POLITICA
Patricia Bullrich habló de una “vendetta” de Mauricio Macri: “Se juntó con el kirchnerismo para voltearle un decreto a Milei”

La ministra de Seguridad nacional, Patricia Bullrich, arremetió contra el expresidente Mauricio Macri por avalar el rechazo de los pliegos de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla, los jueces designados por el presidente Javier Milei para la Corte Suprema, y calificó esa decisión de una “vendetta” contra el Gobierno.
“Se juntó con el kirchnerismo para voltearle un decreto al presidente Milei. Le dieron el quorum. Me dio lástima, es la vendetta. Le salió el ‘tanito’ (sic), fue una vendetta total y absoluta de una persona que está con bronca y que actúa por impulso y no por inteligencia”, repudió Bullrich, a poco de conocerse el resultado de la votación del Senado sobre los pliegos de los candidatos al máximo tribunal.
El rechazo a Lijo y García-Mansilla ocurrió ayer, tras un largo período de negociaciones que duró nueve meses, y se dio después de que Milei los designara en comisión por decreto. En la sesión del Senado, que se celebró tras una ardua discusión, varios miembros de PRO (Propuesta Republicana), partido con el que Milei comparte una alianza de hecho, votaron en contra de las designaciones, junto a los bloques de Unión por la Patria y legisladores de la UCR, entre otros.
En declaraciones a La Nación+, Bullrich le atribuyó al fundador del PRO la orden de avanzar con una venganza, que se materializó en que dos legisladores del PRO participaran en la sesión y habilitaran el tratamiento de los pliegos, solo para asegurar posteriormente su rechazo.
“Evidentemente, no quiere aceptar que al Gobierno le va bien, que está manejando las riendas de la economía, achicando el Estado y logra objetivos en el orden público”, dijo Bullrich sobre el ex jefe de Estado.
La relación entre Mauricio Macri y Javier Milei estuvo en tensión en los últimos meses, por desacuerdos y “desaires” no sólo por el rumbo de la gestión del Gobierno, sino por la disputa electoral en la Ciudad de Buenos Aires del próximo 18 de mayo, cuando La Libertad Avanza y el oficialismo, representado por el jefe de Gobierno Jorge Macri, irán en listas separadas.
Con el rechazo de los pliegos de la Corte Suprema, ahora el Gobierno tendrá que atravesar una situación de incertidumbre institucional sobre la actual composición del máximo tribunal.

Por un lado, Ariel Lijo nunca llegó a asumir como ministro de la Corte Suprema, pese a ser designado por decreto. Fue a partir de que los miembros del máximo tribunal no le aceptaron su licencia en su actual cargo como juez, y le exigieron que renuncie para desempeñarse en el puesto.
En cuanto a García-Mansilla, quien sí juró como ministro, su situación está en suspenso. El kirchnerismo presionará para que deje el puesto, ya que la Constitución nacional exige el aval de dos tercios del Senado para designar a los miembros de la Corte, y García-Mansilla ayer perdió ese respaldo.
En paralelo, el Poder Ejecutivo anticipó que resistirá esa ofensiva, con el argumento que la designación en comisión por decreto tiene vigencia hasta el 30 de noviembre de 2025.
En tanto, el juez de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, se expresó sobre el tema y consideró que el rechazo del Senado a Lijo y a García-Mansilla “es respetable”, pero apuntó que él hubiera actuado diferente si le tocaba estar en una situación similar: “Yo nunca aceptaría ser designado por decreto”.

En Rosario, Bullrich anunció que aplicará la ley antimafia
La ministra de Seguridad nacional, Patricia Bullrich, confirmó que la ciudad de Rosario será el primer territorio donde se aplicará de manera intensiva la nueva Ley Antimafia.
Durante su visita al Destacamento de Gendarmería Nº 2 de Rosario, junto a los diputados nacionales de La Libertad Avanza por Santa Fe, Romina Diez y Nicolás Mayoraz, la ministra señaló que la legislación representará un avance en la política criminal. “El que las hace, las paga”, aseguró Bullrich al explicar el propósito de la ley, que considera responsables a todos los integrantes de una organización criminal, sin importar su rol dentro de la estructura.
La ministra recalcó que el objetivo de la nueva ley es “sacar a las bandas de manera completa” y garantizar “la pacificación total” de las zonas afectadas, aunque reconoció que su implementación será gradual, dependiendo de la adaptación de jueces y fiscales. Además, indicó que el Plan Bandera de despliegue de fuerzas de seguridad federales continuará vigente. “No vamos a levantar el Plan Bandera mientras haya agazapados esperando tomar el territorio”, agregó.

Respecto a los avances de la seguridad en la ciudad, Bullrich destacó que el Plan Bandera ha logrado una significativa reducción de homicidios en Rosario: “Hubo una baja de los homicidios del 70% el año pasado y del 30% en lo que va de este año”, afirmó.
En el marco de las próximas elecciones constitucionales en Santa Fe, previstas para el 13 de abril, Nicolás Mayoraz, candidato a constituyente por la provincia, expresó su apoyo a la doctrina de Milei y Bullrich, indicando que buscan una reforma constitucional que elimine el garantismo promovido por los gobiernos previos. “Necesitamos una constitución que termine con el garantismo que establecieron los kirchneristas y socialistas de esta provincia”, dijo Mayoraz.
POLITICA
La CGT amenazó con judicializar la reforma laboral si es aprobada en el Congreso

El secretario general de la CGT, Jorge Sola, confirmó en una entrevista con Infobae que la organización sindical llevará la reforma laboral ante los tribunales en caso de ser aprobada por el Congreso.
“La vamos a judicializar. Hay dos principios constitucionales que están conculcados: el 14 bis y el de no regresividad de los derechos sociales”, afirmó el dirigente. Sola sostuvo que el proyecto gubernamental pretende convertir a los trabajadores en “engranaje de un mecanismo de producción” en lugar de considerarlos el centro de la escena, fundamentando así el rechazo absoluto a la iniciativa.
Respecto al contenido de la ley, el dirigente cuestionó que se utilice el término “modernización”, calificándolo como un “título romántico”, ya que, según su visión, la norma no aborda tecnología ni robótica, sino que licúa indemnizaciones y limita el derecho de huelga.
Sola denunció una transferencia de recursos de los trabajadores a los empleadores de unos seis mil millones de dólares y advirtió sobre los riesgos del banco de horas: “Permite que el empleador, en acuerdo con el trabajador, decida: ‘No te pago horas extra, te las tomás cuando baje la producción’. ¿Quién define cuándo se toman? El empleador”.
El paro general de la CGT generó pérdidas por USD 489 millones: los sectores más perjudicados
Al evaluar la jornada de protesta del 19 de febrero, el secretario gremial aseguró que “fue el más importante de los cuatro que se han hecho en este gobierno”, destacando un alto acatamiento entre los nueve millones de trabajadores formales y el acompañamiento de pequeñas y medianas empresas.
Sola explicó que la huelga buscó llamar la atención de un Ejecutivo que no ha habilitado instancias de diálogo: “Hicimos 12 movilizaciones, 4 paros, y no están sentados los trabajadores en un proyecto donde se tratan sus propios intereses”.
Finalmente, el referente de la CGT insistió en que el plan de acción no concluye con la huelga y que la vía judicial es inevitable debido a la violación de tratados internacionales. “El Pacto de San José de Costa Rica lo dice claramente: una vez que tenés un derecho, no podés bajar de ese nivel”, remarcó.
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POLITICA
Qué es la Reforma Laboral de Javier Milei que aprobó Diputados y cuáles son los principales puntos

El gobierno de Javier Milei consiguió aprobar en la Cámara de Diputados el proyecto de reforma laboral que ya tenía media sanción del Senado. Al haberse eliminado el artículo 44, que imponía descuentos a los trabajadores que faltaran por enfermedades o lesiones, el texto volverá a la Cámara alta para su sanción definitiva. Con poco más de 200 artículos, la reforma está agrupada en en cinco ejes temáticos: modificaciones diversas a la actual modalidad laboral; incentivos a la formalización de trabajadores y creación de empleo; una nueva dinámica en la justicia laboral para desalentar la llamada “industria del juicio”; una reforma tributaria acotada y beneficios fiscales destinadas a medianas inversiones.
A continuación se presenta un detalle de los aspectos principales del proyecto, incluidas las modificaciones ya incorporadas.
El proyecto incorpora cambios profundos en las relaciones de trabajo, flexibiliza las condiciones de contratación y modifica sustancialmente el esquema de indemnizaciones.
¿Habrá cambios en las remuneraciones?
Los salarios deben ser pagados en dinero, sea en moneda nacional o extranjera, especie, habitación o alimentos. Se incorpora el concepto de “salario dinámico”, que puede ser acordado en los convenios colectivos, regionales o por empresa e incluso por decisión del empleador, como pagos al “mérito personal” del trabajador o productividad. Los únicos habilitados para el pago de salarios serán las entidades bancarias (se eliminó la posibilidad de incorporar a las billeteras virtuales).
En caso de despido, ¿cómo se calcularán las indemnizaciones?
Se propone una reducción de la base de cálculo: ya no se considerarán conceptos como vacaciones, el aguinaldo, propinas o premios. Se impone un tope salarial como base remuneratoria, que no puede exceder 3 veces el salario promedio mensual según el convenio colectivo aplicable a la categoría del trabajador. Para desalentar discrecionalidades en litigios judiciales, las indemnizaciones se actualizarán por inflación más un plus del 3% anual. En estos casos, las sentencias podrán ser canceladas en un plazo de 6 cuotas mensuales consecutivas si se trata de grandes empresas. El plazo se estira a 12 cuotas para las pymes.
¿Quién pagará las indemnizaciones por despido?
Se crean los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), que serán cuentas específicas e inembargables que conformarán los empleadores con el aporte obligatorio y mensual de un porcentaje de las contribuciones patronales. Será del 1% para las grandes empresas y del 2,5% para las pymes. La administración de los recursos recaerá en la Comisión Nacional de Valores. Los críticos de este esquema advierten que con esta reducción de las contribuciones patronales se desfinanciará el actual sistema previsional para abaratar los despidos.
¿Qué pasará con las vacaciones?
El empleador deberá conceder el goce de vacaciones durante el período entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente. Las partes pueden acordar disponerlas fuera de dicho período. También de mutuo acuerdo el empleador y el trabajador podrán convenir el fraccionamiento de las vacaciones siempre que cada uno de los tramos no sea inferior a 7 días.
¿Se reducirán o se extenderán las jornadas laborales?
Se establece la posibilidad de ampliar la jornada laboral diaria de 8 a 12 horas siempre que se respete el descanso de 12 horas entre días de trabajo. Respecto de las horas extra, el empleador y el trabajador podrán acordar de manera voluntaria un régimen de compensación a partir de un banco de horas o bien francos compensatorios. Se incorporan los contratos a tiempo parcial por un período de tiempo inferior a la jornada legal.
Enfermedades y accidentes de trabajo
Este era el polémico artículo 44 de la iniciativa, incorporado por el Senado, que fue eliminado del proyecto que se discutirá en Diputados. Establecía que si un trabajador sufre un accidente o enfermedad ajenos a sus tareas laborales, recibirá el 50% de su salario básico durante 3 meses si no tiene personas a cargo o 6 meses si las tiene, siempre que el hecho derive de una actividad voluntaria y consciente. Si la incapacidad no resulta de una acción voluntaria y riesgosa, el trabajador recibirá el 75% de su salario en los mismos plazos. Se regula el trámite de aviso de enfermedad y los controles médicos, incluyendo la facultad del empleador de designar médico y el uso de juntas médicas ante discrepancias. Al desaparecer este artículo, las licencias se seguirán pagando como en la actualidad.
Antigüedad del trabajador
Se la computará desde el inicio de la relación laboral, incluyendo los sucesivos contratos a plazo que las partes hubieran celebrado. Asimismo, se computará como antigüedad el tiempo de servicio anterior en los casos en que el trabajador hubiese cesado por cualquier causa y reingrese bajo las órdenes del mismo empleador, salvo si hubiese transcurrido un plazo de tres años entre la desvinculación y su reingreso. En ese caso la antigüedad del tiempo de servicio anterior no será computada.
¿Qué pasará con las cajas sindicales?
Este punto recibió importantes modificaciones a favor de los gremios. Se mantendrá en el 6% la alícuota de aportes patronales que deberán hacer los empleadores a las obras sociales. Permanece vigente la llamada “cuota sindical” compulsiva que pagan los trabajadores (estén o no afiliados) a los gremios, aunque con un tope del 2% del salario mensual y por dos años. El tope baja al 0,5% en los aportes a las cámaras empresarias. Los empleadores seguirán siendo agentes de retención de las cuotas de afiliación a los gremios. El Gobierno mantiene firme la prioridad de los acuerdos de empresa o regionales por sobre los convenios sectoriales (los sindicatos no lograron revertir el artículo que limita la ultraactividad de los convenios colectivos).
Negociación de los convenios colectivos
El Gobierno mantiene firme la prioridad de los acuerdos de empresa o regionales por sobre los convenios sectoriales. En el caso de los convenios que estuviesen vencidos, el Ministerio de Capital Humano convocará a las partes para renegociar dichos convenios. En los convenios vigentes por ultraactividad, por petición de cualquiera de las partes legitimadas, el PEN podrá decretar la suspensión de los efectos del acto de homologación cuando se alegare que su aplicación genera distorsiones económicas graves.
¿Se prevé un régimen para los trabajadores de plataformas digitales?
El proyecto define una nueva categoría laboral para el sector de las aplicaciones. Crea la figura de repartidor independiente y habilita la libertad de formas de contrato. La iniciativa establece que este vínculo no constituye una relación laboral, sino un contrato de servicio independiente.
¿Se limita el derecho de huelga?
La reforma fija porcentajes mínimos de funcionamiento durante las huelgas, según el tipo de actividad. Los servicios “esenciales” deberán asegurar una cobertura del 75%, mientras que los servicios “trascendentales”, al menos el 50%. El proyecto amplía el número de actividades alcanzadas: se incluyen, entre otros, los servicios educativos en sus tres niveles. Las fuerzas de seguridad deberán prestar cobertura en un 100%. Las asambleas de trabajadores tendrán que contar con autorización previa del empleador.
¿Qué estatutos se derogan?
Se derogarán cuatro estatutos profesionales (viajante de comercio, peluquero, choferes particulares y operadores de radio/telegrafía) transcurridos seis meses de la sanción de la ley. El estatuto del periodista profesional se derogará a partir del 1° de enero de 2027.
La reforma contiene una serie de incentivos impositivos para la contratación de nuevos trabajadores y para la registración de aquellos que están en la informalidad. El objetivo es alentar la creación de empleo registrado, aunque los críticos señalan que estos beneficios tributarios a los empleadores contribuirán a desfinanciar el sistema previsional.
¿Qué beneficios impositivos se proponen para formalizar a los trabajadores no registrados?
El proyecto propone un programa de Promoción del Empleo Registrado (PER) destinado a regularizar relaciones laborales no registradas o deficientes, extinguiendo sanciones, deudas y acciones penales. La reglamentación correrá por cuenta del PEN una vez aprobada la ley.
¿Se prevé un nuevo blanqueo laboral?
En los hechos, sí, sostiene la oposición. El programa incluye la condonación de hasta el 70% de deudas por capital e intereses cuando esta tenga origen en la falta de pago de aportes y contribuciones a la seguridad social, la baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal) y la extinción de la acción penal prevista en el artículo 16 del Régimen Penal Tributario.
¿Qué incentivos se proponen para contratar nuevos trabajadores?
El proyecto crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), programa que tendrá un año de duración. Por cada nuevo trabajador, el empleador pagará menores contribuciones patronales (solo un 8%, incluido el 3% destinado al Fondo de Indemnizaciones). Las nuevas incorporaciones deberán cumplir con alguna de estas condiciones: no haber tenido una relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025, haber estado inscripto en el monotributo o haber sido empleado público.
La reforma introduce modificaciones en la ley de Organización y Procedimiento de la Justicia Nacional del Trabajo con el propósito de acelerar el traspaso del fuero laboral nacional -adverso a las políticas del Gobierno- a la órbita de la ciudad de Buenos Aires.
¿Qué plantea la iniciativa para reducir la litigiosidad?
Se establece que los acuerdos entre trabajadores y empleadores que se firmen ante la Justicia o una autoridad laboral y sean homologados tendrán el mismo valor que una sentencia firme; es decir, no podrán reabrirse luego en los tribunales, lo que busca reducir la litigiosidad. Asimismo, se imponen topes en los honorarios de los abogados y peritos. En los juicios laborales, el pago de las costas procesales, incluidos los honorarios profesionales, no excederán del 25% del monto de la sentencia.
¿Qué pasará con la Justicia Nacional del Trabajo?
Se incorpora como anexo el convenio firmado entre la Nación y el gobierno porteño que establece el progresivo traspaso de la Justicia Nacional de Trabajo y la transferencia de las competencias y funciones en materia laboral ordinarias a la justicia porteña por un lado, y la derivación de competencias en materia laboral de carácter federal a los juzgados en lo contencioso administrativo federal. La Nación se compromete a transferir al gobierno porteño los recursos correspondientes.
Fue uno de los capítulos más conflictivos de la reforma hasta que el Gobierno accedió, por presión de los gobernadores, a eliminar del texto la reducción del Impuesto a las Ganancias para las sociedades.
¿Habrá reducción de impuestos?
IVA: se propone su exención a la energía eléctrica utilizada en sistemas de riego para el sector agroindustrial
Internos: se elimina el gravamen a productos electrónicos; objetos suntuarios; automotores, motos, aeronaves y embarcaciones; celulares; seguros, y servicios de comunicación audiovisual.
¿Qué pasará con el financiamiento del INCAA?
En 2028 se dará de baja el fondo que financia la actividad cinematográfica, que se nutre de un impuesto del 10% sobre las entradas de cine, un 10% sobre la venta o alquiler de videogramas y un 25% de la recaudación del Enacom. El texto original preveía su eliminación inmediata.
Se crea Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) para incentivar medianas inversiones nacionales y extranjeras. Entre los beneficios se destaca la amortización acelerada y devolución anticipada de IVA a inversiones. Regirá por dos años.
¿Qué sectores podrán acogerse a este régimen? ¿A partir de qué monto?
Está destinado a pequeñas y medianas empresas interesadas en invertir en la la adquisición, elaboración, fabricación y/o importación de bienes muebles nuevos -excepto automóviles-, amortizables en el Impuesto a las Ganancias, así como a la realización de obras destinadas a actividades productivas en el país. El monto de las inversiones varía según la envergadura de la empresa, de U$S 150.000 a U$S 9 millones.
¿Qué beneficios impositivos contempla?
Posibilita la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias, es decir, permite a los beneficiarios depreciar sus inversiones productivas en plazos más cortos. Facilita, además, la devolución de saldos a favor de IVA generados por las inversiones, sujeta a un cupo presupuestario anual y a un plazo de tres períodos fiscales.
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POLITICA
La Junta Electoral del PJ bonaerense rechazó la lista del hermano del intendente de Tigre por presentar irregularidades

La Junta Electoral del PJ de la Provincia de Buenos Aires rechazó la lista encabezada por Mario Alberto Zamora, hermano de Julio Zamora, en el distrito Tigre, de cara a las elecciones internas locales, por presentar una serie de irregularidades, que incluyen faltantes en su nómina y avales falsos.
El plazo ordinario para la presentación de listas venció el 8 de febrero, aunque las prórrogas permitieron extender la recepción de candidaturas hasta las 2:00 de la madrugada del 9 de febrero. Las elecciones internas se realizarán el próximo 15 de marzo.
De esta manera, según consta en la resolución, a la que tuvo acceso Infobae, identificaron que la nómina presentada a nombre de Zamora omitió la integración de tres postulantes a congresales provinciales titulares al momento de cierre del plazo. Frente a esto, el apoderado de la lista intentó subsanar la omisión presentando la documentación faltante pasadas las 15 horas de ese mismo día, es decir fuera del término habilitado.

A su vez, la lista opositora, encabezada por Luis Samyn Ducó, presentó una impugnación formal el 13 de febrero, en la que argumentaron que la integración incompleta y la presentación extemporánea contravenían los requisitos fijados por el reglamento electoral. La Junta Electoral dio traslado de la impugnación a la lista Zamora para su respuesta, que fue recibida el 17 de febrero. Los respresentantes esgrimieron una supuesta inconsistencia en la comunicación institucional.
En este punto, recordaron que el artículo 2° del reglamento establece que la “Junta podrá notificar sus resoluciones generales o particulares personalmente a los interesados, por cédula al domicilio electrónico constituido o por publicación en el sitio web del Partido”.
El análisis de la autoridad partidaria estableció que el «incumplimiento en la integración completa constituye una falta insalvable y remarcó la vigencia del principio de preclusión, que impide la reapertura de etapas ya concluidas dentro del proceso electoral».
De hecho, en la resolución alegaron que “la inobservancia de dicho requisito esencial de presentación con la totalidad de los candidatos constituye una falta de carácter insalvable, por cuanto su incumplimiento deviene en una circunstancia obstativa para su oficialización”.
En este contexto, remarcaron que la Cámara Nacional Electoral respalda este criterio bajo la doctrina del “sistema de esclusas”, que prohíbe corregir omisiones una vez cerrado el plazo y avanza a la fase siguiente, para asegurar la igualdad entre los contendientes y la transparencia del proceso. La Junta concluyó que la defensa de la lista impugnada carece de sustento ante la evidencia y el comportamiento del resto de las listas de la provincia, que cumplieron con los requisitos en tiempo y forma.
Otra de las cuestiones detectadas fueron irregulridades en los avales. Al respecto, indicaron que “algunos afiliados del distrito figuran como avalistas de la lista contraria”. Por esto, mencionaron: “Si bien es cierto que la invalidez de determinados avales no acarrea automáticamente la nulidad de una lista, se compromete la integridad de los mismos. Ello adunado, a mayor abundamiento, al incumplimiento señalado anteriormente”.
Por esto mismo, resolvieron no oficializar la lista encabezada por Zamora para consejeros distritales y congresales provinciales, correspondientes al distrito Tigre.
En el ámbito de la primera sección electoral bonaerense, todas las listas fueron sometidas a un análisis de conformidad con las formalidades y requisitos que establece la normativa interna del partido. El proceso incluyó tanto la revisión de los plazos como la validación de las condiciones legales para la oficialización de candidaturas, de acuerdo con los procedimientos definidos por la autoridad partidaria.
Tras esto, la lista que fue oficializada en Tigre este jueves es la encabezada por Luis Emilio Samyn Duco, puesto que cumplió con todas las condiciones previstas.
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