SOCIEDAD
La Procuraduría emitió sus reparos sobre el proyecto de decreto que prohíbe la exportación de carbón a Israel
Según el Ministerio Público, enviar el mineral a Israel representan 650.000 millones de pesos cada año en regalías, impuestos y contribuciones
La Procuraduría General de la Nación envió al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo sus reparos frente al proyecto de decreto, por el que se estipula la prohibición a las exportaciones de carbón a Israel.
La Delegada para Asuntos Ambientales, Minero Energéticos y Agrarios informó, a través de un escrito, sus reparos, después de que el Gobierno nacional anunciara la suspensión de las exportaciones del mineral, hasta que lleguen a culminar los ataques contra la población civil en Gaza.
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De acuerdo con lo presentado por el Ministerio Público, estas son las observaciones que emitió la entidad de control:
- Reducción de regalías: teniendo en cuenta que las exportaciones de carbón térmico a Israel representan 650.000 millones de pesos cada año en regalías, impuestos y contribuciones, de los cuales, 100.000 millones van directamente a los departamentos de La Guajira y Cesar, no se refiere en el proyecto decreto, un análisis técnico sobre la forma como se asumirá el costo de lo que dejará de percibir el Estado colombiano por regalías generadas mientras dure el conflicto en la franja de Gaza.
- La medida no es idónea: si bien, en Colombia el Estado tiene facultad para intervenir en la economía, decisión supeditada a la garantía de un bien común supremo, el proyecto no es una medida idónea para el cumplimiento de dicho fin, ya que la idoneidad o adecuación de la medida, debe propender por un objetivo constitucionalmente legítimo y el cual debe evidenciarse como de imperiosa consecución.
- No hay garantía de su efectividad: en el proyecto de decreto se establece que la medida es necesaria porque no existe una diferente para lograr su objetivo, no obstante, no hay una demostración técnica que conlleve a determinar que si no se exporta carbón a Israel por parte del Estado colombiano, procederán a cumplir las decisiones de la Corte Internacional de Justicia y del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
- Riesgo de daño antijurídico: al estar insuficientemente justificado el proyecto decreto, existe el riesgo de presentarse una causal de nulidad por falsa motivación, ya que las razones invocadas en su fundamentación son contrarias a la realidad, no son proporcionales, ni razonables.
- Incumplimiento del tratado de libre comercio con Israel: al no estar justificada la medida de prohibición de exportación de carbón por parte de Colombia al estado de Israel, se debería evaluar los riesgos de un eventual incumplimiento de este acuerdo internacional aprobado por el Congreso en 2017 y que entró en vigencia en el año 2020.
- Opuesto al fundamento normativo: el proyecto invoca el artículo 259 del actual Plan Nacional de Desarrollo, que estipula que el gobierno podrá adoptar medidas comerciales restrictivas o de fomento por razones de seguridad nacional, soberanía alimentaria y protección de la industria y el mercado. Sin embargo, la prohibición de exportación no es una medida que garantice ninguna de las razones expuestas, por el contrario, genera afectación a la libre industria y comercio y pone en riesgo los derechos fundamentales a la iniciativa privada y a la libertad de empresa.
Procuraduría exigió la actualización de políticas de salud mental y consumo de sustancias
Por otra parte, la Procuraduría General de la Nación presentó los resultados del seguimiento a la implementación de la Ley 1566 de 2012, que garantiza la atención integral a personas que consumen sustancias psicoactivas. Estos resultados fueron divulgados en el II Foro Iberoamericano sobre Consumo de Sustancias Psicoactivas (SPA) y su Impacto en la Salud Pública, resaltando diversas exigencias a las entidades de salud del país.
En su intervención, el ente de control destacó la solicitud al Ministerio de Salud para actualizar la encuesta de salud mental, ya que la última versión corresponde a 2015.
Asimismo, la Procuraduría requirió la actualización de la política integral para el consumo de sustancias psicoactivas y la reglamentación de programas de promoción en salud mental y prevención de problemas y trastornos mentales en el ámbito laboral. Se subrayó la necesidad de actualizar el Conpes de salud mental, cuya última edición finalizó en 2023 con un avance del 82.17%.
El informe también detalló el seguimiento al trabajo de las secretarías de Salud departamentales y distritales en la adopción de la política de consumo de sustancias psicoactivas. Se destacó la importancia de las gestiones adelantadas por estos organismos para garantizar una atención de calidad a las personas que consumen estos compuestos alucinógenos.
SOCIEDAD
Copa América: cómo se definen las fases finales en caso de empate en el tiempo reglamentario
Con el partido entre Argentina y Ecuador en curso, comienza la instancia de definiciones en la Copa América. Esta fase, a la que llegaron además las selecciones de Brasil, Uruguay, Venezuela, Canadá, Colombia y Panamá, se desarrollará entre este jueves y el próximo sábado.
En el camino a la final, que se jugará el 14 de julio en el Hard Rock Stadium de Miami, la Conmebol recordó los puntos clave de la normativa que rige en la competencia y que establece “la forma en que se definen se definen las Fases Finales en caso de igualdad”
En este sentido, la Confederación destacó que en caso de empate en los 90 minutos, “tanto en cuartos de Final, como semifinal, como partido por el 3° puesto, no habrá tiempo extra”.
Según el artículo 26 del reglamento del torneo de selecciones más antiguo del mundo “en la fase final, en caso de igualdad de goles al final del tiempo reglamentario en los partidos de cuartos de final, semifinales o disputa por el tercer puesto, el ganador será definido a través de una serie de tiros desde el punto penal conforme a las normas estipuladas por la FIFA”.
En tanto, la situación será distinta en el encuentro que defina al campeón de la competición ya que en esa ocasión – en caso de ser necesario- “se jugará tiempo extra antes de llegar a la instancia de los penales”
“Específicamente para el partido final, en caso de igualdad de goles al final del tiempo reglamentario, se disputará una prórroga con dos tiempos de 15 minutos cada uno. De continuar la igualdad al término de la prórroga, se ejecutará una serie de tiros desde el punto penal conforme a las normas estipuladas por IFAB/FIFA para la definición del ganador”, señala el artículo 27.
Los Cuartos de Final de la Conmebol Copa América son Argentina-Ecuador, Venezuela-Canadá, Uruguay-Brasil y Colombia-Panamá.
LA NACION
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