Connect with us

POLITICA

Fernando Alonso – Aston Martin, una unión que no se rompe y se extenderá por dos años más

Published

on



En medio de un caudal de versiones de la Fórmula 1 que hablan de movimientos de pilotos a diferentes escuderías, Aston Martín despejó cualquier incertidumbre. Se decía que Red Bull podía arrebatarle a su piloto estrella, pero este jueves, Fernando Alonso renovó su vínculo con el equipo comandado por Lawrence Stroll gracias a un acuerdo multianual que llegará hasta 2026.

Con este anuncio de la extensión del contrato, el bicampeón del mundo español llegará a probar las nuevas unidades de potencia de la Fórmula 1, un período en el que Aston Martin estará vinculado a Honda, actual motorista de Red Bull, y no a Mercedes, como ocurre en estos momentos. ”Estoy aquí para seguir”, fue la frase que eligió Alonso para ratificar su continuidad en la escudería donde tiene como compañero a Lance Stroll, hijo del dueño.

Mike Krack, director del equipo, se mostró feliz por el acuerdo al que arribaron con Alonso: “Asegurar el futuro a largo plazo de Fernando con Aston Martin Aramco es una noticia fantástica. Hemos construido una sólida relación de trabajo en los últimos 18 meses y compartimos la misma determinación para que este proyecto tenga éxito. Hemos mantenido un diálogo constante en los últimos meses y Fernando ha sido fiel a su palabra: cuando decidió que quería seguir compitiendo, habló primero con nosotros. Fernando ha demostrado que cree en nosotros y nosotros creemos en él”.

Y agregó: ”Fernando tiene hambre de éxito, pilota y está más en forma que nunca, y está completamente dedicado a hacer de Aston Martin Aramco un equipo competitivo. Este acuerdo plurianual con Fernando nos lleva hasta 2026, cuando comencemos nuestra colaboración con Honda en la unidad de potencia. Esperamos crear más recuerdos increíbles y lograr más éxitos juntos”, finalizó el jefe de Aston Martin.

En las últimas semanas, Fernando Alonso ya había insinuado que no se dejaría influir por otros movimientos de esta temporada, que incluso incluía retirarse de la Fórmula 1 por segunda vez. “Elegí cuándo irme de un equipo, cuándo unirme a un equipo, elegí cuándo dejar la Fórmula 1. Y elegí cuándo volver”, explicó hace un tiempo.

En esta oportunidad el sitio The Race, en su cuenta de X aseguran que Alonso dijo: “Correré hasta 2026 seguro, quiero trabajar con Honda en esa nueva regulación. Quiero ganar con este equipo. Si me retiro seguiré formando parte del equipo”.

Y agregó: “Es verdad que quería ver como rendía el equipo este año, no hemos empezado en podios pero estamos progresando mucho, veo mucha ambición en el proyecto, quiero ser parte de ello. Nunca he pensado en retirarme del motor, nunca viviré la vida sin un volante en mis manos”.

En el sitio oficial de Aston Martin, también se expresó Alonso y explicó acerca de este nuevo acuerdo: “Estoy muy agradecido por la confianza que Lawrence, Martin y Mike han depositado en mí y con Lance estoy emocionado de ver qué más podemos lograr juntos. Este es solo el comienzo de este proyecto y estoy orgulloso de ser parte de él. Estoy en mi mejor momento físico y todavía tengo hambre. Lo daré todo mientras continuamos nuestro camino para convertirnos en un equipo ganador del campeonato mundial”.




POLITICA

La Corte Suprema declaró constitucional la ley que obliga a usar cinturón de seguridad en todo el país

Published

on


La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió este martes por unanimidad el uso obligatorio del cinturón de seguridad en todo el país. El incumplimiento del mismo será sancionado como una falta vial, es por ello que quienes no lo utilicen podrán ser multados.

En noviembre de 2014, un control de tránsito detuvo a un conductor, llamado por sus siglas D.S.G, cuando circulaba por la intersección de Acceso Norte y Reconquista, en el departamento mendocino de Las Heras. Tal como indica la norma provincial, al advertir que no llevaba puesto el cinturón, el oficial de tránsito le hizo una multa.

Leé también: Multas en la Ciudad de Buenos Aires: cuánto tenés que pagar si te rechazan un descargo online o presencial

Es por ello que D.S.G planteó la inconstitucionalidad de la ley que lo obligaba a usar cinturón cuando se desplazaba en la calle como único ocupante del vehículo. Sostuvo que, en esas condiciones, utilizar o no cinturón era una acción que no afectaba a terceros y debía quedar exenta de control estatal, en los términos del artículo 19 de la Constitución Nacional. Este artículo 19 dice: “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están solo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados”.

Los conductores que no utilicen cinturón de seguridad serán multados. Es una norma que rige para todo el país. (Foto: GCBA)

Por unanimidad, la Corte rechazó este planteo de D.S.G y convalidó hoy la constitucionalidad del uso obligatorio del cinturón. Con diferentes votos, los jueces coincidieron en que las normas que regulan el tránsito vehicular buscan coordinar la acción de diferentes actores que interactúan entre sí.

En el caso puntual, señalaron que el uso obligatorio del cinturón se justificaba en la prevención de un riesgo a terceros. En el caso de si se produce un accidente, la falta del conductor puede aumentar las probabilidades de pérdida de control de su auto y, por ende, afectar directamente a terceros.

Leé también: Lo que tenés que llevar en el auto si o sí para evitar multas

En su sentencia, la Corte reafirmó su línea jurisprudencial que protege constitucionalmente las acciones privadas de la intervención estatal, pero indicó que el planteo de D.S.G se encuentra por fuera de la citada protección.

La Corte recordó que “la protección de la salud (tal el objetivo de la cláusula local que considera falta grave conducir sin cinturón y cabezales de seguridad, instrumentos diseñados para sujetar y mantener en su asiento a un ocupante de un vehículo si ocurre un accidente, con el fin de que no se lesione al hacer de freno del cuerpo frente a la brusca desaceleración producida por el impacto) tiene consagración jurídica en épocas relativamente recientes y está vinculada al llamado Estado de Bienestar”. También, que “la tutela de la salud en el específico ámbito vial, el problema de la indiferencia o de la atención jurídica por las consecuencias de la actividad ha tenido distintas etapas de regulación”.

La defensa del conductor que inició el reclamo y la contundente respuesta de la Corte

En su examen, el Máximo Tribunal dijo que D.S.G, en su presentación, sostiene que frente al derecho a la salud hay otro derecho a la “no salud” que, encuadrado dentro de la elección personal de la forma de vida (y eventualmente de muerte), tiene la misma entidad y reclama similar tutela jurídica.

En ese marco, la Corte recorrió su doctrina relativa a los alcances del artículo 19 que “asegura a cada persona un ámbito de libertad en el cual ella es soberana para adoptar decisiones fundamentales que hacen a su plan de vida, incluso cuando sus creencias legítimas la conducen a anteponer otro valor por sobre su propia vida”. Asimismo, remarcó que “la reserva de este ámbito de autonomía constituye un rasgo característico de nuestro orden constitucional”.

La Corta, además, explicó que “la obligación del uso del cinturón de seguridad en la vía pública –cuyo incumplimiento es sancionado como una falta– no resulta una interferencia indebida en la autonomía individual, ya que lo que procura es la prevención de un riesgo cierto de daño a terceros, que es una de las hipótesis previstas por el mencionado artículo 19 para habilitar la intervención estatal y la jurisdicción de los magistrados”.

Leé también: Cómo proceder ante una multa de tránsito que no fue notificada a tiempo

El recurrente, señaló el Máximo Tribunal, “sostiene que el uso obligatorio del cinturón agravia sus convicciones liberales –incluso cuando otros las reputen imprudentes- pero en su presentación no refuta el riesgo a terceros en que la sentencia del tribunal local justifica la validez de ese deber”. Se trata, de acuerdo a lo que apuntó la Corte, de “terceros que también tienen convicciones y para cuyo ejercicio requieren gozar de la vida; una vida que puede peligrar por la actitud omisiva de conductores como el recurrente de estos autos”.

Por ello, entendió que “el obrar del actor está incurso dentro de las acciones y omisiones sujetos a la regulación estatal, la que, en este caso, está plasmada en la ley provincial de tránsito y en un plan general de seguridad vial”.

Corte Suprema, cinturón de seguridad, Ley

Continue Reading

LO MAS LEIDO

Tendencias

Copyright © 2024 - NDM Noticias del Momento - #Noticias #Chimentos #Politica #Fútbol #Economia #Sociedad