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El Gobierno elude la presión de los gremios y avanza con otras miles de bajas en los contratos de estatales

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El Gobierno planea profundizar la reducción del Estado a partir de una nueva ola de despidos. En la Casa Rosada admiten que hacia junio habrá otras miles de bajas -se habla de 7000-, con lo que se lograría la meta oficial de una administración pública con un 30% menos de contratos en relación a diciembre, cuando Javier Milei asumió la Presidencia.

Según reconocieron a TN fuentes oficiales, el plan de un Estado más chico en su tropa de empleados alcanzó un 20% de reducción con los 15 mil despidos entre fines de marzo y principios de abril. El recorte, sin embargo, será mayor.

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Con un telón de fondo montado sobre la necesidad de proteger canales de diálogo rumbo al Pacto de Mayo, y en plena polémica por los aumentos de sueldo que votaron los senadores para sí mismos, desde Balcarce 50 prefieren no darle “publicidad”, pero asumen que la nueva etapa de reducción estatal está en marcha. Para concretar la primera tanda de bajas, el jefe de gabinete, Nicolás Posse, había bajado la orden de auditar a los empleados de todas las áreas del Estado para corroborar su función, actividad y asistencia.

La medida volvería a repetirse bajo una modalidad similar. Habrá un nuevo decreto con un tenor semejante al 84/2023, publicado a fines del año pasado, que instruyó a los titulares de las carteras a exceptuar de la baja a los trabajadores que resulten “indispensables para el funcionamiento de la jurisdicción, de manera restrictiva y fundada y que su continuidad es necesaria por razones impostergables de funcionamiento”; y al 286/2024, conocido a principios de este mes y que otorgó la posibilidad de renovación por tres meses a una tanda de contratos que eran renovados de manera anual o semestral.

Desde el Gobierno ya habían advertido que el recorte de empleados estatales se haría “por etapas” e incluso el presidente Milei, durante su participación en el Foro Económico Internacional de las Américas, adelantó la caída de 70 mil contratos.

Javier Milei anticipó la baja de 70 mil contratos en el Estado. (Foto: Prensa Casa Rosada)
Javier Milei anticipó la baja de 70 mil contratos en el Estado. (Foto: Prensa Casa Rosada)

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Los gremios y la oposición profundizan la resistencia a los despidos

Como contraparte, se multiplican las tensiones en el vínculo con los gremios. En simultáneo con el bloqueo el aeropuerto de Bariloche y el camino al Hotel Llao Llao, donde este viernes Milei ofreció un discurso ante empresarios, la Asociación de Empleados Estatales (ATE) anunció una profundización del plan de lucha, que incluirá un nuevo paro el 30 de este mes en reclamo ante “las políticas de ajuste, congelamiento de salarios, despidos masivos e intento de cierre de organismos en el sector público”, según difundió el gremio a través de un comunicado.

“Será una antesala del paro general del 9 de mayo, y habrá movilizaciones en las principales ciudades del país”, anticipó Rodolfo Aguiar, secretario general de ATE. Ante el contacto de TN, el dirigente gremial mencionó la apertura de “mesas sectoriales por ministerio, secretaría u organismo en las que se ha avanzado en casos de reincorporaciones”, aunque se reservó el número. A su vez, indicó que los despidos no cesaron en los últimos días: “Hubo algunos casos, no numerosos, en organismos descentralizados. Por ejemplo, hubo siete en la delegación de PAMI en Río Cuarto, Córdoba”.

En la última semana, Aguiar mantuvo duros cruces con Milei en la red social X. El Presidente calificó de “corruptos, termos y puristas imbéciles” a los integrantes de ATE que realizaron un acampe en el edificio de la Secretaría de Niñez y Familia, donde se vivieron momentos de tensión. Y el titular del sindicato lo tildó de “sádico, violento y vago”.

“Estamos frente a un vínculo institucional entre el Poder Ejecutivo, los sindicatos y los trabajadores absolutamente novedoso. Las medidas materiales que decide Milei son crueles, y en las redes sociales utiliza un lenguaje violento y vulgar. Esto es propio de este tiempo histórico. Nosotros, los estatales, a partir del nivel de agresión a nuestros derechos, ya le hemos perdido el respeto”, profundizó Aguiar.

«Los estatales ya le perdimos el respeto a Milei», dijo Aguiar a TN. (Foto: ATE)

La resistencia al recorte del Estado que planea profundizar el Gobierno tiene también su pata en el Congreso. Diputados de Unión por la Patria presentaron este jueves un proyecto de ley para prohibir los despidos y reclamar la reincorporación de quienes se quedaron sin trabajo durante la primera barrida.

“Prohíbanse hasta el 31 de diciembre de 2025 los despidos o suspensiones de trabajadores y trabajadoras que efectivamente desarrollen sus tareas en el ámbito público, sin importar la modalidad contractual y la fecha de ingreso al empleo”, sostiene la iniciativa de la oposición en la Cámara Baja.

Y sigue: “Déjese sin efecto el cese o suspensión del personal alcanzado dentro del régimen de contrataciones de personal por tiempo determinado, con efecto retroactivo al 10 de diciembre de 2023, y dispóngase su continuidad laboral”.

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“Desde el punto de vista legislativo, el presidente de la Comisión de Legislación Laboral (Martín Tetaz, de Juntos por el Cambio) está convocando a una reunión informativa para discutir sus proyectos de reforma laboral. Estamos reclamando que se incluya nuestro proyecto contra los despidos en el Estado Nacional, más aún teniendo en cuenta que ATE hizo una nueva convocatoria para el 30 de abril”, detalló a TN Juan Marino, uno de los firmantes.

Resta definir la fecha, pero la idea de los diputados de UxP es tratar la iniciativa cuanto antes. “Se estaba planteando para el miércoles, pero ese día es la sesión especial que convocamos por los proyectos sobre el financiamiento de las universidades, el FONID y las jubilaciones”, mencionó.



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La Corte Suprema declaró constitucional la ley que obliga a usar cinturón de seguridad en todo el país

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió este martes por unanimidad el uso obligatorio del cinturón de seguridad en todo el país. El incumplimiento del mismo será sancionado como una falta vial, es por ello que quienes no lo utilicen podrán ser multados.

En noviembre de 2014, un control de tránsito detuvo a un conductor, llamado por sus siglas D.S.G, cuando circulaba por la intersección de Acceso Norte y Reconquista, en el departamento mendocino de Las Heras. Tal como indica la norma provincial, al advertir que no llevaba puesto el cinturón, el oficial de tránsito le hizo una multa.

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Es por ello que D.S.G planteó la inconstitucionalidad de la ley que lo obligaba a usar cinturón cuando se desplazaba en la calle como único ocupante del vehículo. Sostuvo que, en esas condiciones, utilizar o no cinturón era una acción que no afectaba a terceros y debía quedar exenta de control estatal, en los términos del artículo 19 de la Constitución Nacional. Este artículo 19 dice: “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están solo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados”.

Los conductores que no utilicen cinturón de seguridad serán multados. Es una norma que rige para todo el país. (Foto: GCBA)

Por unanimidad, la Corte rechazó este planteo de D.S.G y convalidó hoy la constitucionalidad del uso obligatorio del cinturón. Con diferentes votos, los jueces coincidieron en que las normas que regulan el tránsito vehicular buscan coordinar la acción de diferentes actores que interactúan entre sí.

En el caso puntual, señalaron que el uso obligatorio del cinturón se justificaba en la prevención de un riesgo a terceros. En el caso de si se produce un accidente, la falta del conductor puede aumentar las probabilidades de pérdida de control de su auto y, por ende, afectar directamente a terceros.

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En su sentencia, la Corte reafirmó su línea jurisprudencial que protege constitucionalmente las acciones privadas de la intervención estatal, pero indicó que el planteo de D.S.G se encuentra por fuera de la citada protección.

La Corte recordó que “la protección de la salud (tal el objetivo de la cláusula local que considera falta grave conducir sin cinturón y cabezales de seguridad, instrumentos diseñados para sujetar y mantener en su asiento a un ocupante de un vehículo si ocurre un accidente, con el fin de que no se lesione al hacer de freno del cuerpo frente a la brusca desaceleración producida por el impacto) tiene consagración jurídica en épocas relativamente recientes y está vinculada al llamado Estado de Bienestar”. También, que “la tutela de la salud en el específico ámbito vial, el problema de la indiferencia o de la atención jurídica por las consecuencias de la actividad ha tenido distintas etapas de regulación”.

La defensa del conductor que inició el reclamo y la contundente respuesta de la Corte

En su examen, el Máximo Tribunal dijo que D.S.G, en su presentación, sostiene que frente al derecho a la salud hay otro derecho a la “no salud” que, encuadrado dentro de la elección personal de la forma de vida (y eventualmente de muerte), tiene la misma entidad y reclama similar tutela jurídica.

En ese marco, la Corte recorrió su doctrina relativa a los alcances del artículo 19 que “asegura a cada persona un ámbito de libertad en el cual ella es soberana para adoptar decisiones fundamentales que hacen a su plan de vida, incluso cuando sus creencias legítimas la conducen a anteponer otro valor por sobre su propia vida”. Asimismo, remarcó que “la reserva de este ámbito de autonomía constituye un rasgo característico de nuestro orden constitucional”.

La Corta, además, explicó que “la obligación del uso del cinturón de seguridad en la vía pública –cuyo incumplimiento es sancionado como una falta– no resulta una interferencia indebida en la autonomía individual, ya que lo que procura es la prevención de un riesgo cierto de daño a terceros, que es una de las hipótesis previstas por el mencionado artículo 19 para habilitar la intervención estatal y la jurisdicción de los magistrados”.

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El recurrente, señaló el Máximo Tribunal, “sostiene que el uso obligatorio del cinturón agravia sus convicciones liberales –incluso cuando otros las reputen imprudentes- pero en su presentación no refuta el riesgo a terceros en que la sentencia del tribunal local justifica la validez de ese deber”. Se trata, de acuerdo a lo que apuntó la Corte, de “terceros que también tienen convicciones y para cuyo ejercicio requieren gozar de la vida; una vida que puede peligrar por la actitud omisiva de conductores como el recurrente de estos autos”.

Por ello, entendió que “el obrar del actor está incurso dentro de las acciones y omisiones sujetos a la regulación estatal, la que, en este caso, está plasmada en la ley provincial de tránsito y en un plan general de seguridad vial”.

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