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Fentanilo contaminado: ordenaron a las provincias informar las muertes producidas por las bacterias identificadas

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La Justicia ordenó a las provincias informar la totalidad de las muertes producidas por las dos bacterias halladas en el fentanilo contaminado.

El juez Ernesto Kreplak estima que el número de fallecidos por la aplicación de la droga producida por el laboratorio HLB Pharma supera a las 33 informadas por el Ministerio de Salud. La mayoría de las víctimas se registraron en Santa Fe y la provincia de Buenos Aires.

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Frente a esto, el magistrado federal instó a los ministerios de Salud de todo el país que le informen el nombre y apellido de “todos” los pacientes fallecidos y/o infectados con las dos bacterias, la Ralstonia pickettii y Klebsiella pneumoniae, que producen, entre otras enfermedades, neumonía.

Al menos dos ministros y un secretario de Salud consultados por Infobae sobre la medida dispuesta por el titular del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N.º 3 de La Plata calificaron que la tarea será desde ya “ardua para todo el sistema”.

Ahora, los funcionarios deberán bajar la orden a los efectores públicos, pero también se deberá escanear el sector privado. De hecho, los 18 primeros casos, de los cuales 15 fallecieron, se registraron en el Hospital Italiano de La Plata. Hasta ahora, el Instituto Malbrán informó al juzgado que ya son 33 fallecidos en todo el país, pero se estima que la cifra es aún mayor.

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El Ministerio de Salud confirmó la muerte de 33 personas por fentanilo contaminado

Kreplak entiende que no todas las clínicas y hospitales públicos denunciaron o registraron la muerte por esos dos tipos de bacterias que no son comunes de ser contraídas en una internación.

El juez también pidió la lista de pacientes a los que se los trató médicamente con fentanilo de HLB Pharma y de manera especial si se utilizó la siguiente partida: “Fentanilo HLB/ Citrato de Fentanilo, concentración 0,05 mg/ml, lote 31202, vencimiento 09/26; Certificado N° 53.100”.

En su comunicación a las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), el juez Kreplak recordó que la ANMAT, a través de la Disposición N° 3156/25, el 13 de mayo, prohibió utilizar el fentanilo de uso clínico elaborado por HLB Pharma.

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Por segunda vez, el juez Ernesto Kreplak ordeno el allanamiento de Laboratorios Ramallo y HLB Pharma

En la disposición del organismo de control, no se informa que ese lote de medicamento produjo muertes. Solo se advierte que: “La medida se inició a partir de una notificación recibida de una institución hospitalaria privada de la provincia de Buenos Aires sobre un presunto desvío de calidad del producto, titularidad de la firma HLB PHARMA GROUP S.A.”.

Según lo informado en el reporte, presenciaron un brote de Klebsiella pneumoniae MBL y Ralstonia pickettii, microorganismos que no forman parte de la comunidad intrahospitalaria, y del análisis de los casos descubrieron que los pacientes afectados habían recibido la administración de Fentanilo HLB.

“Ante este hallazgo —continúa la disposición de la ANMAT mencionada por el juez de La Plata—, el servicio de Farmacia y Microbiología del hospital tomó muestras de las ampollas que tenían en circulación y las cultivaron en caldo de enriquecimiento. De las 12 muestras de HLB que se cultivaron, 10 fueron positivas para crecimiento bacteriano y al observarse en el microscopio y hacer la tipificación de dichos microorganismos, los cultivos salieron positivos para Klebsiella pneumoniae MBL pura y Ralstonia pickettii”.

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La ANMAT prohibió que se utilice el fentanilo de HLB Pharma el 13 de mayo

El juzgado no solo apuesta por conocer la totalidad de infectados y fallecidos en todo el país a causa de la contaminación cruzada en el fentanilo, sino también en “el recupero —recall— del fentanilo adulterado”.

El lunes por la mañana, el juzgado dispuso, por segunda vez, el allanamiento de HLB Pharma y de su elaborador exclusivo Laboratorios Ramallo, y de tres droguerías que compraron y vendieron el medicamento.

Los fallecidos y casos sospechosos

El 23 de mayo Claudia Perandones, titular de la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud, Dr. Carlos G. Malbrán (ANLIS), le informó al juez Kreplak que hasta esa fecha en todo el país existen “69 casos sospechosos” de pacientes contaminados con el fentanilo de HLB Pharma “y 33 personas fallecidas”.

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En el reporte, Perandones identificó las provincias y lugares en los cuales se les aplicó el medicamento contaminado:

  • Hospital Italiano de La Plata (provincia de Buenos Aires) registró 15 personas fallecidas”.
  • “En el Sanatorio Dupuytren de CABA 1 persona fallecida”
  • “En el Hospital Clemente Álvarez, de Rosario, Santa Fe, 6 personas fallecidas”.
  • “En el Hospital Cullen de Santa Fe 1 persona fallecida”.
  • “En el Hospital Italiano de Rosario 1 persona fallecida”.
  • “En el Sanatorio Parque de Rosario, 9 personas fallecidas.

Es decir, —continúa el reporte— “15 personas fallecidas en la provincia de Buenos Aires, 1 en el ámbito de la CABA y 17 en la provincia de Santa Fe“.

En su declaración testimonial, la médica fue contundente al expresar que lo más importante del reporte que le entregó al magistrado es que: “Existe una concordancia entre la identidad de los agentes patógenos que se identificaron en los aislamientos de los hemocultivos de los pacientes y los aislamientos de los viales de fentanilos remitidos por personal del Hospital Italiano de La Plata. Ello habla de una fuente común”.

En el Instituto Malbrán determinaron que 33 personas murieron por la contaminación del fentanilo de HLB Pharma (EFE)

La profesional concluyó que: “Los aislamientos de Klebsiella pneumoniae procedentes de las muestras del producto fentanilo HLB derivadas por INAME-ANMAT al ANLIS el día 17/5/2025 presentan identidad fenotípica, identidad molecular y genómica con los aislamientos de Klebsiella pneumoniae procedentes de las muestras de los hemocultivos de los pacientes de los pacientes fallecidos en el Hospital Italiano de La Plata; el Hospital Dr. Cullen de Santa Fe; Sanatorio Parque de Rosario y de los aislamientos recuperados de muestras de fentanilo HLB lote 31202 con vencimiento septiembre 2026 remitidas por el Hospital Italiano de La Plata al ANLIS-MALBRAN”.

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Esa declaración, y la documentación acumulada en el expediente, sumado a la certeza de que existen más casos de fallecidos por el fentanilo contaminado, llevó al magistrado a solicitar a las clínicas, hospitales, sanatorios de todo el país, públicos y privados a relevar e informar los pacientes a los que se les suministró este medicamento que es un potente fármaco opiáceo sintético aprobado por la ANMAT para uso como analgésico (alivio del dolor) y anestésico.

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Revés para Chiqui Tapia: rechazan un pedido del empresario Faroni para que la Justicia federal investigue las maniobras de la AFA en EE.UU.

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Pese a los pedidos del empresario Javier Faroni, la Justicia ordinaria seguirá a cargo de la investigación de las supuestas maniobras de fraude que habría realizado la AFA en Estados Unidos.

La decisión fue tomada este jueves por la Cámara del Crimen porteña, a cargo del camarista Ignacio Rodríguez Varela, quien revocó un pedido de la defensa de Javier Faroni y Érica Gillette para declinar la competencia en favor del Juzgado Federal Criminal y Correccional N°2 de Lomas de Zamora, que investiga la causa contra Sur Finanzas.

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Leé también: Audios, transferencias y planillas: así habría sido la maniobra para traer dinero de la AFA desde el exterior

La resolución judicial surge luego de que Guillermo Luis Tofoni presentara una denuncia contra los directivos de la AFA por presunta administración fraudulenta, por la cual se habrían desviado cerca de 300 millones de dólares mediante contratos de partidos amistosos hacia sociedades extranjeras.

Inicialmente, el Ministerio Público Fiscal, a cargo de Silvana Russi, pretendía trasladar la causa a la Justicia Federal de Lomas de Zamora, argumentando que podría haber alguna vinculación con el delito de lavado de activos. A este pedido había adherido la defensa de Gabriela Gillete y Javier Faroni, dos de los imputados.

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La jueza de primera instancia, Paula Petazzi, accedió a la solicitud de declinación de competencia, y dictó una resolución a principio de enero, basándose en argumentos de identidad de hechos y conexidad con causas que tramitan ante el juez Luis Armella en Lomas de Zamora.

Sin embargo, Tofoni apeló la declinatoria y, este jueves, la Cámara revocó esta decisión al considerar que la defraudación es un delito común que debe ser investigado por el fuero nacional ordinario.

Leé también: “Chiqui” Tapia fijó domicilio en un predio donde se construye el museo de la AFA en Pilar que pertenece a la Municipalidad

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El tribunal subrayó que la competencia federal es excepcional y que los fraudes no se vuelven federales solo porque el monto sea elevado o involucren a una institución de gran relevancia como la AFA.

El fallo sostiene que no se pueden confundir las conductas de administración infiel con el lavado de activos que se investiga en el fuero federal. Mientras que el fraude busca “lesionar el patrimonio”, en este caso de la AFA, “el lavado de dinero protege el orden económico y financiero buscando dar apariencia lícita a bienes de origen delictivo”. Para el camarista, son hechos independientes que no justifican desplazar la causa de su juez natural.

Claudio «Chiqui» Tapia es uno de los imputados en la causa, (Foto: X/@AFA)

Por su parte, la Cámara señaló que no existe una superposición lógica entre esta causa y la que tramita en Lomas de Zamora. Advirtió que en el juzgado federal no hay un objeto procesal preciso respecto de la AFA, ya que esa investigación nació por irregularidades en el Club Banfield y solo se extendió a la asociación después de que se presentara esta denuncia.

A su vez, el tribunal aclaró que no existen normas que permitan unificar causas entre el fuero nacional y el federal por mera “conexidad”. La existencia de prueba común no autoriza a que la justicia federal absorba delitos de competencia ordinaria, ya que eso implicaría una “prórroga general” de la competencia cada vez que haya una hipótesis de lavado.

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El hecho ocurrió en la Ciudad de Buenos Aires, donde la AFA tiene su sede y domicilio legal en calle Viamonte, lo cual ratifica la competencia de la justicia nacional de la Capital Federal frente a la de Lomas de Zamora.

Cómo era la supuesta maniobra de fraude

Según la denuncia presentada por Guillermo Tofoni, el presidente de la entidad, Claudio “Chiqui” Tapia, y el tesorero Pablo Ariel Toviggino habrían montado una maniobra para desviar fondos millonarios a través de contratos con empresas fantasma.

La presentación judicial, radicada en Buenos Aires —donde funciona la sede de la AFA, en la calle Viamonte—, detalla que Tapia y Toviggino firmaron acuerdos con ProSport Live LLC y CRI para organizar al menos siete partidos amistosos de la Selección argentina. El dinero generado por esos encuentros, según la denuncia, terminó en cuentas de sociedades sin actividad real.

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Claudio “Chiqui” Tapia y Pablo Ariel Toviggino habrían montado una maniobra para desviar fondos millonarios. (Foto: NA.)
Claudio “Chiqui” Tapia y Pablo Ariel Toviggino habrían montado una maniobra para desviar fondos millonarios. (Foto: NA.)

De acuerdo a la acusación, los directivos de la AFA “defraudaron a la asociación que administran” en complicidad con Gabriela Erica Gillette y Javier Horacio Faroni, responsables de la firma Tour ProdEnter LLC. El contrato con esta empresa les permitió gestionar intereses y cobros en el extranjero, lo que habría facilitado el desvío de fondos fuera del patrimonio de la AFA.

Tofoni sostuvo que el dinero “defraudado” fue depositado primero en cuentas de Tour ProdEnter LLC, en un monto total de alrededor de 300 millones de dólares. Luego, la mayor parte de esos fondos se giró a nombre de al menos siete sociedades sin actividad real, integradas o dirigidas por personas vinculadas a los imputados.

Además, parte del dinero habría sido utilizado para pagar “servicios suntuosos”, como el alquiler de embarcaciones y aeronaves.

Chiqui Tapia, AFA, Javier Faroni

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Régimen penal juvenil: la baja de la edad de imputabilidad logra un apoyo contundente en la opinión pública, según las encuestas

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La baja de la edad de imputabilidad cuenta con un respaldo contundente en la opinión pública, según un conjunto de encuestas analizadas por . La modificación del piso para juzgar penalmente a un menor, actualmente establecido en 16 años, es el eje del proyecto de ley penal juvenil que impulsa el oficialismo, que este miércoles logró dictamen de comisión y se debatirá hoy en la Cámara de Diputados.

Un estudio de la consultora Opinaia indica que el 80% de los argentinos está de acuerdo con la iniciativa: 67 puntos corresponden a quienes se declaran “muy de acuerdo” y 14 a los que están “bastante de acuerdo”. Apenas el 15% de los encuestados la rechaza.

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Se trata de un apoyo transversal que alcanza a votantes de distintos espacios. Llega al 95% entre quienes votaron a La Libertad Avanza en las elecciones legislativas de octubre pasado y al 96% entre quienes optaron por Provincias Unidas. La adhesión es menor en Fuerza Patria (64%) y el Frente de Izquierda (65%), aunque en ambos casos se mantiene como mayoritaria. Los datos fueron relevados entre el 5 y el 9 de febrero.

El 95% de los votantes libertarios respalda la iniciativa, según OpinaiaOpinaia

En tanto, un relevamiento de la consultora Giacobbe muestra un 73,1% de apoyo a la iniciativa. Dentro de ese visto bueno, 63,6 puntos respaldan que la edad se reduzca a 13 años, mientras que 9,5 se inclinan por fijarla en 14.

El 63,6% de los consultados por Giacobbe están de acuerdo con bajar la edad de imputabilidad a los 13 añosGiacobbe

El oficialismo había impulsado este lunes por la mañana un proyecto para bajar la edad de imputabilidad a 13 años, pese al consenso logrado el año pasado con la oposición para fijarla en 14 años. Ante la resistencia, y la amenaza de perder el respaldo de sus aliados, esa misma noche terminó levantando su propia iniciativa.

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El 20,1% de los encuestados por Giacobbe prefieren mantener el piso de imputabilidad en 16 años. Se trata de la postura apoyada por el kirchnerismo en el Congreso. Los datos de la consultora fueron recolectados entre el 27 de enero y el 2 de febrero.

“Si se suman los que quieren bajar la imputabilidad a 13 y los que la quieren bajar a 14, es una mayoría muy amplia. Es evidente que, dentro de esos dos números, hay gente que votó a [Javier] Milei, [Mauricio] Macri, Cristina [Kirchner], [Sergio] Massa o a cualquier versión del kirchnerismo, del progresismo y de la izquierda”, indicó el consultor Jorge Giacobbe a . “Demuestra que los argentinos somos menos políticamente correctos que lo que creyó todo el arco de pensamiento progresista”.

A su vez, remarcó el desfase con la política que, de avanzar con el proyecto, bajaría el piso a 14 años: “El sistema político va a aprobar, de todas las posiciones de la opinión pública, la menos popular”.

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Por su parte, Julio Burdman, de la consultora Isasi/Burdman, explicó, en diálogo con , que en un estudio realizado en noviembre pasado el 68% de los encuestados mostró su apoyo a la baja de la edad de imputabilidad, frente a un 29% que la rechazó.

El 68% se muestra a favor de la baja de la edad de imputabilidad, según Isasi/BurdmanIsasi/Burdman

“Medimos varias veces esta pregunta entre mediados de 2024 y fines de 2025. El resultado siempre fue muy alto en favor de la baja de la edad de imputabilidad. En alguna medición previa [a noviembre], llegó a dar más de 70%”, sostuvo Burdman.

Y agregó: “Estos niveles de acuerdo son consistentes con una creencia muy instalada, que medimos en alguna oportunidad en provincia de Buenos Aires, de que la incidencia de los menores en el delito es muy alta. Las cifras oficiales no dicen eso, pero la sociedad evidentemente cree otra cosa”.

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En la misma línea, un estudio realizado por la consultora Sentimientos Públicos muestra que, en abril del año pasado, el 63% de los bonaerenses consideraban que la baja de la edad de imputabilidad es necesaria para combatir la inseguridad.

Para el 63% de los bonaerenses, bajar la edad de imputabilidad es necesario para combatir la inseguridadSentimientos Públicos

Además, un 60% de los consultados por Isasi/Burdman acordaron con la frase “A delito de adulto, pena de adulto” –el lema del Gobierno para la ley penal juvenil–, mientras el 28% se mostró en desacuerdo.

En contraste con la opinión pública, un grupo de obispos que integran las comisiones de Pastoral Social, Carcelaria y Cáritas de la Iglesia católica rechazaron mediante un duro documento la baja de la edad de imputabilidad. Sostuvieron que la iniciativa “responde al oportunismo electoral” y carece de sustento técnico, y en cambio pidieron priorizar políticas de salud mental y educación antes que la cárcel.

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Bajo el título “Cuando el oportunismo reemplaza al realismo”, señalaron que “el debate se está dando en un clima político en el que predomina el uso del dolor social con fines de impacto mediático”.

La discusión para modificar el régimen penal juvenil. Crédito: UNICEF Argentina / PEPE MATEO

Las organizaciones eclesiásticas rechazaron el proyecto para bajar la edad de imputabilidad. Lo consideraron una medida regresiva que “no resuelve el problema de la inseguridad, sino que lo desplaza y lo endurece”. También alertaron sobre la creciente desfinanciación en materia social.

Advirtieron, además, que el encarcelamiento temprano suele aumentar los niveles de reincidencia y violencia, en lugar de disminuirlos, y mencionaron que países con una edad de imputabilidad de 12 años, como Ecuador, Honduras y Brasil, tienen tasas de homicidio drásticamente más altas (entre 23 y 45 cada 100.000 habitantes) que la Argentina, que tiene un índice de 3,8 cada 100.000 habitantes, mientras mantiene la edad en 16 años.

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Recordaron que hay una baja incidencia en la participación de adolescentes de entre 12 y 17 años en delitos. Están presentes en el 0,42% de los procesos penales y, mayoritariamente, en delitos contra la propiedad, no homicidios.

Lo mismo sostiene un informe de Unicef, que agrega: “Los datos existentes no indican con certeza un aumento progresivo de su participación en la comisión de delitos, menos aún en niños, niñas y adolescentes menores de 16 años”.

La discusión para modificar el régimen penal juvenil. Crédito: UNICEF Argentina / PEPE MATEO

A su vez, afirma que, en la Argentina, “la reforma del sistema de Justicia Penal Juvenil no requiere bajar la edad de punibilidad, algo que podría ser interpretado como un retroceso en materia de derechos humanos y como una medida regresiva”. En paralelo, advierte que experiencias internacionales demostraron que “disminuir la edad de punibilidad no ha sido una medida efectiva en el combate a la inseguridad”.

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“La utilización de la privación de libertad como medida habitual no ha servido para reducir los índices de delincuencia ni para prevenir la reincidencia”, añade. En cambio, “las políticas sociales que promueven la educación, el deporte y la salud de los adolescentes son la mejor estrategia para prevenir el delito juvenil”.


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Fallo clave en la causa que más preocupa a “Chiqui” Tapia: los negocios de la AFA con la Selección se investigarán en la justicia ordinaria

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La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional resolvió frenar el traslado a la justicia federal de la investigación sobre presuntas maniobras irregulares en los negocios internacionales de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y ordenó que el expediente continúe en los tribunales ordinarios de la Ciudad de Buenos Aires. La decisión reactivó una de las causas que más inquieta a la dirigencia del fútbol argentino y volvió a poner bajo la lupa el rol del presidente de la AFA, Claudio “Chiqui” Tapia; el tesorero Pablo Toviggino; y los empresarios Javier Faroni y Gabriela Érica Gillette, responsables de Tour ProdEnter LLC, la firma que habría canalizado ingresos multimillonarios de la Selección que ganó la Copa del Mundo.

El pronunciamiento, firmado por el camarista Ignacio Rodríguez Varela, revocó la declaración de incompetencia que había dispuesto el envío del expediente al juzgado federal de Lomas de Zamora, donde se investiga una causa paralela por lavado de activos. En una resolución extensa, el magistrado sostuvo que la remisión fue “precipitada y prematura”, que no existía identidad de hechos entre ambos procesos y que no estaban dadas las condiciones legales para desplazar la causa del fuero ordinario.

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Gran parte del fallo reproduce y analiza los argumentos presentados por el denunciante Guillermo Luis Tofoni en su apelación, utilizándolos como insumo para evaluar la razonabilidad de la decisión recurrida.

El empresario Guillermo Tofoni presentó una denuncia contra la dirigencia de la AFA por maniobras con los contratos de la Selección

El abogado de AFA, Gregorio Dalbón, comunicó a Infobae que “no hay preocupación alguna” con la causa, “ya que la resolución dictada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional se limita estrictamente a resolver una cuestión de competencia”.

“No existe en el fallo pronunciamiento alguno sobre responsabilidad penal ni sobre la veracidad de las imputaciones formuladas por el denunciante. Se trata de una definición procesal que determina el ámbito jurisdiccional donde continuará la investigación, sin emitir juicio de mérito”, resaltó.

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Y agregó: “La AFA mantiene absoluta tranquilidad institucional. Existe plena disposición a colaborar con la Justicia, aportar documentación y permitir que el proceso avance con rigor técnico y sin interferencias mediáticas. La institución no se guía por especulaciones sino por hechos verificables”.

Los detalles de la decisión de la Cámara

La causa se inició a partir de la denuncia de Tofoni, titular de la empresa World Eleven, quien sostuvo que la AFA violó contratos de exclusividad firmados en diciembre de 2019 y mayo de 2021 para la organización de partidos amistosos de la Selección entre noviembre de 2022 y diciembre de 2030. Según su presentación, esos convenios le otorgaban derechos exclusivos para gestionar encuentros internacionales, pero Tapia y Toviggino habrían celebrado contratos paralelos con otras compañías, entre ellas ProSport Live LLC y la firma china CRI, sin respetar ese compromiso.

El eje central del expediente no es solo el supuesto incumplimiento contractual, sino una presunta maniobra de administración fraudulenta. Tofoni afirmó que los pagos efectuados por los organizadores extranjeros nunca ingresaron al patrimonio de la AFA ni fueron registrados en su contabilidad, sino que habrían sido derivados a cuentas controladas por TourProdEnter LLC, desde donde luego se redistribuyeron hacia una red de sociedades sin actividad real.

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El fallo recoge esa hipótesis y señala que, según el denunciante, la constitución de TourProdEnter y su designación como mandataria de la AFA constituirían “un capítulo más de la administración fraudulenta”, al haber funcionado como vehículo para cobrar y desviar fondos.

Uno de los puntos centrales del expediente es el rol de TourProdEnter LLC. De acuerdo con la reconstrucción realizada en la denuncia y reproducida en el fallo, esa empresa fue designada como “agente exclusivo para canalizar ingresos y egresos de la AFA fuera del país”, según surge de un contrato secuestrado en la causa federal.

Tofoni sostiene que TourProdEnter no sólo cobraba los pagos por los partidos, sino que tenía pactada una comisión del 30%, que calificó como injustificada. El camarista reproduce ese planteo al indicar que, conforme a la presentación del denunciante, la firma “independientemente de los fondos que se habría ocupado de cobrar y hacer desaparecer, tenía acordada una comisión del 30% que no tendría justificación alguna”.

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Los partidos involucrados corresponden al período posterior al Mundial, cuando el valor comercial de la Selección alcanzó niveles inéditos. Entre 2023 y 2025, Argentina disputó amistosos en Asia, Medio Oriente, Estados Unidos y Europa, con contratos multimillonarios. En ese contexto, TourProdEnter pasó a ocupar un rol central en la administración de esos recursos.

Los extractos bancarios de la caja de la AFA que es investigada en Estados Unidos

Uno de los segmentos más detallados de la resolución es la descripción del recorrido de los fondos, basada en la información aportada por Tofoni. Según su exposición, el monto total desviado rondaría los 300 millones de dólares (USD 300.000.000). El fallo enumera las principales transferencias denunciadas, que la encabeza un broker de Uruguay por 106.773.505 dólares, y otras siete transferencias a Sports Nextgen LTD: USD 5.719.204,20; Marmasch LLC: USD 13.477.350; Soagu Services LLC: USD 10.800.000; Velp LLC: USD 3.000.000; Velpasalt LLC: USD 14.700.000; Global FC LLC: USD 5.974.012,27 y transferencia a María Florencia Sartirana: USD 40.000.

Según el denunciante, varias de estas sociedades carecían de actividad comercial real y funcionaban como “fachadas” para dispersar fondos. El juez recoge esa caracterización al mencionar un “entramado de sociedades sin actividad real, integradas o dirigidas por individuos vinculados al resto de los imputados”. También se mencionan gastos en bienes y servicios suntuarios, como alquiler de embarcaciones y aeronaves privadas, señalados como posibles maniobras de aprovechamiento personal.

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En diciembre de 2025, el fiscal de instrucción solicitó que la causa fuera remitida al juzgado federal de Lomas de Zamora, donde el juez Luis Armella investigaba inicialmente maniobras de lavado vinculadas al Club Banfield. La jueza de primera instancia aceptó el planteo al considerar que existía identidad o conexidad entre los hechos y que resultaba conveniente unificar las investigaciones. La decisión fue respaldada por la fiscalía general y por las defensas de Gillette y Faroni. Este movimiento dejó virtualmente paralizada la investigación en la justicia ordinaria.

Rodríguez Varela consideró que la declinatoria carecía de sustento suficiente. Señaló que no era posible afirmar, en ese estado inicial del proceso, que existiera identidad entre los hechos investigados y que no se realizó el análisis mínimo exigido por la jurisprudencia. En ese sentido, afirmó que no se cumplió el “discernimiento previo elemental” requerido y que la resolución apelada no se compadecía con los datos disponibles.

Chiqui Tapia y, a su izquierda, Pablo Toviggino

También explicó que, aun admitiendo la existencia de vínculos entre ambos expedientes, no puede confundirse la investigación por administración fraudulenta con la pesquisa por lavado de activos, ya que la primera tutela el patrimonio y la segunda el orden económico-financiero. Así, descartó la existencia de litispendencia o riesgo de doble persecución.

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El núcleo jurídico del fallo es la reafirmación de la competencia de la justicia nacional. Rodríguez Varela recordó que la competencia federal es excepcional y que los delitos comunes deben ser investigados por jueces ordinarios, aun cuando involucren grandes sumas o instituciones relevantes. Sostuvo que los fraudes “no dejan de ser comunes porque el monto sea importante” ni porque sus efectos trasciendan jurisdicciones. Además, cuestionó que se haya enviado el expediente directamente a un juzgado específico, advirtiendo que no corresponde al juez ordinario asignar destinos dentro del fuero federal.

La resolución contiene críticas al desempeño de fiscales y jueza de primera instancia. El camarista señaló que se formularon afirmaciones categóricas sin fundamentación suficiente y que se priorizaron criterios de conveniencia sobre las reglas legales. Advirtió que las reglas de economía procesal no pueden ser usadas para apartarse del marco normativo.

El fallo reconstruye con precisión los hechos de diciembre de 2025: la denuncia del 26, la ampliación del 30 con un escrito de 80 páginas, la declaración ante la fiscalía, el aporte masivo de documentación y, en paralelo, la ampliación del expediente federal hacia la AFA. Para el tribunal, esa secuencia muestra que la expansión de la causa de Lomas de Zamora coincidió temporalmente con la presentación de Tofoni, lo que relativiza el argumento de que existía una investigación federal previa consolidada.

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La causa se desarrolla en un contexto de fuerte concentración de poder en la conducción de la AFA. Tras la consagración mundial, Tapia consolidó su liderazgo y convirtió a la Selección en el principal activo económico del fútbol argentino. Los amistosos internacionales, las giras y los contratos comerciales se transformaron en la principal fuente de ingresos en dólares. En ese esquema, la operatoria financiera pasó a ser un área estratégica. El expediente pone en cuestión la transparencia de ese sistema. Una eventual comprobación de desvíos por cientos de millones de dólares impactaría sobre el núcleo de poder de la entidad.

La Cámara ordenó reanudar la instrucción “con prontitud” y recordó que siguen pendientes el pedido de querella y las medidas cautelares solicitadas por Tofoni, entre ellas el embargo de cuentas en el país y en el exterior. También habilitó el uso de documentación secuestrada en otras causas.

El fallo no adelanta conclusiones sobre la responsabilidad penal de los imputados. El propio juez aclara que no emite juicio de mérito ni sobre la verosimilitud de las acusaciones. La resolución devuelve la causa al ámbito donde podrá avanzar sin el paraguas del fuero federal. A partir de ahora, la investigación deberá determinar si los fondos ingresaron efectivamente a la AFA, si existieron rendiciones, cuál fue el verdadero rol de Tour ProdEnter y qué grado de intervención tuvieron Tapia, Toviggino, Faroni y Gillette.

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