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ECONOMIA

Fuerte suba de la tarifa del agua: autorizan aumento de más del 200% con aplicación inmediata

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Se publicó en el Boletín Oficial la norma que incrementa el precio de las tarifas de agua y cloacas en el AMBA. Puntos destacados de la norma

05/04/2024 – 14:08hs

Fuerte suba de la tarifa del agua: autorizan aumento de más del 200% con aplicación inmediata

La Secretaría de Obras Públicas aprobó un aumento en las tarifas que pagan los usuarios del servicio de agua potable y de desagües cloacales de Aguas y Saneamientos Argentinos (AySA) en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

El organismo explicó que «la modificación de la tarifa tiene por objeto propender hacia el equilibrio económico de la empresa en condiciones de eficiencia». Esto se trasladará a inflación desde este mes, dado que se dispuso que la norma entre en vigencia de inmediato.

En la Resolución 9/2024, publicada en el Boletín Oficial, el organismo autorizó un alza del 209% para el servicio de agua y cloacas y, de esta manera se implementó una actualización que se venía postergando desde el año pasado.

Aumento de la tarifa de agua: el impacto en el bolsillo

La factura media mensual en servicios de agua sin impuestos pasará a costar casi $30.800 (hasta ahora rondaba los $10.000); para la zona media se irá a $10.000 (desde los $3.000) y para la zona baja subirá hasta $5360 (de $1735).

El texto de la resolución indica que, «para alcanzar el objetivo de equilibrio citado es necesario exponer de modo transparente el sendero futuro del valor que adquiera la tarifa para lo cual se utilizarán los indicadores económicos seleccionados, publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)».

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A tal fin, se establece el valor del «Coeficiente de Modificación K» definido en el Marco Regulatorio en 1127,1751 a partir de la fecha de publicación de la norma y se dispone que se actualizará mensualmente a partir de junio de 2024 inclusive aplicando una fórmula que combina inflación y evolución de los salarios.

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La boleta de agua aumentará más de 200%

La norma mencionada establece que este cambio empieza a regir desde hoy, por lo que su impacto en inflación será a partir del mes en curso. Asimismo, a partir de junio, el valor de las boletas de AySA se irá actualizando mensualmente. A tal fin, se aplicará una fórmula.

Más allá de los aumentos, las cuentas de AySA continuarán en rojo y requerirán para este año una asistencia estatal por encima de $1 billón para poder cubrir su déficit operativo y las obras de mejoras y mantenimiento del servicio.

En segundo lugar, se agrega un «mecanismo de actualización mensual» de las tarifas que entrará en vigencia a partir de mayo. Se basará en una fórmula compuesta de la siguiente manera: 45% por el índice de mejora salarial; 44% por la variación de los precios mayoristas y un 11% por la inflación a nivel minorista.

El tercer punto consiste en una «revisión tarifaria complementaria» en el mes de julio para poder compensar la «elevada volatilidad macroeconómica y los cambios de precios relativos».

Descuentos para beneficiarios del Tarifa Social

Se establece que los usuarios beneficiarios del Programa de Tarifa Social con beneficio vigente al momento de la entrada en vigor de la presente gozarán de un descuento adicional que neutralice el efecto de la aplicación de las modificaciones tarifarias establecidas. Este descuento que se mantendrá hasta la fecha de renovación o cese de tal beneficio.

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ECONOMIA

Autodespacho de nafta: prohíben la modalidad en varios distritos y los sindicatos evalúan un paro

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No terminó de oficializarse que la apuesta del Gobierno por la desregulación total del expendio de combustibles ya enfrenta una serie de prohibiciones que inhiben su rápida puesta en marcha. Ocurre que, más allá del alcance nacional de la medida publicada por el área de Desregulación que encabeza Federico Sturzenegger durante la jornada del miércoles, la alternativa choca de frente con una serie de regulaciones que prohíben la modalidad. En concreto, las provincias de Buenos Aires, La Pampa y Jujuy poseen legislaciones que vetan el autodespacho, y lo cierto es que fuera de la prueba piloto desarrollada en Capital Federal, aún se desconoce cómo se aplicará la opción en los puntos de expendio porteños. En simultáneo, el sindicato que integra a los playeros anticipó que evalúa implementar una serie de medidas de fuerza en oposición al autoservicio habilitado.

El autodespacho fue oficializado vía un decreto que fijó requisitos para los puntos de ventas que adoptarán esta modalidad, además de establecer criterios de uso de los surtidores para los conductores de vehículos. La posibilidad del auto servicio viene de acumular pruebas piloto en Capital Federal y en cercanías de la ciudad de Mendoza.

Así, y con anticipación a este decreto, YPF habilitó cuatro surtidores para una prueba exprés del autoservicio de combustibles en una estación de servicio ubicada en Figueroa Alcorta y Echeverría, en la Ciudad de Buenos Aires.

Asimismo, la estación YPF XPress de Luján de Cuyo, en Mendoza, opera bajo este modelo desde hace tres años.

Fuera de esas experiencias, lo cierto es que predomina la incertidumbre respecto de cómo se implementará la modalidad. Y sí existen certezas respecto de distritos que, al menos en esta fase, no habilitarán el autodespacho.

Autodespacho de naftas: la provincia de Buenos Aires prohíbe la modalidad

En ese sentido, la provincia de Buenos Aires mantiene una normativa que, promulgada por Felipe Solá en enero de 2007, veta por completo el autoservicio en las estaciones de servicio. La ley bonaerense 13.623 establece que los puntos de expendio deben «estar atendidos por personal especialmente capacitado».

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Y que, de no cumplirse ese aspecto, las estaciones de servicio «serán sancionadas con la clausura preventiva del establecimiento».

Respecto de este marco, Patricio Delfino, referente de la Cámara de Expendedores de Combustibles bonaerense reconoció que «hay tres provincias que prohíben el autoservicio por ley: Jujuy, La Pampa y Buenos Aires. Y eso hace que exista una colisión entre una norma local y una nacional».

«Si un operador de una estación de servicio en, por ejemplo, Mar del Plata dice que tiene todo listo, se preparó y posee el sistema adecuado para el autoservicio, lo más probable es que muy a la brevedad tenga una inspección de autoridades del área de Trabajo que le establezcan una clausura hasta reponer la situación anterior», declaró.

Delfino sostuvo que las normativas que prohíben el autodespacho «buscan proteger el empleo de los playeros«.

En sintonía con estos dichos, Carlos Acuña, secretario general del Sindicato de Empleados de Estaciones de Servicio (SOESGyPE), reconoció en las últimas horas que la organización evalúa avanzar con una serie de paros en rechazo a la oficialización del autoservicio de combustibles.

El dirigente sostuvo que el autodespacho «sólo generará más desocupación y mayor rentabilidad para las petroleras y estaciones de servicio». Reiteró, además, que la modalidad podría provocar la pérdida de hasta 70.000 puestos de trabajo en todo el país.

«El cliente nunca tomó la idea de ser el playero y además gratuitamente. Argentina está lejos de tener el estado de bienestar que tienen en Europa o Estados Unidos. Nosotros tenemos una desocupación muy grande. Lo que quieren vender como un avance tecnológico no es ningún avance», dijo.

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Qué dice el decreto que habilitó el autoservicio de naftas

«Autorízase en todo el territorio nacional el autodespacho de combustible como modalidad optativa, a elección de los expendedores, quienes podrán implementarla en forma total o instalar en su establecimiento solo algunos surtidores de autoservicio», señala el decreto 46/2025 en su primer artículo.

Anticipa, además, que la Secretaría de Energía establecerá los requisitos que deberán cumplir las estaciones que deseen implementar dicha modalidad en un plazo de 60 días.

«Hasta tanto se dicten dichas normas, los interesados en implementar la modalidad de autodespacho de combustible en sus estaciones de servicio deberán solicitar autorización a la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía», se indica en el texto.

«Autorízase en todo el territorio nacional el uso de tanques sobre el terreno en estaciones de servicio y estaciones de servicio móviles, de acuerdo a las condiciones de seguridad y despacho que establezca la Secretaría de Energía…», añade.

Para luego ampliar: «Se entiende como estaciones de servicio móviles a los depósitos portátiles autónomos que están totalmente equipados para el transporte y el abastecimiento de hidrocarburos. Pueden utilizarse de forma fija o móvil, con la posibilidad de ser izados o transportados«.

Con relación a los criterios de uso del servicio para los conductores de vehículos, el decreto detalla que, «una vez terminado el suministro de combustible se repondrá la tapa del tanque y se colgará la manguera en su lugar, cuidando de que no quede enganchada en algún saliente del vehículo. Recién entonces se estará en condiciones de poner en marcha el motor».

Por otra parte, el decreto fija para las estaciones de servicio la obligación de disponer de un área que, en caso de una emergencia derivada del autodespacho, permita la evacuación inmediata de las personas y sus vehículos.

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