Seis meses después de haber sido condenado a tres años de prisión efectiva por haber causado la muerte de un hombre y su hijo de 12 años cuando conducía borracho y drogado, el empresario de la noche correntina Matías Piattoni (50) fue favorecido con la libertad.
La fiscal de Ejecución de Penas, Patricia Armendia, se opuso al beneficio y no descartó la posibilidad de recurrir en Casación ante el Superior Tribunal de Justicia de la provincia.
Armendia sostuvo que “la libertad condicional es un derecho y debe ser solicitada por el acusado o sus abogados».
«Acá yo entendí que no correspondía por el acuerdo al que habían llegado, pero mi opinión no es vinculante”, expresó.
Haciendo caso omiso al reparo de Armendia, la jueza de Ejecución de Penas, María Teresa Zacarías, hizo lugar al pedido de la defensa de Piattoni, pese a que en abril pasado, al firmar el juicio abreviado, el imputado se había comprometido a no gestionar este tipo de beneficios al menos hasta que transcurriera la mitad de la condena: 18 meses.
El punto 7 de la sentencia firmada por el Tribunal Oral Penal 2 en abril pasado estableció que el acusado “no se acogerá ni solicitará beneficio alguno relacionado a salidas transitorias ni modalidades de cumplimiento alternativo de la condena por un tiempo mínimo de 18 meses a contar desde su ingreso al establecimiento” carcelario. El plazo vencía recién en octubre de 2025.
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Si eventualmente la Justicia interpretara que también debería computarse los 145 días de prisión preventiva que cumplió Piattoni, el pedido de libertad no debería haberse gestionado al menos hasta mediados del próximo año.
El pedido de libertad condicional del empresario ingresó el 3 de octubre al Juzgado de Ejecución de Penas de Corrientes, a cargo de Zacarías.
La fiscal Armendia sostuvo que si bien ella se opuso, la querella no presentó ningún escrito pese a haber sido notificada del planteo.
En abril pasado, en un juicio abreviado pleno, Piattoni había sido condenado a tres años de prisión efectiva por “homicidio agravado por la conducción imprudente de un vehículo automotor, bajo los efectos de estupefacientes, con un nivel de alcoholemia superior a un gramo por litro de sangre, en exceso de velocidad de más de 30 kilómetros por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho, sin estar habilitado para conducir por autoridad competente y siendo más de una las víctimas fatales”.
Para este tipo de hechos, las penas van de tres a seis años de prisión.
En esa oportunidad, ante los integrantes del Tribunal Juan José Cochia, Ariel Héctor Azcona y Román Facundo Esquivel, Piattoni pidió disculpas a la familia y amigos de las víctimas.
“Ese 13 de febrero se me rompió el corazón y el alma; y eso me va a durar hasta el último día de mi vida”, dijo mirando a Karen Cufré, esposa y madre de las víctimas. Además, abogó para que “este acuerdo lleve paz para todos”.
El fallo le impuso al empresario la prohibición de conducir vehículos por diez años, el decomiso de su Ford Mustang GT 5.0 y un tratamiento psicológico por el consumo problemático de estupefacientes.
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La mañana de la tragedia
El hecho se registró en la mañana del sábado 13 de febrero de 2021, cuando Piattoni retornaba a la ciudad de Corrientes por la ruta nacional 12 junto a una joven.
En forma imprevista, se cruzó de carril a unos 120 kilómetros por hora e impactó contra la moto del suboficial del Ejército Ángel Exequiel González (32) y su hijo Mateo (12) quienes se dirigían a Paso de la Patria para compartir una jornada de pesca. Ambos fallecieron en el acto.
El hallazgo de restos de éxtasis y gran cantidad de alcohol en sangre complicó la situación judicial del empresario, propietario de varios boliches y paradores en la costa del río Paraná.
En su momento, desde la Fiscalía habían detallado que los exámenes toxicológicos detectaron en la sangre del conductor “Metilendioxi-Metanfatimina (MDMA), una droga de diseño, más comúnmente encontrada en las tabletas de éxtasis”, además de “1,75 gramos de alcohol por litro en sangre y 2 gramos de alcohol por litro en orina”.
En un primer momento, la jueza de Instrucción Josefina González Cabaña lo procesó por el delito de doble homicidio simple con dolo eventual y le dictó la prisión preventiva.
También lo acusó de uso de documento falso, ya que el empresario exhibió ante la Policía un carnet de conducir apócrifo. Los informes de la Municipalidad de Corrientes determinaron que el hombre no contaba con una licencia habilitante para manejar.
Sin embargo, la Cámara de Apelaciones encuadró el caso en la figura del doble homicidio culposo y también accedió a otorgarle la excarcelación.
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Tres años y dos meses después del hecho, Piattoni se declaró culpable a cambio de la pena mínima establecida para el delito que cometió.