POLITICA
Renunció un funcionario del gobierno de Neuquén luego de que su hijo durmiera en un colegio por una disputa familiar

El secretario de Prensa y Comunicación del gobierno de Neuquén, Claude Staicos, renunció este miércoles luego de la polémica que se generó en torno a su hijo de seis años, que debió dormir en el colegio al que asiste y permanecer allí hace más de 20 horas por una disputa de sus padres por la tenencia.
Staicos, funcionario de la gestión de Rolando Figueroa, sostuvo a través de su cuenta de X que renunció al cargo por cuestiones familiares.
“He presentado mi renuncia al cargo de Secretario de Prensa y Comunicación. Cuestiones familiares me exigirán el máximo tiempo y dedicación. Agradezco especialmente al gobernador Rolando Figueroa y al equipo de gobierno por la confianza profesional y el trabajo compartido”, señaló.
El funcionario ya se había tomado licencia por circunstancias similares en octubre del año pasado, según reportó el medio local LM Neuquén. En ese entonces había argumentado que buscaba dedicarse a la “revinculación con su hijo y a la recomposición del vínculo familiar”.
Esto sucedió luego de que una causa civil determinara que quedaba a cargo de un régimen unilateral de cuidado de su hijo. La madre del menor, identificada como Alexandra Sabio, había sido condenada por la obstrucción del vínculo con el padre.
El pasado martes se conoció la noticia de que el niño permaneció más de 20 horas encerrado en el colegio Millaray, donde asiste, debido a la disputa. La madre llegó al establecimiento el lunes a las 16 para retirar a su hijo, algo que, según Staicos, estaba prohibido por la condena judicial.
Cuando la escuela se negó a entregar al menor, Sabio organizó una protesta en las inmediaciones y se quedó allí hasta el martes, donde habló con los medios y pidió ver a su hijo. El menor estuvo acompañado de su psicólogo y recibió agua y comida durante la noche.
En paralelo, Staicos argumentaba que no podía ir a buscar a su hijo porque “corría riesgo la integridad física” de él y del menor ante Sabio, a quien calificó como una “persona violenta”.
Incluso aseguró que posee “botón antipánico y perimetrales” contra la mujer, a la que acusó de agredirlo a él, a su hijo y a parte de su familia. “Hice 42 denuncias contra Alexandra Sabio. Tengo medidas de protección, perimetral y botón antipánico. Estamos hablando de una persona violenta. [Que ejerció] violencia sobre el nene, sobre mí, sobre mi madre y mi hija, contra todos. Hay 11 causas en proceso”, dijo en diálogo con El Trece.
La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) publicó un comunicado donde confirmó que la madre fue condenada el 8 de julio de este año por impedimento de contacto de menores con sus padres no convivientes. Sabio fue condenada a seis meses de prisión de ejecución condicional, junto con reglas de conductas que fueron fijadas por tres años, detalló LM Neuquén.
La defensa de Sabio apeló y el Tribunal de Impugnación revocó esa condena y absolvió a la madre. Sin embargo, el TSJ lo declaró inadmisible, pero admitió parcialmente el planteo de la querella. Finalmente, el TSJ revocó la absolución y confirmó la sentencia de responsabilidad y la pena.
El martes se llevó adelante una audiencia en el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) donde se llegó a un principio de acuerdo, reportó el medio local: el menor volvió a la casa de su padre y Staicos determinó dejar su trabajo para ocuparte de la situación familiar.
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POLITICA
Renunció el administrador de la obra social de los militares ante la crisis financiera: un gremio estatal tomó el edificio

El coronel mayor retirado Ariel Guzmán renunció como administrador encargado de la liquidación del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (IOSFA), en medio de una crisis financiera que incluye una deuda superior a los $200.000 millones con prestadores y conflictos por la continuidad de los servicios.
La salida se produjo después de una reunión que Guzmán mantuvo con el ministro de Defensa, Carlos Presti. Según trascendió, existían diferencias por el ritmo con el que avanzaba la liquidación del antiguo organismo y por la transición hacia la nueva Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA).
La crisis se desarrolla mientras conviven, de manera transitoria, las dos estructuras. En febrero, mediante el DNU 88/2026, el Gobierno creó la OSFA como un ente autárquico bajo la órbita del Ministerio de Defensa y dispuso la disolución y liquidación del IOSFA. La nueva entidad quedó encargada de brindar cobertura médico-asistencial a los integrantes de las Fuerzas Armadas y sus beneficiarios.
Mientras la OSFA avanza con su puesta en funcionamiento y recibe los aportes correspondientes a los afiliados, el organismo anterior continúa atravesando el proceso de liquidación y arrastra obligaciones pendientes con prestadores. Se estima que ese pasivo ronda los $213.000 millones.
POLITICA
El oficialismo logró activar en el Senado el debate por la reforma del Banco Central y el régimen de Zonas Frías

Tras el reciente triunfo que consiguió el oficialismo en el Senado, con la aprobación del régimen de Inocencia Fiscal II, el bloque libertario que conduce Patricia Bullrich obtuvo con lo justo el quorum para habilitar la sesión que busca convertir en ley el proyecto del régimen de Zonas Frías y tratar la reforma de la carta orgánica del Banco Central.
Este último proyecto sufrirá modificaciones y, por lo tanto, deberá regresar a la Cámara de Diputados para su revisión.
Con 37 votos, el oficialismo logró abrir el recinto. Lo consiguió gracias al respaldo de los bloques de Pro, UCR y Convicción Federal. Los espacios provinciales también hicieron lo suyo. Beatriz Ávila (Tucumán), Edith Terenzi (Chubut), Carlos Camau Espínola (Corrientes) y los dos misioneros también dieron su aval para comenzar el debate, de interés para la Casa Rosada.
Dentro de la UCR imperan las diferencias sobre estos temas y estuvieron ausentes cinco de los senadores, entre ellos, Maximiliano Abad y Carolina Losada.
Así, cerca del mediodía, la bancada que lidera Bullrich logró habilitar el debate para dos iniciativas que hasta ayer en el Gobierno dudaban de si estaban los números para aprobarlas. “Están atados con alambre”, decían en el oficialismo.
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POLITICA
ADEPA rechazó enfáticamente un fallo de la justicia formoseña que criminaliza a periodistas

La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) expresó hoy su “profunda preocupación y rechazo” ante la sentencia del Juzgado de Paz de Menor Cuantía de Las Lomitas, Formosa, que condenó a cinco días de arresto (sustituibles por una multa de $282.550 para cada uno) a cuatro integrantes del equipo periodístico de “Hambre de Futuro”, de LN+, por haber realizado entrevistas y filmaciones en la Comunidad San José.
La sentencia consideró a los periodistas Lautaro Guillamondegui, Micaela Urdinez, Joaquín Rajadel y Javier Corbalán responsables de haber violado el artículo 73 del Código de Faltas de Formosa, por haber desarrollado una actividad sin contar con la autorización previa exigible y por carecer de un carnet para ejercer el periodismo.
“ADEPA considera especialmente preocupante e inadmisible que una controversia vinculada con el ingreso y la realización de actividades periodísticas en una comunidad haya derivado en una sanción de naturaleza penal o contravencional contra quienes desarrollaban una tarea informativa”, dice la declaración dada a conocer hoy. “La libertad de prensa protege el derecho de los periodistas a investigar, entrevistar, registrar y difundir información de interés público, y cualquier restricción a ese ejercicio debe ser compatible con las garantías constitucionales y convencionales que protegen la actividad periodística”, sostiene.
El documento de ADEPA advierte que en la Argentina no se necesita licencia, matrícula ni autorización estatal para ser periodista, investigar, formular preguntas o difundir información. Recuerda asimismo que “la libertad de buscar, recibir y comunicar informaciones está reconocida por la Constitución Nacional a todas las personas” y que “no puede quedar condicionada al otorgamiento de una credencial por parte del Estado ni por organismo alguno”.
ADEPA destaca que la sentencia contradice lo garantizado por la propia Constitución Nacional cuando el juez formoseño sostiene que, sin esa acreditación, “cualquier persona podría arrogarse la condición de periodista”.
“Resulta especialmente grave que, en 2026, una sentencia emanada del Poder Judicial de una provincia argentina desconozca principios elementales de nuestra Constitución, la doctrina constitucional consolidada en materia de libertad de prensa y los estándares del sistema interamericano de derechos humanos”, observa ADEPA, que recuerda que hace más de 40 años, mediante la Opinión Consultiva OC-5/85, la Corte Interamericana estableció que el ejercicio del periodismo no puede quedar sujeto a colegiaciones, matrículas o habilitaciones obligatorias.
Además, ADEPA subraya que “el propio fallo reconoce que los periodistas fueron inicialmente autorizados a ingresar y a realizar entrevistas, y que se retiraron cuando se les pidió hacerlo”.
La declaración de ADEPA dice que “resulta cuestionable que la decisión judicial se funde exclusivamente en la declaración o denuncia del cacique Guillermo López”, quien dio una versión que contradice lo expresado por los periodistas en las audiencias y que “resulta desmentida por los registros audiovisuales de las notas periodísticas”, que dan cuenta de su disposición respetuosa y de la autorización otorgada.
“No se describe ingreso violento o clandestino, permanencia contra la voluntad de los miembros de la comunidad, agresión física ni una intromisión concreta en la intimidad de persona alguna”, advierte el documento.
“ADEPA considera indispensable que este criterio sea revisado -dice-. Convertir una credencial profesional en condición para ejercer el periodismo implica instalar un mecanismo de habilitación previa incompatible con nuestra sociedad democrática, con lo que ha sido una práctica habitual desde 1983 hasta la fecha y con una amplia jurisprudencia nacional en la materia.”
La Asociación de Entidades Periodísticas insiste en que “la exigencia de autorizaciones estatales para realizar tareas periodísticas no puede transformarse en un mecanismo que permita impedir, seleccionar o condicionar previamente qué periodistas pueden investigar determinados asuntos o acceder a información de interés público” y que “un precedente de estas características debe ser categóricamente rechazado, por sus implicancias para la libertad de prensa y el derecho de la sociedad a recibir información”.
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