mínimos, vitales y móviles”.

Pablo Andrés Landini y Francisco Alberto De Marco: 4 años de prisión y multa por el monto de $6.687.840 y $54.255, respectivamente, como coautores del delito de asociación ilícita en calidad de miembros y del delito de defraudación por administración fraudulenta en perjuicio del SOEME, y como autores del delito de lavado de activos, todos en concurso real entre sí.

Sergio Omar Martínez: 4 años de prisión y multa por el monto de $117.464.772,88, como coautor del delito de asociación ilícita en calidad de miembro y autor del delito de lavado de activos en concurso real.

Julio César Pecollo: 3 años de prisión y multa por el monto de $15.298.500, como coautor del delito de asociación ilícita en calidad de miembro y del delito de defraudación por administración fraudulenta en perjuicio del SOEME y autor del delito de lavado de activos, todos en concurso real entre sí. En el veredicto se dejó expresa constancia que la pena fue reducida en 3 años, respecto de los 6 de prisión que le hubieran correspondido, de conformidad con los artículos 26, 29 -inc. 3°-, 40, 41, 41 ter del Código Penal, de acuerdo con la modificación realizada con la ley 27.304, conocida como “ley del arrepentido”.

Silvia Hebe Canal: 3 años de prisión en suspenso y multa por el monto de $13.701.383, como coautora del delito de asociación ilícita en calidad de miembro, autora del delito de lavado de activos y partícipe necesaria del delito de defraudación por administración fraudulenta en perjuicio del SOEME, en concurso real entre sí.

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Guillermo Daniel Cháves: 3 años de prisión en suspenso como coautor del delito de asociación ilícita en calidad de miembro y del delito de defraudación por administración fraudulenta en perjuicio del SOEME, en concurso real entre sí. Fue absuelto respecto del delito de lavado de activos por el que fuera acusado.

La sentencia impuso a Pecollo, Canal y Cháves la obligación de fijar residencia y someterse al cuidado de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal o del Patronato de Liberados, según corresponda por sus domicilios, por el plazo de tres años.

También condenó al pago de multas a cuatro personas jurídicas por el desvío de más de 500 millones de pesos entre 2012 y 2018 y por maniobras de lavado de activos: Edigráfica S.A., a la pena de multa por $117.279.923; Wifialte-Com S.A., a $31.533.125; Mundo Total Comunicaciones S.R.L., a $1.275.000; y El Chaqueñito S.A., a $73.415.483,05.

El tribunal no hizo lugar al pedido de pena respecto de la sociedad Emprendimientos y Gestiones Argenplat SRL requerido por la querella de la Unidad de Información Financiera.

Además, prorrogó la inhibición general de bienes de todas las personas condenadas y dispuso idéntica medida cautelar respecto de las sociedades involucradas, a fin de garantizar el pago de las sanciones dispuestas.

Finalmente, declaró extinguida la acción penal por fallecimiento de Myriam Reneé Chávez (madre de Balcedo) y, en consecuencia, dictó su sobreseimiento.

De acuerdo a lo requerido por el MPF, el tribunal ordenó diversos decomisos de  bienes pertenecientes a las personas imputadas y respecto de cuatro sociedades pertenecientes tanto a las y los imputados como a personas interpuestas para ocultar su titularidad.

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El tribunal señaló en el veredicto que el decomiso se ordenaba “por haberse acreditado que todos ellos resultaron ganancia, provecho o beneficio del delito”.

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