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ECONOMIA

Monotributo: la AFIP oficializó las nuevas escalas de facturación que regirán desde enero

El ente recaudador publicó en su web la tabla con todos los valores a pagar en 2024. El aumento interanual alcanzó el 111%, y los topes de ingresos suben poco más del 49%.

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La AFIP oficializó las nuevas escalas de facturación y cuotas para el monotributo a partir de enero de 2024. La entidad lo hizo tras publicar en su página web una tabla con todos los parámetros del Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes. 

El aumento interanual alcanzó el 111% y los topes de ingresos experimentaron un incremento de poco más del 49%. De esta manera, los contribuyentes de la categoría A pueden facturar hasta $2.108.000 anuales y deberán pagar una cuota total de poco más de $12.000. Mientras que, la categoría K implica ingresos anuales de casi $17 millones y cuotas de $107.000 por mes.

Este ajuste, que estaba demorado con el cambio de gobierno, era esperado por los contadores y contribuyentes, quienes deberán realizar la primera recategorización en enero, determinando la escala de facturación y los montos mensuales a pagar por componente impositivo, jubilatorio y de obra social, según corresponda.

A continuación, las categorías y los topes de facturación para el Monotributo 2024 serán:

Categoría A: $2.108.288,01

Categoría B: $3.133.941,63;

Categoría C: $4.387.518,23;

Categoría D: $5.449.094,55;

Categoría E: $6.416.528,72;

Categoría F: la facturación anual pasa a $8.020.660,90;

Categoría G: $9.624.793,05;

Categoría H: $11.916.410,45;

Categoría I: $13.337.213,22;

Categoría J: $15.285.088,04;

Categoría K: el tope máximo pasa a $16.957.968,71.

Estos montos y cuotas, que se ajustan según la ley de movilidad –la misma que para los jubilados y otras asignaciones que paga la ANSES–, se sitúan por debajo de la inflación estimada para todo 2023. 

Para 2024, los topes y cuotas suben en promedio 110% desde la tabla vigente desde principios de 2023. Sin embargo, a mediados de año, y en medio de la escalada inflacionaria, se resolvió adelantar el aumento de los topes de facturación de los llamados pequeños contribuyentes. Esta decisión provocó que quedara un remanente para la actualización de menos de 50% para los topes de facturación por categoría.

Con la nueva tabla, los monotributistas deberán prestar especial atención a estos cambios, ya que afectarán sus obligaciones fiscales. La primera recategorización, que vence el 22 de enero, permitirá confirmar o cambiar la categoría según los ingresos de los últimos 12 meses.

De esta forma, las cuotas mensuales a pagar por categoría a partir de enero de 2024 son las siguientes:

Categoría A: pasa de $5750,75 a $12.128,39 tanto los que venden bienes y como los que ofrecen servicios.

Categoría B: pasa de $6430,38 a $13.561,75 para todos los pequeños contribuyentes de esta escala.

Categoría C: pasa de $7351,10 a $15.503,51 para servicios y $7226,83 a $15.241,42 para la venta de productos.

Categoría D: de $9245,06 a $19.497,94 para servicios, y de $9040,47 a $19.066,46 los que venden productos.

Categoría E: de $12.776,61 a $26.945,97 (servicios) y de $11.629,37 a $24.526,43 venta de cosas muebles;

Categoría F: de $15.712,40 a $33.137,61 para los servicios, y para los que venden productos, de $13,856,32 a $29.223,11.

Categoría G: de $18,347,44 a $38.694,95 para servicios y de $15.855,59 a $33.439,61 para los productos.

Categoría H: para servicios (la última escala permitida) de $31.347,16 a $66.111,51. Mientras, los que venden bienes, de $26,743,66 a $56.402,68.

Categoría I: La cuota mensual pasa de $38.464,47 a $81.121,96.

Categoría J: de $44.390,28 por mes a $93.619,47.

Categoría K: La cuota mensual se irá de $50.717,92 a $106.964,65.

El aumento fijado de manera anual por AFIP de los parámetros del Régimen Simplificado también alcanza a la cuota mensual a pagar por el impuesto integrado y los aportes previsionales y a la obra social. Desde julio de 2022, en medio de la escalada inflacionaria, se actualizó el monto de facturación, pero no las cuotas.

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ECONOMIA

Argentina reglamentará la aeronaútica comercial pública y privada como actividad esencial Por EFE

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Buenos Aires, 7 sep (.).- El Gobierno de Javier reglamentará los servicios aeronáuticos comerciales públicos y privados como una actividad esencial para garantizar “servicios mínimos a la población”, tras la huelga del viernes que afectó 15.000 pasajeros y 185 vuelos, según informaron este sábado fuentes oficiales.

“Se ha definido reglamentar la esencialidad de la actividad aeronáutico civil, aerocomercial pública y privada en todo el territorio nacional”, anunció el Ministerio de Capital Humano en un comunicado compartido por su titular, Sandra Pettovello, en redes sociales.

El decreto reglamentario, que probablemente sea publicado durante las primeras horas del lunes próximo en el Boletín Oficial, establecerá medidas para garantizar “un nivel mínimo de servicios ante conflictos laborales que puedan interrumpir total o parcialmente las actividades”.

La huelga de trabajadores aeronáuticos del viernes entorpeció las operaciones en el Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini, en Ezeiza, provincia de Buenos Aires, -el principal del país- y en el Aeroparque Jorge Newbery, de la capital argentina.

Según los gremios del sector, el paro se desató “ante la evidente falta de voluntad” por arte de Aerolíneas Argentinas, empresa estatal de vuelos comerciales, para avanzar en una recomposición salarial que “se ajuste a los indicadores inflacionarios”.

“Desde Capital Humano buscamos cuidar y defender a los miles de argentinos que se ven afectados cada vez que se definen medidas de fuerza en este sector”, remarcó el secretario de Trabajo, Julio Cordero, que está bajo la órbita de la cartera de Pettovello, en la nota oficial.

La decisión del Ejecutivo de Javier Milei llegó después de que los sindicatos hayan llevado adelante asambleas en los aeropuertos entre el 19 y 30 de agosto, impidiendo la normal operación de Aerolíneas Argentinas y de otras empresas aéreas con decenas de vuelos cancelados o reprogramados, en reclamo de mejoras salariales.

De acuerdo al ministerio, las empresas deberán acordar servicios mínimos a mantener en todo momento y en caso de incumplimiento obtendrán “sanciones conforme a la legislación vigente”.

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