POLITICA
De cuánto es la multa por no ir a votar en las elecciones de la Ciudad 2025

Los porteños habilitados para votar en las elecciones legislativas en CABA (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) deberán presentarse este domingo 18 de mayo en sus correspondientes mesas de votación, ya que es obligatorio por ley. Sin embargo, quienes por algún motivo no puedan hacerlo, deben conocer en detalle qué pasa si no votan hoy en las elecciones de CABA 2025, que renovarán parcialmente la Legislatura porteña.
De acuerdo a lo que figura en el Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no se impondrá sanción por dejar de emitir su voto a los siguientes electores:
Si el votante no puede asistir a los comicios, por pertenecer a alguno de estos grupos, deberá cargar la justificación de su ausencia en el apartado de infractores de la justicia electoral.
Para evitar una multa, es necesario subir al sitio oficial la constancia o certificado hasta el día de la elección, según informa el gobierno porteño en el apartado de preguntas frecuentes sobre esta elección.
El monto de la penalidad depende de la cantidad de inasistencias. Después del plazo de 60 días hábiles, el elector pasa a formar parte del Registro de Infractores al Deber de Votar.
La sanción está definida en el artículo 125 del CNE: “Se impondrá multa de cincuenta pesos a quinientos pesos al elector mayor de dieciocho años y menor de 70 años de edad que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional electoral dentro de los sesenta días de la respectiva elección”.
La legislación va más allá, ya que asegura que “el infractor incluido en el Registro de Infractores al Deber de Votar establecido en el artículo 18 no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección”. Asimismo, se prevé la prohibición de realizar trámites municipales, provinciales o nacionales por un año.
De acuerdo al artículo 12 del Código Electoral Nacional, las personas que quedan exentas de la obligación de sufragar en las elecciones son las siguientes:
Estas elecciones mantendrán el sistema de Boleta Única Electrónica (BUE), según definió el Instituto de Gestión Electoral (IGE) de la Ciudad de Buenos Aires mediante una resolución. De esta forma, los sistemas electrónicos van a ser nuevamente incorporados en los procedimientos de emisión del voto, escrutinio de mesa y transmisión de resultados provisorios en la elección del 18 de mayo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
A continuación, los pasos a seguir para votar a través del sistema de Boleta Única Electrónica:
POLITICA
Qué es la Reforma Laboral de Javier Milei que aprobó Diputados y cuáles son los principales puntos

El gobierno de Javier Milei consiguió aprobar en la Cámara de Diputados el proyecto de reforma laboral que ya tenía media sanción del Senado. Al haberse eliminado el artículo 44, que imponía descuentos a los trabajadores que faltaran por enfermedades o lesiones, el texto volverá a la Cámara alta para su sanción definitiva. Con poco más de 200 artículos, la reforma está agrupada en en cinco ejes temáticos: modificaciones diversas a la actual modalidad laboral; incentivos a la formalización de trabajadores y creación de empleo; una nueva dinámica en la justicia laboral para desalentar la llamada “industria del juicio”; una reforma tributaria acotada y beneficios fiscales destinadas a medianas inversiones.
A continuación se presenta un detalle de los aspectos principales del proyecto, incluidas las modificaciones ya incorporadas.
El proyecto incorpora cambios profundos en las relaciones de trabajo, flexibiliza las condiciones de contratación y modifica sustancialmente el esquema de indemnizaciones.
¿Habrá cambios en las remuneraciones?
Los salarios deben ser pagados en dinero, sea en moneda nacional o extranjera, especie, habitación o alimentos. Se incorpora el concepto de “salario dinámico”, que puede ser acordado en los convenios colectivos, regionales o por empresa e incluso por decisión del empleador, como pagos al “mérito personal” del trabajador o productividad. Los únicos habilitados para el pago de salarios serán las entidades bancarias (se eliminó la posibilidad de incorporar a las billeteras virtuales).
En caso de despido, ¿cómo se calcularán las indemnizaciones?
Se propone una reducción de la base de cálculo: ya no se considerarán conceptos como vacaciones, el aguinaldo, propinas o premios. Se impone un tope salarial como base remuneratoria, que no puede exceder 3 veces el salario promedio mensual según el convenio colectivo aplicable a la categoría del trabajador. Para desalentar discrecionalidades en litigios judiciales, las indemnizaciones se actualizarán por inflación más un plus del 3% anual. En estos casos, las sentencias podrán ser canceladas en un plazo de 6 cuotas mensuales consecutivas si se trata de grandes empresas. El plazo se estira a 12 cuotas para las pymes.
¿Quién pagará las indemnizaciones por despido?
Se crean los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), que serán cuentas específicas e inembargables que conformarán los empleadores con el aporte obligatorio y mensual de un porcentaje de las contribuciones patronales. Será del 1% para las grandes empresas y del 2,5% para las pymes. La administración de los recursos recaerá en la Comisión Nacional de Valores. Los críticos de este esquema advierten que con esta reducción de las contribuciones patronales se desfinanciará el actual sistema previsional para abaratar los despidos.
¿Qué pasará con las vacaciones?
El empleador deberá conceder el goce de vacaciones durante el período entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente. Las partes pueden acordar disponerlas fuera de dicho período. También de mutuo acuerdo el empleador y el trabajador podrán convenir el fraccionamiento de las vacaciones siempre que cada uno de los tramos no sea inferior a 7 días.
¿Se reducirán o se extenderán las jornadas laborales?
Se establece la posibilidad de ampliar la jornada laboral diaria de 8 a 12 horas siempre que se respete el descanso de 12 horas entre días de trabajo. Respecto de las horas extra, el empleador y el trabajador podrán acordar de manera voluntaria un régimen de compensación a partir de un banco de horas o bien francos compensatorios. Se incorporan los contratos a tiempo parcial por un período de tiempo inferior a la jornada legal.
Enfermedades y accidentes de trabajo
Este era el polémico artículo 44 de la iniciativa, incorporado por el Senado, que fue eliminado del proyecto que se discutirá en Diputados. Establecía que si un trabajador sufre un accidente o enfermedad ajenos a sus tareas laborales, recibirá el 50% de su salario básico durante 3 meses si no tiene personas a cargo o 6 meses si las tiene, siempre que el hecho derive de una actividad voluntaria y consciente. Si la incapacidad no resulta de una acción voluntaria y riesgosa, el trabajador recibirá el 75% de su salario en los mismos plazos. Se regula el trámite de aviso de enfermedad y los controles médicos, incluyendo la facultad del empleador de designar médico y el uso de juntas médicas ante discrepancias. Al desaparecer este artículo, las licencias se seguirán pagando como en la actualidad.
Antigüedad del trabajador
Se la computará desde el inicio de la relación laboral, incluyendo los sucesivos contratos a plazo que las partes hubieran celebrado. Asimismo, se computará como antigüedad el tiempo de servicio anterior en los casos en que el trabajador hubiese cesado por cualquier causa y reingrese bajo las órdenes del mismo empleador, salvo si hubiese transcurrido un plazo de tres años entre la desvinculación y su reingreso. En ese caso la antigüedad del tiempo de servicio anterior no será computada.
¿Qué pasará con las cajas sindicales?
Este punto recibió importantes modificaciones a favor de los gremios. Se mantendrá en el 6% la alícuota de aportes patronales que deberán hacer los empleadores a las obras sociales. Permanece vigente la llamada “cuota sindical” compulsiva que pagan los trabajadores (estén o no afiliados) a los gremios, aunque con un tope del 2% del salario mensual y por dos años. El tope baja al 0,5% en los aportes a las cámaras empresarias. Los empleadores seguirán siendo agentes de retención de las cuotas de afiliación a los gremios. El Gobierno mantiene firme la prioridad de los acuerdos de empresa o regionales por sobre los convenios sectoriales (los sindicatos no lograron revertir el artículo que limita la ultraactividad de los convenios colectivos).
Negociación de los convenios colectivos
El Gobierno mantiene firme la prioridad de los acuerdos de empresa o regionales por sobre los convenios sectoriales. En el caso de los convenios que estuviesen vencidos, el Ministerio de Capital Humano convocará a las partes para renegociar dichos convenios. En los convenios vigentes por ultraactividad, por petición de cualquiera de las partes legitimadas, el PEN podrá decretar la suspensión de los efectos del acto de homologación cuando se alegare que su aplicación genera distorsiones económicas graves.
¿Se prevé un régimen para los trabajadores de plataformas digitales?
El proyecto define una nueva categoría laboral para el sector de las aplicaciones. Crea la figura de repartidor independiente y habilita la libertad de formas de contrato. La iniciativa establece que este vínculo no constituye una relación laboral, sino un contrato de servicio independiente.
¿Se limita el derecho de huelga?
La reforma fija porcentajes mínimos de funcionamiento durante las huelgas, según el tipo de actividad. Los servicios “esenciales” deberán asegurar una cobertura del 75%, mientras que los servicios “trascendentales”, al menos el 50%. El proyecto amplía el número de actividades alcanzadas: se incluyen, entre otros, los servicios educativos en sus tres niveles. Las fuerzas de seguridad deberán prestar cobertura en un 100%. Las asambleas de trabajadores tendrán que contar con autorización previa del empleador.
¿Qué estatutos se derogan?
Se derogarán cuatro estatutos profesionales (viajante de comercio, peluquero, choferes particulares y operadores de radio/telegrafía) transcurridos seis meses de la sanción de la ley. El estatuto del periodista profesional se derogará a partir del 1° de enero de 2027.
La reforma contiene una serie de incentivos impositivos para la contratación de nuevos trabajadores y para la registración de aquellos que están en la informalidad. El objetivo es alentar la creación de empleo registrado, aunque los críticos señalan que estos beneficios tributarios a los empleadores contribuirán a desfinanciar el sistema previsional.
¿Qué beneficios impositivos se proponen para formalizar a los trabajadores no registrados?
El proyecto propone un programa de Promoción del Empleo Registrado (PER) destinado a regularizar relaciones laborales no registradas o deficientes, extinguiendo sanciones, deudas y acciones penales. La reglamentación correrá por cuenta del PEN una vez aprobada la ley.
¿Se prevé un nuevo blanqueo laboral?
En los hechos, sí, sostiene la oposición. El programa incluye la condonación de hasta el 70% de deudas por capital e intereses cuando esta tenga origen en la falta de pago de aportes y contribuciones a la seguridad social, la baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal) y la extinción de la acción penal prevista en el artículo 16 del Régimen Penal Tributario.
¿Qué incentivos se proponen para contratar nuevos trabajadores?
El proyecto crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), programa que tendrá un año de duración. Por cada nuevo trabajador, el empleador pagará menores contribuciones patronales (solo un 8%, incluido el 3% destinado al Fondo de Indemnizaciones). Las nuevas incorporaciones deberán cumplir con alguna de estas condiciones: no haber tenido una relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025, haber estado inscripto en el monotributo o haber sido empleado público.
La reforma introduce modificaciones en la ley de Organización y Procedimiento de la Justicia Nacional del Trabajo con el propósito de acelerar el traspaso del fuero laboral nacional -adverso a las políticas del Gobierno- a la órbita de la ciudad de Buenos Aires.
¿Qué plantea la iniciativa para reducir la litigiosidad?
Se establece que los acuerdos entre trabajadores y empleadores que se firmen ante la Justicia o una autoridad laboral y sean homologados tendrán el mismo valor que una sentencia firme; es decir, no podrán reabrirse luego en los tribunales, lo que busca reducir la litigiosidad. Asimismo, se imponen topes en los honorarios de los abogados y peritos. En los juicios laborales, el pago de las costas procesales, incluidos los honorarios profesionales, no excederán del 25% del monto de la sentencia.
¿Qué pasará con la Justicia Nacional del Trabajo?
Se incorpora como anexo el convenio firmado entre la Nación y el gobierno porteño que establece el progresivo traspaso de la Justicia Nacional de Trabajo y la transferencia de las competencias y funciones en materia laboral ordinarias a la justicia porteña por un lado, y la derivación de competencias en materia laboral de carácter federal a los juzgados en lo contencioso administrativo federal. La Nación se compromete a transferir al gobierno porteño los recursos correspondientes.
Fue uno de los capítulos más conflictivos de la reforma hasta que el Gobierno accedió, por presión de los gobernadores, a eliminar del texto la reducción del Impuesto a las Ganancias para las sociedades.
¿Habrá reducción de impuestos?
IVA: se propone su exención a la energía eléctrica utilizada en sistemas de riego para el sector agroindustrial
Internos: se elimina el gravamen a productos electrónicos; objetos suntuarios; automotores, motos, aeronaves y embarcaciones; celulares; seguros, y servicios de comunicación audiovisual.
¿Qué pasará con el financiamiento del INCAA?
En 2028 se dará de baja el fondo que financia la actividad cinematográfica, que se nutre de un impuesto del 10% sobre las entradas de cine, un 10% sobre la venta o alquiler de videogramas y un 25% de la recaudación del Enacom. El texto original preveía su eliminación inmediata.
Se crea Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) para incentivar medianas inversiones nacionales y extranjeras. Entre los beneficios se destaca la amortización acelerada y devolución anticipada de IVA a inversiones. Regirá por dos años.
¿Qué sectores podrán acogerse a este régimen? ¿A partir de qué monto?
Está destinado a pequeñas y medianas empresas interesadas en invertir en la la adquisición, elaboración, fabricación y/o importación de bienes muebles nuevos -excepto automóviles-, amortizables en el Impuesto a las Ganancias, así como a la realización de obras destinadas a actividades productivas en el país. El monto de las inversiones varía según la envergadura de la empresa, de U$S 150.000 a U$S 9 millones.
¿Qué beneficios impositivos contempla?
Posibilita la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias, es decir, permite a los beneficiarios depreciar sus inversiones productivas en plazos más cortos. Facilita, además, la devolución de saldos a favor de IVA generados por las inversiones, sujeta a un cupo presupuestario anual y a un plazo de tres períodos fiscales.
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POLITICA
La Junta Electoral del PJ bonaerense rechazó la lista del hermano del intendente de Tigre por presentar irregularidades

La Junta Electoral del PJ de la Provincia de Buenos Aires rechazó la lista encabezada por Mario Alberto Zamora, hermano de Julio Zamora, en el distrito Tigre, de cara a las elecciones internas locales, por presentar una serie de irregularidades, que incluyen faltantes en su nómina y avales falsos.
El plazo ordinario para la presentación de listas venció el 8 de febrero, aunque las prórrogas permitieron extender la recepción de candidaturas hasta las 2:00 de la madrugada del 9 de febrero. Las elecciones internas se realizarán el próximo 15 de marzo.
De esta manera, según consta en la resolución, a la que tuvo acceso Infobae, identificaron que la nómina presentada a nombre de Zamora omitió la integración de tres postulantes a congresales provinciales titulares al momento de cierre del plazo. Frente a esto, el apoderado de la lista intentó subsanar la omisión presentando la documentación faltante pasadas las 15 horas de ese mismo día, es decir fuera del término habilitado.

A su vez, la lista opositora, encabezada por Luis Samyn Ducó, presentó una impugnación formal el 13 de febrero, en la que argumentaron que la integración incompleta y la presentación extemporánea contravenían los requisitos fijados por el reglamento electoral. La Junta Electoral dio traslado de la impugnación a la lista Zamora para su respuesta, que fue recibida el 17 de febrero. Los respresentantes esgrimieron una supuesta inconsistencia en la comunicación institucional.
En este punto, recordaron que el artículo 2° del reglamento establece que la “Junta podrá notificar sus resoluciones generales o particulares personalmente a los interesados, por cédula al domicilio electrónico constituido o por publicación en el sitio web del Partido”.
El análisis de la autoridad partidaria estableció que el «incumplimiento en la integración completa constituye una falta insalvable y remarcó la vigencia del principio de preclusión, que impide la reapertura de etapas ya concluidas dentro del proceso electoral».
De hecho, en la resolución alegaron que “la inobservancia de dicho requisito esencial de presentación con la totalidad de los candidatos constituye una falta de carácter insalvable, por cuanto su incumplimiento deviene en una circunstancia obstativa para su oficialización”.
En este contexto, remarcaron que la Cámara Nacional Electoral respalda este criterio bajo la doctrina del “sistema de esclusas”, que prohíbe corregir omisiones una vez cerrado el plazo y avanza a la fase siguiente, para asegurar la igualdad entre los contendientes y la transparencia del proceso. La Junta concluyó que la defensa de la lista impugnada carece de sustento ante la evidencia y el comportamiento del resto de las listas de la provincia, que cumplieron con los requisitos en tiempo y forma.
Otra de las cuestiones detectadas fueron irregulridades en los avales. Al respecto, indicaron que “algunos afiliados del distrito figuran como avalistas de la lista contraria”. Por esto, mencionaron: “Si bien es cierto que la invalidez de determinados avales no acarrea automáticamente la nulidad de una lista, se compromete la integridad de los mismos. Ello adunado, a mayor abundamiento, al incumplimiento señalado anteriormente”.
Por esto mismo, resolvieron no oficializar la lista encabezada por Zamora para consejeros distritales y congresales provinciales, correspondientes al distrito Tigre.
En el ámbito de la primera sección electoral bonaerense, todas las listas fueron sometidas a un análisis de conformidad con las formalidades y requisitos que establece la normativa interna del partido. El proceso incluyó tanto la revisión de los plazos como la validación de las condiciones legales para la oficialización de candidaturas, de acuerdo con los procedimientos definidos por la autoridad partidaria.
Tras esto, la lista que fue oficializada en Tigre este jueves es la encabezada por Luis Emilio Samyn Duco, puesto que cumplió con todas las condiciones previstas.
POLITICA
Reforma laboral: uno por uno, así votó cada diputado el proyecto del Gobierno

La Cámara de Diputados aprobó en la madrugada del viernes el proyecto de reforma laboral del Gobierno y giró la iniciativa al Senado para su sanción final. El oficialismo logró aval por 135 votos positivos contra 115 negativos.
La aprobación llegó después de una caldeada sesión, marcada por varios cruces. La oposición buscó hacer caer la sesión y el oficialismo contraatacó al votar la interrupción en la lista de oradoras y pautar una votación para cerca de las 22.
Sin embargo, la Libertad Avanza eliminó esa moción a cambio de un compromiso para que la oposición cesara en sus agresiones verbales a los diputados que votarían por la reforma laboral.
Los 135 votos positivos, según los bloques:
Votaron a favor:
La Libertad Avanza (95)
- Sabrina Ajmechet
- Carlos Alberto Almena
- Lisandro Almirón
- Barbara Andreussi
- Pablo Ansaloni
- Damián Arabia
- Belén Avico
- Atilio Basualdo
- Mónica Becerra
- Beltrán Benedit
- Bertie Benegas Lynch
- Rocío Bonacci
- Alejandro Bongiovanni
- Gabriel Bornoroni
- Adrián Brizuela
- Eliana Bruno
- Mariano Campero
- Alejandro Carrancio
- Giselle Castelnuovo
- Abel Chiconi
- Facundo Correa Llano
- Romina Diez
- Nicolás Emma
- Alejandro Fargosi
- Alida Ferreyra
- Sergio Figliuolo
- Maria Gabriela Flores
- Maira Frias
- Virginia Gallardo
- Álvaro García
- Carlos García
- Silvana Giudici
- Rosario Goitia
- Alfredo Gonzales
- María Luisa González Estevarena
- Maura Gruber
- Jairo Guzmán
- Diego Hartfield
- Patricia Holzman
- Gerardo Huesen
- Gladys Humenuk
- María Cecilia Ibañez
- Andrés Ariel Laumann
- Lilia Lemoine
- Andrés Leone
- Mercedes Llano
- Enrique Lluch
- Johanna Sabrina Longo
- Lorena Macyszyn
- Álvaro Martínez
- Nicolás Mayoraz
- Martín Menem
- Julieta Metral Asensio
- Soledad Molinuevo
- Soledad Mondaca
- Juan Pablo Montenegro
- Guillermo Montenegro
- Francisco Morchio
- Julio Moreno Ovalle
- Gabriela Luciana Muñoz
- Miriam Niveyro
- Joaquín Ojeda
- Sebastián Pareja
- Marcos Patiño Brizuela
- Santiago Pauli
- Agustín Pellegrini
- Federico Agustín Pelli
- José Peluc
- Luis Petri
- María Lorena Petrovich
- Luis Albino Picat
- María Celeste Ponce
- Manuel Quintar
- Valentina Ravera
- Adrián Ravier
- Verónica Razzini
- Karen Reichardt
- Gastón Riesco
- Gonzalo Roca
- Miguel Rodríguez
- Laura Elena Rodríguez Machado
- Juliana Santillán Juárez Brahim
- Santiago Santurio
- Laura Soldano
- Yamile Tomassoni
- Rubén Darío Torres
- Aníbal Tortoriello
- José Federico Tournier
- César Treffinger
- Hernán Urien
- Patricia Vásquez
- Andrea Fernanda Vera
- Lorena Villaverde
- Gino Visconti
- Carlos Raúl Zapata
PRO (12)
- Martín Ardohain
- Emmanuel Bianchetti
- Fernando de Andreis
- María Florencia De Sensi
- Daiana Fernández Molero
- Alejandro Finocchiaro
- Alicia Fregonese
- Antonela Giampieri
- Álvaro González
- Cristian A. Ritondo
- Javier Sánchez Wrba
- Martín Yeza
Producción y Trabajo (2)
- Carlos Gustavo Jaime Quiroga
- Nancy Viviana Picón Martínez
UCR – Unión Cívica Radical (6)
- Guillermo César Agüero
- Gerardo Cipolini
- Diógenes Ignacio González
- Lisandro Nieri
- Darío Schneider
- Pamela Fernanda Verasay
Innovación Federal (9)
- Claudio Álvarez
- Alberto Arrúa
- Bernardo Biella
- Gerardo Gustavo González
- Oscar Herrera
- Pablo Outes
- Yamila Ruíz
- Daniel Vancsik
- Yolanda Vega
Independencia (2)
- Elia Marina Fernández
- Gladys Medina
Elijo Catamarca (3)
- Fernanda Avila
- Fernando Monguillot
- Sebastián Nóblega
La Neuquinidad (1)
- Karina Maureira
MID – Movimiento de Integración y Desarrollo (2)
- Eduardo Falcone
- Oscar Zago
Votaron en contra
Adelante Buenos Aires (1)
- Karina Banfi
Coalición Cívica (2)
- Maximiliano Ferraro
- Mónica Frade
Coherencia (1)
- Marcelo Pagano
Defendamos Córdoba (1)
- Natalia de la Sota
Encuentro Federal (2)
- Nicolás Massot
- Miguel Ángel Pichetto
Frente de Izquierda y de los Trabajadores (3)
- Myriam Bregman
- Nicolás del Caño
- Romina Del Plá
- Nestor Pitrola
Por Santa Cruz (1)
- José Luis Garrido
Primero San Luis (1)
- Jorge Fernández
Provincias Unidas (15)
- Lourdes Micaela Arrieta
- Jorge Antonio Avila
- Carolina Basualdo
- Juan Fernando Brügge
- Sergio Eduardo Capozzi
- Mariela Coletta
- Pablo Farías
- Carlos Gutiérrez
- Pablo Juliano
- Martín Lousteau
- José Nuñez
- Esteban Paulón
- Jorge Rizzotti
- Gisela Scaglia
- María Inés Zigarán
Unión por la Patria (91)
- Hilda Aguirre
- Ernesto “Pipi” Alí
- Cristian Andino
- Javier Andrade
- Jorge Neri Araujo Hernández
- Martín Aveiro
- Marcelo Barbur
- Luis Eugenio Basterra
- Gustavo Bordet
- Alejandrina Borgatta
- Santiago Cafiero
- Celia Campitelli
- Julieta Marisol Campo
- Lucía Cámpora
- Florencia Carignano
- Carlos Daniel Castagneto
- Jorge Chica
- Carlos Cisneros
- Ricardo Daives
- María Graciela de la Rosa
- Fernanda Díaz
- Sergio Dolce
- Gabriela Beatriz Estévez
- Emir Félix
- Abelardo Ferrán
- Andrea Freites
- Sebastián Galmarini
- María Teresa García
- Diego A. Giuliano
- José Glinski
- José Gomez
- Juan Grabois
- Ramiro Gutiérrez
- Raúl Hadad
- Itai Hagman
- Ana María Ianni
- Máximo Kirchner
- Moira Lanesan Sancho
- Aldo Leiva
- Jimena López
- Cecilia López Pasquali
- Juan Pablo Luque
- Marcelo Mango
- Mario Manrique
- Marianela Marclay
- Varinia Lis Marín
- Juan Marino
- Germán Martínez
- Guillermo Michel
- Fernanda Miño
- Juan Carlos Molina
- Matías Molle
- Roxana Monzón
- Cecilia Moreau
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- Sergio Omar Palazzo
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- Paula Andrea Penacca
- Horacio Pietragalla Corti
- Lorena Pokoik
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- Ariel Rauschenberger
- Santiago Luis Roberto
- Agustín Oscar Rossi
- Marina Dorotea Salzmann
- Nancy Sand
- Sabrina Selva
- Adriana Cristina Serquis
- Vanesa Raquel Siley
- Guillermo Snopek
- Julia Strada
- Jorge Taiana
- Rodolfo Tailhade
- Caren Tepp
- Pablo Todero
- Victoria Tolosa Paz
- Nicolás Alfredo Trotta
- Eduardo Félix Valdés
- M. Elena Velázquez
- Luana Volnovich
- Hugo Yasky
- Pablo Raúl Yedlin
- Natalia Zaracho
- Christian Alejandro Zulli
Ausentes
- Sergio Guillermo Casas (UxP)
- Ignacio García Aresca (Provincias Unidas)
- Javier Noguera (Independencia)
- Juan Schiaretti (Provincias Unidas)
- Paulo Agustín Tita (UxP)
- Alejandra Torres (Provincias Unidas)
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