SOCIEDAD
Chaco: los fiscales creen que los padres de César Sena no estuvieron en la escena del crimen de Cecilia Strzyzowski
El femicidio de Cecilia Strzyzowski -que generó un fuerte impacto social y político en Chaco- tuvo un nuevo giro, justo antes ser elevado a juicio por jurados. La novedad se dio cuando el Equipo Fiscal Especial (EFE) comenzó a notificar las acusaciones contra los siete detenidos.
El cambio se dio en la imputación de los padres de César Sena, el principal acusado por el femicidio. Emerenciano Sena y Marcela Acuña fueron ubicados por los fiscales fuera de la escena del crimen. Por eso, los consideraron autores primarios y no coautores del hecho.
La nueva acusación contra Sena padre y Acuña es de menor grado que la anterior. De todas formas, el delito que se les imputa contempla también la pena de prisión perpetua. En lo formal, la acusación es por homicidio doblemente agravado (por el vínculo y por haberse cometido en contexto de violencia de género) en carácter de partícipes primarios.
La modificación en la imputación de los aliados piqueteros del exgobernador Jorge Capitanich, se produjo porque los fiscales entienden que el crimen de Strzyzowski se produjo horas antes de que Sena y Acuña llegaran a la casa familiar. En ese lugar, de acuerdo a la investigación, habría sido asesinada la joven el 2 de junio del año pasado.
Así, según lo interpretado por los fiscales, el homicidio lo habría cometido César Sena, cuando se encontraba solo con la víctima. El hecho habría ocurrido alrededor de las 9. Los padres del joven habrían llegado a la vivienda entre las 11 y las 13.
Según medios chaqueños, una hipótesis de la investigación es que tanto Emerenciano como Acuña habrían llegado tarde para dejar una especie de “zona liberada”. Y por ello son considerados por la Justicia de “partícipes primarios”.
Los siete imputados por el femicidio
“Homicidio doblemente agravado por el vínculo y por haberse cometido en contexto de violencia de género en carácter de autor -femicidio- «. Esta es la nueva imputación que pesa desde este lunes contra César Sena.
La notificación fue leída este lunes por el fiscal, Jorge Cáceres Olivera, en la sede de las fiscalías penales, en el microcentro de Resistencia. Una audiencia que también contó con la participación de la abogada defensora, Gabriela Tomljenovic.
Emerenciano Sena y Marcela Acuña quedaron apuntados por «Homicidio doblemente agravado por el vínculo y por haberse cometido en contexto de violencia de género en carácter de partícipe primario».
Las cuatro personas restantes, Fabiana González, José Obregón, Gustavo Melgarejo y Griselda Reinoso quedaron imputados por «Encubrimiento agravado».
SOCIEDAD
La Procuraduría emitió sus reparos sobre el proyecto de decreto que prohíbe la exportación de carbón a Israel
Según el Ministerio Público, enviar el mineral a Israel representan 650.000 millones de pesos cada año en regalías, impuestos y contribuciones
La Procuraduría General de la Nación envió al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo sus reparos frente al proyecto de decreto, por el que se estipula la prohibición a las exportaciones de carbón a Israel.
La Delegada para Asuntos Ambientales, Minero Energéticos y Agrarios informó, a través de un escrito, sus reparos, después de que el Gobierno nacional anunciara la suspensión de las exportaciones del mineral, hasta que lleguen a culminar los ataques contra la población civil en Gaza.
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De acuerdo con lo presentado por el Ministerio Público, estas son las observaciones que emitió la entidad de control:
- Reducción de regalías: teniendo en cuenta que las exportaciones de carbón térmico a Israel representan 650.000 millones de pesos cada año en regalías, impuestos y contribuciones, de los cuales, 100.000 millones van directamente a los departamentos de La Guajira y Cesar, no se refiere en el proyecto decreto, un análisis técnico sobre la forma como se asumirá el costo de lo que dejará de percibir el Estado colombiano por regalías generadas mientras dure el conflicto en la franja de Gaza.
- La medida no es idónea: si bien, en Colombia el Estado tiene facultad para intervenir en la economía, decisión supeditada a la garantía de un bien común supremo, el proyecto no es una medida idónea para el cumplimiento de dicho fin, ya que la idoneidad o adecuación de la medida, debe propender por un objetivo constitucionalmente legítimo y el cual debe evidenciarse como de imperiosa consecución.
- No hay garantía de su efectividad: en el proyecto de decreto se establece que la medida es necesaria porque no existe una diferente para lograr su objetivo, no obstante, no hay una demostración técnica que conlleve a determinar que si no se exporta carbón a Israel por parte del Estado colombiano, procederán a cumplir las decisiones de la Corte Internacional de Justicia y del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
- Riesgo de daño antijurídico: al estar insuficientemente justificado el proyecto decreto, existe el riesgo de presentarse una causal de nulidad por falsa motivación, ya que las razones invocadas en su fundamentación son contrarias a la realidad, no son proporcionales, ni razonables.
- Incumplimiento del tratado de libre comercio con Israel: al no estar justificada la medida de prohibición de exportación de carbón por parte de Colombia al estado de Israel, se debería evaluar los riesgos de un eventual incumplimiento de este acuerdo internacional aprobado por el Congreso en 2017 y que entró en vigencia en el año 2020.
- Opuesto al fundamento normativo: el proyecto invoca el artículo 259 del actual Plan Nacional de Desarrollo, que estipula que el gobierno podrá adoptar medidas comerciales restrictivas o de fomento por razones de seguridad nacional, soberanía alimentaria y protección de la industria y el mercado. Sin embargo, la prohibición de exportación no es una medida que garantice ninguna de las razones expuestas, por el contrario, genera afectación a la libre industria y comercio y pone en riesgo los derechos fundamentales a la iniciativa privada y a la libertad de empresa.
Procuraduría exigió la actualización de políticas de salud mental y consumo de sustancias
Por otra parte, la Procuraduría General de la Nación presentó los resultados del seguimiento a la implementación de la Ley 1566 de 2012, que garantiza la atención integral a personas que consumen sustancias psicoactivas. Estos resultados fueron divulgados en el II Foro Iberoamericano sobre Consumo de Sustancias Psicoactivas (SPA) y su Impacto en la Salud Pública, resaltando diversas exigencias a las entidades de salud del país.
En su intervención, el ente de control destacó la solicitud al Ministerio de Salud para actualizar la encuesta de salud mental, ya que la última versión corresponde a 2015.
Asimismo, la Procuraduría requirió la actualización de la política integral para el consumo de sustancias psicoactivas y la reglamentación de programas de promoción en salud mental y prevención de problemas y trastornos mentales en el ámbito laboral. Se subrayó la necesidad de actualizar el Conpes de salud mental, cuya última edición finalizó en 2023 con un avance del 82.17%.
El informe también detalló el seguimiento al trabajo de las secretarías de Salud departamentales y distritales en la adopción de la política de consumo de sustancias psicoactivas. Se destacó la importancia de las gestiones adelantadas por estos organismos para garantizar una atención de calidad a las personas que consumen estos compuestos alucinógenos.
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