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POLITICA

Valentina Cervantes confirmó su separación de Enzo Fernández: ¿quién es la tercera en discordia?

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Los rumores llegaron a su fin. A través de sus redes sociales, y con declaraciones bastantes sinceras, Valentina Cervantes confirmó su distanciamiento con Enzo Fernández. La influencer, quien fue pareja del ex River desde sus comienzos como jugador profesional y que es la madre de sus dos hijos, dejó en claro con un post en sus cuentas de Instagram y X que la relación sentimental con Enzo término, sin embargo mantendrán un vínculo cercano por el bienestar de sus hijos.

“Con Enzo hoy decidimos tomar distancia uno del otro, pero siempre vamos a ser familia y nos vamos a apoyar en todo porque hay dos niños en el medio que necesitan mucho de nuestro amor”, expresó Cervantes en su posteo.

Mediante esta publicación, Valentina buscó desmentir y erradicar los rumores que circularon en los últimos días en diversos medios de comunicación y resaltó la buena relación que mantiene con Enzo a pesar de su reciente separación: “Yo sé la persona y lo excelente que es Enzo, y el corazón que tiene. Y con eso me basta. No quieran crear guerras donde no las hay” sostuvo Cervantes, mientras que el futbolista del Chelsea de Inglaterra prefiere optar por el silencio.

Las diferentes versiones de su separación: ¿hubo una tercera en discordia?

Durante los últimos días han circulado diferentes versiones de la separación entre la influencer y el futbolista. Los rumores comenzaron a esparcirse desde el programa LAM, conducido por Ángel de Brito, donde afirmaron que Fernández fue el que solicitó la separación a Cervantes: Lo cierto es que hace diez días, Enzo le dijo a Valentina que se quería separar”, comentó Julieta Argenta, panelista del programa, y aseguró que para Valentina fue un “baldazo de agua fría” casi que descartando por completo lo que muchos pensaban: que la iniciativa de la separación había sido por parte de Valentina:Todos pensaron que la separación venía por el lado de ella, porque recordemos que Enzo es un chico de 23 años, que tuvo una vida muy acelerada”. 

Ahora, recientemente se sumó una versión sostenida por Yanina Latorre, quien instaló una posible tercera persona entre ambos, y que se trataría de una ex participante de Gran Hermano, Florencia Regidor.

A pesar de todo, la influencer aclaró que la separación con respecto a Enzo no se debe a la aparición de una tercera persona. “Si de acá a cinco o seis meses, él blanquea y está con otra chica, te diré ‘Bueno, sí, había otra’, pero no es ése el motivo de la separación ahora”.

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Dejan sin efecto el sobreseimiento de Carlos Acuña, uno de los jefes de la CGT, y ordenan procesarlo por bloquear estaciones de servicios

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Carlos Alberto Acuña, miembro del triunvirato de mando de la CGT, recibió una mala noticia por parte de la Justicia. La Cámara Nacional de Apelaciones revocó su sobreseimiento en una causa en la que fue investigado por activar bloqueos en estaciones de servicios de manera simultánea en la Ciudad de Buenos Aires en diciembre de 2021.

El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº58 había dictado en septiembre de este año el sobreseimiento de Acuña, secretario general del Sindicato de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio (SOESGyPE), acusado por coacción. El viernes pasado la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revirtió ese fallo y ordenó procesar al sindicalista. Acuña será investigado por el cargo de coacción, estableciendo que los límites del derecho a la protesta deben respetar los derechos de terceros, como el libre acceso a establecimientos comerciales. Además, se le ordenó un embargo de bienes o dinero hasta cubrir los $8.000.000.

El conflicto se originó en una manifestación del 21 de diciembre de 2021, en la cual los trabajadores habrían obstaculizado la entrada a una estación de servicio en Buenos Aires. Según la denuncia, la protesta fue organizada no por un conflicto laboral directo con el establecimiento afectado, sino como una táctica de presión durante la negociación salarial de la Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina (FECRA). Acuña no participó en persona de las protestas, según declaró en su indagatoria. Resaltó que no se produjeron disturbios, que habían dejado libre un carril de acceso al establecimiento y que la medida consistió en “asambleas pacíficas”. LA NACION intentó sin éxito comunicarse con el sindicalista, un aliado directo de Luis Barrionuevo.

La querella alegó que se trataba de un bloqueo y despegó a los empleados de la estación de servicio. “Se trataba de una colisión de derechos de raigambre constitucional y que la actividad de su representada [uno de los propietarios de las estaciones afectadas] se vio totalmente paralizada y que sus empleados eran ajenos a la acción mientras que los que tomaron parte en ella eran personas desconocidas para la empresa y fueron organziadas por el sindicato”, señaló la querella, a cargo de Florencia Arietto, actual legisladora bonaerense de una fuerza aliada a La Libertad Avanza.

“El derecho de huelga, con jerarquíaconstitucional, no es óbice a la sanción legal de tipos de conducta queimporte extralimitaciones en el ejercicio razonable de dicho derecho. Sólo excluye sanciones penales a la participación en las huelgas, en tanto ellas sean pacíficas. Aun considerado en el sentido más lato [el derecho dehuelga] tiene su límite por vía de principio, en el orden jurídico vigente,que la ley penal integra”, argumentó uno de los integrantes de la Sala IV. El fallo podría marcar un quiebre en el tratamiento judicial de las protestas sindicales.

“En suma, al menos en el estado actual de la pesquisa, no esposible sostener, a modo de justificación de la concreta intimidación que llevó a interrumpir el funcionamiento del comercio en cuestión, el legítimo ejercicio de un derecho, menosaún la verificación de una causal de inculpabilidad específica o de circunstancias en las que pudiera fundarse una razón de impunidad. Incluso se torna irrelevante si el bloqueo fue total o parcial o si ingresaron algunas personas por un carril habilitado o en determinados lapsos. No se encuentra discutido que, al menos parcialmente los ingresos estaban ocupados por los manifestantes, lo cual surge de la denuncia, los registros gráficos y los testimonios de los trabajadores presentes en el día del suceso”, sostienen los camaristas en su fallo. Y añaden: “Por todo ello, corresponde revocar el sobreseimiento de CarlosAlberto Acuña y disponer su procesamiento en orden al delito de coacción, en calidad de autor”.

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El revocamiento del sobreseimiento de Acuña fue ratificado por los jueces Ignacio Rodríguez Varela (en disidencia parcial), Julio Marcelo Lucini y Pablo Guillermo Lucero.

El fallo completo

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